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SUMARIO MUNICIPIO DE OAXACA DE JUÁREZ OP\t..ACA PDF

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ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL Del ESTADO LIBRE y SOBERANO DE OAXACA RegiStrado como artículo de segunda clase de fecha 23 de diciembre del año 1921 SUMARIO - MUNICIPIO DE OAXACA DE JUÁREZ BANDO DE POLICÍA Y GOBIERNO.- DEL MUNICIPIO DE OAXACA DE JUÁREZ, CENTRO, OP\t..ACA ...........................................................•...........•..................•..............••.................... PAG. y- AVISO.- MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECE QUE, POR ACUERDO DEL CIUDADANO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y DEMÁS CENTROS DE TRABAJO EN EL ESTADO, DEBERÁN SUSPENDER TOTALMENTE SUS ACTIVIDADES EL - DÍA PRIMERO DE ENERO DEL AÑO 2014, COMO LO PREVIENEN LOS ARTÍCULOS 74 FRACCIÓN 1, DE LA r- LEY FEDERAL DEL TRABAJO; 2° Y 4° DEL REGLAMENTO PARA LA APERTURA Y CIERRE DE CENTROS DE TRABAJO EN EL ESTADO ••••••••••••••••••••••••••••••••••• ~ ..................................................................... PAG. 48 ~~',; .. ..i "'.1 II ),.j _'. . '~ J .~.~ , ..i,/ :.~- 2 E.X, ....T. ,4R .1A".0 ,' ".,j, '..C " Iv • (, ' MARTES 31. DE DICIEMBRE DEL AÑo 2013 LUIS JULlAN UGARTECHEA BEGUE, Presidente Municipal íNDICE Constitucional .del Municipio de Oaxaca de Juárez, del Estado Libre y SoberallOn!e,Oaxaca,' a ,sus habitantes hace saber: Que el TíTULO PRIMERO HonMfbl'e'Ayuntamieflto, del Municipio de Oaxaca de Juárez, en DEL MUNICIPIO DE OAXACA DE JUÁREl. uso de sus facultades y atribuciones y con fundamento en lo dispu~sto por el artículo 11 S fracción H de la, .constitución P01ítfca TíTULO SEGUNDO de los Estados Unidos Mexicanos, 113 fracción I de la Constitución DE LOS SIMBOLOS REPRESENTATIVOS. Política del Estado libre y Soberano del Estado de OaKata, artículo 1~ de la teyOrgánica Municipal del Estado de {)axaca; 37 fracción TíTULO TERCERO I del Bando .eje Policía y Gobierno del Municipio de Oaxaca de. DEL TERRITORIO MUNICIPAL. Juárez; 8 y 9 fracciÓn I del Reglamento Interno del Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Oaxaca de Juárez, y en la Sesión TíTULO CUARTO Ordinaria de Cabi1do de fecha Veinticuatro .eje diciembre del año DE lA POBLACiÓN MUNICIPAL qos mil trece; tuvo a bien aprobar el BANDO DE POLlCJA y GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE OAXACA DE JUÁRl€, .el cual me TíTULO-QUINTO ORGANIZACiÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL GOBIERNO MUNICIPAL permito transcribir íntegramente: TíTULO SEXTO DE lAS AUTORIDADES DEL AY UNT AMIÉNTO. TíTULO SÉPTIMO DE lOS SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES. TíTULO OCTAVO ESTRUCTURA DE lA ADMINISTRACiÓN PÚBLICA MUNICIPAL. TíTULO NOVENO DE lA JUSTICIA MUNICIPAL. TíTULO DÉCIMO DE lA ADMINISTRACiÓN PÚBLICA PARAMUNICIPAL. HONORABLE TíTULO DÉCIMO PRIMERO DE LOS SERVIDORES PÚBUCOS. AYUNTAMIENTO DE OAXACA TíTULO DÉCIMO SEGUNDO DE lA PARTICIPACiÓN CIUDAOANA EN lA ADMIN~TRACIÓN PÚBLICA. DE JUAREZ, .OAXACA MUNICIPAL TíTULO DÉCIMO TERCERO DE lAS INFRACCIONES Y SANCIONES. TíTULO DÉCIMO CUARTO .D EL RECURSO ADMINISTRATIVO. TíTULO DÉCIMO QUINTO DISPOSICIONES GENERALES. PRESENT ACION TRANSITORIOS. AÑo ~TES 31 DE DICIEMBRE DEL 2013 EXTRA 3 TITULO PRIMERO por una circunferencia menor, en cuyo interior se aprecia la cabeza decapitada de una mujer identificada cama Princesa Donají, con semblante de repasa y ojos DEL MUNICIPIO DE OAXACA DE JUÁREZ cerrados, misma que se encuentra coronada de laureles y de cuyo oido derecho surge una flor de lino. la cabeza reposa en su perfil Izquierdo sobre un Carcaj y un CAPiTULO ÚNICO arco can la cuerda en forma de "W·. atravesado par una flecha apuntanda hacia la cabeza con direCCIón a la izquierda. y del lada derecha se aprecia un eaimán. DISPOSICIONES PRELIMINARES ARTicULO 1.-B presenle Bando de Policia y Gobierno del Municipio de Oaxaca de Juárez. es de orden público y tiene por objeto. Establecer las normas generales básicas para orientar el régimen de gobierno. la organización y funcionamiento de la administración pública municipal. Identificar a sus autoridades así cama su ámbita de campetencia can estricta apega a las disposicianes previsias par: 1. la Canstitución Política de las Estadas Unidos Mexicanas; 11. las Tratadas Internacionales suscrilas y ratificadas par Méxica; 111. las Leyes Federales; Queda prohibida el usa del Escudo del Municipia para fines publicitarios no oficiales IV. la Constitución Palítica del Estado libre y Soberano de Oaxaca: y y de explatación.camerclal. V. la Ley Orgánica Municipal del Estada de Oaxaca; ARTíCULO 10.-En el MunlClpla de Oaxaca de Juárez san símbolas obligatorias la Sus dispasiciones son de abservancia general y obligatoria en loda el lerrltarlo Bandera, el Himna y Escuda Nacianal. asi cama el Escuda del Estada de Oaxaea. El municipal. uso de estos simbolas se sUjetará a la dispuesta por las Ordenamientas Federales y Estatales aplicables ARTicULO 2.-El Municipia libre de Oaxaca de Juárez. es un Orden de Gobierna. investida de persanalidad jurídica, con territorio y patrimonio propio, autónomo en su régimen interiar y con Jibre administración de su hacienda; gabernada par un TíTULO TERCERO Ayuntamienta de elección popular directa. DEL TERRITORIO MUNICIPAL ARTíCULO 3.- Este Banda de Palicia y Gabierno, las reglamentos, acuerdos y CAPíTULO ÚNICO demás dispasicianes administrativas que expida el Hanarable Ayuntamienta. serán abligatarias para autoridades, servidares públicos y todo individua que se 'encuentre DE LA ORGANIZACiÓN ADMINISTRATIVA dentra del Municipia de Oaxaca de Juárez; su aplicación corresponde a las autaridades municipales, quienes en el ;imbrto de su campetencia deberán vigilar su ARTíCULO 11.-El Municipia de Oaxaca de Juárez está confarmado par la Cabecera cumplimienta e imponer las sancianes respectivas a sus infractares. Municipal, las Agencias Municipales de: Donarl. Pueblo Nueva. San Felipe del Agua, San Juan -Ghapultepec, TrinIdad de Viguera. Santa Rosa Panzacola y San Martin ARTicULO 4.-El Honorable Ayuntamiento de! Municipio de Oaxaca de Juárez. tiene Mexicapam de Cárdenas y por las Agencias de Policía de: Candiani, Cinco Señares, competencia plena sabre el territaria del Municipio de Oaxaca de Juárez para decidir Dalares, Guadalupe Victaria. Mantaya y San Luis Beltrán, que .se integran por sobre su arganización palltica, administrativa y tributaria. sabre la prestación de las colanias. barrias, fraccianamientas y unidades habitaciahales; asi corna por las servicios públicos de carácter municipal, ajustándose a lo dispuesto por: reservas ecológicas que se encuentren dentro de su demarcación territarial. l. la Canstitución Política de las Estados Unidas Mexicanas; ARTíCULO 12.- El Honorable Ayuntamienta previa consulta a la pablación de la 11. Tratados Internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano; camunidad de que se trate, podrá crear nuevos centros de pablación can la 111. las leyes Federales; categoría administraliva que les carrespanda. modificando las circunscripcianes IV. La Canstitución Palítica del Estada Libre y Saberana de Oaxaca; territariales de las agencias. colonias y barrias. Igualmente podrá madificar con base V. las Leyes Estatales; y en el númera de habitantes y servicias públicos existentes. la categaría VI. Las Reglamentas Municipales. administrativa de los centras de población existentes. De acuerda a la establecido en ARTiCULO 5.-El Hanarable Ayuntamienta del Municipia de Oaxaca de Juarez. en la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaea. los términos dispuestas par la Canstitución Palítica de las Estadas Unidas TíTULO CUARTO Mexicanas, la Canslitución Política del Estado libre y Soberana de Oaxaca, la Ley Orgániea Municipal del Estada de Oaxaea y las demás leyes aplicables. podrá DE lA POBLACiÓN MUNICIPAL celebrar canvenias de coardinación para la ejecución y gestión de abras. prestación de servicias y acciones de inlerés general dentro del territaria del Municipia con la CAPiTULO I participación de los sectares social y privadQ. en coardinación con entidades. dependencias y arganismas Estatales y Federales. Organizacianes na DE LA CLASIFICACiÓN DE LA POBLACiÓN DEL MUNICIPIO Gubernamentales Nacianales y Órganas Gubernamentales extranjeros u Organizacianes Internacionales. ARTíCULO 13.-En el Municipia de Oaxaca de Juárez. toda individua es igual ante la ARTICULO 6.- Sin menaseaba de la libertad que sanciana', tanta la Canstitución Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacionalidad, Palítica de los Estadas Unidas Mexicanas coma la Canstitución Palítica del Estada vecindad. raza, sexa, idiosincrasia. preferencia sexual. palítica ''1 de cualquier otra Libre y Saberana de Oaxaca y la ley Orgánica M¡micipal del Estada de Oaxaea, el circunstancia de carácter persanal o sacial. las relacianes entre autaridades Hanarable Ayuntamienta del Municipia de Oaxaea de Juárez, podrá coardinarse y municipales, servidares públicos y pablación del Municlpia, se llevarán acaba asociarse con atras Municipios o con el Estado, para la más eficaz prestación de las respetanda la dignidad de la persana y el acatamiento a la Ley. lo cual es servicias públicos y el mejar ejercicio de las funcianes que le correspondan. fundamenta del arden público y de la paz sacial. ARTíCULO 14.-Se consideran pabladares del Municipio de Oaxaca de Juárez las persanas que residen habitual a transitariamente dentro de su territaria. TíTULO SEGUNDO ARTiCULO 15.- La pablación del Municipia se clasifican en: ariginarias. vecinas. DE LOS'síMBOLOS REPRESENTATIVOS visitantes, transeúntes y extranjeros. CAPíTULO ÚNICO l. San originarias del Municipio quienes hayan nacido dentra de los límites DEL NOMBRE Y ESCUDO territoriales del mismo: 11. Se cOnsideran vecinas del Municipio: ARTíCULO 7.-las símbalos que representan y dan identidad al Municipia san su nambre y su escuda; La denaminación del Municipia es Oaxaca de Juárez. la cual al Las habitantes ariginariQs con residencia fija dentra del territaria; na podra ser madificada, sina a través del procedimiento establecido en la Ley Orgániea Municipal del Estado de Oaxaea; b) las que sin ser ariginarias. establezcan su residencia en el misma par más de seis meses; y ARTíCULO 8.- El Escuda del Municipio será utilizada únicamente par las cl Las que tengan menas de seis meses de residencia, pero que autoridades competentes y en asuntas de caracter aficial. debiéndase exhibir en expresen ante las autaridades municipales su desea de adquirir la forma astensible en las aficinas y dacumentos aficiales según la establezca la vecindad y acrediten haber renunciada a cualquier aira. identidad gráfica del Municip.io. así coma en las bienes que integran el patrimanio municipal. Cualquier usa que quiera dársele. debe ser autorizada previamente por ~I 111. Son visitantes todas aquellas persanas que se encuentren en el territorio Ayuntamiento. municipal, ya sea can fines turisticos, labarales, educativas a culturales; IV. Son transeúntes aquellas persanas que se encuentren de pasa en el ARTíCULO 9.-El escudo del Hanarable Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez está territorio municipal: constiluido por una circunferencia en cuyo inlerior se aprecia en el contorno superior la leyenda "HONORABLE AYUNTAMIENTO" Y en su contarno inferiar se aprecia la V.Son extranjeros tadas aquellas persanas de nacianalidad distinta a la leyenda: "OAXACA DE JUÁREZ 2014 - 2016". ambas se encuentran delimitadas mexicana, que residan temporal a permanentemente en el terrítaria 4 EXTRA MARTES 31 DE DICIEMBRE DEL AÑo 2013 municipal, independienteménte de la acreditación -de su situación Mexicanos, la Constitución Política del Estado libre y soberano de Oaxaca, la Ley migratoria. Orgánica Municipal del Estado de Oa~aca y ordenamientos propios; la ejecución de sus determinaciones corresponde al Presidente Municipal, quien preside el ARTicuLO 16.- la vecindad se pierde por renuncia expresa ante la Secretaría Honorable Ayuntamiento y dirige la Administradón Municipal,. Municipar o por el cambio ee domiCilio fuera de1 territorio municipal si excede de seIS ARTíCULO 20.-El Honorable Ayuntamiento es el órgano de Gobierno Municipal a meses, excepto cuando se trate de comisión oficial, enfermedad, estudio o -cualquier través del cual, el pueblo en ejercicio de su voluntad política. rea{¡,za la autogestlón otra causa justificada. de los intereses de su comunidad ARTicuLO 21.- El Honorable Ayuntamiento es un cuerpo colegiado deliberativo, que reunido en Sesión de Cabildo conforma una asamblea electa por el volo popular CAPíTULO 11 y directo de la ciudadanía de este Municipio, que se integra en jos términos establecidos por la Constitución Política del Estado Ubre y Soberano de Oaxaca y el DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE lOS CIUDADANOS HABITANTES Código de Instituciones Políticas y Procedimiernos Electorales para el f:stado de DEL MUNiCIPIO DE OAXACAOE JUÁREZ Oaxaca, . ARTíCULO 17.- Son derechos de los ciudadanos habitantes en al Municipio de ARTIcULO 22.- Oaxaca de Juarez: El Honorable Ayuntamiento reside en la cabecera municipal y solamente con la aprobadón·de las dos terceras partes de sus integrantes, y con autorización del Congreso del .Estado, podrá residir en otro lugar comprendido l. Votar y ser volado pare tos cargos de elección popular de carácter municipal; dentro de los límites territoriales del Municipio de Oaxaca de Juárez, 11. Presentar ante las autoridades municipales por si O a través de los integrantes ARTíCULO 23.-Es fin ~ncial del Ayuntamiento lograr el bien común de los del Honorable Ayuntamiento proyectos de reglamentos o de normas de Habitantes del Municipio. Todas las acciones de las autoridades municipales se carácter municipal, asi como modificadoReS a los mismos; sujetarán al logro de tal prOpÓSitO. 111. Participar en las actividades de colaboración municipal; CAPiTULO 11 IV, Acceder en igualdad de oportunidades a toda ciase de empleo. cargo o comisión de caracter municipal; DE lA INTEGRACiÓN DEL HONORA~LE AYUNTAMIENTO V. Recibir Información de los órganos muniCipales mediante petición por escrito ARTiCULO 24.-El Honorable Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez, se renovará cada en la forma y términos que determine la Ley de Transparencia y Acceso a tres aílos y se integrará de la siguiente forma; la Información Pública del Estado de Oaxaca y' el Reglamenlo de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Municipio de Oaxaca 1, Un Presidente Municipal; de Juárez, 11. Dos SíndiCOS, y ARTíCULO 18.- Son obligaciones de la población del Municipio de Oaxaca de Juarez: 111. Trece Regidores que junto con el Presidente Municipal y los Sindicas, sumarán dieciséis Concejales. 1. Respetar y cumplir el presente Bando de Polieia y Gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general ARTicULO 25,- Los Concejales del Honorable Ayuntamiento tomaran posesión el emanadas del Honorable Ayuntamiento; dia primero de enero siguiente a la fecha en que se haya llevado ¡j cabo la elección 11. Contribuir para los gastos públicos da! Municipio de manera proporcional y correspondiente y no podrán ser reelectos para el periodo inmediato posterior, equitativa, en la forma y términos que dispongan las -leyes respectivas; ARTíCULO 26.- Los cargos de Presidente Municipal, Sindicos y Regidores serán obligatorios, y sólo podrán ser renunciables por causa justifICada que calificará el IIl.1nscnbirse en los padrones que determinen las leyes federales, estatales y propio Ayuntamiento con sujeción a la ley Orgánica Municipal del -Estado de reglamentos municipales; Oaxaca, De todos I.os casos conocerá la legislatura del Estado, haciendo la IV, Inscribirse obligatoriamente los varones V las mujeres de fonna voluntaria, deciar~toria correspondiente y proveerá lo necesario para cubrir la vacante, si a los diecíocho allos de edad en la Junta Municipal de Reclutamiento, con después de llamado el suplente éste no acudiere, el fin de cumplir con el Servicio Militar Nacional; V. Respetar los simbolos patrios; Colaborar con las autoridades cuando sean -legalmente requeridos para La remuneración de los Concejales se fijará al formularse el Presupuestooo Egresos V~. ello,' del Municipio, la que no podrá variar dentro del aílo de ejercicio, atendiendo los principios de racionalidad, austeridad y disciplina da! gasto público municipal. VII. Enviar a sus hijos o pupilos a las escuelas, para obtener la educacíón preescolar, primaria, secundaria y medía superíor: que conforman la Los Concejales estarán impedidos para aceptar OIro $TIpteo o <:argo público por el educación básíca obligaloria; que perciban remuneración alguna, VIII. Desempellar las fun,Clones electorales para ~a .. que fueren insaculados y nombrados; CAPíTUl.Otll IX, Colaborar con las autoridades en la conservación de la salud colectiva, DE LA INSTALACiÓN DEL HONQRABU: AYUNTAMIENTO asi como en el saneamiento del Municipio; ARTícULO 27., éf Honorable Ayuntamiento electo se instalará el dia primero de X. Utilizar el suelo de acuerdo con las normas establecidas en los planes de enero siguiente al aílo de su elección en Sesión de <Cabildo Solemne y Pública, . ordenamiento urbano; conforme a ·10 establecido en la Constitución PoIitica del1::stado Libre y Soberano de Oakaca, en el Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales del XI. Promover entre fos vecinos la conservación y el enriquecimiento del Estado de Oaxaca y la ley Orgánica Municipal del 'Estado de Oaxaca. patrimonio histórico, cultural y artístico del Município; Para la instalación del Honorable Ayuntamiento, las autoridades que hayan XII. Ut~ízar y conservar adecuadamente los servicios públicOS municipales, y finalizado su gestión convocarán en forma protocolaria a una Sesión Solemne de Cabildo a la que se invitará a la comunidad en general, en la que el Presidente XIII, Las demás que les impongan la Constitución Política de los Estados Municipal entrante rendirá protesta y enseguida tomará la protesta a los demás Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales suscritos y rat[flCados por México, las leyes Federales, la Constitución Política del Estado Ubre y integrantes del Honorable Ayuntamiento entrante, Soberano de Oaxaca, las leyes Estatales, el presente Bando de Policía y Gobierno, así como los.r~gla'mentosen materia municipal. ARTicULO 28,- Una vez terminada la sesión solemne de toma de protesta del Honorable Ayuntamiento, el Presidente Municipal en presencia de los Sindicos, recibirá la administración municipal de quienes fungieron como Presídente y Sindicos, firmándose el acta correspondiente, . TiTULO QUINTO la entrega se hará en instrumento que contenga lo siguiente; documentos contables ORGANIZACiÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL GOBIE;RNO MUNiCIPAL y administrativos: informes trimestrales de avance de gestión financiera; estado que guarda la cuenta pública municipal; situación de la deuda pública municipal y su CAPíTULO I registro; estado de la obra pública ejecutada yen proceso; situación que guardan las DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO aportaciones estatales y federales, con sus respeciivos comprobantes; inventario y registro 'del patrimonio municipal; la demás información que se estime relevante para DEL MUNICIPIO Dé: OAXACA DE JUÁREZ el ejercicio administrativo. . ARTíCULO 19.-El Gobierno del Municipio de Oaxaca de Juárez está depositado en ARTicULO 29.-Cuando el Presidente Municipal saliente no acuda a la instalación el Honorable Ayuntamiento y toma sus determinaciones en reuniones denominadas del nuevo Ayuntamiento, a la entrega recepción de 'la administfación municipal o a Sesiones de Cabildo, cuya competencia se ejerce de manera exdusiva en los ninguno de los mismos, éstos se realizarán ante un representante de la Auditoria términos de 10 dispuesto por la Constitución Política d;e los Estados Unidos Superior del Estado,. a solicitud del Ayuntamiento entranle. MARTES31 DE DICIEMBRE DEL AÑo 2013 EXTRAS ARTICULO 30.- El Honorable Ayuntamiento podra instalarse válidamente con la XII. Aprobar la administración de serviCIOS públicos por parte de los comités mayorla de sus miembros. de vecinos en términos de lo dispuesto por la ley de Planeación Desarrollo Administrativo y ServicIos Públicos Municipales; XIII. Autorizar el cambio de régimen de propiedad de los bienes inmuebles El Honorable Ayuntamiento instalado en Sesión de Cabildo sin la totalidad de los municipales. en términos del articulo 103 de la Ley Orgánica Municipal: miembros propietarios electos, procederá de inmediato a notificar a los ausentes para que asuman el cargo en un plazo no mayor de cinco dias hábiles, si no se XIV. Enajenar y gravar bienes Inmuebles municipales; pr~sentan transcurrido este plazo, seran llamados los suplentes. quienes entrarán en ejercicio definitiVO XV. Aprobar los proyectos de Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos Si los suplentes que correspondan no se presentan. se dará aviso a la Legislatura atendiendo a los principios constitucionales de austeridad, planeación, del Estado, para que ésta deSigne dentro·de los suplentes electos restantes aloa eficiencia, eficacia, economia, transparencia y honradez; k>s que deban ocupar el o los cargos vacantes. XVI. Acordar la contratación de deuda pública, con sujeción a la ley aplicable; ARTíCULO 31.-En la Sesión de Cabildo siguiente a la de instalación, a propuesta del Presidente Municipal, el Honorable Ayuntamiento designara y toma"a protesta al XVII. Acordar el periodo de recepción de las participaciones al inicio de la Secretario Municipal, Secretario de Finanzas y Administración y Secretario de Administración; Desarrollo Urbano, Ecologia y Obras Públicas, del MunicipIO de Oaxaca de Juarez. XVIII. Adquirir bienes inmuebles a titulo oneroso; y CAPiTULO IV • XIX. Las demás que establezcan este BandO de Policía y Gobierno, La Ley Orgánica Municipal y otras leyes. DE lAS SES tONES DEL HONORABLE AYUNTAMtENTO El Ayuntamiento no podrá revOCar sus acuerdos sino en aquellos casos en que se ARTicULO 32.- El Honorable Ayuntamiento del Mun'iclpio de Oaxaca de Juarez. como órgano deliberante resolvera colegiadamente los asuntos de su competencia y haya dictado en contravención de la ley o del interés público sólo podrá funcionar con la asistencia de mas de la mitad de sus miembros. Las Sesiones serán públicas, salvo que exista motivo que Justifique que éstas sean ARTiCULO 35.- Para que las sesiones de Cabildo 'sean validas, se 'requiera la privadas. Las Sesiones del Ayuntamiento se denominaran Sesiones de Cabildo y se siguiente formahdad; que el Secretario MuniCipal cite por escrito o en otra forma llevarán a cabo en el Salón de Cabildo o en el recinto previamente declarado como indubitable, a todos los miembros del Honorable Ayuntamiento por lo menos con oficial para tal objeto veinticuatro horas de anticipación, salvo en los Casos urgentes y que esté presente la mayoria de sus miembros. Los acuerdos se tomaran por mayoría de votos de los ARTícULO 33.: Las Sesiones de Cabildo podrán ser: que estén preseotes en la sesión, teniendo el Presidente Municipal voto de calidad 1. Ordinarias: Las que regularmente deben llevarse a cabo los dias jueves a las en caso de empate. once horas. para atender los asuntos de la administración municipal: Que se constituya el quórum con la ·mitad más uno de los .integrantes del 11. Extraordinarias: Las que se realizarán cuantas veces sea necesario para Ayunlamiento. resolver situaciones de urgencia a convocatoria del Presidente MUnicipal o a propuesta de la mayoria de los Concejales y sólo se tratara el asunto Estas sesiones. serán presididas por el Presidente MuniCipal o por quien lo sustlluya para la que fue convocada, y legalmente y con la intervención del Secretario Municipal, que tendrá'voz pero no voto. 111. Solemnes: Aquellas que se revisten de un ceremonial especial, previo acuerdo del Honorable Ayuntamiento y sólo se tratara el asunto para la ARTíCULO 36.-las sesiones de cabildo deben celebrarse en el recinto oficial. En que fue convocada, casos especiales y previo acuerdo podrán también celebrarse en otro lugar que previamente sea declarado por el propio cabildo. como lugar oficial para oelebrar la IV. Permanentes: aquellas que por su naturaleza del asunto lo requiera. sesión. ARTíCULO 34.-Los acuerdos emitidos en seSión de Cabildo se tomarán de forma ARTíCULO 37.-Cada sesión del Cabildo tendrá el siguiente orden' Toma de lista, transparente. por mayoria simple o calificada de sus integrantes, según la naturaleza declaratoria del quórum, lectura y aprobación del orden del dia. El orden del dia del caso, contendrá por lo menos. lectura y en su caso, aprobación del acta anterior y el informe del cumplimiento de los acuer(los tornados Se entenderá por mayoría simple. la votación de la mitad más uno de los miembros del Ayuntamiento, Inmediatamente después el Secretario Municipal. informara sobre el cumplimiento de los acuerdos de la sesión anterior, posteriormente se deliberarán los asuntos Se entendera por mayoría calificada, la votacIón de las dos terceras partes de los restantes del orden del día. Agotado este. se procedera a la clausura de la sesión y integrantes del Ayuntamiento. se levantará el acta correspondiente por duplicado Se requiere el voto de la mayoria calificada para dIctar los siguientes acuerdos: ARTiCULO 38.- En el curso del primer mes de cada año, el Ayuntamiento debe 1. Cambiar la sede de la cabeoera municipal, previa autorizaClón del Congreso remitir al Archivo General Municipal un ejemplar del libro de actas de las sesiones del Estado: del Cabildo correspondiente al año anterior. 11. Remover de su cargo por causa grave a los agentes municipales y de policía, ARTiCULO 39.- los servidores públicos municipales. cuando se trate de asuntós en los términos del articulo 85 de la Ley Orgánica Municipal del estado de Oaxaca y del artículo 93 del Presente Bando de Policía y Gobierno; relacionados con sus atribuciones o responsabilidades deben comparecer a las Sesiones de Cabildo, previa notifICación correspondiente y por acuerdo .de la III.Eximir. al Secretario de Finanzas y Administración y empleados que manejen 'mayoría de Sus miembros o a petición de alguna de las Comisiones, fondos, de la garantla que se haya determinado por el manejo de ARTICULO 40.- Para todo lo no previsto sobre el funcionamiento del Cabildo. se recursos municipales en términos del artículo 96 ele la ley Orgánica estará a lo que disponga el regtamento interno del Honorable Ayuntamiento Municipal; Constitucional del Municipio de Oaxaca de Juarez y, en su caso los acuerdos IV. Crear. modificar, fusionar. escindir. transformar o extinguir las entidades tomados en sesión de Cabildo, pa~amunicipaJes necesarias para el correcto d~sempeño de sus atribuciones. en los términos del Capitulo tercero, Titulo Quinto de la Ley CAPiTULO V Orgánica Municipal; DEL FUNCIONAMIENTO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO V. Solicitar y autorizar la prestación de un servicio público por parte del Gobierno del Estado cuando el Municipio esté imposibilitado para prestarlo; ARTiCULO 41.-Los servidores. empleados y personal del Municipio de Oaxaca de VI. Aprobar el cambio de titular de una regiduria en los términos de este Juárez. realizarán sus funciones en días y horas hábiles; Bando de Policía y Gobierno; ARTiCULO 42.-Para los efectos del artículo anterior se considerarán días hábiles. la VII. Determinar sobre la conveniencia de concesionar el servicIo público o semana comprendida de lunes a viernes y horas hábiles de las nueve de la mañana sobre la imposibilidad de prestarlo por si l1']ismo; a las Diecisiete Horas. . VIII. Autorizar la conoesión de algún servicio público. con la aprobación del Las áreas que por su naturaleza operativa lo requieran fijaran sus horarios de Congreso del Estado; funcíones en el reglamento respectivo. IX. Aprobar y modificar los reglamentos. bando de policia y gobierno, ARTICULO 43.-Son dias de descanso obligatorio: circulares y disposiciones administrativas de observancia general del municipio; l. El 10. de enero. a excepción de la fecha en la que se debera celebrar la Sesión Solemne de instalaciOn del Ayuntamiento. X. Aprobar y modificar el Plan y los Programas Municipales de Desarrollo; ti. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, XI. Cuando se trate de actos que comprometan al Municipio por un plazo mayor al periodo del Ayuntamiento; III.EI tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; 6 EXTRA MARTES 31 DE DICIEMBRE DEL AÑo 2013 IV. El 10, de mayo; XV. Formular, aprobar y ejecutar los planes de desarrollo munICipal y los programas de obras correspondiente,s; V. Los dos últimos lunes.<iel mes de Julio por ser la festividad tradicional más representativa del ~tado de Oaxaca "La GuefaQuetza"; XVI. Administrar, vigilar y evaluar la formulación e instrumentación de los planes de <lesarrolto urbano y los meca<lismos que se requieran para la VI. El 16 de septiembre; adecuada conducción del mismo, la creación de zonas territoriales, de reserva ecológica y los de alta productividad agrícola. previo dictamen de VIL -El tercer lunes de noviembre en conmemoración def 20 de noviembre; la autoridad competente: VUI. El 10, de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la XVII. Convocar a elecciones de las autoridades auxiliares del Ayuntamiento, asi transmisión del Poder Ejecutivo Federal; como de las agencias municipales y de policía, respetando en su caso, las tradiciones, usos, costumbres y p<ácticas ,diemocráticas de las propias IX. El 25 de diciembre; localidádes, en los términos previstos por.el articulo 79 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Oaxaca X. Todos aquellos que acuerde ei Honorable Ayuntamiento, Si el ayuritamiento por mayor/a calificada considera que se encuenlra en riesgo la ARTíCULO 44.- El personal del Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez. gozará cada año de dos periodos vacacionales' paz y estabilidad de la Agencia Municipal o die Policia de que se trate. acordará no convocar a eleCCiones, procediendo a designar a un encargado que permanecerá en 1. Ocho días hábiles epla segunda quincena de julio; y el cargo hasta por sesenta dias 11. Ocho dias hábiles en la segunda quincena <le Diciembre. ,Vencido el plazo a que se refiere el párrafo amerior, V si las condiciones no son favorables para convocara elección, el Ayuntamiento procederá por mayoria Lo anterior sin menoscabo de lo establecido en la Ley''Federal del Trabajo, los calificad,! a ratificar al encargado de la Agencia Municipal o die Policia hasta por tres Reglamenlos ·Internos del Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez, los contratos años, o el tiempo que determinen sus usos y costumbres, colectivos de trabajo y los acuerdos de Cabildo. Una vez electas las autoridades auxiliares, el Ayuntamiento facultará al Presidente ARTícULO 4S.-'Durante los periodos vacacionales y dias de diescanso obligatorio, Municipal expedir de manera inmediata los nombramientos correspondientes. lo se suspenderán labores y no correrán plazos ni términos legales, mismo realizará para el caso de que se nombre a un encargado; ARTiCULO 46.-El Presidente Municipal designará las áreas que deberán cubrir XVIII. Expedir el Reglamento para la elección 'y reconocimiento de los guardias durante el periodo vacacional o días de descanso obligatorio en atención a representantes de los nUcleos rurales, barrios, colonias. y su necesidad de operación. • fraccionamientos, garantizando la participación de las mujeres en la elección y su incorporación como representantes; ARTiCULO 47.-.Las fechas de los periodos vacacionales y los dias de descanso obligatorio se darán a conocer mediante publicación en la Gaceta Municipal. XIX. Aprobar el nombramiento o remoción del Secretario Municipal, Secretario de Finanzas y Administración y Secretario de Desarrollo Urbano, Ecologia a CAPíTULO VI y Obras Públicas, propuesta del Presidente Municipal; DE LAS ATRIBUCIONES DEL HONORABL€ AYUNTAMIéNTO XX. Resolver en los términos convenientes para la comunidád, los casos de concesión de servicios públicos de su compelencia, con excepción de los ARTícULO 48.-Son atribuciones del Honorable Ayuntamiento: de seguridad pública y tránsito; l. Expedir y reformar de acuerdo con las leyes que expida la Legislatura del XXI, Elaborar y presentar ante el Congreso del Estado, a más tardar el último Estado, los bandos de policia y gobierno, los reglamentos, circulares y dia del mes de noviembre de cada año, la iniciativa de ley de Ingresos disposiciones administrativas de observancia general dentro de su ámbito Municipales que deberá regir durante el año fiscal siguiente; territorial; que organice'n la administración pública municipal, regulen las materias, .procedimientos, funciones y servicios públicos de su XXII. Remitir al Congreso del Estado a más tardar el último día hábil del mes competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal; de febrero, la cuenla pública municipal correspondiente al ano anterior para su revisión y fiscafización; 11. Proponer ante ta Legislatura del Estado, iniciativas de leyes, decretos y acuerdos en materia municipal; XXIII. Elaborar y aprobar su Presupuesto Anual de Egresos de conformidad con los pnncipios constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, 1II.0rdenar su territorio municipal para efectos administrativos; eficacia, economía, transparencia y honradez, remitiendo ,copia al IV. Declarar la denominación. categoria administrativa que le corresponda a Congreso del Estado a lravés de la Auditoria Superior del Estado, para su las localidades conforme a esta ley y la rectificación o modificación del conocimiento y fiscalización; nombre de los centros de población que pertenecen al territorio de su Municipio; XXIV. Dotar a la cabecera municipal, agencias, colonias y comunidádes de su Municipio de obras y servicios públicos básicos como son: agua potable. V.Convenir o contratar la ejecución y operación de obras y la prestación de· drenaje, o cualquier obra supletoria que sea de saneamiento ambiental o servicios públicos <X>f1 el Estado, con otroS Municipios de la entidad o con ecológico, alcantarillado, tratamiento y disposicíón de aguas' residuales; particulares, de acuerdo <:on las leyes aplicables, alumbrado público, limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; y. los demás que señala el artículo 113 de la VI. Concluir las obras iniciadas por administraciones anteriores y dar Constitución Politica del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, velando mantenimiento a la infraestructura e instalaciones de loS' servicios públicos siempre por la preservación del equilibrio ecológico; -municipales; XXV. Coadyuvar en la ejecución die los planes y programas federales y VII. 'Celebrar acuerdos y convenios con otros Municipios de acuerdo a ley de estatales en el Municipio; Planeación, Desarrollo Administ~ativo y Servicios Públicos Municipales; XXVI. Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales VlII. Solicitar al Ejecutivo del Estado la expropiación de bienes por causa de deberán estar en concordancia con los planes generales de la materia, utilidad públ~; asi como formular, aprobar y ejecular los planes de desarrollo municipal y los programas de obras correspondientes;, IX. Acordar el destino y uso de los bienes inmuebles municipales: XXVII. Inte,rvenir en la formulación y aplicación de programas de transporte X. En el ámbito de su competencia, y contando con la aprobación de 'la público de pasajeros cuando aquellos afecten su ámbito territorial; Legislatura Local, planear y regular de manera conjunta y coordinada con otros Municipios, el desarrollo de dos o más centros urbanos situados en XXVIII. Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas territorios municipa~s ge dos o más entidades federativas, siempre que federales; estos formen o tiendan a formar una continuidad demográfICa, ciñéndose a lo dispuesto en la ley federal de la materia; . XXIX. Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales y ecológicas, así como en la elaboración y aplicación de programas de XI. Crear, modificar y suprimir, de acuerdó con las leyes las unidades ordenamiento en la materia; autorizar, controlar y vigilar la utilización del administrativas neCesarias para el adecuado funcionamiento de la suelo en sus jurisdicciones territoriales; administración pública municipal y para la eficaz prestación de los servicios públicos; XXX. Dictar resoluciones con la aprobación de los dos tercios de sus integrantes que afecten el patrimonio inmobiliario municipal o para XII. Crear de acuerdo <)On las leyes los organismos para municipales y celebrar actos o convenios que comprometan al Municipio por un plazo descentraüzados, para la eficaz prestación de los servicios públicos; mayor al periodo del Ayuntamiento, en lérminos de esta Ley; XIII. Cambiar Cbn la aprobación de 'la mayoria calificada la cabecera municipal, XXXI. Formular y fomentar programas de organización y participación con previa autorización del Cong<eso det Estado; comunitaria, en fos trabajos colectivos de beneficio común, que permilan una mayor cooperación entre autoridades y habitantes del Municipio, XIV. Calificar los casos en que 'las sesiones de Cabildo sean privadas; conforme a sus usos y costumbres; MARTES 31. DE DICIEMBRE DEL AÑo 201.3 EXTRA 7 XXXII. Formular programas de financiamiento de los servicios públicos LV. Conservar y acrecentar en beneficio público el patrimonio municipal y municipales. para ampliar su cobertura y mejorar su prestación; llevar el registro de los bIenes del dominio públtco y del domInio privada del MUnicipio: XXXIII. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales aplicables en matería de cultos; LVI. Proponer a la Legislatura estatal las cuotas y tarifas, los valores unitarios del suelo, a que se refiere la fracción 11 Inciso c) tercer párrafo del articulo XXXIV. Asignar en la primera sesión- las regidurías por .materla que' sean 113 de la Constitución Politica del Estado Libre y Soberano de Oaxaca: necesarias para el cumplimiento de sus fines y la prestación de los LVII. Celebrar convenios con el Estado para que éste asuma las funciones servicios públiCOS a su cargo relacionadas con la administración de contribuciones municipales, o para que en su caso, el Ayuntamiento asuma las d~ carácter estatal; XXXV.Designar a los alcaldes y sus suplentes en términos de la fracción VIII del articulo 113 de la ConstItución Politica del Estado Libre y Soberano de LVIII. Celebrar convenios de coordInaCIón o asociación con otros Ayuntamientos Oaxaca: de la entidad o con el Estado. para que con sujeción a la ley. se brinde un mejor ejercicio de sus funciones o la más eficaz prestación de los XXXVI. Designar las comisiones y los concejales que deberán integrarlas. servicios públicos municipales. Cuando el convenio se celebre con presidiéndolas en su caso. los regidores de la materia; Municipios de otras EntIdades Federativas. se deberá contar con la aprobación de la Legislatura del Estado: XXXVII. Conceder licencias a sus integrantes y resolver lo' relacionado con el abandono del cargo y fallecimIentos de los concejales. en los términos de LlX. Solicitar, cuando no exista el convenio correspondiente y con aprobación esta Ley; de la mayoría calificada. que la Legislatura Local disponga que el gobierno del Estado asuma una funCIón p serviCIO público municipal. por XXXVIII. Promover ante la Legislatura del Estado; la suspensión o revocación del encontrarse el MunicipIO Imposibilitado para ejercerla o prestarlo: mandato de sus miembros por causa grave de acuerdo con la presente Ley: LX. Realizar programas de capacitación para los servidores públicos XXXIX. Rendir a la ciudadania por conducto del Presidente Municipal. un informe municipales. por si o por convenio con otros organismos: anual detallado sobre el estado financiero de la hacienda pública LXI. Enajenar y dar en arrendamIento. usufructo O coinodato los bienes del municipal, el avance de los programas. las obras en proceso y concluidas, Municipio con la a probaCIón con el voto de los dos tercios de los 'yen general del ~tado que guardan los asuntos municipales: concejales que conforman el AyuntamIento en los términos establecidos XL. Constituir el Concejo de Protección C,vil Municipal. y llevar a cabo las en esta ley; medidas y acciones que promuevan los sistemas nacional y estatal de LXII. Otorgar poderes para pleItos y cobranzas a propuesta del SíndICO cuando protección civil. para garantizar la seguridad de la población en caso de emergencias o de siniestros; sea necesario; XLI. Promover la organiza.ción y preservación de los archivos municipales LXIII. Formu"'r y desarrollar programas de. atención a personas con conforme a la Ley de Archivos dlo!l Estado de Oaxaca: capacidades diferentes y senescentes en el marco de los sistemas XLII. Nombrar al Cronista Municipal o al Concejo de Cronistas. el cargo será nacional y estatal de salud y conforme ¡j sus principios y objetivos; 'para tal honorifico; efecto. deberán celebrar los conventos necesartOS para observar y prever facilidades urbanisticas y arquitectónicas. supresión de obstácul.os viales XLIII. Constituir y actualizar el registro de población municipal conforme a la y el cumplimiento de la ley estatal de la materia; reglamentación correspondiente; LXIV. Acordar las remuneraciones de sus miembros en térmInos de esta Ley de XLIV. Establecer un sistema de estimulas y reconocimientos al mérito de los conformidad con los principios constitucionales de austeridad. planeación, servidores públicos municipales y de sus habitantes, en base en la eficiencia. eficacia. economía. transparencia y honradez. disposición respectiva del Ayuntamiento: La Remuneración de los Concejales y demás servidores públicós municipales. se XLV. Fomentar las actividades culturales. deportivas y recreativas; fijará por el Ayuntamiento en el Presupuesto de Egresos del Municipio. atendiendo las bases del artículo 138 de la Constitución Politica del Estado Libre y Soberano de XLVI. Fomentar y fortalecer los valores hlstóncos clvlcos del pueblo. asl como el Oaxaca; respeto y aprecio a los símbolos patrios: LXV. Presupuestar de forma inmediata y transparente. la partida que cubra el XLVII. Aceptar herencias y legados en favor del Municipio; pago de las obligaciones condenadas en sentencias o laudos: y XLVIII. Glosar las cuentas del Ayuntamiento anterior a más tardar el quince de LXVI. Las demás que les señalen las leyes y reglamentos 'municipales febrero y remitir duplicado a la Auditoría Superior del Estado; CAPíTULO VII XLIX. Establecer y actualizar la información económica. social y estadística de interés general; DE LAS PROHIBICIONES DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO L. Elaborar y publicar en coordinación con las autoridades competentes. el ARTICULO 49.-El Honorable Ayuntamiento no podrá: catálogo del patrimonio histórico y cultural del Municipio. vigilando y 1. Gravar la entrada o el tránsito de las mercancías o personas, por el territorio promoviendo su preservación y coadyuvando a determinar las del Municipio; construcciones y edificios que no podrán modificarse; 11. Imponer contribuciones que no estén especifteadas en la Ley de Ingresos LI.Presentar dentro de los treinta días siguientes del trimestre al Congreso del Municipales o decretadas especialmente por la Legislatura del Estado; Estado. la información financiera que a continuación se senala: 111. Retener o invertir para fines distintos, lo establecido en el Presupuesto de al Estado de situación financiera; Egresos; bl Estado de variación en la hacienda pública; IV. Suspender o revocar por si mismos. el mandato a alguno de sus cl Estado de cambios en la situación financiera; miembros; dI Notas a los estados finanCieros; V. Delegar a las Agencias Municipales y de Policia facultades de su el Estado analítico del activo; competencia; f) Estado analítico de los ingresos; VI. Omitir la aplicación de recursos para brindar al Municipio los servicios gl Estado analítico de los egresos en las clasificaciones administrativa. básicos, y por objeto del gasto y funcional-programática VII. Las demás que le sean prohibidas expresamente por las leyes federales y estatales. LlI. Solicitar al Congreso del Estado. autorización para contratar créditos destinados a las inversiones públicas productivas en los términos de la CAPíTULO VIII Ley de Deuda Pública Estatal y Municipal: DE LAS LICENCIAS, FALTAS INJUSTIFICADAS, ABANOONO DEL CARGO Lln. Realizar descuentos en el cobro de contribuciones a favor de los O FALLECIMIENTO DE LOS INTEGRANTES OEL HONORABLE AYUNTAMIENTO pensionados, jubilados. pensionistas, discapacitados. senescentes y demás que dispongan las leyes del Estado. que tengan su domicilio en el ARTíCULO 50.- En caso de licencias. faltas injustificadas. así como ausencias .ámbito de la jurisdicción del Municipio respectivo; definitivas, se estará a lo previsto en los ArticuloS 82. 83 Y 84 del Capitulo V. Articulo 85 Capítulo VI. del Título Cuarto de la Ley Orgánica Municipal del Estado de LlV. Celebrar convenios con el Estado a fin de que éste. de manera directa o a Oaxaca. través del organismo correspondiente. se haga cargo en forma temporal de alguna función o de un servicio que el Municipio tenga a su cargo o En casos urgentes en que el Presidente Muntcipal tenga que ausentarse del para que se ejerzan coordinadamente por el Estado y el,Propio Municipio; municipio por un término no mayor de cinco dias y que no sea posible obtener la 8 EXTRA MARTES 31 DE DICIEMBRE DEL AÑo 201.3 autorización previa del Honorable Ayuntamiento. el Presidente Municipa1 debera dar XI. Proponer a <:Oflsideración del Ayuntamiento para su aprobación los aviso por escrito al Secretano Municipal de Ja causa o causas que originan su nombramientos del Secretario Municipal, Secretario de Finanzas y ausencia y-designará al concejal que deberá encargarse de los asuntos de trámite y, Administración, Secretario de Desarrollo Urbano, Ecología y Obras en su <:aso de presidir la Sesión Ordinana de Cabildo que llegara a realizarse en su Públicas y Alcalde_ Los demás servidores públicos seran nombrados ausencia. con la obligación -de que al .reincorporarse a sus funciones informe en la directamente por el Presidente Municipal: Sesión Ordinaria inmediata de Cabildo, las circunstancias Justificadas que motivaron su ausencia. En caso de ausencia no mayor a cuarenta y ocho horas no se requerirá XII. Ejecut!'f, administrar, vigilar y evaluar la formulación e instrumentación de de aviso por escrito. los planes de desarrollo urbano. ¡a zonificación. la cFeación de reservas En caso de 'Iicencia autorizada por más de ciento veinte dias solicitada por el territoriales. e1 otorgamiento de licencias y permisos para uso de suelo y Presidente Municipal, al Ccncejal designado se denominará Presidente MUnicipal construcción. y permisos y licenCias para el uso de espacios públicos, así Interino. como los mecanismos que se requ~ran para la adecuada conducción del desarroUo urbano; ARTícULO 51,- Ante el fallecimiento del Concejal Presidente o Síndico, el Ayuntamiento ~enjendo el acta de defunaón, ceJebrará sesión respectiva y emitIrá el XIII, Elaborar el Plan MUI'Ii<:ipal de Desarrollo dentro de los seiS primeros acuerdo 'de requerimiento con el voto de la mayoría de sus integrantes para que el meses de su administración, asi como los prQgramas anuales de obras y suplente asuma el cargo, y -en ausencia o negativa de éste, asumirá el cargo el servicios púbhcos y someterlos al Ayuntamiento para su aprobaCión; Concejal que el Ayuntamiento .aesigne De no lograr el acuerdo respectivo, el Congreso del Estado lo designa(á -de entre los mismos Concejales y por negativa de XIV. Promover y vigilar la organización e integración del Concejo de Desarrollo Social Municipal: éstos a cualquiera -de los supleAtes, emitiendo la declaratoria respectiva, XV, Promover la inlegración del Concejo Municipal de Protección CIvil, Si el falleCido es un 'Regidor, el Ayuntafll1ento requerírá al suplente y, ante la ausencia o negativa de éste, nombrará a cualquiera de los Concejales suplentes, XVI. Informar durante las sesiones ordlOarias del Ayunta~iento sobre el estado observando SI se trata de un Concejal de mayoria o de representacIón proporcional que guarda la administración municipal y del avance de sus programas: a fin de Que se respete tos principios para -cada uno de los casos. El mismo p'ocedimiento se seguirá para el caso de los integrantes de los Consejos XVII. VigBar la correcta administración det patrimonio munk:ipal; Municipales. .- XVtll. Expedir licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamiento de comercios, espectáculos .. bailes y diversiones públicas en general. previo De todos los casos se comunicara al Congreso del Estado para que emita la dictamen de las comisiones respectivas; declaratoria respectiva para los efectos de aqeditación XIX. Expedir licencias a -establecimientos que e)(pendan bebidas alcohólicas, las que de concederse tendrán siempre el carácter de temporales, previa . TíTULO SEXTO autorización del Cabildo y con apego a la LeV Estatal de Salud; ~ -' DE LAS AUTORIDADES DEL AYUNTAMIENTO XX, Resolver sobre las peticiones de los particulares en materia de permisos para el'ap'ovechamiento y comercio en las vías públicas, con aprobación CAPITULO I del Cabildo, las que de concederse, tendrán siempre el carácter de temporales y revocables y no serán gratuitas; DEL PRESIDENTE MUNICIPAL XXI. Proponer al Ayuntamiento al Concejal que deba sustituirlo en sus ARTíCULO 52,-El Presidente Municipal es el representante político del Municipio y ausencias no mayores de quince días, o en las sesiones ordínarias que le responsable directo de la admir)istración pública municipal, encargado de velar por la encomiende; correcta ejecución de las disposiciones del Honorable Ayuntamiento, con las siguien\es atribuciones y obligaciones XXtI, Crear en el primer año de su gestión administrativa un organismo que se denominará Comité Murucipal del Sistema para el Desarrollo Integral de la 1. Cumplir y hacer cumplir en el Municipio la presente ley, las leyes y demás Familia, y en las Agencias Municipales se denominará Subcomité disposiciones de orden normativo municipal, así como los ordenamientos Municipal del Sistema .para el Desarrollo Integral de la Familia; estatales y federales en el ámbito de su competencia, y conducir las relaciones del ayuntamiento <:on los Poderes del Estado, y con los otros XXIII. Visitar periódicamente las Agencias Municipales y de Policia y todos los ayuntamientos de la entidad; demás centros de población urbanos, suburbanos y de naturaleza agraria 11. Planear, programar. presupuestar, coordinar y evaluar el desempeno de las que conformen el territorio municipal, con el objeto de verificar la eficaz unidades administrativas, de la administración pública municipal que se prestación de'los servicios públicos municipates'y recibir las demandas de creen por acuerdo del Ayuntamiento en cumplimiento de esta ley; la población, para proponer al Cabildo tas medidas de solución conducentes: - III.-Convocar y presidir con voz y voto de calidad las sesiones del Cabildo ejecutar los acuerdos y decisiones del mismo; XXIV. Desempeñar las funciones -de Registro Civil cuando en su ámbito territorial no exista éste, en los térmill9s del Código Civil para el Estado IV. Promulgar y publicar en la gaceta municipal O en el Periódico Oficial del Libre y Soberano de Oaxaca y del reglamento de la materia; Gobierno del Estado los Bandos de Policía y Gobierno, tos reglamentos, circulares y demás disposiciones administrativas de observancia general, XXV. Tener bajo su mando, ta Policía Preventiva Municipal en los términos del dentro de sus r-espectivas jurisdicciones. así como los planes y programas reglamento corr-espondiente y de conformidad con lo dispuesto en la de desarrollo municipal; publicados que sean remitirlos a los Poderes del Constitución Política de los -Estados Unidos MexÍClInos, la Constitución Estado y al Archivo General del Estado; Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y tas leyes de la materia; V. Expedir de manera inmedi¡¡ta los nombramientos de los agentes municipales XXVI. Nombrar y remover a los demás servidores de la administración pública y de policía, una vez obtenido el resultado de la elección; municipal, y expedir los nombramientos respectivos; VI. Asumir I¡¡ representación jU9dica del ¡¡yuntamiento en los litigios, a falta de Sindico o cuando el Sindico o Sindicos estén ausentes O impedidos XXVII. Ejercer las facultades que te confiere el artículo 12 de la ley General de legalmente par.a ello; Sociedades Cooperativas; , VII. Informar a la población en sesión pública 'J solemne que deberá XXVIII. Autorizar los documentos de compraventa de ganado y los permisos para celebrarse dentro de los primeros quince dias del mes de diciembre de degüello; y cada año, sobre el estado que guarda la administración pública municipal y de las labores realizadas durante el ,ejercicio, XXIX. Las demás que le señalen las leyes, este Bando de Policia y Gobierno, los reglamentos, drculares y disposiciones administrativas de observancia VIII. Proponer al ayuntamiento los proyectos de ley de Ingresos y del general dentro de sus ámb~os territoriales, Presupuesto de Egresos atendiendo a los principios constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economia, transparencia y ARTícULO 53.-Para el cumplimiento -de sus funciones, el Presidente MuniCIpal se honradez, así como a los presupuestos realizados por las comisiones, de auxiliará de los integrantes del Honorable Ayuntamiento, asi como de los órganos conformidad con la fracción VII del articulo 55 de la Ley Orgánica administrativos que conforman la administración pública municipal. Municipal; IX. Vigilar la recaudación de ingresos en todos los ramos de la administración CAPITULO 11 publica municipal, con apego a lo dispuesto en la ley de Ingresos Municipales, inspeccionar los fondos de la hacienda pública municipal, supervisar que la inversión de los recursos municipales se hagan con DE LAS PROHIBICIONES DEL PRESIDENTE MUNICIPAL estricto apego al j)fesupuesto de egresos y a las leyes correspondientes y a los principios constitucionales de austeridad, planeación. 'eficiencia, ARTíCULO 54,-El Presidente Municipal no deberá: eficacia, economía, transparencia y honradez, y en su caso, autorizar los estados financieros del Municipio; 1. Distraer los fondos y bienes municipales de tos fines a que estén destinados; X. Proponer al Ayuntamiento las comisiohes en las que deben actuar sus 11. Imponer contribución o -sanción alguna que no esté señalada en la ley de integrantes; Ingresos u otras disposiciones legales; MARTES 31 DE DICIEMBRE DEL AÑo 2013 EXTRA 9 m.Juzgar los asuntos relativos a la propiedad o posesión de bienes muebles, 1. Asistir con derecho de voz y voto a las sesiones del Cabildo y vigilar el inmuebles o en cualquier otro asunto de carácter civil, ni decretar cumplimiento de sus acuerdos; sanCiones o penas en los de carácter penal. 11. Suplir al Presidente Municipal en sus faltas temporales, en los términos IV. Ausentarse del MunicipIo sin licencia del Honorable Ayuntamiento, establecidos por la Ley Orgánica MUniCipal del Estado de Oaxaca y el excepto en aquellos casos urgentes. previstos en la párrafo 11 del Articulo presente Bando de Policia y Gobierno; 44 del presente Bando de Policia y Gobierno; V. Cobrar personalmente o por interpóSila Persona, multa o arbitrio alguno y 111. Vigilar que los actos de la administración pública municipal se desarrollen con consentir o autorizar que una oficina municipal distinta a la Secretaria de - apego a lo dispuesto por las leyes y normas en materia municipal. Finanzas y Administración. conserve o tenga fondos municipales; IV. Desempeñar las comisiones que le encomiende el Ayuntamiento e ¡"formar con la periodicidad que le señale. sobre las gestiones realizadas: VI, Utilizar bienes propiedad del Honorable Ayuntamiento, asi como disponer de los empleados y elementos de las Comisarías de Seguridad Pública, V. Proponer'al Ayuntamiento alternativas de solución para la debida atención de Vialidad y Protección 'Civil para asuntos particulares; los diferentes ramos de la administración pública municipal, VII, Resldlf durante su gestión fuera del territorio municipal, VI. Proponer al Ayuntamiento la formulaCión, modificación o reformas a los reglamentos municipales y demás dispOSiciones administrativas: VIII. En los casos de infracciones a los reglamentos y disposiciones legales Imponer arrestos que excedan de treinta y seis horas o multa que exceda VII. Promover la participaCión Ciudadana en apoyo a los programas que de lo señalado en la Ley de Ingresos Municipales formule el Ayuntamiento VIII. Participar en las ceremonias cívicas que lleve a cabo el Ayuntamiento; CAPíTULO 111 IX. Estar informado del estado financiero, cuenta pública y patrimonial del DE lAS ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE lOS SíNDICOS Municipio asi como de la situación en general de la administración pública municipal; ARTÍCULO 55.- Los Síndicos serán representantes jurídicos del Municipio y responsables de vigilar la debida administración del erario público y patrimonio X. Procurar en forma coll4Jiada la defensa del patrimonio municipal. en caso de municipal, con las siguientes atribuciones y obligaciones; omisión por parte del PreSidente o SindiCO MUnicipal, XI. Vigilar que las peticiones realizadas a la administración pública municipal Procurar. defender y promover los intereses municipales, presentar denuncias se resuelvan oportunamente: y y quereUas, representar juridicamente al Municipio en los litigios en' que éste fuere parte. por si mismo o a través de representante legal y en la XII. Las demás que se señalen en la presente Ley y demás disposiciones gestión de negocios de la hacienda municipal; normativas emitid~s por el Ayunta!l1lento. 11, Delegar y revocar para la defensa de los intereses juridicos del Ayuntamiento ARTÍCULO 58.- los Regidores, en el desempeño de Su encargo pOdrán pedlf de , la facultad de representación plena en los litigios en los que éste fuere cualquier oficina pública mun~ipal. los documentos o datos que crean convenientes parte; para ilustrar el desempeño de los asuntos que le están encomendados, Cuando cualquier servidor público municipal. no proporcione los datos citados. los Regidores m.suplir al Presidente Municipal en sus faltas temporales. en los términos lo harán del conocimiento del Ayuntamiento para que aplique la sanción establecidos por la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca y el correspondiente presente Bando de Policia y Gobiemo; Los Regidores tendrán facultades de inspección y vigilancia en las materias a su IV. Tendrán el carácter de mandatarios del Ayuntamiento y desempeñarán cargo. Sólo pOdrán ejercitar funciones ejecutivas cuando actúen como cuerpo las funciones que éste les encomienden y las que designen las leyes; colegiado en las sesiones del Cabildo, V. Vigilar la correcta aplicación del presupuesto de egresos, revisar y firmar los La denominación de cada regiduría corresponderá a la materia que tenga a su cortes de caja o estados financieros de la Secretaria de Administración y cargo. la cual se designará en la primera sesión de Cabildo y solo pOdrá cambiarse Finanzas y la documentación de la cuenta pública municipal; de titular por renuncia o por causa que deberá calificarse por acuerdo de la mayoria califiCada de los integrantes del Ayuntamiento VI. Asistir con derecho de voz y voto a las sesiones del Cabildo; El Ayuntamiento establecerá las denominaciones o materias de las regidurías en sus VII. Formar parte de la Comisión de Hacienda Púbhca Municipal, y aquellas respectivos bandos de policia y gobierno asi como en los reglamentos municipales. otras que le hayan sido asignadas; VIII. Proponer al Ayuntamtento la formulación, modificaciones o reformas a los CAPíTULO V bandos de policía y gobierno. los reglamentos. circulares y disposiCiones administrativas de observancia general dentro de su ámbito territorial; DE LAS COMISIONES MUNICIPALES IX. Intervenir en la formulación del inventario general de los bienes muebles e ARTiCULO 59.- Las Comisiones son órganos de consulta no operativos y son inmuebles propiedad del Municipio, promoviendo la 'inclusión de los que responsables de estudiar, examinar y proponer al Honorable Ayuntamiento las se hayan omitido, y haciendo que'se inscriban en el libro especial con la normas tendientes a mejorar la administración pública municipal. expresión real de sus' valores y las características de identificación, asi como el destino de los mismos; ARTICULO 60.-Las oomisiones tendrán las atribUCiones siguientes: X. RegularizÍ>r ante la aU,toridad competente, la propiedad de los bienes inmuebles municipales, e inscribirlos en el Registro Público de la 1. Formular y proponer al Ayuntamiento un programa para la atención del Propiedad; • servicio público de que' se trate; XI. Admitir y' resolver los recursos administrativos, de conformidad con lo 11. Supervisar que el servicio público se preste con eficiencia; dispuesto en esta Ley; 111. Proponer al Ayuntamiento, previo estudio y dictamen, acuerdos para la XII. Vigilar que los servidores públicos municipales obligados, presenten solución de asuntos de las respectivas ramas de la administración pública oportunamente su declaración patrimonial, conforme a la Ley de municipal; Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Oaxaca; IV. Vigilar la exacta aplicación de los recursos económicos destinados a la prestación del servicio público; XIIt. Participar en las ceremonias civicas que lleve a cabo el Ayuntamiento; y V. Promover ante los ciudadanos lo conducente al mejoramiento del servicio XIV. las demás que le señalen las disposiciones legales y reglamentarias público; aplicables. \(1. Informar al Ayuntamiento, en virtud del servicio público que supervisa. cuando ARTíCULO 56.-Los Sindicos para desistirse, transigir, comprometerse en árbitros o haya coincidencia de funciones con el Estado o la Federación; hacer cesión de bienes. requieren el voto de las dos terceras partes de los integrantes del Honorable Ayuntamiento según sea el caso, exceptuando para hacer cesión de bienes muebles propiedad de Municipio. o aquellos que sean afectados VII. Proponer con oportunidad, economía. austeridad, transparen!:ia y honradez al por hechos de tránsito y sea necesario el endoso para su reparación; Ayuntamiento. el presupuesto de gastos necesarios para la mejor prestación del servicio público; y CAPíTULO IV Vllf. Vigilar que se ejecuten las disposiciones y acuerdos del Honorable Ayuntamiento, DE lAS ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE lOS REGIDORES Las comisiones pOdrán ser permanentes y durarán en su encargo tres años o ARTICULO 57.- los Regidores son integrantes del Honorable Ayuntamiento y especiales. siendo estas las que crea el Ayuntamiento mediante disposición representantes de la comunidad. con las siguientes atribuciones y obligaciones: normativa de observancia general para atender transitoriamente asuntos de interés 10 EXTRA MARTES 31 DE DICIEMBRE DEL AÑo 2013 público. Ambos tipos de comisión podrán actuar", dictaminar en forma Individual o ARTícULO 68.- A solicitud de la Comisión, comparecerán ante la misma los de manera conjunta, cuando eXistan asuntos que Involucren a dos o más de ellas. funcionarios de la ádminrstración municipal, para el análisis de algún asunto en particular y, en su caso, invitar a los CIudadanos Interesados en el asunto de que se ARTíCULO 61.- En la primera sesión ordinaria del primer año de gestión del trate, a fin de brindar orientación y hacer las aclaraciones que les sean solicitadas Honorable Ayuntamiento entrante a propuesta del Presidente Municipal se nombrarán a los integrantes y al Regidor que deba presidir en su carácter de Preskiente cada una de las Comisiones permanentes que se consideren necesarias ARTicULO 69.-En ejercicio de sus funCiones. las Comisiones podrán requenr por para el adecuado funcionamiento de los serviCIOS municipales. que son de manera escrito a los servidores púbHcos municipales. la información que requieran para el enunciativa y no ~Imitativa tas siguientes: despacho de los asuntos de su conocimiento. los servidores públicos de la administración municipal, estarán obligado~ a rendir a las Comisiones la informaCión que les soliciten y tengan en su poder en razón de su competencia: Igualmente, 1. Comisión de Hacienda y Bienes Municipales, .-deberán comparecef ante las Comisiones cuando sean citados por acuerdo de éstas, con el objeto de brindar or~ntactón y asesoria respecto de los asuntos que 11. Cornlsión de Desarrollo Urbano, Obras ,Públicas, Ecologia y Vivienda; sean del conocimiento de la Comisión interesada lit. Comisión de Grupos Vulnerables y Equidad de Género; ARTiCULO 70,-Las Comisiones. con base en las necesidades del servicio, pueden presentar las reformas que convengan a los presupuestos respecto al ramo que esté IV. Comisión de Agencias y Colonias y Tenencia De La Tierra, a su cargo, para que la Comisión de Hacienda y Bienes Municipales haga el estudiO y emita el dictamen correspondiente V. Comisión de Turismo y.Espectáculos; ARTíCULO 71.-El caso de que un asunto fuere turnado a dos o mas comisiones VI. Comisiónae Servicios MUnicipales y Zona Metropolitana: para su análiSIS y dICtamen, y si resultare éste con empate en la vota~6n se turnara· al pleno del Honorable Ayuntamiento para su resolución final. . VII. Comisión de Educación, Cultura y Deportes; SECCiÓN PRIMERA VIII. Comisión de Mercados Públicos; DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y BiENES MUNICIPALES IX. Comisión de Salud Pública. ARTíCULO 72.- Corresponde a la Comisión de Hacienda y Bienes Municipales X. Comisión de Seguridad Pública, Vialidad y Protección Civil, proponer al Honorable Ayuntamiento los mecanismos, instrumentos y acuerdos que sean necesarios para optimizar el ingreso municipal asl como hacer más eficaz el XI. Comisión de Contraloria, Transparencia. Gobernación y Reglamentos ~. gasto público en relación con el funcionamiento y operación de la administració'n pública municipal XII. Comisión de Derechos Humanos; Tendrá a su cargo el 'despacho de los siguientes asuntos: XIII. Comisión de Desarrollo Económico; l. Dictaminar el proyecto de Ley de Ingresos del Municipio de Oaxaca. de XIV. Comisión de Vinos y Licores Juárez; que deberá regir en el año fiscal siguiente, a fin de que sea remitido a la Legislatura Estatal para su aprobación; La Comisión de Hacienda y Bienes Municipales estará integrada exclusivamente por el Presidente. los Síndicos y el Regidor de Hacienda y Bienes Municipales; será 11. Dictaminar el proyecto del Presupuesto de Egresos que deberá aprobar el presidida por el "Presidente Municipal. 'las demás comisiones estarán presididas por Honorabte Ayuntamiento en base a la Ley de Ingresos del Municipio de el regidor de la materia Oaxaca de Juárez; ARTícULO 62.- Las Comisiones se integrarán con tres o más Regidores, que 111. Vigilar la información que mensualmente elabore la Secretaría de actuarán en forma colegiada. El Presidente Municipal podrá participar en todas las Finanzas y Administración, respecto de los estados financieros: Comisiones que considere necesario y el Sindico en turno se adherirá a cualquiera de ellas cuando los asuntos que se traten involucren los intereses patrimoniales del IV. Vigilar que los empleados municipales con manejo de fondos no tomen Municipio de Oaxaca de Juárez, ambos con derecho a IIOZ y vQto. posesión de su cargo sin haber otorgado la fianza o garantlas que asegure su manejo; Los Regidores designados ·para las comiSIones, estan obligados a aceptar el cargo y a desempeñarlo con honesttdad y esmero en bien del servicio públicó Las excusas V.Vigilar que las operaciº-nes ~ªr1_ _ ~gilili~as en la contabilidad de para el desempeño de una comisión con causa Justificada, las califICará el Honorable conformidad con los principios de contabilidad 9ubernamental y con la Ayuntamiento para resolver lo que proceda. normatividad aplicable en la materia; VI. Vigilar que las erogaciones efectu<l(jas se encuentren previstas en el ARTicULO 63.-Son funciones del Presidente de Comisión: Presupuesto de Egresos; 1. Presidir las Sesiones de Comisión; VII. Proponer los medios más eficaces para obtener la efectividad de los 11, Convocar a tos miembros de la Comisión para celebrar Sesiones por .10 menos cobros y la facilidad en los pagos; una vez al mes. En caso de falta de convocatoria del Presidente, podrá convocar a Sesión válidamente 'cualquier integrante de la Comisión; VIII. Vigilar la buena marcha hacendaria municipal, en términos de la Ley de Ingresos del Municipio de Oaxaca de Juárez y Presupuesto de E9resOS III.Delerminar el orden en que deben ser atendidos los asuntos .en comisiones, aprobados; mediante la aprobación del orden del dla por parte de la'mayorla de los integrantes de la Comisión; IX. Proponer al Honorable Ayuntamiento, la relebración de convenios con los causantes para otorgar facilidades en el pago de los impuestos, IV. En caso de empate emitir el voto de calidad; derechos, productos o aprovechamientos' municipales; V. Proponer los proyectos de dictámenes respectivos al Pleno; X.Proponer al Honorable Ayuntamiento los convenios de coordinación para el cobro de impuestos con la Federación o con el Gobierno del Estado; VI, En general, aquellas que resulten necesarias para garantizar el debido funcionamiento de la Com1sión. XI. Glosar preventivamente las cuentas de la Secretaria de Finanzas y ARTicULO 64,- Los Regidores reunidos en comisión ejercerán atribuciones en Administración correspondiente al año anterior, durante los meses de materia de vigilancia, supervisión, análisis y propuesta de solución a los problemas enero y febrero, a fin de remitirlas a la Auditoria Superior del Estado, a del Municipio. más tardar el 15 de marzo siguiente; . ARTíCULO 65,-Las Comisiones en sus respectivos ramos, propondrán al Honorable XII. Emitir opinión sobre la problemática cIe'. orden técnico que se origine en Ayuntamiento los proyectos de solución a los problemas. de su conocimiento, maleria contable o fiscal; mediante el dictamen fundado y motivado de los asuntos que les sean turnados, con los que darán cuenta al l:ionorable Ayuntamiento ala mayor brevedad. XIII. Vigilar que todos los bienes muebles e inmuebles propiedad del Municipio se encuentren debidamente inventariados; ARTicULO 66.-En el caso de que se cumpla el término para la presentación del dictamen a que obliga el Articulo 86 del presente Bando de Policia y Gobierno y XIV, Vigilar que la Secretaria de Finanzas y Administración y la Dirección de dicho dictamen no se hubiese puesto a consideración de los integrantes de la Patrimonio cumplan en tiempo y forma con las atribuciones y comisión por el Presidente de la misma, cualqUiera de sus integrantes podrá obligaciones que les impone la Ley Orgánica Municipal del Estado de presentar el proyecto respectivo y, aprobado que sea éste, ponerlo a consideración Oaxaca y demás disposiciones legales; del Honorable Ayuntamiento para la resolución que proceda, ARTíCULO 67.-Los integrantes de las Comisiones se excu"sarán de intervenir en la XV, Condonar, previo programa establecido, recargos o redUCCIón de resolución de algún asunto de su ramo cuando tengan interés personal en el negocio gravámenes establecidos en la Ley, a contribuyentes o sectores de éstos de que se trale. Las excusas las calificará el Honorable Ayuntamiento y, sl proCElden, que lo soliciten y justifiquen, emitiéndose en su caso el acuerdo éste comisionará a los Concejales que deban de sustituirles. respectivo;

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