UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA “EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO Y NEGOCIACIÓN DE LA PENA” TESIS DE GRADO PREVIA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE TRIBUNALES Y JUZGADOS AUTORA MARJORIE ELIZABETH GUERRERO QUINTANA DIRECTOR DR. FABRICIO RUBIANES QUITO - ECUADOR 2014 CERTIFICACIÓN Yo, Marjorie Elizabeth Guerrero Quintana, portadora de la cédula de ciudadanía No. 1717199440, egresada de la Facultad de Jurisprudencia de la UIDE, declaro que soy la autora exclusiva de la presente investigación y que esta es original, autentica y personal mía. Todos los efectos académicos y legales que se desprendan de la presente investigación serán de mi sola y exclusiva responsabilidad. Quito, 17 de Enero de 2014 -------------------------------------------------- DEDICATORIA A mi querido Padre que es mi ejemplo de vida y enseñanza, ya que con la confianza que ha depositado en mí, hizo una mujer de bien y con aspiraciones; a mi querida Madre que es un ejemplo de mujer luchadora, que con mucho cariño y ternura desde niña, me enseño a siempre triunfar en la vida, brindándome en todo momento su mano amiga, dándome a cada instante una palabra de aliento para así llegar a culminar mi profesión; a mis hermanos Marco y Francisco por sus consejos, apoyo, ánimo y compañía en los momentos difíciles y de alegría. AGRADECIMIENTO A Dios por darme cada día su bendición, a la vida por darme unos padres ejemplares que han sabido impulsarme con sus sabios consejos y apoyo para alcanzar esta meta que me he trazado; a mi tutor de tesis, el Dr. Fabricio Rubianes Morales quien me ha guiado pacientemente a lo largo de este camino Sin duda debo agradecer también a todas las personas que de una u otra, manera me han impulsado y que contribuyeron día a día para la elaboración de este proyecto. SÍNTESIS El presente trabajo de investigación, es una profundización de uno de los mecanismos alternativos de conflicto, como es el procedimiento abreviado en nuestra legislación, que se encuentra previsto tanto en la Constitución de la República del Ecuador como en el Código de Procedimiento Penal. En el capítulo I, realizo un análisis histórico que hace relación a los antecedentes de la institución investigada, esto es el procedimiento abreviado, desde el derecho germano hasta nuestra legislación procesal. En el capítulo II, hablo de la negociación penal, definiciones y sobre todo un análisis de la norma Constitucional vigente en nuestro país, que permite la aplicación de mecanismos alternativos a la solución de conflictos. En el capítulo III, se desarrollan las ventajas y desventajas que conlleva la aplicación de este mecanismo alternativo de solución de conflictos, como es el procedimiento abreviado, tomando en cuenta varias estadísticas sobre las causas ingresadas al sistema judicial en varios periodos. En el capítulo IV, consta el estudio de las categorías dogmáticas del delito, tipicidad, antijuricidad y culpabilidad, realizando un estudio sobre el dolo y la culpa, así como de los elementos objetivos y subjetivos del tipo penal. En el capítulo V, se encuentra un análisis casuístico de varios procesos, resueltos y sancionados por el Tribunal Segundo de Garantías Penales de Pichincha, en base a la aplicación del procedimiento abreviado. Para tener como aspecto final de mi investigación las conclusiones y recomendaciones, donde de manera enfática recalco la importancia en nuestro sistema procesal penal de la aplicación del procedimiento abreviado. EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO INTRODUCCIÓN En la actualidad nos encontramos frente a una corriente para concluir el proceso penal de la manera más rápida, bajo las circunstancias de la alta delincuencia que acarrea estos días, además de la saturación de las leyes penales, al crearse cada día nuevos tipos penales, así como también el aumento del trabajo de los jueces y que cada día la cantidad de presos sin sentencia vaya en aumento abarrotando las cárceles y penitenciarias sin tener una condena. Es por ello que la negociación de la culpabilidad es sencillamente utilitaria ya que su finalidad es la de contribuir a la descongestión judicial, para lograr una eficiencia estatal en la función pública (administración pronta) y hacer cumplir con mayor eficacia la justicia, así como reintegrar a la sociedad a personas que pueden ser rehabilitadas de una forma más útil que manteniéndolas en prisión y sin condena alguna. La negociación de la declaración de culpabilidad es un acuerdo al que llega la defensa y la fiscalía, en el cual esta última puede dictar una sentencia mínima por una declaración de culpabilidad sin tener que llegar a un juicio y sin que el acusado llegue a los desgastes físicos y psicológicos que un proceso conlleva. Esta negociación es un mecanismo de solución a un conflicto jurídico penal, como ejemplo las negociaciones y las conformidades, de esta forma se ganarían en la economía procesal. Pero existen varios factores los cuales llegan a determinar si se puede o no alcanzar una negociación a la culpabilidad como una salida deseable, para el acusado el beneficio más 1 significativo sería el de dejar a un lado el llevar un juicio penal y evitar una sentencia máxima siempre y cuando haya cometido un delito leve. La sociedad también se beneficia de una negociación, dado, que estos acuerdos disminuyen la congestión de los tribunales y juzgados, liberan a los fiscales de manejar más casos, y se evita la sobrepoblación carcelaria, por medio de otras alternativas como la rehabilitación. El Proceso Penal en nuestro sistema penal es clasificado como un proceso especial, la sociedad necesita de varios procedimientos, es decir que el entorno, necesita de respuestas distintas o apropiadas por la singularidad de situaciones que se prestan o se desenvuelve el ser humano, es por ello que el Código Procesal Penal a adoptado la creación de estos procedimientos especiales para juzgar delitos que requieren de un trato diferente, para así no colapsar el sistema judicial y despacharlos de manera más eficaz. En consecuencia de este hecho nuestra legislación nacional y la extranjera, no disponen solamente de una figura procesal sino de varias figuras que en atención a estos casos han creado los procedimientos especiales a los cuales se los puede definir como la estructura singular o particular de un juzgamiento el cual le permiten al proceso llegar a un feliz término de una manera más ágil. Los procedimientos especiales son aquellos que reestructuran el esquema ordinario sobre una investigación y una solución jurisdiccional de las relaciones del derecho penal, tomando en cuenta las diferentes necesidades que los determinan como la condición de los sujetos los cuales intervienen en el mismo. 2 CAPÍTULO I 1. ANTECEDENTE HISTORICO DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO Zavala Baquerizo, Jorge (2008) expresa que investigadores de la historia del procedimiento abreviado son aquellos que ansían ver en el Derecho Anglosajón el origen del mismo, desechando que mucho tiempo antes de las referencias históricas que dan a conocer surgieron los primeros esbozos de acortar la actuación de los ofendidos por la comisión de un delito en busca de la reparación del daño, reduciendo la controversia a una negociación entre el ofensor y el ofendido, cuya negociación, en un comienzo, fue directa entre uno y otro y que luego tuvo carácter social cuando el negocio de mi referencia fue sacramentado por la comunidad por intermedio de lo que hoy podríamos llamar un juez. Disponible en URL:http://www.revistajuridicaonline.com/index.php?option=com_content&task=view&id =476&Itemid=37(consulta 10 de marzo 2013). A esto se le agrega lo manifestado por Julio Maier (1989) escritor argentino cuando estudia la historia del Derecho Procesal Penal en el derecho Germano antiguo aduciendo lo siguiente: 1.1 DERECHO GERMANO ANTIGUO Maier, Julio B (1989) El acusado puede acordar una reparación económica con la víctima, esto sugiere perfeccionar un contrato reparatorio entre ambos, evita la venganza por así llamarlo de la víctima, pagándose así una reparación de los bienes, se puede decir que la 3 retribución de su crimen se contemplaba con el pago del precio de la paz de la comunidad en ese tiempo, pero no así los delitos más graves lo cuales no eran susceptibles para llegar a un acuerdo entre las partes, pues estos traían como consecuencia la pérdida total de la paz en un sentido absoluto para la comunidad y para el ofendido, quedando el acusado en plena indefensión y a merced de la comunidad que podían perseguirlo y hasta terminar con su vida. 1.2 DERECHO ROMANO El Doctor Zavala Baquerizo(2008), viendo los antecedentes de lo que es el procedimiento abrevado cita a Teodoro Mommsem donde explica que en la Ley de las XII Tablas se encuentran las referencias sobre los arreglos que se podían llegar entre los sujetos de un derivado conflicto; por otro lado Juan Miquel lo sostiene y confirma “ Esta ley regulaba la citación que tenía un carácter eminentemente privado, donde pervive también la auto ayuda, la presencia indispensable de las partes en el proceso, la transacción y la sentencia, que debe darse antes de la puesta del sol y al referirse al aspecto penal hace presente que hay dos derechos que se interfieren constantemente en el derecho de las XII Tablas: el talión y la composición”. Disponible en URL:http://www.revistajuridicaonline.com/index.php?option=com_content&task=view&id =476&Itemid=37(consulta 10 de marzo 2013). Lo indiscutible es que a raíz de este sistema de la composición ya se comprendía un sistema especial diferente al que por lo general ya se encontraba admitido, considerándose este como una manera de abreviar el procedimiento ordinario en sí, pero a través de esta estructura y desde el punto de vista subjetivo esto no era más de ver como el acusado compraba a través de la negociación que se realizaba, su propia seguridad futura y la 4
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