VÍCTOR FERRETES COMELLA JUSTICIA CONSTriUCIOlTAA Y DEMOCRACIA CENTRO DE ESTUDIOS POLÍTICOS Y CONSTITUCIONALES Madrid, 1997 © Centro de Estudios Políticos y Constitucionales © Víctor Ferreres Comella ÑIPO: 005-97-043-0 ISBN: 84-259-1042-0 Depósito Legal: M. 45.333-1997 Imprime: Tara villa Mesón de Paños, 6. 28013 Madrid Para Malte «La dificultad fundamental es que el control judicial de la ley es una fuerza contra-mayoritaria en nuestro sis tema.» «No será posible dar plena respuesta a todo lo que se argumenta en contra del control judicial de la ley... Lo único que podemos hacer es llenar el otro platillo de la balanza con argumentos de signo contrario, acerca de las necesidades reales y los modos en que opera efec tivamente nuestra sociedad, y, naturalmente, con nues tras porciones de fe y de esperanza. Entonces podre mos apreciar hasta dónde se ha movido el fiel de la ba lanza.» (Alexander Bickel, The Least Dangerous Branch) í N DICE Introducción.............................................................. 13 Capítulo primero. LAS PECULIARIDADES DEL JUICIO DE CONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY EN MATERIA DE DERECHOS Y LIBERTADES....................................... 17 1. La indeterminación del texto constitucional .. 19 A) Ambigüedad y vaguedad.................................. 19 B) Los conceptos esencialmente controver tidos ................ 24 C) Las colisiones entre disposiciones ........ 27 2. La dignidad democrática de la ley............. 36 A) La interpretación de la ley: el principio de la interpretación conforme......................... 37 B) La interpretación de la Constitución: el prin cipio de deferencia hacia el legisla dor democrático................. 38 3. Las circunstancias que provocan la aparición DE UNA OBJECIÓN DEMOCRÁTICA EN CONTRA DE LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL .................. 42 4. LA PRETENDIDA IRRELEVANCIA DE LA OBJECIÓN DE MOCRÁTICA EN CONTRA DE LA JUSTICIA CONSTITU CIONAL ........................................... 46 9 Capítulo segundo. LA «CONSTITUCIÓN PROCEDI- MENTAL»...................................................................... 53 1. La «Constitución procedimental»: la garantía de LOS DERECHOS DE PARTICIPACIÓN POLÍTICA COMO ÚNICO LÍMITE AL LEGISLADOR DEMOCRÁTICO............... 53 2. La Constitución procedimental en la teoría de 'John Ely............................................................... 55 3. Democracia y derechos de autonomía indivi dual ...................................................................... 68 4. Constitución procedimental y Constitución ABIERTA..................................................................................... 75 Capítulo tercero. LA «CONSTITUCIÓN DE DETALLE»... 79 1. La «Constitución de detalle»: la preferencia por LAS CLÁUSULAS ESPECÍFICAS.............................................. 79 A) El rechazo de la utilización de las cláu sulas más abstractas..................................... 81 B) El rechazo de la extensión analógica de las disposiciones constitucionales............... 86 C) La preferencia por la intención específica frente a la abstracta a la hora de recons truir la voluntad del constituyente............. 88 2. El principal argumento a favor de «la Consti tución DE DETALLE»: LA REDUCCIÓN DE LA DISCRE CIÓN JUDICIAL........................................................................ 92 3. LOS ARGUMENTOS EN CONTRA DE LA «CONSTITUCIÓN ' DE DETALLE»............................................................................ 106 A) La tiranía del pasado................................... 106 B) Las dificultades para amparar nuevas dimen siones de la libertad constitucional............ 117 C) Los obstáculos a la integración consti tucional de una sociedad plural................. 132 10 4. Algunas conclusiones y apuntes para una nue va propuesta.......................................................... 138 Capítulo cuarto. LA PRESUNCIÓN DE CONSTITUCIO- NALIDAD DE LA LEY: CARACTERIZACIÓN............... 141 1. INTRODUCCIÓN: IN DUBIO PRO LEGISLATORE................. 141 2. El famoso artículo de James Thayer................... 144 3. ¿Qué son y para qué sirven las presunciones?.. 150 4. ¿Existen presunciones para afrontar dudas en la interpretación de los textos jurídicos?........ 156 5. ¿En qué consiste la presunción de constitucio- nalidad de la ley?................. 160 Capítulo quinto. LA PRESUNCIÓN DE CONSTTTUCIO- NALIDAD DE LA LEY: JUSTIFICACIÓN....................... 163 1. El argumento epistémico .......................... 164 2. El argumento de la igual dignidad política.... 187 3. El argumento de la corregibilidad de los erro res ....... 199 4. Un argumento complementario, de lege lata .... 209 Capítulo SEXTO. LA PRESUNCIÓN DE CONSTITUCIONA- LIDAD: GRADUACIÓN DE SU FUERZA....................... 215 1. El presupuesto de la presunción de constitu- CIONALIDAD DE LA LEY: DELIBERACIÓN PÚBLICA Y aceptación mayoritaria por el Parlamento ac tual........................ 216 A) Pérdida de la presunción de constituciona- lidad de la ley: falta de respaldo por el Parlamento democrático actual ............. 218 11 B) Fortalecimiento máximo de la presunción de constitucionalidad: participación directa del electorado en la aprobación de la norma .. 227 2. Inversión de la presunción de constitucionali- DAD DE LA LEY (I): AFECTACIÓN DE LOS INTERESES DE GRUPOS SOCIAL Y POLÍTICAMENTE VULNERABLES . 242 A) Protección de la igualdad desde la de ferencia .......................................................... 245 B) Protección de la igualdad desde la sos pecha ............................................................. 250 3. Inversión de la presunción de constituciona- LIUDAD DE LA LEY (II): RESTRICCIÓN DE DERECHOS DE PARTICIPACIÓN POLÍTICA DESDE UNA POSICIÓN DE PARCIALIDAD............................................................................ 2Ó8 4. Fortalecimiento de la presunción de constitu- CIONALIDAD DE LA LEY: GRADO DE CONSENSO PAR LAMENTARIO Y EXTRAPARLAMENTARIO.............................. 275 A) Consenso parlamentario............................... 275 B) Consenso extraparlamentario....................... 286 5- La proyección de LA PRESUNCIÓN de constitucio- NALIDAD DE LA LEY SOBRE LAS DUDAS RELATIVAS A CUESTIONES EMPÍRICAS ........................................................ 289 6. Entre la expulsión de la ley y la declaración DE SU CONSTITUCIONALIDAD: DECISIONES INTERME DIAS ......................................................................................... 298 12 INTRODUCCIÓN En un bello ensayo titulado «Notas sobre las recomendacio nes del Tribunal Constitucional al legislador», Francisco Tomás y Valiente manifestó su interés por estudiar las sentencias en las que el Tribunal Constitucional, a pesar de declarar que la ley que ha sido impugnada es conforme con la Constitución, recomienda al legislador que proceda a modificarla. Después de ensayar una tipología de recomendaciones, Tomás y Valiente animaba a los estudiosos a que trataran el tema more aca démico L A primera vista, puede parecer extraño que el Tribunal Cons titucional se limite a «recomendar» determinada actuación al le gislador. Si el Tribunal es el supremo intérprete de la Constitu ción, según declara el artículo 1.1 de su Ley Orgánica, ¿por qué debería limitarse en algunos casos a recomendar la modificación de la ley, por razón de su dudosa constitucionalidad, en lugar de invalidarla directamente? Si Tomás y Valiente sentía curiosi dad y, bajo determinadas condiciones, cierta simpatía por la técnica de las recomendaciones,, ello se debía, en gran parte, a su preocupación por conciliar la supremacía constitucional con el principio democrático. Le parecía objetable que el Tribunal desempeñase un papel activista, pues consideraba que en una democracia debe reconocerse al legislador un gran protagonis mo en la configuración de la voluntad colectiva. Siendo magis trado del Tribunal Constitucional, formuló un voto particular a la Sentencia 53/1985 que resolvió el recurso previo contra el 1 El ensayo se incluye en su obra Escritos sobre y desde el Tribunal Cons titucional (Madrid: Centro de Estudios Constitucionales, 1993), pp. 101-11'. 13 proyecto de ley que despenalizaba parcialmente el aborto con sentido. En ese voto, expresó su «profunda y preocupada discre pancia» con la decisión del Tribunal, al que reprochó haber hecho un juicio de calidad en lugar de un juicio de estricta constitucionalidad, haber excedido su misión como legislador negativo, y haber actuado como si fuera una «tercera cámara». En esa discrepancia late, sin duda alguna, su preocupación por definir correctamente los límites dentro de los cuales es legíti mo el ejercicio del control judicial de la constitucionalidad de la ley en una democracia representativa. El presente trabajo no es un estudio de la técnica de las recomendaciones que Tomás y Valiente preconizaba. Es un intento de contribuir a un debate previo y, si se quiere, más fundamental, acerca de la justificación y los límites del control judicial de la ley en una democracia. A fin de acotar el ámbi to de reflexión, me centraré en el papel del juez constitucio nal cuando tiene que proteger frente al legislador los derechos y libertades que la Constitución consagra. En los Estados Unidos, el problema acerca del fundamento y los límites del control judicial de la ley en una democracia cons titucional ha recibido un extenso tratamiento doctrinal y ha sido objeto de apasionadas disputas, con notables repercusiones prác ticas en la vida pública de ese país. Dado que las reflexiones de la doctrina americana pueden enriquecer nuestro debate acerca del mismo problema, he introducido en este estudio abundan tes referencias a la misma. Naturalmente, no ignoro las diferen cias que existen entre el sistema americano de justicia constitu cional y el sistema español, diferencias que trataré de poner de relieve a lo largo de la exposición, en la medida en que sean relevantes. Pero existen problemas comunes para cuyo tratamien to son útiles las propuestas teóricas que la doctrina americana ha desarrollado durante las últimas décadas. Este trabajo es fruto de un proceso de reflexión que se inició en el año 1991, cuando, gracias a una beca otorgada por la Fundación «La Caixa», pude ir a la Universidad de Yale, en los Estados Unidos, donde estudié durante dos años. Allí realicé mi tesis doctoral, que fue aprobada en esa Universidad en enero de 1996. Debo agradecer al profesor Owen Fiss, mi di rector de tesis, su enorme dedicación a la tarea de introducir 14