PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA LA REDACCIÓN DE ANTEPROYECTOS Y PROYECTOS DE CARRETERAS FECHA: ENERO 2008 ÍNDICE 1 OBJETO DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES 2 DEFINICIONES Y FUNCIONES 2.1 DEFINICIÓN DE LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS INTERVINIENTES EN LA REDACCIÓN DEL PROYECTO. 2.2 DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO Y CONTENIDO DE LOS DOCUMENTOS. 3 DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS DE REDACCIÓN DE ANTEPROYECTOS Y PROYECTOS. 3.1 ANTEPROYECTO. 3.2 PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN – BASE DE LICITACIÓN. 4 DOTACIÓN DEL EQUIPO DE CONSULTORÍA. 4.1 PERSONAL. 4.2 INSTALACIONES Y EQUIPOS. 5 CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 5.1 CONDICIONES GENERALES. 5.2 PROCEDIMIENTOS. 5.3 PRESENTACIÓN, EDICIÓN Y ENCUADERNACIÓN DE LOS TRABAJOS. 5.4 CONTROL DE CALIDAD DEL PROYECTO. 6 VALORACIÓN DE LOS TRABAJOS. 6.1 MEDICIÓN Y ABONO. 6.2 LIQUIDACIÓN FINAL DEL PROYECTO. ANEXOS ANEXO Nº1: HITOS DE DESLINDE DE LAS EXPROPIACIONES ANEXO Nº2: ANEJO DE VALORACIÓN DE ENSAYOS. ANEXO Nº3: MANUAL PARA LA NORMALIZACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN EN SOPORTE INFORMÁTICO DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN. ANEXO Nº4: INFORMES DE SEGUIMIENTO MENSUALES. ANEXO Nº5: PLANIFICACIÓN. ANEXO Nº6: PANELES BÁSICOS POR TIPO DE ACTUACIÓN. ANEXO Nº7: GUÍA PARA LA REDACCIÓN DEL ANEJO 0: FICHA TÉCNICA ANEXO Nº8: MODELO DE CURRÍCULUM 1 OBJETO DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES. El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas Generales (en adelante PPTG) es describir las condiciones técnicas que con carácter general regirán los concursos para redacción de anteproyectos y proyectos en materia de carreteras que sean motivo de licitación por GIASA, estableciéndose así mismo las relaciones y competencias entre los técnicos de ésta y los futuros adjudicatarios de los mencionados concursos. El presente PPTG será de aplicación en toda contratación por GIASA de trabajos de consultoría para la redacción de anteproyectos y proyectos en materia de carreteras. En todo aquello en que los Pliegos de Prescripciones Técnicas Particulares (en adelante PPTP), que desarrollan y regulan el contenido específico de cada concurso, no corrijan o contradigan lo recogido en el presente Pliego, será de aplicación el contenido del mismo. 2 DEFINICIONES Y FUNCIONES. 2.1 DEFINICIÓN DE LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS INTERVINIENTES EN LA REDACCIÓN DEL PROYECTO. 2.1.1 Administración. A todos los efectos, se entenderá como Administración a GIASA, la cual ejercerá sus competencias de acuerdo con lo previsto en sus Estatutos de Constitución. GIASA es la Empresa Pública con atribuciones por parte de la Consejería de Obras Públicas para contratar y gestionar los proyectos que sean objeto de licitación. Las funciones y competencias de GIASA son las contenidas en la legislación vigente y serán desarrolladas de la forma legalmente prevista. 2.1.2 Gerente del Proyecto de GIASA y Especialistas. GIASA designará, a los efectos recogidos en los apartados siguientes, a un Gerente del Proyecto que ejercerá las funciones de representación de la misma ante las restantes personas físicas o jurídicas implicadas. El Gerente del Proyecto de GIASA trasladará al Consultor las prioridades de actuación de todos los trabajos objeto del Contrato. Los Especialistas de la propia plantilla de GIASA o contratados por ella, serán los técnicos con los que contará el Gerente del Proyecto en los temas en los que él no sea especialista, para el seguimiento de la calidad técnica con la que se desarrolla el proyecto en todos sus aspectos: normativa, metodología, documentación, etc. GIASA tendrá la capacidad de aceptar o cesar al personal interviniente por parte del Consultor, siempre que existan argumentos para ello. Así, cuando se incurran en actos u omisiones que afecten a la calidad y precisión del trabajo a realizar de acuerdo con las Normativas, Recomendaciones, Órdenes Circulares, etc. que se hayan de aplicar, o se perturbe y comprometa la buena marcha de la ejecución del proyecto o el cumplimiento de los programas de trabajo, GIASA podrá exigir al Consultor, la adopción de medidas concretas y eficaces para conseguir restablecer el orden necesario. El Gerente del Proyecto definirá, de acuerdo con los Especialistas de GIASA, las reuniones que se habrán de mantener y los informes de control a realizar durante el desarrollo del proyecto. Estas reuniones e informes serán básicos para la aprobación y consiguiente abono, con o sin penalización por defecto de calidad, de las actividades del proyecto a medida que sean terminadas. GIASA. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTOS DE CARRETERAS. 2 ENERO 2008 La coordinación de los trabajos que realice el Consultor, de los trámites que conllevan y de las relaciones con la Administración y con los Servicios de la Direcciones Generales será realizada por el Gerente del Proyecto. El Gerente del Proyecto tendrá funciones administrativas, técnicas y económicas, interpretando los términos del contrato, si bien sin alterarlos. En tal sentido se habrán de atender sus indicaciones por el Consultor, teniendo en cuenta que el Gerente de Proyecto y los Especialistas de GIASA, en el marco de sus funciones, serán responsables de aquellas decisiones que puedan imponer, en contra de los criterios del Consultor. Dichas decisiones se darán por escrito y deberán ser aceptadas por el Consultor, si bien éste a través del Director del Proyecto podrá dejar constancia por escrito, en la Memoria y en el Anejo correspondiente, de la disparidad de criterios en el tema de que se trate, a fin de que queden clarificadas las posibles responsabilidades futuras. En todo aquello en que el Gerente del Proyecto y los Especialistas de GIASA no contradigan al Consultor, éste tendrá la plena responsabilidad, tanto en el aspecto técnico, como en el económico y penal por las consecuencias que pudieran derivarse de los errores o de las deficiencias de los cálculos, planos, especificaciones del pliego de condiciones, otros documentos del proyecto, informes y control de las actividades especificadas en el presente Pliego. Corresponderá al Gerente del Proyecto la emisión de las certificaciones para el abono de los trabajos al Consultor. Aprobará asimismo el programa definitivo y de detalle del Consultor, que habrá de ser entregado en el plazo de dos semanas a partir de la preadjudicación y previamente a la adjudicación. El Gerente facilitará las credenciales necesarias para el desarrollo de las actividades del proyecto que lo requieran. 2.1.3 El Consultor del Proyecto. El licitador que resulte adjudicatario del Contrato para la redacción de proyecto, y que ha de cumplir con lo preceptuado en este Pliego de Prescripciones Técnicas, recibe la denominación de Consultor. El Consultor contará con un Director del Proyecto y distintos responsables técnicos, especialistas en las distintas disciplinas implicadas. 2.1.3.1 El Director del Proyecto. Se entiende por Director del Proyecto al Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos especialmente designado en la oferta por el Consultor, con experiencia en proyectos de carreteras superior a la fijada en los pliegos particulares del concurso correspondiente, especialista en alguna de las disciplinas y generalista en todas ellas. Deberá tener capacidad técnica, formación académica y experiencia profesional suficiente para organizar y desarrollar los trabajos de redacción de proyectos. Habrá de: − Organizar la ejecución del proyecto e interpretar y poner en práctica las órdenes recibidas del Gerente del Proyecto. − Dirigir, coordinar y planificar las actividades técnicas de los distintos Especialistas, de forma que durante el desarrollo del proyecto se produzcan las relaciones necesarias entre ellos, evitando que el proyecto resulte un conjunto inconexo de anejos sin las necesarias interrelaciones entre ellos. Las instrucciones al personal del Consultor serán impartidas por el Director de Proyecto. El Director del Proyecto deberá tener fijada la residencia en el lugar de desarrollo de los trabajos de redacción del proyecto, y tendrá disponibilidad para desplazamientos a la zona del proyecto objeto de contrato. GIASA. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTOS DE CARRETERAS. 3 ENERO 2008 El Director del Proyecto firmará como Autor del Proyecto al término de la redacción de éste, si bien los correspondientes anejos serán suscritos por los respectivos responsables en cada una de las materias a las que se haga referencia. 2.1.3.2 Responsables de disciplinas del consultor. El equipo de proyecto habrá de contar con responsables de las distintas disciplinas técnicas implicadas en el desarrollo del proyecto, ya sean de su propia plantilla o contratados al efecto. Habrán de trabajar de forma integrada según la planificación aprobada y la coordinación que habrán de ser establecidas por el Director del Proyecto. Estos Especialistas se habrán de responsabilizar con su firma de los distintos documentos del proyecto en los que intervengan. Se considerarán, entre otros, los siguientes: 2.1.3.2.1 El Especialista Medioambiental. El Consultor deberá disponer de un especialista en materia medioambiental que deberá estar presente desde el principio en los trabajos a fin de cuidar de que se respeten los condicionantes medioambientales, y de colaborar ya desde el principio en el análisis y diseño de los trazados, pues es en esta fase en la que mejor se pueden prevenir y corregir los impactos ambientales. Asimismo, en la fase de proyecto de construcción intervendrá en la determinación de medidas preventivas y correctoras de los impactos medioambientales identificados y valorados en el anejo ambiental, y en su correcta inclusión en la Memoria, Planos, Pliegos y Presupuesto del Proyecto. Se habrá de delimitar con todo nivel de detalle qué obras de corrección del impacto ambiental figurarán en el proyecto de la obra principal y cuáles otras en el Proyecto de Restauración Paisajística. Este último se entregará en un documento independiente, para la contratación de las obras por GIASA con empresas especializadas. 2.1.3.2.2 El Coordinador de Seguridad y Salud Laboral. El Consultor habrá de disponer de un Coordinador competente en materia de Seguridad y Salud laboral. Dicho Coordinador elaborará o hará que se elabore, bajo su responsabilidad, el Estudio de Seguridad y Salud y hará que se apliquen los principios que se mencionan en el artículo 8 del Real Decreto 1627/1.997 de 24 de Octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. 2.1.3.2.3 El Especialista Geotécnico El especialista Geotécnico, será responsable del establecimiento de la campaña de prospecciones geotécnicas, de la supervisión de los trabajos que desarrolle la empresa Geológico - Geotécnica así como del informe final y las conclusiones y resultados que se derivan del mismo. 2.1.3.2.4 La empresa colaboradora Geológico - Geotécnica. La empresa colaboradora Geológico - Geotécnica, será la empresa especializada en esta disciplina debidamente acreditada, que deberá realizar los trabajos geotécnicos de campo, ensayos de laboratorio y eventualmente un primer informe geotécnico. Esta empresa deberá disponer del personal y medios adecuados y con la titulación legal necesaria para la realización completa del trabajo. 2.1.3.2.5 El especialista en Cartografía Será el especialista designado por el Consultor, responsable de la realización de la cartografía o aceptación de la misma en el caso de que ésta sea contratada directamente por GIASA. GIASA. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTOS DE CARRETERAS. 4 ENERO 2008 2.1.3.2.6 La empresa colaboradora de Cartografía. Será la empresa especializada en esta materia para la realización de los trabajos de vuelo, apoyo, restitución y ortofotoplanimetría que habrán de servir de base para el desarrollo del proyecto. Esta empresa podrá ser contratada previa y directamente por GIASA, en cuyo caso, el Consultor del Proyecto, a través de las personas que designe su Director del Proyecto, será responsable de las comprobaciones previas de la citada cartografía y sus correspondientes datos y resultados, antes de aceptarla como válida. 2.2 DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO Y CONTENIDO DE LOS DOCUMENTOS. El objeto del Contrato es la prestación de los servicios de ingeniería para la redacción de los siguientes trabajos relativos a la actuación a que se refiere el Concurso licitado, que se especifican en el pliego de prescripciones técnicas particulares, y entre los que se encuentran los siguientes: - Anteproyecto. - Proyecto de Trazado. - Proyecto de Construcción – Base de Licitación. - Proyecto de Restauración Paisajística. - Separata para la Tramitación Medioambiental. - Separata para la Tramitación de la Autorización del Órgano de Cuenca. - Separata para la Tramitación de las Expropiaciones. - Separata para la reposición de vías pecuarias. Además se redactarán cuantos documentos, separatas, informes,… sean necesarios durante el desarrollo del proyecto. 2.2.1 Anteproyecto El objeto fundamental de la redacción del anteproyecto es la elaboración de un estudio que analice con suficiente grado de definición y precisión las alternativas de trazado, para permitir seleccionar la más adecuada, previo análisis de sus ventajas e inconvenientes. Será fundamental en el trabajo el estudio de la alternativa en relación con la integración territorial y los viarios existentes o planificados. Así mismo, se estudiará la viabilidad técnico-económica y financiera. El grado de desarrollo de las alternativas será el necesario para servir de base al expediente de información pública a los efectos de la Ley 8/2001, de 12 de julio de Carreteras de Andalucía, el R.D.L. 1.302/86 de Evaluación de Impacto Ambiental, la Ley 6/2001, de 8 de Mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de Junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, sus Reglamentos, así como la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y los Reglamentos que la desarrollen. Si a lo largo del desarrollo del estudio sufrieran modificación estas disposiciones, aquél se adaptará a las nuevas exigencias. Constituye el objetivo último del anteproyecto la selección final de una alternativa, optimizada desde los puntos de vista económico, territorial y medioambiental, con una adecuada programación de actuaciones. GIASA. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTOS DE CARRETERAS. 5 ENERO 2008 El trabajo se desarrollará en tres fases fundamentales: Fase 1 El Consultor recopilará la información técnica y económica existente sobre el objeto del trabajo. Se realizará la caracterización del territorio a escala 1:50.000 determinando un plano síntesis sobre el que se plantearán todas las posibles alternativas, que se desarrollarán a escala 1:10.000. Con el análisis a 1:50.000 se realizará un primer informe sobre las 6/7 alternativas seleccionadas, que podrá dar lugar a una Memoria Resumen para proceder, en su caso, a la Consultas previas. En esta Fase 1 se utilizará como instrumento de trabajo la cartografía a escala 1:50:000 y 1:10.000 de la Junta de Andalucía. Por último, de las 6 ó 7 alternativas estudiadas se seleccionarán tres como más idóneas mediante análisis multicriterio simplificado cuyo objetivo es eliminar aquellas que por sus características sean las peores. Simultáneamente se iniciará la fase de recogida de información para el estudio de movilidad, recopilando y analizando los datos de los flujos en el área del estudio, así como realizando en su caso, la campaña de aforos, encuestas, matriz origen destino y calibrado del modelo. En la oferta se habrá de presentar una propuesta del estudio en la que se recojan los trabajos que se habrán de efectuar. Fase 2 Se profundizará en las tres alternativas seleccionadas en la fase anterior, desarrollándose las mismas a escala 1:5.000, con cartografía especifica realizada por GIASA. Simultáneamente se realizará el Estudio Medioambiental, acorde con las observaciones que en su caso se hayan recibido del Organismo Ambiental Competente, y todo ello de acuerdo con los requisitos exigidos por las disposiciones vigentes relativas al Medio Ambiente. Serán fundamentales en esta Fase los trabajos de campo, que consistirán en la toma de datos de puntos específicos para obtener información técnica suficiente para valorar las alternativas y confirmar los datos obtenidos anteriormente. Los trabajos de campo de geotecnia servirán para hacer un análisis comparativo desde este punto de vista de las distintas alternativas. Éstos se realizarán por la empresa colaboradora de geotecnia debidamente acreditada y contratada al efecto por el consultor, cumpliendo con los requisitos mínimos establecidos en el concurso. En esta fase se terminará el estudio de la Demanda y el Económico –Financiero. De las tres alternativas seleccionadas, se determinará una, mediante análisis multicriterio, que será la base de los estudios posteriores, en el que serán variables preponderantes tiempos de recorrido e inversiones y afección al medio ambiente. Una vez redactado el anteproyecto, y aprobado provisionalmente, se someterá a Información Pública de acuerdo a la Ley de Carreteras de Andalucia y a la legislación medioambiental vigente. Esta Fase 2 incluye la gestión final hasta la Declaración de Impacto y, por tanto, supone para el Consultor la realización y colaboración con GIASA en los siguientes trabajos: • Estudio de alegaciones y observaciones a las Consultas Previas. • Colaboración en el proceso de Información Pública. GIASA. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTOS DE CARRETERAS. 6 ENERO 2008 • Estudio de alegaciones y observaciones al Estudio de Impacto Ambiental. • Remisión al Organismo Medioambiental del expediente completo con las observaciones oportunas. • Consideración de los aspectos a completar que determine el Órgano Medioambiental. • Remisión del Estudio de Impacto Ambiental definitivo al Órgano Medioambiental, incluyendo revisión del programa de Vigilancia Ambiental y del Estudio Técnico de Detalle, si resultase necesario. Una vez finalizada la información pública, se estudiarán las alegaciones y se remitirá el expediente completo al Órgano Medioambiental, acompañado de las observaciones que proceda. Una vez obtenida la respuesta, se considerarán sus observaciones y en su caso se remitirá el Estudio de Impacto Ambiental corregido o modificado, y se contestará cualquier tipo de observación. La Delegación Provincial de Medio Ambiente emitirá la Declaración de Impacto Ambiental. Fase 3 En esta fase se modificará el Anteproyecto introduciendo en el mismo las modificaciones introducidas por la Declaración de Impacto Ambiental. El contenido MÍNIMO del anteproyecto es el que se describe a continuación, no obstante los consultores en su oferta podrán ampliar este contenido considerándose como mejoras aportadas: 2.2.1.1 Memoria y Anejos de la Memoria. Es una exposición de los antecedentes, objeto, opciones estudiadas y solución seleccionada, debidamente justificada. Comprende la Memoria propiamente dicha y los Anejos de la Memoria. El ÍNDICE de la Memoria citada será como mínimo el siguiente: 1. MEMORIA Y ANEJOS A LA MEMORIA 1.1. Memoria. 1.1.1. Antecedentes. 1.1.2. Objeto del presente anteproyecto. 1.1.3. Análisis y diagnóstico de la situación actual. 1.1.4. Delimitación del área de estudio. Justificación. 1.1.5. Datos básicos. 1.1.6. Caracterización y catalogación del territorio. 1.1.7. Síntesis territorial. 1.1.8. Corredores compatibles. 1.1.9. Estudio de tráfico. GIASA. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTOS DE CARRETERAS. 7 ENERO 2008 1.1.10 Análisis coste – beneficio. 1.1.11. Definición de las opciones estudiadas. 1.1.12. Comparación de las opciones estudiadas. 1.1.13. Análisis multicriterio. 1.1.14. Descripción de la opción seleccionada. 1.1.15. Presupuesto de la opción seleccionada. 1.1.16. Documentos que integran el Anteproyecto. 1.2. Anejos de la Memoria. Anejo nº 1. Antecedentes. Anejo nº 2. Delimitación del área de estudio. Anejo nº 3. Análisis y diagnóstico de la situación actual. Anejo nº 4. Datos básicos. 4.1 Cartografía y topografía. 4.2 Geología y procedencia de materiales. 4.3 Climatología e hidrología. 4.4 Datos socioeconómicos. 4.5 Estudio de tráfico. 4.6 Información urbanística. Anejo nº 5. Definición de las opciones estudiadas. 5.1 Estudio del trazado geométrico. 5.2 Drenaje. 5.3 Planeamiento. 5.4 Estudio geológico y geotécnico de los corredores. 5.5 Movimiento de tierras. 5.6 Demanda y funcionalidad. 5.7 Estudio de secciones. 5.8 Firmes y pavimentos. GIASA. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTOS DE CARRETERAS. 8 ENERO 2008 5.9 Estructuras y túneles. 5.10 Expropiaciones y servicios afectados. 5.11 Presupuesto. 5.12 Análisis coste – beneficio. Anejo nº 6. Análisis multicriterio. Anejo nº 7. Opción seleccionada. 2.2.1.2 Planos. El documento de planos tendrá el siguiente contenido y numeración: 2. PLANOS. 2.1. Plano de situación e índice. 2.2. Plano de conjunto. 2.3. Definición de las opciones estudiadas. 2.4. Definición de la opción seleccionada. 2.2.1.3 Estudio de Impacto Ambiental. 2.2.2 Proyecto de Trazado. En el caso que se requiera, se habrá de redactar un Proyecto de Trazado, con el que se puedan iniciar los trámites de expropiaciones y medioambiental. Para proyectos que carezcan de Anteproyecto o Estudio Informativo previo, y por tanto de tramitación ambiental, será en esta fase cuando se preparará la documentación necesaria para iniciar el trámite de prevención ambiental, incluyendo dicha documentación en la Información Pública. Dicho proyecto deberá incluir la siguiente documentación: 2.2.2.1 Memoria y Anejos de la Memoria Es una exposición de los antecedentes, objeto y solución adoptada, debidamente justificada. Comprende la Memoria propiamente dicha y los Anejos de la Memoria. El ÍNDICE de la Memoria citada es el siguiente: 1.- MEMORIA Y ANEJOS A LA MEMORIA. 1.1. Memoria. 1.1.1. Datos previos. GIASA. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTOS DE CARRETERAS. 9 ENERO 2008
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