Republic of Ecuador ≠ EDICT OF GOVERNMENT ± In order to promote public education and public safety, equal justice for all, a better informed citizenry, the rule of law, world trade and world peace, this legal document is hereby made available on a noncommercial basis, as it is the right of all humans to know and speak the laws that govern them. NTE INEN 0278 (2012) (Spanish): Manteca de cerdo. Requisitos CDU: 665.3 AL 03.04-401 Norma Técnica MANTECA DE CERDO INEN 278 Ecuatoriana REQUISITOS 1978-02 1. OBJ ETO n ó ci 1.1 Esta norma tiene por objeto establecer los requisitos que debe reunir la manteca de cerdo c u destinada al consumo humano. d o r p e r a 2. ALCANCE a l d bi hi 2.1 Esta norma se aplica a la manteca de cerdo, así designada, más no se aplicará a la manteca o r de cerdo refinada. P – r o d ua 3. TERMINOLOGIA c E o- uit 3.1 Manteca de cerdo. Es un producto graso comestible de consistencia plástica, obtenido, Q exclusivamente, de la fusión del tejido adiposo de porcinos sanos, mediante operaciones – o mecánicas. r g a m Al y 4. CONDICIONES GENERALES 9 2 E8- 4.1 Características generales. La manteca de cerdo comestible deberá presentar una consistencia o firme y uniforme a temperatura de 10° y 15°C. El sa bor y olor deberán ser los típicos del producto n re fresco, sin indicios de rancidez, enmohecimiento, sabor amargo, o cualquier otro sabor u olor o M extraño u objetable. El color deberá ser uniforme y blanco, cuando está sólida. o z ri e 4.2 Requisitos de fabricación. La manteca de cerdo comestible deberá procesarse en condiciones u q a sanitarias que permitan reducir al mínimo su contaminación con microorganismos no seleccionados B – (banales) y deberá obtenerse a partir de materia prima en perfecto estado de conservación. 99 9 3 4.2.1 Los tejidos grasos no comprenderán huesos, piel desprendida, piel de la cabeza, orejas, rabos, 1- 0 órganos, tráqueas, desperdicios de grasa, recortes, sedimentos, residuos de prensado y similares, y 7- 1 estarán exentos de tejido muscular y sangre. a sill a 4.2.2 La manteca de cerdo comestible deberá ser acondicionada de manera que quede libre de C – humedad y contaminación. N E N n, I 4.3 Adiciones permitidas. Podrán añadirse a la manteca de cerdo, durante su proceso de ó fabricación: cloruro de sodio, antioxidantes y sinergistas de acuerdo a lo indicado en la Norma INEN ci a 46. z ali m r o N 5. REQUISITOS DEL PRODUCTO e d o n a ri 5.1 La manteca de cerdo comestible, ensayada de acuerdo con las Normas Ecuatorianas o at correspondientes, deberá cumplir con los requisitos establecidos en la tabla 1. u Ec o ut stit n I (Continúa) -1- 1976-00104 NTE INEN 278 1978-02 TABLA 1. Requisitos de la grasa de cerdo comestible REQUISITOS UNIDAD Min. Máx METODO DE ENSAYO Grasa % 99 - INEN 165 Densidad relativa, 40/20°C - 0,896 0,904 INEN 35 Índice de yodo (Wijs) cg/g 45 70 INEN 37 Índice de acidez (en oleico) % - 0,65 INEN 38 Índice de saponificación mg/g 192 203 INEN 40 Materia insaponificable % - 1 INEN 41 Índice de refracción a 40°C - 1,448 1,462 INEN 42 Titulo °C 32 42 INEN 43 5.2 El índice de peróxido, efectuado de acuerdo con la Norma INEN 278, sobre la manteca comestible de cerdo, no deberá ser más de 10 mili-equivalentes de peróxido/kg de grasa. 5.3 La manteca de cerdo comestible, ensayada de acuerdo con las normas ecuatorianas correspondientes, deberá cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la tabla 2. TABLA 2. Requisitos microbiológicos REQUISITOS Máx. (1/g) METODO DE ENSAYO Gérmenes comunes 50 000 INEN 170 Gérmenes del grupo coliforme 10 INEN 171 Levaduras y hongos 20 INEN 172 5.4 El ensayo de rancidez, efectuado de acuerdo con la Norma INEN 45, sobre la grasa comestible de manteca de cerdo, deberá dar resultado negativo. 5.5 Las reacciones de Villavecchia y de Halphen-Gastaldi, efectuadas de acuerdo con la Norma INEN 44, sobre la manteca de cerdo comestible, deberán dar resultados negativos. 5.6 Las reacciones de aceite de pescado, de aceites minerales y de sustancias colorantes, efectuadas de acuerdo con la Norma INEN 44, sobre la manteca de cerdo comestible, deberán dar resultados negativos. 6. MUESTREO 6.1 El muestreo deberá realizarse de acuerdo con la Norma INEN 5. (Continua) -2- 1976-00104 NTE INEN 278 1978-02 7. MARCADO, ROTULADO Y EMBALAJE 7.1 El material del envase deberá ser resistente a la acción del producto, de tal manera que no afecte o altere las características organolépticas y/o la composición del producto. 7.2 En el rótulo del envase deberá constar la siguiente información: a) Número del Registro Sanitario b) Designación del producto "Manteca de cerdo comestible". c) Marca comercial registrada. d) Razón social del fabricante. e) Fecha de elaboración. f) Aditivos añadidos. g) Masa neta expresada en g. h) La leyenda "Fabricada en el Ecuador". 7.2.1 No se emplearán leyendas alusivas a la manteca de cerdo comestible. (Continua) -3- 1976-00104 NTE INEN 278 1978-02 APENDICE Z Z.1 NORMAS A CONSULTAR INEN 5 Grasas y aceites comestibles. Muestreo. INEN 35 Grasas y aceites comestibles. Determinación de la densidad relativa. INEN 37 Grasas y aceites comestibles. Determinación del índice de yodo. INEN 38 Grasas y aceites comestibles. Determinación de la acidez. INEN 40 Grasas y aceites comestibles. Determinación del índice de saponificación. INEN 41 Grasas y aceites comestibles. Determinación de la materia insaponificable. INEN 42 Grasas y aceites comestibles. Determinación del Índice de refracción. INEN 43 Grasas y aceites comestibles. Determinación del título. INEN 44 Grasas y aceites comestibles. Determinación de adulteraciones. INEN 45 Grasas y aceites comestibles. Ensayo de rancidez. INEN 46 Grasas y aceites comestibles. Aditivos. INEN 165 Mantequilla. Determinación del contenido de grasa. INEN 170 Mantequilla. Gérmenes comunes. INEN 171 Mantequilla. Contaje de bacterias coliformes. INEN 172 Mantequilla. Levaduras y hongos. INEN 278 Grasas y aceites comestibles. Determinación del índice de peróxido. Z.3 BASES DE ESTUDIO Project No. 8945. USDA Army Natick Laboratories. EE-S-321 B. Federal Specification. Shortening Compounds and Lard. Natick, Massachusetts, 01760, 1972. Normas Alimentarias. Comisión del Codex Alimentarius CAC/RS 28. Manteca de cerdo. Programa Conjunto FAO/OMS. Norma Internacional recomendada para la manteca de cerdo. Organización Mundial de la Salud. Roma, 1969. Norma Sanitaria de Alimentos OFSANPAN - SALUTZ. Manteca de cerdo. OPS/OMS. Oficina Sanitaria Panamericana. Washington, 1968. Código Latinoamericano de Alimentos. Grasas alimenticias. Grasa de cerdo. Vil Congreso Latinoamericano de Química. Buenos Aires, 1964. -4- 1976-00104