A la memoria de Gabriel Elías Fernández Madrid Equipo editorial Autores : Mar Jimeno Bulnes Luis Miguel Reyna Alfaro Gustavo A. Arocena Mario A. Houed Vega Ana Paola Hall García Sergio J. Cuarezma Terán Coordinación editorial : Alicia Casco Guido Diseño de interiores : Alicia Casco Guido Diseño de portada : Daniela Herrera Castro ISBN: 978-99924-21-29-1 Todos los derechos reservados conforme a la Ley © Autores varios, 2016 © INEJ, 2016 El Instituto de Estudio e Investigación Jurídica (INEJ), Nicaragua, fundado en 1995, es una institución académica de educación superior, autónoma y sin fines de lucro, que aporta conocimiento novedoso e innovador de calidad y al más alto nivel, para contribuir al desarrollo humano, institucional, social y económico de la nación nicaragüense y la región a través de la investigación científica y los estudios de postgrados en los niveles de diplomado, posgrado, especialización, maestría y doctorado en las diferentes áreas de las ciencias jurídicas y disciplinas afines, con base en los principios de la justicia, la libertad, el respeto a la dignidad de las personas, los Derechos humanos y los principios que constituyen el Estado de Derecho constitucional. El INEJ fue creado por la Ley No 604/2006, Ley Creadora del Instituto de Estudio e Investigación Jurídica (INEJ), aprobada el día 26 de octubre de 2006 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial de la República, No. 229, del día 24 de noviembre del 2006. Sitio web: www.inej.edu.ni E–mail: [email protected] Impreso por Servicios Gráficos Managua, Nicaragua Índice general El proceso penal en los sistemas del common law y civil law: los modelos acusatorio e inquisitivo en pleno siglo XXI, Mar Jimeno Bulnes ........................... 9 Los mecanismos alternativos para la solución de conflictos en la legislación procesal penal costarricense. Origen y aplicación, Mario A. Houed Vega ...................................... 129 La prueba indiciaria en el Perú. Notas sobre su aplicación penal y administrativo sancionadora, Luis Miguel Reyna Alfaro .................................................. 223 Posibles aportes de las neurociencias a la configuración del tratamiento penitenciario, Gustavo A. Arocena .......................................................... 249 Aspectos sustantivos de la justicia penal juvenil, Ana Paola Hall García ...................................................... 273 El Estado de Derecho y la Justicia (independiente) como presupuesto para los Derechos humanos y el desarrollo económico, Sergio J. Cuarezma Terán ...... 305 el proceso penal en los sistemas del common law y civil law: los modelos acusatorio e inquisitivo en pleno siglo xxi Mar Jimeno Bulnes* Catedrática de Derecho Procesal, Universidad de Burgos (España) Si fuera inocente preferiría ser juzgado con un tribunal civil pero si fuera culpable preferiría un tribunal del Common Law1 * El presente trabajo resulta de la investigación realizada con moti- vo del disfrute de un permiso sabático en calidad de Visiting Profes- sor of Law en el Chicago–Kent College of Law durante el año académico 2011/2012 financiada por el Ministerio de Educación (Ref.PR2011– 0348) y la Junta de Castilla y León. Una primera versión se presentó en la universidad anfitriona bajo este mismo título dentro del pro- grama Spring Seminars el 10 de abril de 2012; desde aquí mi reco- nocimiento a los profesores Joan Steinman, Carolyn Saphiro, César Rosado, Felice Batlan, Marsha Ross–Jackson, Richard Wright y San- ford Greenberg por sus comentarios vertidos en el mismo. También mi especial agradecimiento a los profesores Sarah Harding por sus sugerencias, David Gerber y Nancy S. Marder por su estímulo, Su- san Adams por su ayuda así como al abogado penalista Steven W. Becker por su apoyo incondicional. Finalmente pero no menos im- portante, mi gratitud a Stephanie Crawford y Scott Vanderbilt por su asistencia en la biblioteca de la universidad anfitriona así como a Luisa Alonso por su trabajo de traducción del borrador original en inglés. 1 The civil law tradition: an in- troduction to the legal systems of western Europe and Latin America, MERRYMAN, J.H. y PÉREZ PERDOMO, R., 39ª El procEso pEnal En los sistEmas dEl common law y civil law... SUMARIO: 1. Introducción. 2. Contexto histórico: ¿dos o tres modelos de proceso penal?: 2.1. Acusato- rio; 2.2. Inquisitivo; 2.3. Mixto. 3. Cuestiones termi- nológicas y características esenciales: ¿proceso pe- nal acusatorio y/o adversarial? 4. Influencia mutua entre el proceso penal angloamericano y el europeo continental: 4.1. Fase de instrucción; 4.2. Juicio oral. 5. A modo de conclusión. 1. Introducción Históricamente y desde una perspectiva global puede decirse 2 que coexisten dos sistemas o “tradiciones” legales, al menos en el marco europeo y norteamericano donde esta investiga- ed., Standford University Press, Standford, Cal., 2007, p.127 (traduc- 2 Sobre el concepto de sistema y/o tradición legal, por todos aquí ción libre). y ahora, GLENDON, M.A., GORDON, M.W. y CAROZZA, P.G. Comparative legal traditions, 2ª ed., West Group, Saint Paul, Minn., 1999, esp. p.13. En relación con otros sistemas o tradiciones lega- les como la asiática, hindú, islámica o talmúdica puede consultar- se en general GLENN, H.P. Legal traditions of the world: sustainnable diversity in Law, 2ª ed., Oxford University Press, Oxford y N. York, 2004. Aun hoy día se discute el número exacto de tradiciones le- gales que existen en el mundo; así, REICHEL, P.L. Comparative cri- minal justice systems. A topical approach, 4ª ed., Prentice Hall, N. York 2008, esp. pp.104–105. En relación concreta con el proceso penal véase DAMMER, H.R. y FAIRCHILD, E. Comparative criminal justice systems, 3ª ed., Wadsworth Publishing, Belmont, Cal., 2005; COLE, G.F., FRANKOWSKI, S.J. y MARK, G.G. (eds.). Comparative crimi- nal justice systems, 2ª ed., SAGE Publications, Thousand Oaks, Cal., 1987; BRADLEY, C. M. (ed.). Criminal procedure: a worldwide study, Carolina Academic Press, Durham 2007. Así también, desde la pers- pectiva europea, VOGLER, R. A world view of criminal justice, Ashga- te, Farnham y Burlington, Ver., 2006; en España entre la literature más reciente, ARMENTA DEU, T. Sistemas procesales penales. La jus- ticia penal en Europa y América, Marcial Pons, Madrid, 2012. 10 mar JimEno BulnEs Common Law ción se encuadra: el Derecho Común ( ) angloa- mericano y el Derecho Civil romano–alemán. Igualmente cabe afirmar que ambos sistemas han evolucionado a lo que hoy en día se conoce como sistemas procesales penales acusatorio e 3 inquisitivo. AsCío, mmimenotnr aLsa wel sistema del Derecho Civil se cen- tra en la persona, con base en el Derechaod Rjuodmicaantoio tnradicional, el sistema del se centra en el enjuiciamiento o, en sentido literal, resolución judicial ( ), tenien- do lugar éste último su origen a raíz de la conquista norman- da de Inglaterra. Por otra parte e históricamente, el Derecho escrito dio en su día lugar a un tipo de proceso “inquisitivo”, cuyo término conllevaba ya entonces un inevitable matiz pe- 4 yorativo tanto para los juristas como los no juristas dada su preferencia por el proceso “acusatorio”, un término usado en Europa continental y en cualquier otro lugar, para referirse al 3 Aunque ha sido propuesta la diferencia entre sendas nociones de “proceso” y “sistema” en relación con la justicia penal para la pre- sente investigación ambos términos serán utilizados de forma equi- valente; en todo caso, sobre esta diferencia conceptual véase KRAT- COSKI, P.C. y WALKER, D. Criminal justice in America: process and is- sues, 2ª ed., Random House, N. York, 1984, esp. pp. 10–11 4 Entre la literatura, aquí y ahora, BLASCO SOTO, M.C. “El sistema . acusatorio formal y el principio inquisitivo”, en: Documentos penales y criminológicos 2001, vol.1, pp.443–470, esp. 1ª pág. Así también, de forma muy gráfica, MARTÍN OSTOS, J.S. “Reflexiones sobre la justicia penal en España”, Justicia 2012, nº 2, pp.25–66, para quien “el proceso inquisitivo … representa el pasado, la decadencia y el oscurantismo, unido al autoritarismo más trasnochado” (p.28). Desde una perspectiva muy crítica a la que más adelante se hará referencia, MONTERO AROCA, J. “La garantía procesal penal y el principio acusatorio”, en: El mismo. Ensayos de Derecho Procesal, Bosch, Barcelona, 1996, pp.581–600, entendiendo que “el denomi- nado proceso inquisitivo no fue y, obviamente, no es, un verdadero proceso” (p.586). 11 El procEso pEnal En los sistEmas dEl common law y civil law... Com- mon Law proceso penal de carácter oral anclado en el sistema del 5 desarrollado en Inglaterra. Desde luego, esta variedad de tradiciones legales y sus raíces históricas provocaron importantes diferencias desde el punto de vista procesal, las cuales aún persisten de forma notable en el campo de la justicia penal entre los Estados Unidos y el Rei- no Unido por una parte y los países de la Europa continental 6 y Latinoamerica por otra. A diferencia de lo que ocurre en el ámbito del proceso civil (o al menos en mucha mayor medida), precisamente una particularidad del proceso penal es su fre- 7 cuente politización, hasta el punto de llegar a la alienación de 5 Vid. GLENN. Op. Cit., esp. pp.125 y 232. Por este motivo dicho autor propone el empleo de la denominación de proceso penal “in- vestigativo” y proceso penal “adversarial” como expresiones no pe- yorativas. 6 Diferencias que, sin duda, también persisten para el proceso civil; para una visión general, GERBER, D.J. “Comparing procedural sys- tems: towards an analytical Framework”, en J.A.R. Nafziger y S.C. Symeonides (eds.). Law and justice in a multistate world: essays in hon- or of Arthur T. Von Mehren, Transnational Publishers, N. York, 2002, pp.665–674. El presente trabajo se circunscribe a la comparación entre el proceso penal estadounidense y europeo; en relación, por ejemplo, con Latinoamérica, entre otros MERRYMAN & PÉREZ PERDOMO. Op. Cit., así como HENDLER, E. E. Sistemas proce- sales comparados, Ad–Hoc, Buenos Aires, 1999 y muy especialmente LANGER, M. “Revolution in Latin American criminal procedure: diffusion of legal ideas from the periphery”, en: American Journal of Comparative Law 2007, vol. 55, pp. 617–676. Entre la literatura es- pañola un ejemplo se expone por GÓMEZ COLOMER, J.L. “Siste- ma acusatorio puro y reforma procesal penal: el ejemplo de Nica- ragua”, en: J.L. Gómez Colomer y J.L. González Cussac (coords.). Terrorismo y proceso penal acusatorio, Tirant lo Blanch, Valencia 2006, pp. 339–398. 7 De esta opinión KAGAN, R. Adversarial legalism: the American way of Law, Harvard University Press, Cambridge, Mass. & London, 2001, esp. pp. 80–81. Este autor es muy crítico con lo que él llama “le- 12
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