N P Ó CI LEBISCITO A V R SE DER B O EFRENDACIÓN E D ME DE LOSA D E P R CUERDOS AZ O F N I / Informe de Observación Z A P E D S O D R E U C A S O L E D N Ó CI A D N E R F E R E D O T CI S BI E L P P LEBISCITO N DER Ó EFRENDACIÓN CI A V DE LOSA D E P ER CUERDOS AZ S B O Informe de Observación E D E M R O F N I / Z A P E Una corta campaña electoral con D S reglas de juego creadas sobre la O D marcha, un ambiente de incertidumbre, R E U polarización y una abstención histórica C A S caracterizaron el proceso O L E D N Ó CI A D N E R F E R E D O T CI S BI E L P z Pa e d os d er Elaboración de textos u c A os e l d /n nó cióaci vand Alejandra Barrios Cabrera Germán Robayo bserefre Directora Nacional Subcoordinador Observatorio de la De- e Ode r Misión de observación Electoral –MOE- mocracia - MOE me dcito orbis InfPle Fabián Hernández Cadena Luz Adriana Peña Coordinador Comunicaciones y Segui- Profesional de incidencia política - miento a Medios - MOE MOE Camilo Mancera Morales Luisa Salazar Escalante Coordinador Observatorio de Justicia Investigadora Observatorio de Justicia Electoral Electoral- MOE Camilo Vargas Betancourt Marlon Pabón Castro Coordinador Observatorio Politi- Investigador Observatorio de Justicia co-Electoral de la Democracia - MOE Electoral - MOE Carlos Alberto Santana Gabriel Angarita Coordinador Nacional de Calidad de Asistente Calidad de Elecciones- MOE Elecciones - MOE Andrés Ceballos Claudia Pedraza MOE Internacional Coordinadora Administrativa Viviana Sarmiento Stephanie Salazar Mahecha Investigadora Observatorio de la Demo- Asistente de Investigación Seguimiento cracia - MOE a Medios 2015- MOE Diego Duarte Eric Javier Muñoz Pérez Investigador Observatorio de la Demo- Diseño y diagramación - MOE cracia - MOE Impreso en: Torres Blanca Agencia Gráfica www.torreblanca.com.co Bogotá-Colombia ISBN Enero 2017 978-958-59221-8-1 2 Datos de Observación/ Plebiscito 2016 Desde el 11 de marzo de 2016 (7 meses antes de las eleccio- 2445 nes) la plataforma de 35 regionales que conforman la Mi- sión de Observación Electoral MOE, tomaron la decisión Observadores de hacer seguimiento independiente, honesto, crítico y constructivo electorales de tanto al debate legislativo del mecanismo de refrendación ciudada- la Misión de na, como de los hechos que pudieran afectar la normalidad de unas Observación Electoral elecciones a todas luces complejas para la observación. MOE Colombia Presentamos este informe que recoge las principales conclusiones divididas en 6 apartados: 1) Normatividad electoral asociada a este mecanismo de participación ciudadana; 2) Alertas y riesgos electora- 37,43% les; 3) Observación pre electoral; 4) Informes de Observación Día Electoral: 5) Recomendaciones generales; y 6) Plataforma Nacional. Participación A los 2.445 hombres y mujeres que nos acompañaron en la obser- Electoral vación del plebiscito. Ustedes nos impulsan a continuar vigilando, informando y actuando para buscar un mejor país. 252 Nuestro más sincero agradecimiento y más grande respeto y admi- ración por apoyar la democracia colombiana brindando su tiempo Municipios en y esfuerzo para tratar de que en el país hayan elecciones más trans- Riesgo electoral parentes y justas. 271 430 2.445 Unasola Comisión Plataforma de Número de Número Nacional Especial Observación Municipios Observadores de Vigilancia y observados nacionales Seguimiento realizada durante este proceso 142 23 76% Número Potencial Número Países con electoral Observadores observación observado internacionales MOE 3 z Pa e d os d er Tabla de contenido u c A os e l d n/ón I Marco jurídico plebiscito…………………………………. . . . .5 vacióndaci II riesgos electorales…………………………………………. . 9 orme de Obserbiscito de refre IIIVI lo(oab bscseaerMrvvpaaaccñióiaón np od prrí aee lee llpeelccettbooisrrcaailtl…o).. .…...…....…...…....…...…....…...…....…...…....…...…...…... 2274 InfPle V recoMendaciones generales…………………………………. .67 VI plataforMa nacional de la Moe……………………………. .75 4 Marco Jurídico Plebiscito/Reglas del juego 2016 Marco Jurídico Plebiscito I Reglas de Juego 2016 En el primer Acuerdo General del blicos y criterios generales de divulgación y proceso de negociación que se desa- campaña, fueron modificados con el objeti- rrolló entre el gobierno nacional co- vo de viabilizar la utilización satisfactoria del lombiano y las FARC se incluyó en su sexto mecanismo. punto la obligación de realizar un proceso En este sentido, en el marco del trámite le- refrendatorio con la ciudadanía de lo pac- gislativo del proyecto de ley estatutaria del tado entre las partes a través del Acuerdo denominado “Plebiscito por la Paz” la MOE Final. presentó ponencia en la audiencia pública De esta manera se recurrió a los mecanis- del Senado de la República realizada el 8 de mos de participación ciudadana consagra- Agosto de 2016, en el que se manifestaron dos constitucionalmente para cumplir con algunas inquietudes, así como la postura de este compromiso, en donde se decidió que la MOE frente al proyecto de ley. Los pun- el más indicado era el plebiscito, pues era el tos planteados de manera resumida fueron: que más se ajustaba a criterios de: exigibili- dad de los resultados, eficacia y por sobre 1. La constitucionalidad de la creación todo, la capacidad de plantear el asunto de de un mecanismo de participación “refrendación de los acuerdos “a consulta ciudadana, especial y particular, para ciudadana. la refrendación de los acuerdos. En este punto la MOE encuentra constitu- No obstante el plebiscito fue el mecanismo cional la creación de un nuevo mecanismo seleccionado, gobierno nacional presentó o la modificación del mismo, teniendo en una iniciativa de ley estatutaria en la que se cuenta que efectivamente es competencia modificaban algunos elementos de este me- del legislador estatutario y que la misma canismo de participación ciudadana consa- Corte Constitucional ha establecido que grado en la Constitución del 91 y regulado el principio democrático debe ser univer- por las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015. sal y expansivo, generando la ampliación progresiva de los mecanismos que garan- Asuntos como el umbral de participación, la ticen una participación democrática. participación en política de servidores pú- 5 z Pa e d os d er 2. Las consecuencias de la eliminación proyecto de ley pasa a la revisión previa de u Ac del umbral mínimo de participación e la Corte Constitucional, instancia en la que os instalación de un umbral de aproba- a la MOE se le solicita presentar una inter- e l /n d ción para la refrendación del acuerdo vención. De esta manera la MOE reiteró ciónació final para la terminación del conflicto. lo antes planteado en la audiencia pública, vand Sobre este asunto la MOE plantea como profundizando en el análisis de cada uno de bserefre postura organizacional el que la elimina- los asuntos allí planteados. e Ode r ción del umbral de participación e imple- me dcito mentación de un umbral de aprobación El proyecto de ley estatutaria se mantuvo en orbis incentiva la participación además de ge- revisión por parte de la Corte Constitucional InfPle nerar un mayor equilibrio entre las pos- por poco más de siete meses, periodo du- rante el cual se mantuvieron los avances del turas en contienda. Así mismo se plantea proceso que se adelantaba en la Habana, lo que este mismo criterio debería replicarse cual trajo como consecuencia que pese a que para los otros mecanismos de participa- no había sido aprobado el mecanismo de re- ción ciudadana directa, salvo el caso de la frendación tanto la opción del SI como la revocatoria de mandato. del NO entraron a realizar publicidad. Estos 3. La regulación que el proyecto de ley hechos fueron evidenciados en distintos me- estatutaria prevé para delimitar la dios de comunicación que reportaban este participación de los servidores públi- tipo de acciones al igual que fueron reporta- cos en la campaña a favor o en contra dos a la MOE por la misma ciudadanía. del denominado Plebiscito por la paz. No obstante era publicidad efectiva por par- Para la MOE, habilitar la posibilidad de te de alguna de las posturas del SI o del NO, que los funcionarios públicos intervengan esta publicidad no fue perseguida o restrin- en política debe estar sujeto a una regula- gida por la autoridad electoral en el entendi- ción específica que determine claramente do de que todavía no se podía siquiera ha- quienes y de qué manera se puede dar esta blar de periodo pre electoral pues ni siquiera actividad, pues el marco constitucional y se había determinado si efectivamente se iba legal vigente no permite su intervención. a realizar un proceso electoral y mucho me- 4. La regulación del proyecto que radica nos la fecha del mismo. En este sentido la en cabeza de la organización electo- publicidad que se estaba presentando no co- ral para regular el desarrollo del me- rrespondía a propaganda electoral anticipa- canismo de participación ciudadana da, dejando sin control la misma. Esto tuvo creado por medio del proyecto de ley como consecuencia el que desde mucho an- bajo estudio. Si bien el proyecto de ley tes de las elecciones se abriera la contienda regula algunos aspectos del desarrollo de electoral y de igual forma la pugnacidad en- la campaña del plebiscito, quedan nume- tre las dos opciones. rosos vacíos que la organización electoral El 18 de Julio de 2016 la Corte Constitucio- debe entrar a llenar de manera diligente y nal profirió el comunicado de prensa corres- con la mayor anticipación posible al even- pondiente de la sentencia C-379 de 2016, en to electoral, pues debe darse una difusión el que se incluía la parte resolutiva del fallo amplia y suficiente de la misma. y algunos apartes de las consideraciones he- Una vez se da por terminado el trámite en chas por la Corte para tomar la decisión de el Congreso, el 14 de Diciembre de 2015, el declarar la exequibilidad de la ley con algu- 6 Marco Jurídico Plebiscito/Reglas del juego 2016 nas modulaciones. Sin embargo el fallo com- por parte de la autoridad electoral la iniciativa pleto fue publicado el 12 de Agosto de 2016, de realizar una audiencia pública en la que se es decir, casi un mes después del referencia- convocó de manera particular a las organiza- do comunicado. ciones políticas y de la sociedad civil, realizada el 8 de Agosto de 2016. En la misma, la MOE Con al menos la parte resolutiva del fallo de presentó ponencia en la que se presentaron constitucionalidad, se establecieron algunos los siguientes puntos clave: alcances de la ley que venía en trámite de aprobación, sin embargo, el no contar con 1. Regulación a los comités promotores de el fallo completo dejó muchas incertidum- las campañas por el SI y el NO. bres sobre las reglas de juego del proceso • No se debe restringir el número de co- plebiscitario, particularmente sobre lo que mités promotores de las campañas por era la participación en política de servido- el SI y el NO. res públicos, funcionamiento de los comités promotores y la participación que tendrían • Los comités promotores deben estar los partidos políticos en el desarrollo de las integrados por colectividades. campañas por el SI y por el NO a lo largo de casi un mes. • Los comités promotores podrán ser del nivel nacional, departamental y Como se dijo anteriormente, el 12 de Agos- municipal. to de 2016 fue publicado el fallo de la Corte Constitucional en su totalidad, cumplién- 2. Financiación y responsabilidad de los co- dose en su totalidad el trámite legislativo y mités promotores dando vida a la Ley 1806 de 2016. Con la ley vigente quedaba pendiente la regulación • Responsabilidad del vocero del comité posterior por parte del CNE en donde se promotor: especificaran los procedimientos, alcances • Reporte de ingresos y gastos en Cuen- y restricciones de lo establecido en la Ley. tas Claras en tiempo real Razón por la cual la MOE presentó a las distintas autoridades electorales y la opinión 3. Diferenciación entre divulgación y publi- pública un listado de temas que requerían cidad del SI y NO una perentoria regulación, pues sin estas no habría claridad en el desarrollo del certamen Este gran énfasis que se hizo sobre la regla- electoral. Para la elaboración de la solicitud mentación obedeció a dos factores: Primero, se tuvieron varias reuniones con el Centro debe tenerse claro que una de los principales Democrático como representante del NO y factores para generar garantías en un proce- con campañas del SI recogiendo sus inquie- so electoral es la claridad en las reglas de jue- tudes y así incluirlas en la comunicación. go, razón por la cual la generación y divul- gación de la reglamentación es un requisito Fueron 22 preguntas las planteadas por la indispensable. Segundo, los mecanismos de MOE en la carta dirigida al CNE que se cla- participación ciudadana se han caracterizado sificaban en cuatro grandes temas que debían en los últimos 25 años por vacíos norma- ser objeto de regulación, que se citan a con- tivos en la implementación de los mismos. tinuación: 1. Publicidad, 2. Financiación, 3. Ahora bien con un mecanismo nuevo como Divulgación y 4. Participación en política de el establecido en la ley 1806 de 2016, se mar- servidores públicos. De esta solicitud surgió can aún más estos vacíos. 7 z Pa e d os d er La reglamentación proferida por el CNE a que se hiciera público el listado de quie- u Ac través de la resolución 1733 de 2016, para la nes conformarían estos tribunales. os MOE cumplió con los estándares de lo que de l se requería, sin embargo quedaron algunos 4. Comisión especial de vigilancia y segui- /n ciónació asuntos pendientes de un mayor desarrollo y miento electoral vand otros que requerían mayor claridad. En este orme de Obserbiscito de refre sdloeasnd ts ieidgloeuc iletaon MrtaelOs paEaspr haei czqtouo eus :n se l lapmroanduon cai alara a usotobrrie- SrVloeeisa g lriidlzeaiasnsadtcliatniósat ollasya s niSmCiveopegmloueirsimts ailionoenc naietanos t deEeEss lpqpeeuocctesoii abrflalueelse , reddannee InfPle 1. Financiación de los Comités de Campaña manera que se pudieran resolver estas y otras inquietudes traídas por los distintos Exigencia de reportar los ingresos y gas- comités de campaña, generando la mayor tos de campaña dentro de la semana si- claridad en torno al proceso plebiscitario. guiente a través de la herramienta del Algunas de estas inquietudes fueron re- CNE, Cuentas Claras. sueltas tal como ocurrió con lo referente 2. Elecciones de colombianos en el exterior. a los comités de campaña de colombia- nos en el exterior y la realización de las Aclaración sobre el funcionamiento de comisiones especiales de vigilancia y se- los comités de campaña de los colombia- guimiento electoral (mayor información nos en el exterior en los siguientes temas: en el aparte de las comisiones especia- Los topes a la financiación que tendrían les de vigilancia y seguimiento electoral) estos comités, la manera en que pueden mientras que temas como los Tribunales adelantar la campaña publicitaria y cómo de Garantías y Vigilancia Electoral o los reportarían los ingresos y gastos de cam- procesos sancionatorios por no reportar paña. gastos en tiempo real nunca fueron im- plementados. Adicionalmente, el mayor acompaña- miento al proceso de transmisión de re- Con el marco regulatorio anteriormente sultados electorales y escrutinios de co- descrito es que se adelantó el plebiscito el lombianos en el exterior. 2 de Octubre de 2016. 3. Tribunales de Garantías y Vigilancia Elec- toral Establecer de manera clara cuáles serían las funciones que estos tendrían, así como el periodo durante el cual estarán activos, para de esta manera tener claro el impacto que tendrían alrededor del proceso elec- toral. Es fundamental conocer los infor- mes de gestión de estos Tribunales en las Comisiones Especiales de Vigilancia y Se- guimiento Electoral tanto a nivel nacional como departamentales. Por otro lado, la MOE le solicitó al CNE 8 Riesgos Electorales/Alertas Riesgos Electorales II Alertas Resumen Para la MOE las elecciones de 2016 Sin embargo, la jornada electoral de 2016 fueron las más tranquilas de los últi- tuvo apenas dos hechos aislados y de poco mos 10 años, que es el tiempo que la impacto, a saber, el uso de explosivos en plataforma de organizaciones de la sociedad inmediaciones de un puesto de Miraflores, civil reunida por la MOE lleva haciendo ve- Guaviare, aparentemente por parte de di- eduría a los procesos electorales en el país. sidentes del Frente 1ro de las FARC que rechazaron el Acuerdo de Paz; y actos de En comicios anteriores, los informes de ob- proselitismo en contra del Plebiscito en un servación electoral emitidos durante el día puesto de votación de El Tarra, Norte de de elecciones registraban numerosos hechos Santander, por parte de la guerrilla del EPL. de alteraciones al orden público, en los que Ambos hechos fueron atendidos pronta- por medio de amenazas o actos violentos los mente por la Fuerza Pública y no tuvieron grupos armados ilegales impedían el libre mayor impacto sobre el normal desarrollo ejercicio del voto en numerosos municipios de las elecciones. del país. En el mismo sentido, el Mapa de Riesgo Electoral, publicado por el equipo Por otra parte, desde la observación cualita- técnico convocado por la MOE semanas tiva que se hace desde las distintas regiones, antes del Plebiscito, hizo especial énfasis en la MOE comenzó a percibir riesgos relacio- los factores de violencia que podían generar nados con la falta de claridad en las reglas amenazas sobre el derecho a la participación de juego, la intolerancia y la falta de cono- política de los ciudadanos. Antecedentes re- cimiento sobre lo que se iba a votar, que de cientes como el paro armado del Clan Úsuga manera determinante, conducía a estar en un entre marzo y abril de 2016, o los paros ar- contexto de información descontextualizada mados del ELN en febrero y en septiembre o exagerada. del mismo año, le dieron especial pertinen- Para la MOE fue claro que los altos niveles cia a las alertas sobre el riesgo de injerencia de polarización e intolerancia entre las di- de la violencia en el Plebiscito. ferentes posturas y la falta de información 9
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