1 DICCIONARIO DE LAT˝N JUR˝DICO 2 3 M E. B AR˝A ARBER˝A DICCIONARIO DE LAT˝N JUR˝DICO 2006 4 Barberia, Mar(cid:237)a Emma Diccionario de lat(cid:237)n jur(cid:237)dico - 1a ed. - Florida : Valletta Ediciones, 2006. 200 p. ; 23x16 cm. ISBN 950-743-273-6 1. Lat(cid:237)n Jur(cid:237)dico-Diccionario. I. T(cid:237)tulo CDD 470.3 : 340.3 Diagramaci(cid:243)n y armado - Sergio Gar(cid:243)falo 1ra edici(cid:243)n, marzo 2006 Hecho el dep(cid:243)sito que marca la ley 11.723 Derechos reservados Impresos en Argentina ' Valletta Ediciones S.R.L. Laprida 1780 (1602) Florida Prov. de Buenos Aires - Rep. Argentina Tel/Fax: 005411-4796-5244 / 4718-1172 E-mail: [email protected] www.vallettaediciones.com 5 PR(cid:211)LOGO Inserto dentro de la "Colecci(cid:243)n Diccionarios TemÆticos", presentamos una obra necesaria, singular y rica por su contenido. En su recorrido, los vocablos y aforismos latinos mÆs importantes aparecen explicitados en forma clara y simple. Obviamente, no figuran la totalidad de las palabras, tØrminos y expresiones jur(cid:237)dicos de origen latino. Pero s(cid:237), las acepciones mÆs œtiles, comunes y relevantes utilizadas en el lenguaje jur(cid:237)dico por profesionales, estudiantes y todos aquellos vinculados de alguna forma con esta lengua. El Editor 6 7 A A CONTRARIO SENSU: en senti- A POSTERIORI: despuØs de una do contrario. prueba o suceso. A FORTIORI: referido a los argu- A POTIORI: por lo mÆs fuerte o po- mentos, con mayor fuerza o ra- deroso. z(cid:243)n. A PRIORI: antes de una experien- A MAIORI AD MINUS: de mayor a cia o una prueba. menor. A QUO: del cual (se apela). u Ver A MINORI AD MAIUS: de menor Ad quem. a mayor. A SIMILI: por semejanza. A NON DOMINO: que algo provie- ne del que no es dueæo. AB ABSURDO: por el absurdo. A NOSTRO CONSPECTU: a AB ALIQUO SUMMAM GRATIAM nuestra vista. INIRE: lograr de otro el mÆs alto favor. A NOVO: de nuevo (se refiere a remitir un asunto a un nuevo tri- AB INITIO: desde el inicio. bunal). AB INTESTATO: sin testamento, A PARI: por igual. que no ha hecho testamento. AB IRATO 8 AB IRATO: con ira o c(cid:243)lera (se ABIRE IN CREDITUM: convertir aplica al acto guiado por la ira). en crØdito un monto adeudado por otro motivo. AB ORIGINE: desde el origen. ABIURATIO: abjuraci(cid:243)n, acci(cid:243)n y AB RE FRUMENTARIA: desde el efecto de abjurar. abastecimiento de trigo. ABIURO: renegar bajo juramento AB UNIVERSO POPULO: de en- de un compromiso o creencia tre todo el pueblo. que antes se hab(cid:237)a asumido o profesado. AB URBE CONDITA: desde la fun- daci(cid:243)n de la ciudad. ABNEPOS: bisnieto. AB UTRAQUE PARTE: de una y ABNEPTIS: bisnieta. otra parte o de ambas partes. ABORTIO: aborto provocado. AB UTROQUE LATERE: de uno y otro lado o por ambos lados. ABROGATIO: abrogaci(cid:243)n, acci(cid:243)n y efecto de derogar una ley o una ABALIENO: privar a alguien de al- norma. guna cosa. u Transferir a otro la propiedad de una cosa, ceder, ABROGATIS PARTE EN QUA: vender. por derogaci(cid:243)n parcial. ABDICATIO: acci(cid:243)n de renunciar ABROGO: derogar o abolir una ley a una cosa. o una norma. ABDICATIO TUTELAE: renuncia ABSENS: ausente, que estÆ lejos a la tutela, efectuada por el tutor de alguien o algo. u Que estÆ testamentario. exento de algo. ABDICO: renunciar a algo, por ejemplo, una funci(cid:243)n, dimitir. ABSOLUTIO: absoluci(cid:243)n. u Per- fecci(cid:243)n. ABHINC: a partir de este momento. ABSOLUTUS: terminado, perfec- ABIGEATUS: abigeato (robo de to. u Que forma por s(cid:237) mismo un ganado). todo. 9 ACTIO AD EXHIBENDUM ABSOLVO: absolver. u Terminar, ACCOMMODATIO: apropiaci(cid:243)n. concluir. u Adaptaci(cid:243)n, ajuste. ABSQUE ULLA CONDITIONE: sin ACCUMULO: acumular. u Au- ninguna condici(cid:243)n. mentar, agregar una cosa a otra. ABSURDUS: que no tiene senti- ACCURATE: con cuidado, cuida- do. u Arbitrario, contradictorio. dosamente. ACCEPTILATIO: remisi(cid:243)n solem- ACCURATUS: se aplica a lo que ne de una deuda. u Forma de estÆ hecho con cuidado. extinci(cid:243)n de las obligaciones ver- bales. ACCUSO: acusar, incriminar a al- guien ante la justicia. ACCEPTIO: recepci(cid:243)n o acepta- ci(cid:243)n de algo. ACERBITAS: calamidad, desgra- cia. ACCEPTUM: lo recibido. u Ano- taci(cid:243)n contable. ACERBUS: se aplica al acto o al carÆcter cruel, impiadoso. ACCESSIO: accesi(cid:243)n (manera ori- ginaria de adquirir una propiedad ACERVATIO: acci(cid:243)n de acumular. cuando una cosa accesoria aje- na se aæade a una principal y ACERVUS: conjunto de bienes ambas constituyen un œnico acumulados por tradici(cid:243)n o he- cuerpo). rencia. ACCIDENTALIA NEGOTII: clÆu- ACTA: hechos. u Cosas tratadas. sulas accidentales del negocio. u Actos pœblicos. ACCIPERE IUDICIUM: aceptar el ACTIO: acci(cid:243)n de un magistrado demandado el juicio en un acto en el ejercicio de sus funciones. procesal. u Acto de demandar ante un ma- gistrado para iniciar un proceso. ACCIPIENTIS: de quien recibe. u Discurso judicial. ACCIPIO: recibir, aceptar algo. u ACTIO AD EXHIBENDUM: acci(cid:243)n Tomar una cosa en buena o en para exigir que se exhiba o mues- mala parte. tre una cosa.