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El principio de control administrativo en el contrato de concesión de obra pública. PDF

425 Pages·2012·1.18 MB·Spanish
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UNIVERSIDADDECHILE FACULTADDEDERECHO DEPARTAMENTODEDERECHOPÚBLICO EL PRINCIPIO DE CONTROL ADMINISTRATIVO EN EL CONTRATO DE CONCESIÓN DE OBRA PÚBLICA MEMORIAPARAPOSTULARALGRADOACADÉMICODELICENCIADOEN CIENCIASJURÍDICASYSOCIALES ERNESTOMANRÍQUEZMENDOZA PROFESORGUÍA: ANDRÉSBARBERISMARTIN SANTIAGODECHILE DICIEMBREDE2011 Amimadre,yatodosquienes hanhechoestoposible. Resumen Elobjetodeestetrabajoeselanálisisdelasmúltiplesdimensionesdelcontrolcomoprincipiodel DerechoAdministrativo,aplicadoalcontratodeconcesióndeobraspúblicas.Secomienzaconuna somera exposición del control como principio aplicable a las organizaciones, desde el marco teó- ricodelagestiónbasadaenlacalidad.LuegoseaplicaestaideaalEstado,determinandosusfines a partir de la forma constitucional de gobierno, para, posteriormente, extraer de la Constitución principiosrectoresqueguiaránlagestióndelEstadoyelejerciciodelasfuncionesdecontrol. Entercerlugar,secategorizaelprincipiodecontrolenelEstado,destacandolaexistenciadeuna clasificaciónbásicasegúnlamateriasobrelaqueseejercecontrol,compuestadecuatrocategorías: control de juridicidad, control democrático, control interno y control de gestión; correspondiendo dosdeellasalacaracterizaciónjurídicadelprincipiodecontroladministrativoydosaloselemen- tosdelateoríadelagestiónbasadaenlacalidad. Posteriormente,sedefinenlosmecanismosdeasociaciónpúblico-privadayseenuncianlosproce- dimientos de contratación administrativa, junto con lo cual, aplicándoles los principios de control ya reseñados, se intenta definir la estructura marco del control del contrato de concesión de obras públicasylasactuacionesjurídico-administrativaspreviasalcomienzodelcontrato. Eltrabajocontinúaconlaenunciacióndelosactosdecontrolquerealizaelinspectorfiscalcomo encargado de la imposición del principio de control en el contrato de concesión, así como de los controlesalosqueélestásujetoydelasnormasjurídicasquerigenelejerciciodesuspotestades decontrol. Finalmente,seprocedeaargumentarencontradelmodelodecontrolexistente,centrandolacrítica enlafaltadesuperposicióndecontrolessobrelalabordelinspectorfiscal,supocaindependencia, yladebilidaddelosmecanismosdecontroldegestióndelaorgánicaconcesionadoraenrelaciónal Estado.Enlaargumentaciónseempleancasosíndice,quemuestrandiversasfallasenelejercicio de potestades contraloras por el Estado. El trabajo termina con el análisis de las propuestas de mejora del sistema y la confección de una propuesta propia, que combina una agencia reguladora independienteconundelegadodelgobierno,quesucederíaysuperaríaalactualinspectorfiscal,y añadeaesoreformasadicionalesalanormativavigente. Agradecimientos. QuieroagradecerenestetrabajolacolaboracióndelprofesorAndrésBarberis,quienhaguiadosu avanceenelaspectorelativoaltratamientodelasconcesionesdeobrapública,yhaaportadocon susconsejosysurevisiónaldevenirdeestetrabajo.AgradezcoademáslacooperacióndelaCoor- dinacióndeConcesionesdeObrasPúblicasenestetrabajo,enespecialasusInspectoresFiscales; losantecedentesrecibidosparaelestudiodecasosporpartedelaFundaciónTerramconrespecto alasituaciónenlaconcesión«AccesoSuraSantiago»,ylosdatosproporcionadosporMauricio Montecinos y Rodrigo Quijada de Ciudad Viva, en lo relativo a la participación ciudadana en obrasconcesionadasyconbaseensuexperienciaenlaconcesióndelSistemaOriente-Poniente. No voy a dejar tampoco de agradecer los comentarios y la ayuda desinteresada que prestara el profesor Luis Cordero, en lo relativo al tratamiento del principio de control administrativo pro- piamente tal, la conversación con Dolores Rufián, autora del Manual de Concesiones de Obras Públicas, ni los contactos con el profesor y ex Ministro de Obras Públicas Eduardo Bitrán, en lo relativo al control financiero de las concesiones y la influencia en su control de la LOAFE. AgradezcotambiénalaDivisióndeInfraestructurayRegulacióndelaContraloríaGeneraldela República,enparticularalaAbogadaJefedelDepartamentodeContratosdeConcesióndeObras Públicas, doña Isabel Fernández, quien aclarara la postura de Contraloría General de la Repú- blica sobre el control del contrato de concesión, y me permitiera contactarme con la Subdivisión deAuditoríadedichaDivisión. Finalmente, quiero agradecer a los autores del software y de las plantillas utilizadas en este tra- bajo.EstamemoriafueíntegramenterealizadaconSoftwareLibre,untipodeprogramascompu- tacionalesquerespetalalibertaddelosusuariosparasuestudioymodificación,yqueescoherente ensuespírituconlosprincipiosdeservicialidadydetransparenciaquegobiernanelejerciciode la función pública. Ello no habría sido posible sin la colaboración de Sebastián Kreft, del De- partamento de Ciencias de la Computación de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Chile, quien me proporcionara las plantillas LATEX necesarias para el desarrollo de este trabajo. TampocolohabríasidosinelequipodetrásdelprocesadordedocumentosestructuradosLYX. I Índice. 1. Elcontrol. 1 1.1. Elconceptodecontrol. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2 1.2. Elcontroldentrodelasorganizaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 1.2.1. Elcontrolinterno. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7 1.2.2. Elcontroldegestión. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9 1.2.3. Auditoría. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12 1.3. Recapitulación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 2. ElEstado. 18 2.1. Elestadoautocrático. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19 2.2. LosfinesdelosEstadosdemocráticosdederecho. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20 2.2.1. Policydetermination. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24 2.2.2. Policyexecution. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24 2.2.3. Policycontrol. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25 2.3. LosobjetivosdelEstadodeChile. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25 2.3.1. Elprincipiodesubsidiariedad. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28 2.3.2. Elprincipiodejuridicidad. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32 2.3.3. Elrespetoalosderechosfundamentales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37 2.3.4. Elprincipiodemocráticoylaparticipaciónpopular. . . . . . . . . . . . . . 38 2.3.5. Elprincipiodeprobidadytransparenciadelafunciónpública. . . . . . . . 39 2.3.6. Elprincipiodeservicialidad. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 41 2.4. LaestructuraorgánicadelEstado. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42 II 3. ElcontrolenelEstado. 45 3.1. Unintentodeintegración.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47 3.2. LaAdministracióndelEstado. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50 3.3. SistemasdecontrolenlaAdministración. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53 3.3.1. Consagraciónconstitucionaldelossistemasdecontrol. . . . . . . . . . . . 55 3.3.2. Actosdecontrol. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60 3.4. ClasificacionesdelcontrolenelEstado. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 64 3.5. Primeraclasificación:Materia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 69 3.5.1. Controldejuridicidad. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70 3.5.2. Controldemocrático. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 86 3.5.3. Controlinternoyauditoríainterna. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 101 3.5.4. Controldegestiónyauditoríadegestión. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 120 3.6. Segundaclasificación:Naturalezaorgánica. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 136 3.6.1. Controlinterno. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 137 3.6.2. Controlexterno. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 138 3.7. Terceraclasificación:Momentodelcontrol. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 146 3.7.1. Controlpreventivo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 146 3.7.2. Controlconcomitante. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 147 3.7.3. Controlaposteriori. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 147 3.8. Cuartaclasificación:Órganocontralor. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 147 3.8.1. Controlparlamentario. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 148 3.8.2. Controljurisdiccional. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150 3.8.3. Controladministrativo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 153 III 4. Laconcesióndeobrapública. 155 4.1. Asociacionespúblico-privadas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 156 4.1.1. Contratosadministrativosdeprestacióndeservicios. . . . . . . . . . . . . 160 4.1.2. Contratosdeadministración. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 160 4.1.3. Contratosdeadministracióndelegadayleasing. . . . . . . . . . . . . . . . 161 4.1.4. Concesióndeserviciopúblico. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 162 4.1.5. EsquemasDBFO,BOT,yanálogos.Contratoyconcesióndeobrapública. 162 4.1.6. Jointventures. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 164 4.2. Loscontratosadministrativos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 164 4.2.1. Lalicitaciónpública. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 168 4.2.2. Otrosprocedimientosdecontrataciónadministrativa. . . . . . . . . . . . . 176 4.2.3. Objetodelcontrato. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 181 4.2.4. Potestadesexorbitantes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 182 4.2.5. Extincióndelcontratoadministrativo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 187 4.3. Laconcesióndeobrapúblicapropiamentetal. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 188 4.3.1. Fasedeplanificación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 194 4.3.2. Fasedepreparaciónoproposición. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 218 4.3.3. Fasedelicitación.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 226 4.3.4. Iniciodelaconcesión. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 241 5. Elprincipiodecontroldurantelavigenciadelcontratodeconcesión. 245 5.1. LaInspecciónFiscal. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 248 5.1.1. ElInspectorFiscal. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 249 5.1.2. LaAsesoríaalaInspecciónFiscal. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 252 5.1.3. Funcionescomunes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 264 5.1.4. FuncionesdelaInspecciónFiscaldelaetapadeconstrucción. . . . . . . . 283 IV 5.1.5. FuncionesdelaInspecciónFiscaldelaetapadeexplotación. . . . . . . . . 313 5.2. DirecciónGeneraldeObrasPúblicas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 322 5.2.1. Planificaciónypreparacióndelaconcesión. . . . . . . . . . . . . . . . . . 328 5.2.2. Licitacióndelaconcesión. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 329 5.2.3. Etapasdeconstrucciónyexplotación:elprocedimientosancionatorio. . . . 329 5.3. Controldejuridicidad. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 335 5.4. Controldemocrático. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 339 5.4.1. ConsejodeConcesiones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 340 5.4.2. Participaciónciudadana. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 342 5.4.3. Controlparlamentario. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 344 6. Visióncríticadelsistemadecontroldeloscontratosdeconcesionesdeobraspúblicas.346 6.1. Casosíndice. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 353 6.1.1. CentrodeJusticiadeSantiago.CasoAireAcondicionado. . . . . . . . . . 355 6.1.2. SistemaAméricoVespucioSur,Ruta78aAvenidaGrecia.CasoAutovías. . 361 6.1.3. SistemaOriente-Poniente:CostaneraNorteyAvenidaKennedy.CasoCiu- dadViva. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 369 6.1.4. Ruta5Sur,tramoSantiago-TalcayAccesoSuraSantiago. . . . . . . . . . 373 6.2. Propuestas de mejoría para el sistema de control del contrato de concesión. Con- clusiones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 383 6.2.1. Propuestainstitucional.SuperintendenciadeObrasPúblicas. . . . . . . . . 385 6.2.2. Propuestapropia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 389 Abreviaturas. 399 Bibliografía. 401 V Introducción. Hacia fines de los años 80, Chile tenía un déficit enorme en infraestructura. La carretera Longi- tudinal sólo tenía doble vía entre el norte de la Región Metropolitana y San Fernando, pasando muchasvecespordentrodelasmismasciudades.ElaeropuertoArturoMerinoBenítez,construido enladécadadelos60,simplementenoeraapropiadopararecibireltráficoaéreoqueporesosaños comenzabaallegardetodaspartesdelmundo,yloscaminostransversalesestabanmalmantenidos y,enmuchasocasiones,noerancaminospavimentados. El advenimiento de la democracia permitió dar a Chile la seguridad institucional necesaria para la ejecución de un ambicioso programa de concesiones de obras públicas, que le ha cambiado la cara a Chile. Una hermosa autopista Longitudinal conecta Chile desde La Serena hasta Puerto Montt. Modernos aeropuertos conectan a nuestras regiones, carreteras modernas engalanan a la ciudad de Santiago, acompañadas por autopistas transversales de gran factura que conectan cada regiónconsucostayconsucordillera.Nadadeellohabríasidoposible,entanpocotiempo,sinla intervenciónprivada. Luegodelfracasodelaprimeraconcesión,el«TunelElMelón»,elsistemadeconcesionesdeobra públicasupoaprenderdesuspropioserrores,ymejorar,hastaquesetransformó,enpocosaños,en la panacea para la renovación, primero, de la infraestructura pública, y luego, para la suscripción de contratos complejos que mezclaban la prestación de servicios privada con la construcción y mantenimiento de obras. El modelo de la concesión se empezó a utilizar para la construcción de obras cada vez más complejas, ya no sólo en cuanto a sus exigencias constructivas, sino en lo relativo a los servicios asociados a ellas, que serían prestados. El nuevo modelo de gestión se mostró exitoso en la concesión de los aeropuertos, y tal éxito impulsó al gobierno para iniciar planesdeconcesióndeinfraestructurapúblicamásambiciosos. Sin embargo, comenzaron a aparecer varios problemas. La falta de procedimientos y la poca cla- VI ridad de la regulación de los órganos que se encargaban de las concesiones hizo posible que el Estado, con la intención de construir obras, burlara la legislación vigente y se aprovechara de sus potestades discrecionales para licitar proyectos sin cumplir con requisitos mínimos de diseño. La construcción, por parte del Ministerio de Obras Públicas, de obras para otras reparticiones públi- cas con capacidad para gestionarlas, como el Ministerio de Justicia, originó fallas en el liderazgo estatalyprodujosobrecostosyunaclaridadnularespectoaquéycómosedebíaconstruir. El mal diseño de los proyectos por parte del Ministerio de Obras Públicas, acompañados por la faltadecontrolensuejecución,hangeneradomuchamásoposiciónanteelsistemadeconcesiones de obras públicas de la que deberían tener. Esto, sumado a los repetidos intentos del MOP por esquivarlalegislaciónambiental,hacreadoconflictosinnecesariosyhaencarecidodesobremanera proyectos que debían ser mucho más baratos. A su vez, la falta de una contabilización apropiada delosproyectosconstruidosbajoelsistemadeconcesionesdeobrapública,porpartedelEstado, hacausadoqueseaimposibledeterminarexactamentecuándoycómoconvienemásconcesionar, sustituyendodecisionestécnicasporlaarbitrariedadpura. Todo esto ocurre dentro de un marco normativo y orgánico que no resguarda de la arbitrariedad de la Administración, ni a los ciudadanos, que tienen como única defensa la movilización social, la protesta, y la parálisis de la obra cuando su concesión ya ha sido adjudicada, ni a los propios concesionarios,quehantenidocomoúnicorecursoparacontrarrestarladesigualdadasígenerada laComisiónArbitral,ylasindemnizacionesqueellahaexigidoalEstadoenarasderestablecerel muchasvecesquebrantadoequilibrioeconómicodelcontrato. El sistema de concesiones va a ser ampliado. La entrega en concesión de los hospitales públi- cos está en pleno proceso de licitación; se planea construir cárceles nuevas bajo el esquema de concesiones; y en el año 2013 se espera comience el plan de concesión de los establecimientos educacionales. Sin embargo, estos planes se encuentran amenazados por la carencia absoluta de informaciónrespectodeellosalaciudadanía,porlasfallasdediseñoprovenientesdelaausencia absolutaderevisiónindependiente,y,sobretodo,porlaescasarelevanciadelprincipiodecontrol dentrodelaAdministraciónestatalactual,quehacequelasconsecuenciasparalaAdministración deunaactuaciónantijurídicaseanescasas. Es ante esta situación, y ante la existencia de un proyecto de ley para reformar el control en las obraspúblicasque,amijuicio,vaenunadireccióncompletamenteerrónea,quehedecididollevar VII

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Al respecto, afirma que «si el fin más noble de la sociedad es alcanzar aquel estado que permita el Al estar la subrogancia definida en virtud de
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