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jurisprudencia argentina sobre usos terapéuticos de la planta de cannabis PDF

353 Pages·2017·2.41 MB·Spanish
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2018 JURISPRUDENCIA ARGENTINA SOBRE USOS TERAPÉUTICOS DE LA PLANTA DE CANNABIS Fallos anteriores y posteriores a la Ley 27.350 Argentina. Asociacio n Pensamiento Penal. A rea de Polí tica de Drogas de la Asociacio n Pensamiento Penal. Jurisprudencia argentina sobre usos terape uticos de la planta de cannabis, 2018. 353 pa ginas; 21x29,7 cm. Revista Pensamiento Penal – ISSN: 1853-4554. 3 | ÁREA POLITICA DE DROGAS DE LA ASOCIACIÓN PENSAMIENTO PENAL PRESENTACIÓN En julio de 2018, con la presentacio n del “Modelo de Amparo – autocultivo de cannabis con fines terapéuticos”, el A rea de Polí tica de Drogas de la Asociacio n Pensamiento Penal brindo una herramienta para democratizar el acceso a la justicia de todas las personas que necesitan la sustancia en estado vegetal, pero que no fueron contempladas en la Ley 27.350 de investigacio n me dica y cientí fica de los usos medicinales de la planta de cannabis. El modelo inicial de Amparo resulto un primer paso con el objeto de reclamar judicialmente, y con argumentos so lidos, el derecho de todas las personas a cultivar cannabis con fines terape uticos. Adema s, como fuera referido al momento de presentar el modelo, el mismo no debe mantenerse a los ma rgenes de los avances legislativos, normativos y jurisprudenciales (nacionales o locales) que hagan a la tema tica. Por este motivo, en esta oportunidad tenemos el agrado de presentar el compendio de “Jurisprudencia argentina sobre usos terapéuticos de la planta de cannabis”, brindando así , una recopilacio n de los fallos ma s importantes de todo el paí s, referidos a la cuestio n del cannabis y su uso terape utico para distintas enfermedades y patologí as que afectan la salud y la calidad de vida de miles de personas. La presente coleccio n comienza con los fallos dictados en el marco del Expediente “Cibotti” (2012, 2015 y 2017) de la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, los cuales resultan antecedentes de gran importancia respecto a la tema tica, que au n hoy en dí a son citados y referenciados por tribunales de todo el paí s al momento de resolver. Asimismo, el trabajo se encuentra segmentado en dos partes generales, las cuales se dividen tomando como referencia la sancio n de la ley 27.350 con fecha 29 de marzo del 2017. Esto u ltimo, para poder observar las resoluciones desde dos o pticas distintas, antes y despue s de la sancio n de la norma a nivel nacional. Asimismo, los fallos de cada parte se encuentran clasificados segu n el tipo de proceso sobre cual versan, y por lo tanto, se podra n encontrar resoluciones en expedientes iniciados por amparos requiriendo la autorizacio n de cultivo de la planta de cannabis con fines terape uticos, amparos presentados contra obras 4 | ÁREA POLITICA DE DROGAS DE LA ASOCIACIÓN PENSAMIENTO PENAL sociales que se negaron a cubrir el costo de los productos derivados de la planta de cannabis, y los fallos en procesos penales iniciados contra personas que realizaban el autocultivo de la planta para realizar un tratamiento terape utico. Por u ltimo, el A rea de Polí tica de Drogas espera puedan encontrar de utilidad la presente recopilacio n, a fin de complementar y reforzar lo expuesto en el “Modelo de Amparo – autocultivo de cannabis con fines terapéuticos”, y así , avanzar cada vez ma s en este camino de luchar contra la criminalizacio n de los ma s elementales derechos reconocidos por el orden jurí dico nacional e internacional, en el marco de una polí tica de drogas respetuosa de los derechos humanos. 5 | ÁREA POLITICA DE DROGAS DE LA ASOCIACIÓN PENSAMIENTO PENAL PRÓLOGO Hace exactamente tres an os me toco fallar en el caso de Alejandro, un paciente con HIV y polineuropatí a perife rica que requerí a por ví a de amparo la posibilidad de acceder al uso terape utico del cannabis. Hablando ma s sinceramente, lo que Alejandro solicitaba era poder “blanquear” la utilizacio n terape utica del cannabis que ya vení a realizando de modo artesanal y clandestino, para no tener pendiendo sobre su cabeza la espada de Damocles de la penalizacio n estatal y tambie n para poder llevar a cabo un tratamiento con supervisio n profesional en un efector pu blico de salud. Cualquier semejanza con otros debates de actualidad, no es pura coincidencia. Al momento de dictar sentencia en el caso de Alejandro, no existí a en nuestro paí s ningu n precedente judicial de ningu n fuero sobre el uso terape utico del cannabis. Para mayor “tranquilidad” del juzgador, durante el tra mite del proceso se sucedieron declaraciones pu blicas1 de las ma s altas esferas del Poder Judicial y de la Iglesia Cato lica pronuncia ndose de modo contundente contra cualquier tipo de despenalizacio n del consumo de cannabis u otras sustancias penalizadas, así como editoriales de los grandes medios de comunicacio n en el mismo sentido. Va de suyo que este contexto no auguraba la mejor de las recepciones a la decisio n que pensaba adoptar. Sin embargo, la realidad fue muy distinta. El fallo fue muy bien recibido, incluso por personas y sectores de los que cabí a –prejuicios mediante- esperar otra reaccio n. Para el usuario de esta compilacio n seguramente la historia subsiguiente es conocida, pocos meses despue s tomo estado pu blico la decisio n de la ANMAT de autorizar el tratamiento con aceites a base de CBD de nin os/as con patologí as tratables mediante tal compuesto y se puso en escena la terrible situacio n que sufrí an (y sufren) numerosas familias. Se habí a abierto una brecha en el muro de la polí tica de penalizacio n total y “guerra a las drogas”. Una brecha con consenso social, que con el empuje de numerosas organizaciones y personalidades desemboco en la sancio n de la ley 1 Originadas quiza s por la existencia de algu n proyecto legislativo o rumores sobre la posibilidad de alguna iniciativa oficial al respecto. 6 | ÁREA POLITICA DE DROGAS DE LA ASOCIACIÓN PENSAMIENTO PENAL 27.350. Hoy APP puede publicar una voluminosa compilacio n de jurisprudencia argentina en la materia de distintos fueros, lo que no hace ma s que reflejar la urgente realidad de un problema que au n aqueja a tantos y a tantas y que dista de contar con la solucio n que merece. Resulta claro que la sancio n de la ley 27.350 constituye un hito relevante, un valioso instrumento para poder encarar todo lo pendiente, que es mucho au n. Tambie n lo es que por las limitaciones de su texto y reglamentacio n, genera nuevos conflictos que van siendo presentados ante los tribunales con suerte dispar. No es poco lo que se ha avanzado desde hace tres an os a la fecha. Sobre todo en lo que hace a la instalacio n del tema en el debate pu blico y en la ruptura de cierto “tabu ” no escrito sobre la cuestio n del necesario debate pu blico acerca de la polí tica de drogas. En 2016, al cumplirse 30 an os del fallo “Bazterrica”, ma s de doscientos cincuenta magistrados y magistradas de la Repu blica Argentina firmamos la “Declaracio n de Magistrados Argentinos por una Polí tica de Drogas respetuosa de los Derechos Humanos”2, que plantea un cambio estructural en el abordaje de esta problema tica. Sin embargo, en lo sustancial, nuestro actual re gimen de penalizacio n de drogas continu a siendo liberticida, perverso y fundamentalmente inu til. Liberticida pues al perseguir al consumidor coarta libertades constitucionales ba sicas, tal como viene sen alando la Corte Suprema –con intervalos no lu cidos– desde hace ma s de 30 an os. Perverso pues, por un lado, descarga todo el poder punitivo del Estado mayoritariamente sobre los eslabones ma s de biles de la cadena del consumo y tra fico. Perverso tambie n, pues las condiciones de prohibicio n total generan las mejores condiciones para que florezcan las organizaciones violentas y se expanda la corrupcio n institucional. Pero lo ma s triste, es que es total, soberana y completamente inu til. Pues ni ha logrado desmantelar el tra fico ilegal, ni se ha constituido en un factor ido neo para proteger la salud pu blica en general y menos au n la de los consumidores en particular. Con el aberrante agravante de generar 2 Impulsada por APP. 7 | ÁREA POLITICA DE DROGAS DE LA ASOCIACIÓN PENSAMIENTO PENAL condiciones de penalizacio n para quienes requieren el uso medicinal de cannabis para el tratamiento de diversas dolencias y no logran encuadrar en las situaciones previstas por la ley 27.350. Fuera del mundo jurí dico, fuera del mundo imaginado por el legislador de la ley 23.737 existe una realidad muy distinta. En las calles, en los barrios, el fracaso de la polí tica de penalizacio n total y “guerra a las drogas”, se cobra vidas a diario. Tal como sucedio recientemente con el debate del proyecto de ley de interrupcio n voluntaria del embarazo, una mayorí a legislativa se resiste a encarar los cambios que resultan cada dí a ma s urgentes y cuya necesidad es evidente. A contramano de lo que sucede en aquellos paí ses de los que tanto deberí amos —nos dicen— aprender3, no se repiensa sin prejuicios un sistema caduco que so lo reproduce las condiciones para multiplicar la marginalidad y la violencia. Por ello resulta fundamental la tarea de recopilar, analizar y difundir la existencia de aquella jurisprudencia en la materia que adopta y a la vez inspira una visio n distinta del problema. Para tratar de que sirva, en tanto madura el imprescindible cambio legislativo, para cosechar distintos (y mejores) resultados. GUILLERMO SCHEIBLER Buenos Aires, Agosto de 2018. 3 La mitad de los cincuenta estados que integran los Estados Unidos —el principal impulsor de la polí tica de “guerra a las drogas” en el mundo— poseen regulaciones que receptan el uso medicinal de las distintas variedades del cannabis. Casi todos los paí ses europeos autorizan su uso terape utico a trave s de productos farmace uticos derivados de la marihuana. En la regio n, Uruguay y Chile3 lo aceptan, mediante diversos tipos de mecanismos legales. 8 | ÁREA POLITICA DE DROGAS DE LA ASOCIACIÓN PENSAMIENTO PENAL AGRADECIMIENTOS David Andulce Guillermo Scheibler Marí a Luz Felipe Mariano Fusero Marcos Chigal Marcos Torti Iermini 9 | ÁREA POLITICA DE DROGAS DE LA ASOCIACIÓN PENSAMIENTO PENAL SUMARIO PARTE I FALLOS ANTERIORES A LA SANCIÓN DE LA LEY 27.350 AMPAROS DE PEDIDOS DE AUTORIZACIÓN PARA CULTIVAR O PROVISIÓN ESTATAL “Cibott., A.R. c/ G.C.B.A. s/AMPARO (ART. 14 CCABA)” (Expediente N° 44899/0 - JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO N° 7 DE C.A.B.A. – 11/07/2012) 13 “Cibotti, A.R. c/ G.C.B.A. s/AMPARO (ART. 14 CCABA)” (Expediente N° 44899/0 - CA MARA DE APELACIONES EN LO CAYT DE C.A.B.A. – SALA III – 12/2012) 19 “Cibotti, A.R. c/ G.C.B.A. s/AMPARO (ART. 14 CCABA)” (Expediente N° 44899/0 - JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO N° 13 DE C.A.B.A. – 13/08/2015) 22 “Cibotti, A.R. c/ G.C.B.A. s/AMPARO (ART. 14 CCABA)” (Expediente N° 44899/0 – CA MARA DE APELACIONES EN LO CAYT DE C.A.B.A. – SALA III – 25/10/2017) 55 ACCIONES DE AMPARO CONTRA OBRAS SOCIALES “V.,F.J. y A., MARÍA L. c/IOMA s/AMPARO” (Expediente N° 80807/2016 – JUZGADO DE PAZ DE VILLA GESELL – 30/03/2016) 62 “L,S.L c/ OBRA SOCIAL DE PETROLEROS s/ AMPARO LEY 16.986” (Expediente N° 39357/2016 - JUZGADO EN LO CIVIL, COMERCIAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL DE LA PLATA N° 2 – 08/11/2016) 66 “L,S.L c/ OBRA SOCIAL DE PETROLEROS s/ AMPARO LEY 16.986” (Expediente N° 39357/2016 – CÁMARA FEDERAL DE LA PLATA – SALA I – 22/12/2016) 71 “LÓPEZ, ANDREA CELESTE (EN REP. DE SU HIJA SARA ISABELLA) c/ OSDE s/AMPARO LEY 16.986” (Expediente N° 65230/2016 – CA MARA FEDERAL DE CAMPANA – 17/11/2016) 77 PROCESOS PENALES “Legajo Nº 2 - IMPUTADO: HILBE, ALCIDES PACIFICO s/LEGAJO DE APELACION” (Expediente N° 002664/2014/2/CA001 - CA MARA FEDERAL DE ROSARIO – SALA B – SECRETARI A PENAL – 10/05/2016) 83 “Legajo Nº 2 - IMPUTADO: HILBE, ALCIDES PACIFICO s/LEGAJO DE APELACION” (Expediente N° 002664/2014/2/CA001 - CA MARA FEDERAL DE ROSARIO – SALA B – SECRETARI A PENAL – 27/12/2017) 88 10 | ÁREA POLITICA DE DROGAS DE LA ASOCIACIÓN PENSAMIENTO PENAL “Principal en Tribunal Oral TO01 - PINTOS, GONZALO EZEQUIEL Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737” (Expediente N° 091001183/2012/T001 – TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA – SECRETARI A – 07/06/2016) 90 “SARGIOTTI, SEBASTIÁN GASTÓN s/INFRACCIÓN LEY 23.737” (Expediente N° 1031/2016/CA1 - CA MARA FEDERAL DE LA PLATA – SALA III – 11/10/2016) 94 “Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: SCULLY, SANTIAGO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.14)” (Expediente N° 045192/2014/T001 – TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SAN LUIS – 17/02/2017) 101 PARTE II FALLOS POSTERIORES A LA SANCIÓN DE LA LEY 27.350 AMPAROS DE PEDIDOS DE AUTORIZACIÓN PARA CULTIVAR O PROVISIÓN ESTATAL “B. B. c/ ESTADO NACIONAL s/ AMPARO LEY 16.986” (Expediente N° 21814/2017 – JUZGADO FEDERAL DE SALTA N° 1 – 02/03/2018) 114 “NAVARRRO, JULIA MACARENA Y OTRO c/ESTADO NACIONAL s/AMPARO LEY 16.986” (Expediente N° 16005/2018 - FISCALI A FEDERAL DE VIEDMA – 10/05/2018) 125 “NAVARRRO, JULIA MACARENA Y OTRO c/ESTADO NACIONAL s/AMPARO LEY 16.986” (Expediente N° 16005/2018 – DEFENSORI A OFICIAL PU BLICA FEDERAL DE VIEDMA – 16/05/2018) 139 “NAVARRRO, JULIA MACARENA Y OTRO c/ESTADO NACIONAL s/AMPARO LEY 16.986” (Expediente N° 16005/2018 – JUZGADO FEDERAL DE VIEDMA – 02/07/2018) 143 ACCIONES DE AMPARO CONTRA OBRAS SOCIALES “PAREDES JOSÉ RAMÓN Y RIVERO SILVIA BEATRIZ C/ OSECAC S/ AMPARO" (Expediente N° °: X-4CI-17-AL2017 – JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, MINERI A Y SUCESIONES N° 9 DE RI O NEGRO – 12/06/2017) 160 “P. A. R. Y OTRO c/CONSTRUIR SALUD s/LEY DE DISCAPACIDAD” (Expediente N° 27894/2016 – CÁMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA – 26/07/2017) 184 “Incidente Nº 2 – ACTOR: F, A, I DEMANDADO: OSDE s/INCIDENTE DE APELACION” (Expediente N° 002708/2017/2 – CÁMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA – 28/08/2017) 191

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respecto del contenido de la sentencia de primera instancia, en total a la nin a J. V., del Medicamento “ACEITE DE CBD, CHARLOTTE`S WEB.
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