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El derecho constitucional en la era de la ponderación PDF

128 Pages·2010·1.395 MB·Spanish
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El Derecho Constitucional en la era de la ponderación - 1 - - 2 - T. ALEXANDER ALEINIKOFF El Derecho Constitucional en la era de la ponderación Traducción: JIMENA ALIAGA GAMARRA Estudio preliminar y revisión de la traducción: CARLOS BERNAL PULIDO PALESTRA EDITORES LIMA – 2010 - 3 - CONSEJO EDITORIAL Owen Fiss Gustavo Zagrebelsky Robert Alexy Manuel Atienza José Juan Moreso COORDINADORES DE LA COLECCIÓN Pedro P. Grández Castro Óscar Súmar Albújar EL DERECHO CONSTITUCIONAL EN LA ERA DE LA PONDERACIÓN* T. Alexander Aleinikoff Palestra Editores SAC. Primera edición, noviembre 2010 * Traducción de: “Constitutional Law in the Age of Balancing”, publicado en Yale Law Journal, volumen 96, No. 5, 1987. QUEDA PROHIBIDA LA REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL DE ESTA OBRA SIN EL CONSENTIMIENTO EXPRESO DE LA EDITORIAL. © T. Alexander Aleinikoff © Copyright 2010: Palestra Editores S.A.C. Calle Carlos A. Salaverry 187 - Lima 18 - Perú Telefax: (511) 7197-626 / 7197-627 [email protected] www.palestraeditores.com © Copyright de la traducción: Jimena Aliaga Gamarra IMPRESIÓN Y ENCUADERNACIÓN: Grández Gráficos S.A.C. Mz. E Lt. 15 Urb. Santa Rosa de Lima Lima 39 - Perú DIAGRAMACIÓN Y PORTADA: Alan Omar Bejarano Nóblega Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú N° 2010-14676 ISBN: 978-612-4047-44-2 Proyecto Editorial Nº 31501221001005 Tiraje: 1000 ejemplares Impreso en el Perú / Printed in Peru - 4 - Contenido La ponderación en el Derecho Constitucional de los Estados Unidos y de Hispanoamérica Por Carlos Bernal Pulido ...................................................................... 7 I. Presentación general .................................................................... 7 II. Relevancia del texto de Aleinikoff para el mundo Hispanoamericano ....................................................................... 8 III. El estudio de las objeciones a la ponderación ............................. 14 IV. ¿De la ponderación al principio de proporcionalidad en los Estados Unidos? ................................................................. 17 Introducción ...................................................................................... 19 I. Defi nición y formas de la ponderación ....................................... 23 1.1. Defi nición .............................................................................. 23 1.2. Formas metafóricas ............................................................... 24 1.3. ¿Qué intereses son equilibrados? ......................................... 26 1.4. Ponderación “defi nitoria” y “ad hoc” .................................... 28 II. Los orígenes de la ponderación ................................................... 31 2.1. Un pasado sin ponderación .................................................. 32 2.2. El llamado a nuevas formas de interpretación constitucional ........................................................................ 38 - 5 - 2.2.1. Ámbito político............................................................. 38 2.2.2. Ámbito judicial ............................................................ 39 2.2.3. Ámbito académico ....................................................... 41 2.3. La ponderación y la jurisprudencia pragmática .................. 47 III. El crecimiento y la expansión de la ponderación ........................ 57 IV. Una crítica interna a la ponderación ........................................... 73 4.1. El problema de la evaluación y comparación ...................... 74 4.2. El problema de tener un universo de intereses .................... 81 4.3. El problema de la acumulación ............................................. 83 4.4. La falsa premisa de la ponderación defi nitoria .................... 84 4.5. El problema de la dicotomía estatal-individual ................... 88 V. La crítica externa a la ponderación .............................................. 93 5.1. El rol de la Corte .................................................................... 93 5.2. La concepción del Derecho Constitucional ......................... 97 5.3. Objetividad y pérdida de expresión ......................................1 07 VI. Derecho Constitucional en un mundo sin ponderación ............ 113 6.1. Sobre cómo la ponderación no es inevitable ....................... 113 6.1.1.L o no-absoluto necesita de la ponderación ......................... 113 6.1.2.T odo es ponderación ............................................................ 117 6.2. ¿Es acaso la ponderación irrazonable? ................................1 24 6.3. Alternativas............................................................................1 26 VII. Conclusión ....................................................................................1 29 Índice general ....................................................................................... 133 - 6 - Estudio Preliminar L                El derecho constitucional en la era de la ponderación    C B P I. PRESENTACIÓN GENERAL El opúsculo que el lector tiene en sus manos y que, con gran acierto editorial y empeño, Palestra pone a disposición del público de habla hispana, contiene uno de los ensayos más influyentes en el Derecho Constitucional norteamericano. Se trata de El Derecho Constitucional en la era de la ponderación. Este texto fue publicado de manera original como artículo en la prestigiosa revista de Derecho de la Universidad de Yale (Yale Law Journal), y su autor es T. Alexander Aleinikoff, uno de los constitucionalistas más relevantes de los Estados Unidos, quien, en la actualidad, es Decano del Centro de Estudios Jurídicos de la Universidad Georgetown de Washington. Este texto es uno de los estudios sistemáticos más completos acerca del uso de la ponderación en el Derecho Constitucio- nal de los Estados Unidos. Como tal, no sólo da cuenta del surgimiento de este concepto jurídico, de su evolución y de su auge, sino también de las críticas y los desafíos que ha supuesto, así como de sus límites, en particular, como instrumento me- - 7 - Carlos Bernal Pulido todológico para la aplicación de los derechos fundamentales contenidos en las enmiendas a la Constitución norteamericana. Tras una breve introducción, Aleinikoff estudia, en la primera parte, algunos de los diferentes conceptos de ponderación que han tenido más resonancia en la doctrina norteamericana, las clases de ponderación que allí se han propuesto (definitoria y ad hoc), y aborda el problema de cómo determinar cuáles son los intereses que se ponderan. En la segunda parte, el autor da cuenta de los orígenes de la ponderación en el panorama de la interpretación de la Constitución de los Estados Unidos y sus enmiendas, y, sobre todo, de las razones que llevaron a la Corte Suprema Federal a inclinarse por adoptar este método de apli- cación del Derecho. La tercera parte del artículo está dedicada a describir el crecimiento y la expansión de la ponderación a lo largo y ancho de la jurisprudencia de la mencionada Corte Suprema, atinente a todas las enmiendas de la Constitución americana. La cuarta y la quinta parte están dedicadas al examen de las críticas a la ponderación y a evaluar hasta qué punto ellas son plausibles. La última parte examina y refuta el argumento de que la ponderación es inevitable para la inter- pretación constitucional. II. RELEVANCIA DEL TEXTO DE ALEINIKOFF PARA EL MUNDO HISPANOAMERICANO Este trabajo es de vital importancia para los juristas hispa- noamericanos, en razón de la gran importancia que ha adquirido entre nosotros el principio de proporcionalidad, sobre todo, en lo que puede denominarse, la última era del constitucionalismo latinoamericano. En esta etapa, que comenzó en los albores de la década de los años 90, y que se extiende hasta nuestros días, se expidieron nuevas constituciones –o se aprobaron reformas constitucionales sustanciales– en los más representativos países de América Latina, en las que se introdujeron cartas de dere- chos fundamentales y se institucionalizaron sistemas de justicia constitucional concentrada. Estos sistemas, encabezados por cortes o tribunales, como el Tribunal Constitucional del Perú o - 8 - Estudio Preliminar la Corte Constitucional de Colombia, comenzaron a recurrir a metodologías de interpretación jurídica acuñadas en Norteamé- rica y en Europa, para interpretar los derechos fundamentales. Las tendencias provenientes de estos dos orígenes tienen un elemento en común: la ponderación. Por una parte, como sostiene Aleinikoff, la ponderación comenzó a desarrollarse, como método de interpretación y aplicación del Derecho, desde la década de los años 20 en la jurisprudencia constitucional de la Corte Suprema Federal de los Estados Unidos. A partir de allí, se difundió hasta convertirse en lo que es hoy día, a saber, un criterio esencial para la aplica- ción de todas las enmiendas a la Constitución norteamericana que establecen derechos fundamentales. Por otra parte, la ponderación también es un elemento del llamado principio de proporcionalidad, un concepto de procedencia germana que los tribunales constitucionales de América Latina han acogido. En concreto, este principio es un concepto que aparece en la jurisprudencia constitucional de Alemania, España y muchos otros países (lista en la que, aunque resulte un tanto paradójico, no se encuentra en Esta- dos Unidos), como criterio para determinar el contenido de los derechos fundamentales que resulta vinculante para los poderes públicos. El uso de este principio se ha ido extendiendo al examen de las intervenciones legislativas, administrativas y judiciales sobre todos los derechos fundamentales, en las que sobre todo su tercer elemento: la ponderación, se ha vuelto casi imprescindible. El principio de proporcionalidad está compuesto por tres subprincipios: el subprincipio de idoneidad, el subprincipio de necesidad, y la ponderación o subprincipio de proporcionalidad en sentido estricto. Cada uno de estos subprincipios expresa una exigencia que toda intervención en los derechos fundamentales debe cumplir. Tales exigencias pueden ser enunciadas de la siguiente manera1: 1 Ver sobre estos tres subprincipios: BERNAL PULIDO, C., El principio de proporcionalidad y los derechos fundamentales, Centro de Estudios - 9 -

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