Republic of Ecuador ≠ EDICT OF GOVERNMENT ± In order to promote public education and public safety, equal justice for all, a better informed citizenry, the rule of law, world trade and world peace, this legal document is hereby made available on a noncommercial basis, as it is the right of all humans to know and speak the laws that govern them. NTE INEN 0078 (2012) (Spanish): Queso gouda. Requisitos. CDU: 637 AL 03.01-407 Norma Técnica QUESO GOUDA. INEN 78 Ecuatoriana REQUISITOS 1973-10 1. OBJ ETO n ó ci 1.1 Esta norma tiene por objeto establecer los requisitos que debe cumplir el queso c u Gouda d o r p e r a la 2. REQUISITOS DEL PRODUCTO d bi hi 2.1 Requisitos generales o r P – 2.1.1 Forma. El queso Gouda deberá presentarse preferiblemente en forma cilíndrica con r o lados convexos, formando una curva suave que une la superficie plana superior con la d ua inferior, podrá tener, además, forma de bloque rectangular y diversas dimensiones. c E o- uit 2.1.2 Corteza. La corteza del queso Gouda deberá presentar consistencia dura y aspecto Q seco, y podrá estar recubierta de cera o de una película de aceite vegetal o envuelta en – o plástico. Su color deberá ser amarillento. r g a m 2.1.3 Pasta. La pasta del queso Gouda deberá presentar textura firme, y ser fácil de cortar; Al y deberá presentar pocos o abundantes agujeros, distribuidos regular o irregularmente, de 29 forma redonda y con diámetros que pueden variar de 1 mm a 8 mm. Su color deberá ser E8- uniforme y pajizo. o n re 2.2 Requisitos de fabricación o M o z 2.2.1 Materia prima. El queso Gouda deberá fabricarse con leche fresca o con leche ri ue pasteurizada. q a B – 2.2.2 Proceso. El queso Gouda deberá elaborarse en condiciones sanitarias adecuadas, y su 99 proceso de fabricación deberá ajustarse a las características esenciales de fabricación 9 3 indicadas en el anexo A. 1- 0 7- 1 2.2.3 Aditivos. Además de los aditivos permitidos en la norma INEN 66 para los quesos a sill madurados, al queso Gouda podrá añadirse achiote o caroteno. Ca – 2.3 Especificaciones N E N n, I 2.3.1 El queso Gouda, ensayado de acuerdo con las normas ecuatorianas correspondientes, ó deberá; cumplir con los requisitos establecidos en la tabla 1. ci a z ali m r o N e d o n a ri o at u Ec uto stit n I (Continúa) -1- NTE INEN 78 1973-10 TABLA 1. Requisitos del queso Gouda REQUISITOS Min Máx. METODO DE ENSAYO (%) (%) Humedad -- 43 INEN 63 Grasa en el extracto seco 48 -- INEN 64 2.3.2 El ensayo de la fosfatasa, realizado de acuerdo con la norma INEN 65 sobre el queso Gouda que haya sido fabricado con leche pasteurizada (ver 2.2.1) deberá dar un máximo de 3 unidades de fosfatasa. 3. REQUISITOS COMPLEMENTARIOS 3.1 Envasado. El queso Gouda deberá acondicionarse en un envase cuyo material sea resistente a la acción del producto y que no altere las características organolépticas del mismo. 3.2 Rotulado. El rótulo o la etiqueta del envase deberá incluir la siguiente información: a) denominación del producto: QUESO GOUDA, b) designación del producto según INEN 62. Queso semiduro, extragraso y madurado, c) razón social del fabricante, su dirección o nombre de la zona o provincia respectiva, d) dirección completa del importador si el queso es fabricado fuera del país, e) fecha de fabricación, f) declaración de los aditivos añadidos, g) indicación de pasteurizado, en caso de que lo sea (ver 3.3), h) número de Registro Sanitario, e i) nombre del país de origen. 3.3 Sólo podrá llevar indicación de pasteurizado el queso Gouda que haya sido fabricado con leche pasteurizada y cumpla con los requisitos establecidos en 2.3.2. 4. MUESTREO 4.1 El muestreo deberá realizarse de acuerdo con la norma INEN 4. (Continua) -2- NTE INEN 78 1973-10 ANEXO A CARACTERISTICAS ESENCIALES DEL METODO DE FABRICACION DEL QUESO GOUDA A.1 Método de fermentación. Mediante adición a la leche de fermentos lácticos. A.2 Método de coagulación. Con cuajo u otras enzimas coagulantes apropiadas. A.3 Tratamiento térmico del coágulo. Se calienta la cuajada con o sin la ayuda de agua calienta. A.4 Método de maduración. En una temperatura que oscile entre 10° y 20°C y p or un tiempo no menor de cinco semanas. A.5 Adición de sal. Después de su fabricación se sala con salmuera. (Continua) -3- NTE INEN 78 1973-10 APENDICE Z Z.1 NORMAS A CONSULTAR INEN 4 Leche y productos lácteos. Muestreo. INEN 62 Quesos. Clasificación y designaciones. INEN 63 Quesos. Determinación del contenido de humedad. INEN 64 Quesos. Determinación del contenido de grasa. INEN 65 Quesos. Ensayo de la fosfatasa. INEN 66 Quesos. Aditivos. Z.2 NORMAS PUBLICADAS SOBRE EL TEMA INEN 67 Queso Cheddar. Requisitos. INEN 68 Queso Danbo. Requisitos. INEN 69 Queso Edam. Requisitos. INEN 78 Queso Gouda. Requisitos. INEN 79 Queso Provolone. Requisitos. INEN 80 Queso Gruyere. Requisitos. INEN 81 Queso Romano. Requisitos. INEN 82 Mozzarella. Requisitos. INEN 83 Queso Gorgonzola. Requisitos. INEN 84 Queso Parmesano. Requisitos. INEN 85 Queso Camembert. Requisitos. INEN 86 Queso Ricota. Requisitos. INEN 87 Queso Bel Paesse. Requisitos. INEN 88 Queso Cuartirolo. Requisitos. INEN 89 Queso Port-Safut. Requisitos. INEN 90 Queso Pategras. Requisitos. Z.3 BASES DE ESTUDIO Norma No. C-5 (1966). Norma internacional individual para el queso Gouda. FAO/OMS. Código de Principios Referentes a la Leche y los Productos Lácteos y Normas Derivadas, Roma, 1968. Norma Sanitaria de Alimentos OFSANPAN—IALUTZ 024-01-00 G. Queso Gouda. OPS/OMS. Oficina Sanitaria Panamericana. Washington, 1968. Standards of identity, Title 21-Chapter 1-Section 19.560. Gouda Cheese; identity; label statement of optional ingredient. Food and Drug Administration (FDA), Washington, 1968. -4- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Documento: TITULO: QUESO GOUDA. REQUISITOS Código: NTE INEN 78 AL 03.01-407 ORIGINAL: REVISIÓN: Fecha de iniciación del estudio: Fecha de aprobación anterior por Consejo Directivo Oficialización con el Carácter de por Acuerdo No. de publicado en el Registro Oficial No. de Fecha de iniciación del estudio: Fechas de consulta pública: de 1973-05-14 a 1973-06-27 Subcomité Técnico: CT 7:2* Leche y Productos Lácteos Fecha de iniciación: Fecha de aprobación: 1971-05-17 Integrantes del Subcomité Técnico: CT 7:2 NOMBRES: INSTITUCIÓN REPRESENTADA: Sr. Manuel Tobar Zaldumbide HERTOB, PROMISA, EL ANGEL Dr. Alberto Proaño MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Ing. Nicolás Guillén y PASTEURIZADORAS QUITO, ILESA, SUPER Dr. Germán Fierro DE GUAYAQUIL E INDUSTRIA LECHERA CARCHI Ing. Carlos Molina CÁMARA DE AGRICULTURA DE LA 1RA. ZONA Eco. Bolívar Miranda y LA AVELINA Dr. David Gerevasi A. LA AVELINA Sr. Luis González y PRODUCTOS LÁCTEOS GONZÁLEZ Dr. Hernán Ávila Orejuela PRODUCTOS LÀCTEOS GONZÀLEZ Dr. Gustavo Guerra INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICION Dr. Jorge Donoso DIRECCIÓN DE HIGIENE MUNICIPAL Sr. Carlos Pazmiño Gallo INDUSTRIA LECHERA CAP Ing. Federico Schaerer e FAO Ing. Ejvind Christensen FAO Sr. Luís Godestiano INDUSTRIA LECHERA FRIEDMAN & CÌA. Dr. José E. Muñoz COLEGIO DE QUIMICOS DE PICHINCHA Sr. Pablo Lozada INSTITUTO DE COMERCIO EXTERIOR E INTEGRACIÓN Sr. Iván Bejarano CENTRO DE DESARROLLO CENDES Dra. Leonor Orozco L. INEN Otros trámites: El Consejo Directivo del INEN aprobó este proyecto de norma en sesión de 1973-11-29 Oficializada como: OBLIGATORIA Por Acuerdo Ministerial No. 1121 del 1973-12-26 Registro Oficial No. 487 de 1974-02-05 ____________________ *Actualmente (AL 03.01).