CIAN NEGRO La ética, los derechos y la justicia Julio De Zan, radicado en la ciudad de Santa Fe, es doctor en Filosofía y profesor titular or Julio De Zan dinario de Filosofía Contemporánea en la Universidad Nacional de Entre Ríos (Paraná), ti tular de Ética y Filosofía Política en la Universidad Nacional de Gral. San Martín (Buenos Aires) e investigador del CONICET. Ha sido becario de la Humboldt-Stiftung y del Intercam n bio Cultural Alemán-Latinoamericano (ICALA). Sus trabajos se han concentrado en temas a Z de ética y filosofía política, con especial atención a la filosofía alemana contemporánea y a e D la problemática del pensamiento latinoamericano y argentino. Sus libros principales son: o Hacia una filosofía de la liberación latinoamericana (en colaboración), Buenos Aires, 1973; i l El conocimiento del ser y la metafísica, Santa Fe, 1985; Ética comunicativa y democracia (en u J colaboración), Barcelona, 1991; Libertad, poder y discurso, Buenos Aires, 1993; Éticas del si a i c glo (en colaboración), Rosario, 1994; Panorama de la ética continental contemporánea, Ma ti s drid, 2002; y La filosofía práctica de Hegel, ICALA, Río Cuarto, 2003. u j a l y s o La Fundación Konrad Adenauer es una fundación política alemana independiente y sin fi h c nes de lucro. Está sujeta a los principios del movimiento demócrata–cristiano. La coopera e r ción internacional es, por tradición, uno de los campos prioritarios de su labor. e d La Fundación Konrad Adenauer apoya la unificación europea, promueve el entendimiento s o internacional y la cooperación al desarrollo. Lleva a cabo eventos de formación política, ela l a, bora análisis científicos que sirven de base para la gestión política, otorga becas a personas c i t talentosas e investiga la historia del movimiento demócrata–cristiano. é a Junto con las 14 oficinas nacionales de la Fundación Konrad Adenauer repartidas por todo L el continente latinoamericano que concentran su trabajo en los respectivos países, existen en Latinoamérica varios programas regionales. Uno de ellos es el Programa Estado de Dere cho, dirigido ante todo a juristas y políticos dedicados al área del Derecho. La oficina en Montevideo es responsable de Sudamérica. Actualmente, en el Programa Estado de Derecho son prioritarios los siguientes temas: • Derecho constitucional • Derechos humanos • Derecho de la integración • Derecho procesal. La ética, los derechos y la justicia La ética, los derechos y la justicia JULIO DE ZAN Konrad - denauer- Stiftung (cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:4)(cid:2)(cid:5)(cid:6)(cid:5)(cid:7)(cid:8)(cid:9)(cid:10)(cid:5)(cid:11)(cid:3)(cid:7)(cid:11)(cid:12)(cid:7)(cid:13)(cid:12)(cid:2)(cid:12)(cid:14)(cid:15)(cid:3)(cid:7)(cid:16)(cid:5)(cid:2)(cid:5)(cid:7)(cid:17)(cid:18)(cid:11)(cid:5)(cid:6)(cid:19)(cid:2)(cid:20)(cid:14)(cid:5) (cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:4)(cid:5)(cid:6)(cid:7)(cid:2)(cid:8)(cid:3)(cid:1)(cid:9)(cid:10)(cid:3)(cid:11)(cid:12)(cid:13)(cid:12)(cid:7)(cid:14)(cid:9)(cid:10)(cid:3)(cid:15)(cid:3)(cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:16)(cid:17)(cid:10)(cid:5)(cid:6)(cid:7)(cid:6)(cid:2) © 2004 KONRAD - ADENAUER - STIFTUNG E.V. KONRAD-ADENAUER-STIFTUNG E. V. Tiergartenstrasse 35 D-10785 Berlin República Federal de Alemania Tel.: (#49-30) 269 96 453 Fax: (#49-30) 269 96 555 FUNDACIÓN KONRAD-ADENAUER URUGUAY Plaza de Cagancha 1356, Oficina 804 11100, Montevideo Uruguay Tel.: (#598-2) 902 0943/ -3974 Fax: (#598-2) 908 6781 e-mail: [email protected] www.kas.de Director Jan Woischnik Impreso en Mastergraf Gral. Pagola 1727 - Tel. 203 47 60* 11800 Montevideo, Uruguay e-mail: [email protected] Depósito legal 334.490 - Comisión del Papel Edición amparada al Decreto 218/96 ISBN 9974-7868-2-7 Impreso en Uruguay – Printed in Uruguay Los textos que se publican son de la exclusiva responsabilidad de sus autores y no expresan necesariamente el pensamiento de los editores. Se autoriza la reproducción total o parcial del contenido citando la fuente. (cid:1) (cid:16)(cid:17)(cid:1)(cid:6)(cid:9)(cid:3)(cid:11)(cid:12)(cid:3)(cid:18)(cid:2)(cid:19) (cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:4)(cid:5)(cid:6)(cid:7)(cid:8)(cid:8)(cid:9)(cid:10)(cid:2) (cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:2)(cid:4)(cid:2)(cid:5)(cid:2)(cid:6)(cid:2)(cid:7) PRÓLOGO...................................................................................................... 9 INTRODUCCIÓN .......................................................................................... 11 (cid:20)(cid:21)(cid:22)(cid:23)(cid:24)(cid:21)(cid:25)(cid:3)(cid:20)(cid:25)(cid:21)(cid:26)(cid:24) (cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:4)(cid:5)(cid:6)(cid:7)(cid:8)(cid:9)(cid:10) CONCEPTOS DE “ÉTICA” Y MORAL ................................................... 19 (cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:4)(cid:5)(cid:6)(cid:7)(cid:8)(cid:9)(cid:11) “ÉTICA”, MORAL Y DERECHO............................................................. 45 (cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:4)(cid:5)(cid:6)(cid:7)(cid:8)(cid:9)(cid:12) ¿QUÉ ÉTICA? ............................................................................................ 77 (cid:10)(cid:24)(cid:27)(cid:28)(cid:29)(cid:30)(cid:25)(cid:3)(cid:20)(cid:25)(cid:21)(cid:26)(cid:24) (cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:4)(cid:5)(cid:6)(cid:7)(cid:8)(cid:9)(cid:13) ÉTICA, TEORÍAS DEL DERECHO Y FUNCIÓN JUDICIAL................ 107 (cid:2) (cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:4)(cid:5)(cid:6)(cid:7)(cid:2)(cid:8)(cid:3)(cid:1)(cid:9)(cid:10)(cid:3)(cid:11)(cid:12)(cid:13)(cid:12)(cid:7)(cid:14)(cid:9)(cid:10)(cid:3)(cid:15)(cid:3)(cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:16)(cid:17)(cid:10)(cid:5)(cid:6)(cid:7)(cid:6)(cid:2) (cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:4)(cid:5)(cid:6)(cid:7)(cid:8)(cid:9)(cid:14) UNIVERSALIDAD DE LOS DERECHOS E INTEGRACIÓN............... 151 (cid:5)(cid:24)(cid:21)(cid:31)(cid:24)(cid:21)(cid:25)(cid:3)(cid:20)(cid:25)(cid:21)(cid:26)(cid:24) (cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:4)(cid:5)(cid:6)(cid:7)(cid:8)(cid:9)(cid:15) ÉTICA DE LAS PROFESIONES Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA......... 187 (cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:4)(cid:5)(cid:6)(cid:7)(cid:8)(cid:9)(cid:16) ESTUDIO COMPARADO DE LOS CÓDIGOS DE ÉTICA JUDICIAL por Alejandro Turjanski............................................................................... 233 (cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:4)(cid:5)(cid:6)(cid:7)(cid:8)(cid:9)(cid:17) OBSERVACIONES PARA UNA ÉTICA DE LOS JUECES.................... 251 (cid:18)(cid:19)(cid:20)(cid:21)(cid:8) ENCUESTA A LOS JUECES .................................................................... 283 Bibliografía...................................................................................................... 301 (cid:3) (cid:16)(cid:17)(cid:1)(cid:6)(cid:9)(cid:3)(cid:11)(cid:12)(cid:3)(cid:18)(cid:2)(cid:19) (cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:4)(cid:5)(cid:6)(cid:7)(cid:8)(cid:8)(cid:9)(cid:10)(cid:2) (cid:8)(cid:9)(cid:10)(cid:11)(cid:12)(cid:13)(cid:12) «¡Que se vayan todos!» Consignas como ésta fueron coreadas durante la crisis argentina de 2001/2002 en multitudinarias marchas de protesta o pintadas con aerosol en los muros. La consigna no solo estaba dirigida contra el gobierno y “los políticos” en general, sino también contra miembros del Poder Judicial, en particular los propios jueces. Desde que estallara la crisis económica, se repitieron manifestaciones masivas, por ejemplo, delante de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en Buenos Aires, que exigían incluso la renuncia de los magistrados. La crisis institucional que vivió la Argentina se alcanza a apreciar en toda su dimensión cuando se analizan los resultados de las encuestas realizadas en su momento para medir la confianza ciudadana en la justicia. Apenas 5% de los encuestados se manifestó en forma positiva, en tanto que 95% de los argentinos indicó haber perdido la confianza en la justicia, una institución que para su funcio- namiento requiere necesariamente de la confianza. Hasta la fecha es muy poco lo que ha cambiado en ese sentido. El argentino común considera a “los jueces” lisa y llanamente corruptos. Debe tenerse en cuenta que aun en los casos en los que la corrupción judicial constituye la gran excepción, basta con que algunos pocos casos tomen estado público para dañar fuertemente la imagen de la justicia en su conjunto. En Argen- tina, sin embargo, fueron tantos los casos de corrupción registrados año tras año que la confianza de los ciudadanos necesariamente debió descender hasta los nive- les mínimos mencionados. A ello se agrega que la selección y el nombramiento de los jueces no reúnen las condiciones de objetividad necesarias. Para el observador extranjero, la discusión en torno al nombramiento de los miembros de la Corte Suprema, en particular, alcanza niveles de politización difícilmente justificables. Estas circunstancias determinaron que amplios sectores de la propia magis- tratura argentina comprendieran la necesidad de encarar una profunda renovación ética de la justicia que restituyera la proximidad de la institución con el ciudada- no. El Programa Estado de Derecho de la Fundación Konrad Adenauer viene (cid:4) (cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:4)(cid:5)(cid:6)(cid:7)(cid:2)(cid:8)(cid:3)(cid:1)(cid:9)(cid:10)(cid:3)(cid:11)(cid:12)(cid:13)(cid:12)(cid:7)(cid:14)(cid:9)(cid:10)(cid:3)(cid:15)(cid:3)(cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:16)(cid:17)(cid:10)(cid:5)(cid:6)(cid:7)(cid:6)(cid:2) apoyando esta iniciativa desde mediados de 2003 con medidas de capacitación específicas. Una primera experiencia piloto se desarrolló en Santa Fe los días 29 y 30 de mayo de 2003, a escasos días de haber asumido el gobierno el actual presi- dente Néstor Kirchner. Participaron en el taller 33 presidentes y jueces delegados por las Cortes Supremas de Justicia de 22 provincias, es decir de casi la totalidad de los estados argentinos. Este taller y los numerosos eventos desarrollados duran- te el año 2004 en todo el país fueron organizados en cooperación con la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argenti- nas, Argentina Justicia (ARGENJUS) y la organización no gubernamental Foro de Estudios sobre la Administración de Justicia (FORES), garantizándose de esta manera que los talleres reflejaran las necesidades reales de capacitación y debate de los jueces. Durante el desarrollo de los talleres, de los que participaron jueces de todas las provincias argentinas, quedó evidenciada la importancia que tendría para los jueces contar con información científicamente fundada acerca del tema de la ética judicial. Por eso, hacia comienzos de 2004 solicitamos al prestigioso doctor en filosofía santafecino e investigador del CONICET, Julio De Zan, elaborar el presente estudio. Me es grato presentar ahora el resultado de su trabajo en la certeza de que despertará gran interés entre los jueces de Argentina y de toda América Latina. Dr. iur. Jan Woischnik Montevideo, octubre de 2004 (cid:5)(cid:6) (cid:16)(cid:17)(cid:1)(cid:6)(cid:9)(cid:3)(cid:11)(cid:12)(cid:3)(cid:18)(cid:2)(cid:19) (cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:4)(cid:5)(cid:6)(cid:7)(cid:8)(cid:8)(cid:9)(cid:10)(cid:2) (cid:5)(cid:3)(cid:14)(cid:9)(cid:12)(cid:4)(cid:15)(cid:6)(cid:6)(cid:5)(cid:10)(cid:3) Cuando apareció el libro de J. Habermas, Facticidad y validez. Contribucio- nes para una teoría discursiva del derecho y del Estado de derecho democrático1 escribí una larga reseña, o estudio crítico, que comenzaba con estas observacio- nes: “El nuevo libro mayor de Habermas sobre filosofía del derecho se habrá de enfrentar sin dudas con un dilema del cual le será difícil salir airoso. Los colegas filósofos, que ya lo consideraban un poco fuera de la tribu por su empeño en combinar de forma heterodoxa la filosofía con la sociología, dirán que este nuevo libro lo ubica ahora en la frontera de otra república extranjera, la de los juristas. Los integrantes de esta otra comunidad científica han considerado por su lado a la filosofía del derecho como parte del coto reservado a su exclusiva competencia, como una rama de las disciplinas jurídicas. La intromisión de un filósofo, que no es jurista, en este campo, habrá de resultar por lo menos extraña también en este otro redil”.2 El mismo tipo de advertencia vale también para este libro que ahora presento. Diez años después debo reconocer que en parte me equivoqué con mis premoniciones sobre el libro de Habermas, pero dicha comprobación no me per- mite hacerme demasiadas ilusiones en este otro caso. Por estas razones mi primera reacción ante el pedido que la Fundación Konrad Adenauer me hiciera junto con ARGENJUS y FORES para encargarme de una investigación sobre este tema, cuyo producto debería ser un libro en torno a las cuestiones de la “ética judicial”, fue naturalmente de rechazo, con el argumento de que no soy jurista ni abogado, sino solamente filósofo, con alguna especial dedicación a la Ética como disciplina filosófica. Pero ante la insistencia de las mencionadas instituciones y el nuevo argumento de que precisamente se buscaba un tratamiento del tema desde el 1 J. Habermas, Faktizität und Geltung. Beiträge zur Diskurstheorie des Rechts und des demokratischen Rechtsstaats, Suhrkamp. Fráncfort, 1992, 667 p. (Ahora hay traducción al castellano, Facticidad y validez... Madrid, 1998) 2 J. De Zan, “Una teoría del estado de derecho”, en Cuadernos de Ética, nº 19-20, Buenos Aires, 1995, p. 169. (cid:5)(cid:5) (cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:4)(cid:5)(cid:6)(cid:7)(cid:2)(cid:8)(cid:3)(cid:1)(cid:9)(cid:10)(cid:3)(cid:11)(cid:12)(cid:13)(cid:12)(cid:7)(cid:14)(cid:9)(cid:10)(cid:3)(cid:15)(cid:3)(cid:1)(cid:2)(cid:3)(cid:16)(cid:17)(cid:10)(cid:5)(cid:6)(cid:7)(cid:6)(cid:2) campo de mi especialidad, se me hacía difícil eludir el desafío, que se me planteó en mi conciencia como un compromiso cívico y moral. Finalmente he aceptado correr el riesgo y hacer el intento de brindar una contribución que espero pueda ayudar a pensar los problemas morales de la administración de justicia y de la vida profesional de los jueces. La justicia como institución, según escribe el juez y jurista francés Antoine Garapon, “ha estado relegada durante mucho tiempo como una cuestión intelectual- mente inexistente al no constituir un campo autónomo para las ciencias sociales, ni una fuente de auténtica interrogación filosófica. El discurso filosófico dominante en Fran- cia hasta fecha reciente no aprehendía la cuestión jurídica más que en términos de estrategia, como técnicas de dominación [...] En Surveiller et punir, que ha tenido una inmensa resonancia entre los profesionales, Foucault no considera la justicia y la pri- sión más que como una microfísica del poder [...] La tradición francesa ha pasado directamente de la filosofía moral a la filosofía política, sin preocuparse demasiado de la filosofía del derecho, que sigue sin enseñarse en las facultades”.3 La descripción de la situación en Francia, que hace este autor, puede valer también en cierta medida como una descripción exacta de la situación de la justicia y el derecho en el campo disciplinario de la filosofía en la Argentina (aunque no es aplicable por cierto a los ámbitos académicos y profesionales de la ciencia jurídica en nuestro país, en los que la filosofía del derecho tiene una tradición y un lugar importante, ligada especialmente a la tradición anglosajona). Los profesionales de la filosofía han prestado por lo general poca atención a la cuestión del derecho y la justicia. Y el tratamiento de estos temas que realizan los profesores de las Facultades de Derecho ha sido visto como una “filo- sofía de abogados”, de bajo vuelo teórico y escaso interés filosófico. Este libro habrá de correr por lo tanto también el riesgo de ser objeto de ese tipo de valoraciones suma- rias en el campo de los colegas filósofos en sentido puro y duro. Este otro es, sin embargo, un desafío que asumo gustoso, porque podría dar muchos argumentos para apoyar mi convicción de que pensar el sentido de la justicia como institución en la sociedad moderna y la función del juez (como “el último guardián de las promesas” que los hombres y la sociedad se hacen a sí mismos), no es un asunto menor o de escasa significación filosófica. Pero este lugar de la introducción no es el espacio para anticipar los aludidos argumentos y mostrar las razones que fundamentan la significa- ción del tema propuesto. Mostrarlo será precisamente la tarea de todo el libro, y espero que el resultado dé qué pensar especialmente a los señores jueces de la República, que son los destinatarios principales, a quienes he tenido presentes durante todo el trabajo de la escritura, como los interlocutores directos de mi discurso. 3 A. Garapon, Le Gardien des Promesses. Justice et Démocracie (Paris, 1996), trad. al español Juez y Demo- cracia, Madrid, 1997, p. 26. Garapon es secretario general del Institut des Hautes Études de la Justice en Francia, y miembro del comité de redacción de la revista Esprit. (cid:5)(cid:7)
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