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NTE INEN 2215: Perfiles de acero laminados en caliente. Requisitos PDF

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Republic of Ecuador ≠ EDICT OF GOVERNMENT ± In order to promote public education and public safety, equal justice for all, a better informed citizenry, the rule of law, world trade and world peace, this legal document is hereby made available on a noncommercial basis, as it is the right of all humans to know and speak the laws that govern them. NTE INEN 2215 (1999) (Spanish): Perfiles de acero laminados en caliente. Requisitos INSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACIÓN Quito - Ecuador NORMA TÉCNICA ECUATORIANA NTE INEN 2 215:99 PERFILES DE ACERO LAMINADOS EN CALIENTE. REQUISITOS. Primera Edición HOT ROLLED STEEL PROFILES. SPECIFICATIONS. First Edition DESCRIPTORES: Productos de hierro y acero, acero estructural, placas metálicas, barras metálicas, secciones metálicas, fajas anchas, planos anchos, especificaciones, propiedades mecánicas, composición química, grados (calidad, ensayos, pruebas de aceptación, análisis químico, marcado, condiciones de entrega. MC 06.04-417 CDU: 669.14.018 CIIU: 3710 ICS: 77.140.60 CDU: 669.14.018 CIIU: 3710 ICS: 77.140.60 MC 06.04-417 Norma Técnica PERFILES DE ACERO LAMINADOS EN CALIENTE. NTE INEN Ecuatoriana REQUISITOS. 2 215:99 Obligatoria 1999-09 1. OBJETO 1.1 Esta norma tiene por objeto establecer los requisitos mecánicos y químicos que deben cumplir los perfiles estructurales de acero laminados en caliente. 2. ALCANCE 2.1 Esta norma es aplicable a los perfiles de acero laminados en caliente que formarán parte de un sistema estructural. 3. DEFINICIONES 3.1 Para efectos de esta norma se adoptan las siguientes definiciones: 3.1.1 Acero calmado: Es el acero que ha sido completamente desoxidado, antes de ser colado. 3.1.2 Análisis de colada: Es el análisis representativo de la composición química de una colada de acero. 3.1.3 Análisis químico sobre el material: Es el análisis representativo de la composición química del acero proveniente de productos semiterminados o terminados. 3.1.4 Colada: Es el acero obtenido de una vaciada del horno de producción. 3.1.5 Grado de acero: Está dado por el rango de carbono y manganeso, así como el de otros elementos y por las propiedades mecánicas. 3.1.6 Lote: Es el conjunto de perfiles de acero del mismo grado y dimensiones provenientes del mismo orden de producción. 3.1.7 Lote de muestreo: Es el material proveniente de un lote y seleccionado para extraer las unidades de muestreo, a partir del mismo. 3.1.8 Probeta: Es el material extraído de la unidad de muestreo y preparado para un determinado ensayo. 3.1.9 Unidad de muestreo: Es el material extraído del lote de muestreo, destinado a someterse a los ensayos de recepción. 4. CLASIFICACIÓN 4.1 Según el tipo de acero , los perfiles a los que se refiere esta norma se clasifican en los siguientes grados: - E 185 - E 235 - E 275 - E 355 (Continúa) ______________________________________________________________________________________________________ DESCRIPTORES: Productos de hierro y acero, acero estructural, placas metálicas, barras metálicas, secciones metálicas, fajas anchas, planos anchos, especificaciones, propiedades mecánicas, composición química, grados (calidad, ensayos, pruebas de aceptación, análisis químico, marcado, condiciones de entrega. -1- 1998-073 NTE INEN 2 215 1999-09 4.1.1 La clasificación de los perfiles de acero está basada en el valor del límite de fluencia, Re; cuando el límite de fluencia Re no es identificable, se tomará el alargamiento con carga 0,2%. 5. REQUISITOS 5.1 Requisitos específicos 5.1.1 Proceso 5.1.1.1 Los perfiles estructurales de acero deben ser laminados en caliente y con un tratamiento de recocido o en estado equivalente, obtenido por un control de temperatura durante y después de la laminación 5.1.1.2 El proceso utilizado en la fabricación de los perfiles de acero debe adecuarse para conseguir las características físicas, mecánicas y químicas especificadas en la presente norma. 5.1.2 Estado de suministro 5.1.2.1 Después de la laminación, los perfiles de acero deben quedar libres de ondulaciones, grietas, pliegues, exfoliaciones o cualquier otro defecto que afecte su utilización. 5.1.3 Requisitos químicos 5.1.3.1 Composición a) Los límites máximos de la composición química, del análisis de colada, están establecidos en la tabla 1 y debe ser informado por el fabricante. TABLA 1. Composición química de colada Grado Calidad Espesor Método en de Elementos de la composición química (% máx) (mm) desoxida- ción 1) C P S Mn Si E185 O -- -- -- -- -- -- E235 A -- 0,22 0,050 0,050 -- -- B e ≤ 16 -- 0,17 0,045 0,045 1,40 0,40 16< e ≤ 25 -- 0,20 0,045 0,045 1,40 0,40 C e ≤ 40 NE 0,17 0,045 0,045 1,40 0,40 D e > 40 NE 0,20 0,045 0,045 1,40 0,40 NE 0,17 0,040 0,040 1,40 0,40 GF 0,17 0,035 0,035 1,40 0,40 E275 A -- 0,24 0,050 0,050 -- -- B e ≤ 40 NE 0,21 0,045 0,045 1,50 0,40 e>40 NE 0,22 0,045 0,045 1,50 0,40 C NE 0,20 0,040 0,040 1,50 0,40 D GF 0,20 0,035 0,035 1,50 0,40 E355 C e ≤ 30 NE 0,20 0,040 0,040 1,60 0,55 e>30 NE 0,22 0,040 0,040 1,60 0,55 D e ≤ 30 GF 0,20 0,035 0,035 1,60 0,55 e>30 GF 0,22 0,035 0,035 1,60 0,55 NOTA 1: NE = No efervescente. GF = Estos aceros deben tener un contenido suficientemente alto de elementos para producir una estructura de grano fino, por ejemplo Aluminio total ≥ 0,02%. -2- 1998-073 NTE INEN 2 215 1999-09 b) Las desviaciones permitidas en el análisis químico sobre el material están dadas en la tabla 2. TABLA 2. Tolerancias para el análisis químico en producto.(*) Elemento Límites especificados Variación (% ≤≤≤≤) permitida C 0,24 + 0,03 P 0,050 + 0,01 S 0,050 + 0,01 Mn 1,60 + 0,10 Si 0,55 +0,05 (*): Cuando se especifique en la orden de compra del acero el contenido de Cobre debe ser mínimo 0,25% y máximo 0,40%. 5.1.4 Requisitos mecánicos 5.1.4.1 Las características mecánicas de los perfiles estructurales de acero a los que se refiere esta norma, se establecen en la tabla 3. TABLA 3. Requisitos mecánicos ( ) ReH MIN. Rm AminLo = 5,65 So IMPACTO MPa MPa % GRADO CALI- Tempe Energí DAD -ratura a °C min. J (*) E 185 185 175 - - - - - 300-540 18 - - - - - - (Fe 310) E 235 A 235 225 215 215 215 195 185 340-470 26 25 24 22 21 - - (Fe 360) B 235 225 - - - - - 340-470 26 - - - - - - B NF 235 225 215 215 215 195 185 340-470 26 25 24 22 21 +20 27 C 235 225 215 215 215 195 185 340-470 26 25 24 22 21 0 27 D 235 225 215 215 215 195 185 340-470 26 25 24 22 21 -20 27 E 275 A 275 265 255 245 235 225 215 410-540 22 21 20 18 17 - - (Fe 430) B 275 265 255 245 235 225 215 410-540 22 21 20 18 17 +20 27 C 275 265 255 245 235 225 215 410-540 22 21 20 18 17 0 27 D 275 265 255 245 235 225 215 410-540 22 21 20 18 17 - 20 27 E 355 C 355 345 335 325 315 295 285 490-640 22 21 20 18 17 0 27 (Fe 510) D 355 345 335 325 315 295 285 490-640 22 21 20 18 17 - 20 27 ReH = Esfuerzo de Fluencia superior So = Área original de la longitud medida Rm = Esfuerzo de Tracción e = Espesor del producto de acero, en mm A = Porcentaje de elongación después de fractura L m = Longitud medida sobre la pieza de prueba (*): El resultado se informará como el promedio de tres ensayos. Ningún resultado individual será menor al 70% del valor establecido como requisito. (Continúa) -3- 1998-073 NTE INEN 2 215 1999-09 5.1.4.2 El ensayo de tracción se realizará según la NTE INEN 121 si los espesores son menores o iguales a 3 mm, y según la NTE INEN 109 si los espesores son superiores a 3 mm. Las probetas se obtendrán de acuerdo a lo indicado en el anexo A. 5.1.4.3 El ensayo de impacto se realizará sobre probetas de 55 mm de largo x 10 mm por lado (ver figura 1). Las piezas deben ser maquinadas en todas sus caras cuidando de no provocar alteraciones en las propiedades de las mismas y se las debe ensayar en la posición establecida en la figura 2 (ver NTE INEN 130). FIGURA 1. Dimensiones de probeta para ensayo de impacto (Continúa) -4- 1998-073 NTE INEN 2 215 1999-09 FIGURA 2. Posición de la probeta para ensayo de impacto a) Para perfiles de espesores menores a 12 mm no se realizarán ensayos de impacto. Si existe acuerdo entre fabricante y comprador, las dimensiones de la pieza de prueba deben ser de 10 mm x e, siendo e el espesor del producto. El resultado del ensayo de impacto en el caso de piezas de sección reducida debe ser comparado con los valores establecidos en el Anexo B. b) Una conversión de dureza a tracción sólo se debe realizar en el caso de que no pueda utilizar el procedimiento de ensayo descrito en el literal 5.1.4.2, por ejemplo: porque no se dispone de ningún aparato adecuado para la realización del ensayo o porque la probeta no resulta adecuada para ser comprobada con el aparato de ensayos o bien porque resulta imposible sacar del trozo destinado a hacer probetas la probeta requerida para el ensayo de tracción 5.1.5 Requisitos complementarios 5.1.5.1 Los perfiles laminados en caliente no deben ser agrupados en cantidades tales que por peso propio se produzcan deformaciones. 5.1.5.2 Al momento del embarque y transporte debe cuidarse que no se ocasione deformaciones a los perfiles por manejo o sobrepeso. (Continúa) -5- 1998-073 NTE INEN 2 215 1999-09 5.1.5.3 Los aceros especificados en esta norma deben tener la aptitud para ser soldados utilizando cualquiera de los procesos conocidos, aplicables de acuerdo a su forma y dimensiones. Debe evitarse que luego de la soldadura se produzcan las grietas por enfriamiento de la zona soldada. 5.1.5.4 Si no se establece lo contrario la reducción de los espesores del material, luego de remover imperfecciones, antes de proceder a la soldadura, no excederá el 2% del espesor nominal en el sitio de la imperfección. 5.1.5.5 Las tolerancias en cuanto a las características dimensionales están establecidas en las tablas correspondientes a cada tipo de perfil. 6. INSPECCIÓN 6.1 Muestreo 6.1.1 Tamaño de la muestra 6.1.1.1 Lote de muestreo. Para ensayos dimensionales, mecánicos y químicos los lotes serán divididos en lotes de 50 toneladas o fracción similar. 6.1.1.2 De cada uno de los lotes de muestreo se extraerán al azar tres unidades de muestreo. Como testigo quedará una cantidad de material suficiente para preparar igual número de probetas. 6.1.2 Toma de muestras 6.1.2.1 Las muestras para los ensayos establecidos en esta norma serán extraídas de cualquier parte de la longitud del perfil. Las probetas para el ensayo de impacto se las extraerá de acuerdo a lo mostrado en el anexo A. 6.1.3 Identificación de la muestra 6.1.3.1 Las probetas extraídas de cada unidad de muestreo deben ser debidamente empacadas e identificadas. 6.1.3.2 Se suscribirá una acta de muestreo con la siguiente información: a) número de identificación del paquete, b) número de la NTE INEN de referencia, c) fecha de muestreo, d) nombre del fabricante, e) cantidad de material representado, f) número de probetas, g) nombres, firmas y direcciones de las partes representadas. 6.2 Aceptación o rechazo 6.2.1 Lugar 6.2.1.1 La inspección del material al que se refiere esta norma se efectuará en un lugar idóneo para tal efecto y aceptado por las partes. 6.2.2 Rechazo individual del material. 6.2.2.1 El material que presente rajaduras, laminaciones, astillamientos, o cualquier otro defecto que afecte su utilización será rechazado. (Continúa) -6- 1998-073 NTE INEN 2 215 1999-09 6.2.3 Aceptación de lotes 6.2.3.1 Por ensayos dimensionales a) Si dos muestras no cumplen con cualquiera de las especificaciones, se tomará otra muestra con el mismo número de probetas que la primera vez. Si la nueva muestra no cumple con uno solo de los requisitos se eliminará el lote. Se establece el plan de muestreo doble para inspección normal, NCA= 10%(ver NTE INEN 255). 6.2.3.2 Por ensayos mecánicos a) A los lotes que no cumplen con dos cualquiera de los requisitos establecidos se procederá de acuerdo al numeral 6.2.3.1 literal a. b) Cuando por error de ejecución no se obtienen los resultados prescritos, el ensayo será anulado; en ese caso se reensayará en otra probeta de la misma unidad de muestreo. Por error de ejecución, se entiende un mecanismo defectuoso, montaje incorrecto en la máquina de ensayo, mal funcionamiento de ésta o cualquier otra anomalía (ver NTE INEN 111). 6.2.3.3 Por composición química a) Cuando el material perteneciente a una colada no cumple con dos requisitos químicos establecidos en esta norma se permitirá el remuestreo de la manera indicada en el numeral 6.2.3.1 literal a. 7. ROTULADO 7.1 El material al que se refiere esta norma debe presentarse en paquetes firmemente amarrados y anexa una tarjeta de identificación que contenga la siguiente información: a) nombre del fabricante, b) tipo de acero, c) número de lote d) dimensiones y e) NTE INEN de referencia. (Continúa) -7- 1998-073

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