E SIS1T7E.R 1L4A0 d sET EA THERBA. i sT EC, E O I G P E A Vr gagrimirda | Año CVIÍI - N* 28.385 - Montevideo, miércoles 4 de enero de 2012 SIS ESLOX>-DÓÓÓ O IO OI:)>)-:OgO>g:sp> >>O gOgq:-pgog>OOIgg>gIg:->OgggO>gqgOgq:s->gsyg>g>: >O>g>: OO gg: Ogg OOO OS S Convocatorias Pág. 20 PODER EJECUTIVO Disolución y Liquidación de Sociedades Conyugales Pág. 20 Disoluciones de Sociedades PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Comerciales Pág. 20 o ] o o ! _ . , 1 - Resolución 625/011.- Desígnase Ministro interino de Trabajo y Emplazamientos Pág. 20 Z Expropiaciones Pág. 20 Seguridad Social. (2.22 icionniniconiinniarnccrrrerrnos Pág. 9 Licitaciones Pág. 21 Edictos Matrimoniales A Zoro Sociedades de Responsabilidad Limitada Pág. 24 MINISTERIO DEL INTERIOR Venta de Comercios 009 25 2 - Resolución 637/011.- Amplíase la Licitación Pública Internacional Varios o 09: 25 N* 6/2011, relativa al “Suministro de calzado con destino a la Policía Sociedades Anónimas y Balances Pág. 28 ON , ) Tarifas Pág. 30 Nacional”. (2.293) coccncocccnonoonnccnccononnann cnnnnnnanna cnnarc nnnnnaannn ns Pág. 5 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS 3 - Resolución S/n.- Subdelégase en el Director General de Rentas, o quien haga sus veces, la competencia dispuesta por la Resolución del Poder Ejecutivo 387/991. (ROGAR) coccion ccoo nr rr rr rr rr Pág. 6 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES 4 - Resolución 629/011.- Establécese el Consulado de Distrito 106 años de la República en la ciudad de Poznan, República de Polonia. nuevo diseño A Pág. 6 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA 5 - Resolución 634/011.- Desestímanse las solicitudes para la prestación del servicio de radiodifusión comunitaria. OS (BLOOR) rccocccccnnconcn ccoo cancion cnn n rn nn non nr canon nr ran nrrnnrnnnciss Pág. 6 Editado por la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales - IM.P.O. Av. 18 de Julio 1373, Montevideo, Urugu/a Tyel s. 2908 5042 — 2908 5276 — 2908 5180 — 2908 4923 / www.impo.com.uy / impoQimpo.com.uy. DIRECTOR GENERAL: Sr. Gonzalo Reboledo (greboledoQimpo.com.uy) GERENTE GENERAL: Cr. Héctor Tacón Ambroa (htaconQimpo.com.uy) DIRECTORES DE ÁREA: Administración: Cr. Mauricio Gargano (mgarganoQimpo.com.uy) — Producción: Sr. Héctor López Millot (hlopezQimpo.com.uy) Difusión y comercialización: Sr. Álvaro Rak (arakQimpo.com.uy) — Banco de datos: Esc. Mónica Camerlati (mcamerlatiQimpo.com.uy) — Servicios de apoyo: Sr. Hugo Pereyra. SECTORES: Avisos (avisosQimpo.com.uy) — Documentos (documentos impo.com.uy) — Procesos de Edición (proedicionQimpo.comu.y ) Expedición y Stock (expedicionOimpo.com. uy) — Productos y Servicios (informacionesOimpo.com.uy) — Gestión de Proyectos y Comunicación (comunicacionQimpo.com.uy) CENTRO DE CÓMPUTOS: Datalogic Ingenieros S.R.L. (computosQimpo.com.uy). IMPRESIÓN: IMPRESORA POLO S.A. (Licitación Pública N* 01/09) Dep. Leg. 332.175 - Edición amparada en el Dec. N* 218/996 - Comisión del Papel E E D o) P . e. o. . NEP tario ica! Miembro de la Red de Diarios Oficiales Americanos NEDNROA de la República Oriental del Uruguay 4 Índice MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS GOBIERNOS DEPARTAMENTALES PÚBLICAS INTENDENCIAS 6 - Resolución 633/011.- Apruébase la Resolución del Directorio de INTENDENCIA DE CANELONES la ANP 455/3.608, por la que se inhabilita a la empresa PORTACOR 7 - Resolución 6.637/011.- Actualízanse las tasas, tarifas y precios S.A., a cumplir servicios en los Puertos de Montevideo, Fray Bentos por el uso y/o aprovechamiento de los bienes y servicios municipales, y Nueva Palmira. (2.289) .ococcococonanonnononenencnnninnnnninanoanaorn no no Pág. 8 a partir del 1? de enero de 2012. (2.314R h)o oocicinincocacnnnnnonono Pág. 9 - CÓDIGO CIVIL (Incluye Apéndice Normativo) LibTO ..ooooccnncccnnnnccnnonocannonn rnoro annanaonnannn noocrn nnannnrconna nnrnc noannnnnccnnoc an ose nana anar anenn an on arena enn nnan an nnnanan nn n neon an ana nn ana nan anni ca rar anar rraranans $ CD incccoccnonnnnnonnnnnonnnncoconroonna nornnnonc nncnr aanann onr nonocanr rnnnnoa nrocr nnnnanoan ns enn ananane nn DR an Ona an On Onene nn arena nene nnonan nie nnon arena anar nnan enn ranar anna rananoss $ - CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO LibTO ..ooooccnncccnnnnccnnonocannonn rnoro annanaonnannn noocrn nnannnrconna nnrnc noannnnnccnnoc an ose nana anar anenn an on arena enn nnan an nnnanan nn n neon an ana nn ana nan anni ca rar anar rraranans $ CD incccoccnonnnnnonnnnnonnnncoconroonna nornnnonc nncnr aanann onr nonocanr rnnnnoa nrocr nnnnanoan ns enn ananane nn DR an Ona an On Onene nn arena nene nnonan nie nnon arena anar nnan enn ranar anna rananoss $ - CÓDIGO DE COMERCIO LibTO ..ooococcnonoconinncannnonnnocnnacrn nnnannaorocnnan ncoannann nnroo nncc nnnar onncannncnnno n os Porron rr rro rr crn corno cn nero acero ro rorororcccccocococosos... $5 CD cnccncccnonnnnnonnnnonnoc nrocnono nnn onnnannn ccannonnr c annann rnor nnnaora nranno narcnanannn os RT RS A CR $ - CÓDIGO TRIBUTARIO LibTO ..ooococcnonoconinncannnonnnocnnacrn nnnannaorocnnan ncoannann nnroo nncc nnnar onncannncnnno n os Proodeo rc orcos o cea a cdrodee cc cc easdrococororcrrcrcc cada cc cae $ CD cnccncccnonnnnnonnnnonnoc nrocnono nnn onnnannn ccannonnr c annann rnor nnnaora nranno narcnanannn os eroninadocccrorocecador dedo cc coc aaao dado ceda ae odenddo oc crcrcrrcrcocdrrscoc oros. $ - CÓDIGO PENAL LibrTO..oooocccocnnacnconnanon ooo nnonnonnooononnonnoncnnnnn nnonnonc no cnoon cnnnnn ocoonn ononn osA A O A A $ CD encnnccnnononononnnanncconnnonnonn oonnnn oonnon on rnono ncc oon nonnoronnnano nonnoon cnoonnan n O A A A A $ - CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA (Ley N* 17.823) LibrTO..oooocccocnnacnconnanon ooo nnonnonnooononnonnoncnnnnn nnonnonc no cnoon cnnnnn ocoonn ononn osO A A A A A $ CD encnnccnnononononnnanncconnnonnonn oonnnn oonnon on rnono ncc oon nonnoronnnano nonnoon cnoonnan n OI A A $ - CONSTITUCIÓN NACIONAL (Con enmiendas Plebiscitos 1989, 1994, 1996 y 2004) - LEY DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA.DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACION DEL TERRORISMO (Ley:N*17.835 y normas complementarias) AAAA A A a ai A $ - NORMAS ARANCELARIAS DEL MERCOSUR (Decreto N* 642/006) (Arancel Externo Común, Lista de Excepciones, Nomenclaturas Arancelarias y otras relacionadas) - NUEVO SISTEMA TRIBUTARIO CD eoconinincnotrc din dnadn nednennh nman nnsnn oiran nnnnnncannn ancnonn eno rnr nnacoaca nos AAA $ - ORDENANZA BROMATOLÓGICA MUNICIPAL (IMM) (Decreto N? 27.235) A AS A $ - PRESUPUESTO NACIONAL - período 2010 - 2014 (Ley N* 18.719) NAAA A A AAA AAA A AA $ - RÉGIMEN JURÍDICO DE LA ADMINISTRACIÓN (Normativa de la Administración Central, Descentralizada por Servicios y Persenas de:Derecho:Público No Estatales) A AAA A A $ - REGLAMENTO BROMATOLÓGICO NACIONAL (Decreto N? 315/994 - incluye Apéndice Normativo) A AAA AA AA $ IA A A AAA $ - TOCAF 1996 - TEXTO ORDENADO DE CONTABILIDAD Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA (Decreto N*194/997 - incluye Apéndice Normativo) LIBRO oooccccccncnonononnonorinancnncnacancanonncnnonnonnonornonaoncn rnaacnn necraonccnanno n AAA $ Documentos 5 E RS AS 3 SSI S 9 N lp E OT RSS S ye SNS Precio Plaza; y R3) 70 pares de botas caña larga de montar (Guardia PODER EJECUTIVO de Granaderos), a un precio unitario de $ 5.851,58 (pesos uruguayos PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA cinco mil ochocientos cincuenta y uno con cincuenta y ocho), y a un 1 precio total de $ 409.610,60 (pesos uruguayos cuatrocientos nueve mil seiscientos diez con sesenta) Precio Plaza. El total adjudicado a la firma Resolución 625/011 TAXTONS.A,, asciende a la suma de $ 31.497.205,60 (pesos uruguayos treinta y un millones cuatrocientos noventa y siete mil doscientos cinco con sesenta) Precio Plaza. II) Que a fin de satisfacer las necesidades del servicio y teniendo en consideración la disponibilidad presupuestal, es necesario ampliar PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA la Licitación a la firma TAXTON S.A. R.U.T. N* 212 671 470 015, hasta 23.000 pares de calzado ejecutivo, a un precio unitario de $ 1.192,39 Montevideo, 9 de Diciembre de 2011 (pesos uruguayos mil ciento noventa y dos con treinta y nueve) Precio Plaza, lo que hace un total de $ 27.424.970 (pesos uruguayos veintisiete VISTO: que el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Don millones cuatrocientos veinticuatro mil novecientos setenta) Precio Eduardo Brenta habrá de trasladarse al exterior en Misión Oficial. Plaza. RESULTANDO: que el señor Ministro estará ausente del país a III Que a fojas 255 consta conformidad de la empresa adjudicataria partir del día 11 de diciembre de 2011. para la presente ampliación. CONSIDERANDO: que corresponde por lo tanto designarle un IV) Que la erogación resultante que asciende a la suma de $ sustituto temporal por el período que dure su misión. 27.424.970 (pesos uruguayos veintisiete millones cuatrocientos veinticuatro mil novecientos setenta) Precio Plaza, se atenderá con ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 184 de la Constitución de cargo al Inciso 04, Unidad Ejecutora 001, Programa 460, Objeto del la República. Gasto 122, Financiaciones 1.1 y 1.2, Código SIR N*04001121520031854, según Autorizaciones para Gastar Nros. 2020 y 2021, las que lucen EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA a fojas 258 y 259 respectivamente, de donde surge que existe disponibilidad del crédito. RESUELVE: CONSIDERANDO: Que se ha cumplido con los requisitos 1*.- Desígnase Ministro interino de Trabajo y Seguridad Social, a establecidos en el Decreto N* 194/997 de fecha 10 de junio de 1997 partir del día 11 de diciembre de 2011 y mientras dure la ausencia del (T.O.C.A.F. 1996). titular de la Cartera, al señor Subsecretario Dr. Nelson Loustanau. ATENTO: a lo expuesto; 2".- Comuníquese, etc. JOSÉ MUJICA, Presidente de la República. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE: MINISTERIO DEL INTERIOR 2 1%.- AMPLÍASE la Licitación Pública Internacional N2 6/2011 Resolución 637/011 relativa al “Suministro de calzado con destino a la Policía Nacional” en 23.000 pares de calzado ejecutivo, a la firma TAXTON S.A., R.U.T. N*212 671 470 015, a un precio unitario de $ 1.192,39 (pesos uruguayos Amplíase la Licitación Pública Internacional N* 6/2011, relativa al mil ciento noventa y dos con treinta y nueve), lo que hace un total “Suministro de calzado con destino a la Policía Nacional”. de $ 27.424.970 (pesos uruguayos veintisiete millones cuatrocientos veinticuatro mil novecientos setenta) Precio Plaza. (2.293*R) 2*.- La erogación resultante que asciende a la suma de $ 27.424.970 MINISTERIO DEL INTERIOR (pesos uruguayos veintisiete millones cuatrocientos veinticuatro mil novecientos setenta) Precio Plaza, se atenderá con cargo al Inciso Montevideo, 20 de Diciembre de 2011 04, Unidad Ejecutora 001, Programa 460, Objeto del Gasto 122, Financiaciones 1.1 y 1.2, Código SIR N* 04001121520031854, según VISTO: la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 25 de julio de Autorizaciones para Gastar Nros. 2020 y 2021, las que lucen a fojas 2011. 258 y 259 respectivamente, de donde surge que existe disponibilidad del crédito. RESULTANDO: l) Que por el referido acto se adjudicó la Licitación Pública Internacional N*6/2011 relativa al “Suministro de calzado con 3".- PUBLÍQUESE, y pase a las Gerencias del Área Administrativa destino a la Policía Nacional”, de acuerdo al siguiente detalle: R1) (Departamento de Contaduría 4.01) para conocimiento, y del Área 26.000 pares de calzado ejecutivo, a un precio unitario de $ 1.192,39 Logística a fin de dar intervención previa a la Auditoría Delegada del (pesos uruguayos mil ciento noventa y dos con treinta y nueve), y a Tribunal de Cuentas de la República. Cumplido, siga a la última de un precio total de $ 31.002.140 (pesos uruguayos treinta y un millones las Gerencias citadas a fin de realizar la notificación que corresponda. dos mil ciento cuarenta) Precio Plaza; R2) 60 pares de botas media caña a un precio unitario de $ 1.424,25 (pesos uruguayos mil cuatrocientos Oportunamente, archívese. veinticuatro con veinticinco), y a un precio total de $ 85.455 (pesos JOSE MUJICA, Presidente de la República; EDUARDO BONOML. uruguayos ochenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y cinco) Za 7 N? 28.385 - ener4od e2 012 PIDO cial, 6 Documentos MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS jurisdicción, así como al afianzamiento de las relaciones comerciales, 3 culturales y turísticas entre ambos países; Resolución S/n CONSIDERANDO: que el gobierno de ese país ha brindado la anuencia correspondiente para la instalación de un Consulado de Distrito en dicha ciudad, conforme lo prevé el artículo 4? de la Subdelégase en el Director General de Rentas, o quien haga sus veces, la competencia dispuesta por la Resolución del Poder Ejecutivo 387/991. Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de fecha 24 de abril de 1963; (2.315*R) ATENTO: a lo informado por la Dirección de Asuntos Consulares MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS del Ministerio de Relaciones Exteriores; Montevideo, 13 de Diciembre de 2011 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA VISTO: los artículos 291 y 298 de la Ley N* 18.719 de 27 de RESUELVE: diciembre de 2010, que establecen un sistema de concursos de oposición y méritos para la provisión de las funciones de Encargados 1*.- Establécese un Consulado de Distrito de la República en la de Departamento y Sección de la Dirección General Impositiva.- ciudad de Poznan, República de Polonia, con jurisdicción sobre las provincias de Gran Polonia, Baja Silesia, Lebus y Opole. RESULTANDO: ]) que dichas normas fueron reglamentadas por el Decreto N* 242/011 de 8 de julio de 2011.- 2”.- Comuníquese, etc. JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; ROBERTO CONDE. ID) que para la implementación del procedimiento previsto por el referido Decreto, el Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros ha resuelto por Resolución N* 526/011 de 11 de octubre de 2011, facultar al Sr. Ministro de Economía y Finanzas a proceder a la subdelegación en el Director General de Rentas o quien haga sus MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y veces, de la competencia que fuera delegada por Resolución del Poder MINERÍA Ejecutivo N* 387/991 de 6 de junio de 1991, incorporada al Título 1 de la Resolución N* 13/993 de 12 de enero de 1993.- 5 Resolución 634/011 CONSIDERANDO: que resulta conveniente el ejercicio de la facultad otorgada, por lo que es necesario el dictado de la presente a efectos concretar la subdelegación en el Director General de Rentas o Desestímanse las solicitudes para la prestación del servicio de quien haga sus veces.- radiodifusión comunitaria. ATENTO: a lo expuesto; (2.290*R) EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA en ejercicio de las atribuciones delegadas, Montevideo, 19 de Diciembre de 2011 RESUELVE: 1*.- Subdelégase en el Director General de Rentas o quien haga sus VISTO: lo dispuesto por la Ley N* 18.232 de 22 de diciembre de veces la competencia delegada por Resolución del Poder Ejecutivo N* 2007, que crea el Servicio de Radiodifusión Comunitaria; 387/991 de 6 de junio de 1991, incorporada al Título I de la Resolución N* 13/993 de 12 de enero de 1993.- RESULTANDO: ]) que en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 20* de la citada ley, la URSEC realizó un Censo Nacional 2”.- Comuníquese, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la de Radios Comunitarias de carácter voluntario, presentándose en el página web de la Dirección General Impositiva. Cumplido, archívese.- mismo determinados interesados; FERNANDO LORENZO. II) que luego de formalizados los respectivos expedientes con cada una de las propuestas presentadas en el censo, los mismos MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES fueron remitidos a consideración del Consejo Honorario Asesor de 4 Radiodifusión Comunitaria, creado por los artículos 15? y siguientes de Resolución 629/011 la referida Ley N* 18.232, reglamentado por Decreto N* 208/008 de 14 de abril de 2008 y cuyos integrantes fueron designados por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 9 de junio de 2008; Establécese el Consulado de Distrito de la República en la ciudad de Poznan, República de Polonia. CONSIDERANDO: ]) que el Consejo Honorario Asesor de (2.221*R) Radiodifusión Comunitaria, en cumplimiento de sus cometidos, ha informado que determinados interesados participantes del censo de MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES radiodifusión comunitaria, no cumplieron con los requisitos que la Ley N* 18.232 exigía para regularizar sus situaciones; Montevideo, 9 de Diciembre de 2011 II) que la URSEC confirió vista de lo actuado, de acuerdo a lo VISTO: que sería de interés para la República contar con una dispuesto por el Decreto N* 500/991; Oficina Consular en la ciudad de Poznan, República de Polonia, con jurisdicción sobre las provincias de Gran Polonia, Baja Silesia, Lebus IID que los interesados se presentaron y en su mayoría evacuaron y Opole; la vista conferida; RESULTANDO: que la existencia de la misma habrá de contribuir IV) que analizada la nueva información aportada, el Consejo al apoyo de los ciudadanos uruguayos que se encuentren en su Honorario concluyó que no se cumplían las condiciones establecidas en IRRERRRsAE]R SELS:o ]o Y = EESS S S, Z o N 00 W 00 ul o 5 149) 3 Ph o 149) N e N Documentos 7 los artículos 4, 8 y 20 de la Ley N* 18.232 para otorgar la regularización EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA solicitada; RESUELVE: V) que conforme a lo establecido por el artículo 94 de la Ley N* 1*.- Desestimánse las solicitudes para prestar el servicio de 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por el artículo radiodifusión comunitaria, presentadas por los interesados que figuran 147 de la Ley N* 18.719 de 27 de diciembre de 2010, es competencia en el Anexo 1 del presente acto administrativo y que forma parte del del Poder Ejecutivo todo lo atinente al otorgamiento o rechazo de las mismo, por no cumplir con los requisitos que la Ley N* 18.232 exige autorizaciones del servicio de radiodifusión; para regularizar sus situaciones. 2”.- Determinase que los interesados deberán cesar las emisiones VI) que se ha conferido a los administrados, las garantías del debido inmediatamente después de notificada o publicada la presente procedimiento administrativo; resolución, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones dispuestas en el artículo 4? del Decreto Ley N* 14.670 de 23 de junio de 1977 y el VID) que, conjuntamente con la consideración de solicitudes artículo 89 de la Ley N* 17.296 de 21 de febrero de 2001. de regularización presentadas en los Departamentos de Rocha, 3*.- Establécese que las referidas denegatorias no impiden que Maldonado y Florida, se dispondrá la realización de un llamado los oferentes puedan reformular sus propuestas, presentándose en público a interesados en la prestación del servicio de radiodifusión futuros Llamados Públicos a interesados en prestar el servicio de comunitaria en localidades de los citados Departamentos; radiodifusión comunitaria. VIID) que, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 6* y 132 4*.- Cométese a la Unidad Reguladora de Servicios de de la ley N* 18.232 citada, el Poder Ejecutivo asignará, al menos una Comunicaciones, la realización de los Llamados Públicos para frecuencia por Departamento para ser utilizada en forma compartida, interesados en la explotación de frecuencias para la prestación del servicio de radiodifusión comunitaria en las localidades que se detallan al Ministerio de Educación y Cultura; en el Anexo II del presente acto administrativo. ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la 5%.- Adjudícase a la Dirección de Cultura del Ministerio Ley N* 18.232 de 22 de diciembre de 2007, los artículos 70 y siguiente de Educación y Cultura, para la prestación del servicio de de la Ley N* 17.296 de 21 de febrero de 2001, en el artículo 147 de la radiodifusión comunitaria en los términos establecidos por el Ley N* 18.719 de 27 de diciembre de 2010, el Decreto N* 208/008 de artículo 13* de la Ley N* 18.232, las frecuencias con los parámetros 14 de abril de 2008, la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 9 de técnicos establecidos, que se detallan en el Anexo III del presente acto administrativo. junio de 2008 y a lo informado por el Consejo Honorario Asesor de Radiodifusión Comunitaria, la Unidad Reguladora de Servicios de 6*.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese. Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; ROBERTO Ministerio de Industria, Energía y Minería; KREIMERMAN. ANEXO I LOCALIDAD 4,5 1 FLORIDA 637 25 DE MAYO 730 FLORIDA CERRO COLORADO 7]793 | : ADO 4,5 6 MALDONADO MENDEZ GUERRA, ANSELMO LEONIDES/ATLANTICA 98.5 (SAN 4,8 5 SAN CARLOS MALDON CARLOS) INES | ADO 581 PRESA, SANDRA Y OTROS/ARCO IRISI 99.3 (MALDONADO) MALDONADO MALDON CLUB DEPORTIVO, MALDONADO/LA CIEN RADIO 100.1] MALDONADO MALDO 586 N (MALDONADO) a] ] ADO 612 STARTARL PABLO/LA ROCA FM 99.5 (MALDONADO) MALDONADO MALDON 627 BAEZ, CLAUDIA Y TECHERA, PIEDAD/MUSICALISIMA 91.1 MALDONADO MALDONNA DO (MALDONADO) PAN DE AZUCAR IS 629 só] | ADO o]646 7 MALDONADO ADO 7] : PIRIAPOLIS ADO es717] | MALDONADO ADO 765 MALDONADO E ASAMBLEA DE DIOS MISIONERA/PALABRA EN ACCION| MALDONADO MALDONA ll 828 (MALDONADO) 4 27 SULE OSVALDO (NATURAL EM 107.3 -C EBOLLATI -R OCHA) ROCHA ROCHA 684 SANCHEZ VALIERO, CARMEN/ESPERANZA VIVA 94.1 (ROCHA) ROCHA ROCHA NS804 IGLESIA EVANGELICA ASAMBLEA DE DIOS/RADIO RIO DE VIDA CHUY ROCHA 105.5 (CHUY) Documentos ANEXO Il! LLAMADO PÚBLICO DEPARTAMENTO LOCALIDAD pooMa s | MALDONADO PAN DE AZÚCAR 281 283 MALDONADO MALDONADO 245 IEC ROCHA CASTILLOS ANEXO TI MEC PER HMA DEPARTAMENTO LOCALIDAD CANAL (mn) MALDONADO SAN CARLOS 212 FLORIDA MENDOZAGRANDE 214 FLORIDA LA CRUZ 212 FLORIDA CERRO COLORADO 259 266 218 217 226 MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PUBLICAS RESUELVE: 6 Resolución 633/011 1*.- Apruébase, en todos sus términos, la Resolución de Directorio de la Administración Nacional de Puertos N* 455/3.608 de 13 de setiembre de 2011, por la cual se inhabilita a la empresa PORTACOR S.A., a cumplir servicios en el Grupo “A la Mercadería” en las categorías Apruébase la Resolución del Directorio de la ANP 455/3.608, por la que “Empresas Estibadoras de Carga General” y “Empresas Prestadoras de se inhabilita a la empresa PORTACOR S.A., a cumplir servicios en los Servicios Varios y Conexos a la Mercadería, Mano de Obra o Equipos” Puertos de Montevideo, Fray Bentos y Nueva Palmira. en los Puertos de Montevideo, Fray Bentos y Nueva Palmira. (2.289*R) 2*.- Comuníquese y vuelva a la referida Administración Nacional, a sus efectos. MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS JOSE MUJICA, Presidente de la República; ENRIQUE PINTADO. Montevideo, 19 de Diciembre de 2011 VISTO: estos antecedentes relacionados con la gestión promovida ¿NP por la empresa PORTACOR S5.A., ante la Administración Nacional DEPARTAMENTO SECRETARÍA de Puertos, solicitando su inhabilitación como empresa operadora GENERAL de servicios portuarios y su correspondiente anotación en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios. ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE PUERTOS HISTORIA Y FUTURO DEL PAi5 RESULTANDO: D que por resoluciones del Poder Ejecutivo de fechas 28 de febrero de 1996, 26 de abril de 2000 y 2 de mayo de 2005, se autorizó y amplió, a la citada firma, para cumplir servicios en el Grupo 111531 “A la Mercadería” en las categorías “Empresas Estibadoras de Carga R. Dir. 455/3.608 General” y “Empresas Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la OT/mt Mercadería, Mano de Obra o Equipos” en los Puertos de Montevideo, Fray Bentos y Nueva Palmira. Ref: PORTACOR S.A. (N* DE REGISTRO 55376). SOLICITA SU INHABILITACION COMO EMPRESA OPERADORA II) Que la empresa fue suspendida a partir del 16 de junio de DE SERVICIOS PORTUARIOS Y DEVOLUCION GARANTIAS. INHABILITAR. 2008, según lo informado por la División Desarrollo Comercial del mencionado Ente. Montevideo, 13 de setiembre de 2011. TIT) Que la precitada Administración, a través de la Resolución de su Directorio N* 455/3.608 de 13 de setiembre de 2011, procedió VISTO: a inhabilitar a dicha empresa, supeditado ello a la aprobación del La nota presentada por la empresa PORTACOR S.A. (N* de Poder Ejecutivo. Registro 55376) solicitando su inhabilitación como Operador Portuario y la devolución de las garantías oportunamente depositadas a favor TV) Que la División Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría de la ANP. Letrada) y la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo) del Ministerio de Transporte y Obras RESULTANDO: Públicas, no formulan objeciones al respecto. I. Que la División Desarrollo Comercial informó que la citada ATENTO: a lo expuesto. empresa fue suspendida a partir del 16 de junio de 2008. IRRERRRsAE]R SELS:o ]o Y = EESS S S, Z o N 00 W 00 ul o 5 149) 3 Ph o 149) N e N Documentos 9 TI. Que la referida empresa se encuentra habilitada por Resolución ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo que dispone el del Poder Ejecutivo N* 183/96 de fecha 28/02/1996 para cumplir Artículo 275%, numeral 4* de la Constitución de la República y a lo servicios en el Grupo “A la Mercadería” en las categorías establecido por los Artículos 11* y 30* del Decreto 10/06 de la Junta “Empresas Estibadoras de Carga General” y “Empresas Departamental de Canelones: Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la Mercadería, Mano de Obra o Equipos” en los Puertos de Montevideo, Fray EL INTENDENTE DE CANELONES Bentos y Nueva Palmira. RESUELVE: III. Que por Resolución del Poder Ejecutivo N* 447/00 amplió en el Grupo “Al Buque” en la categoría “Amarre y Desamarre” para 1.- AJUSTAR las tasas, tarifas y precios por el aprovechamiento los puertos en que estaba habilitada y por Resolución del Poder y/o utilización de los bienes y servicios municipales a partir del 1* de Ejecutivo N* 668/05 amplió en el Grupo “A la Mercadería” en enero de 2012, según detalle inserto en archivo adjunto. la categoría “Empresas Estibadora de Graneles”. 2.- APLICAR los importes vigente a las tasas, tarifas y precios CONSIDERANDO: que no se modifican expresamente en esta Resolución, de acuerdo a listado anexado. Que de acuerdo a lo manifestado, corresponde proceder a la inhabilitación de la firma mencionada, así como a la anotación 3.- POR GERENCIA DE SECTOR DESPACHOS y ACUERDOS, respectiva en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios incorpórese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Junta Portuarios. Departamental de Canelones, circúlese, publíquese en el Diario Oficial y en la Página Web de la Comuna en Sección Tributos Municipales, ATENTO: siga a conocimiento de la Dirección General de Recursos Financieros. Cumplido, con sus constancias, archívese.- (FDO.) DR. MARCOS A lo expuesto. CARÁMBULA, Intendente; PROF. YAMANDÚ ORSIL, Secretario General. El Directorio en su Sesión 3.608, celebrada en el día de la fecha; RESUELVE: 1* Tasa de Servicios Administrativos Certificados y Testimonios emitidos por las Procédase a inhabilitar - supeditado a la aprobación del Poder Oficinas Municipales (excepto el Registro de Ejecutivo - a la empresa PORTACOR S.A. (N* de Registro Estado Civil) 55376) como empresa Operadora de Servicios Portuarios y por consiguiente su correspondiente anotación en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios. Notificar a la empresa la presente Resolución. Certificados y Testimonios emitidos por la Oficina Cumplido, pase a la Unidad Reguladora de Trámite a los efectos Municipal del Registro de Estado Civil de remitir las presentes actuaciones al Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Primera hoja y siguientes de los certificados Primera hoja y siguientes de los testimonios Vuelto, cursar al Área Comercialización y Finanzas para hacer efectiva la devolución de las garantías solicitadas. Sr. Juan José DOMINGUEZ DÍAZ, Vicepresidente en ejercicio Informes técnicos de la Presidencia, Administración Nacional de Puertos; Dra. Liliana Resoluciones de la IMC, Junta Departamental o PEIRANO, Secretaria General Interina, Administración Nacional de Puertos. Juntas locales (con carácter ejecutivo y dictada a solicitud o interés de particulares) GOBIERNOS DEPARTAMENTALES Comprobantes de Tesorería por Tributos INTENDENCIAS Inmobiliarios (precio anual cobrado con la 1*. INTENDENCIA DE CANELONES Cuota.) 1 Resolución 6.637/011 2? ORDENANZA DE NECRÓPOLIS (Art, 168; Dec. 2763/80) Actualízanse las tasas, tarifas y precios por el uso y/o aprovechamiento de los bienes y servicios municipales, a partir del 1? de enero de 2012, Tasa de Inhumación: (2.314*R) Se aplicará sobre un ficto para cada tipo de sepulcro para cada cuerpo inhumado. Resolución Expediente Acta N* N* 11/06637 2011-81-1030-00852 11/00461 Canelones, 26 de diciembre de 2011.- b) Procedente de otros Departamentos, 10% VISTO: las tasas, tarifas y precios que percibe ésta Comuna por el aprovechamiento y/o utilización de sus bienes y servicios; d) Por renovación de los permisos por un plazo RESULTANDO: que se vuelve necesario proceder a la actualización máximo de tres (3) años se duplicarán los derechos semestral, a efectos de adecuarlos a la realidad económica actual, de los incisos a), b) y c). tomando la variación de la Unidad Reajustable ocurrida en el periodo B) En Nichos y Panteones: (2 años) Ficto 19.667,00 julio 2011 a diciembre 2011; rio cta! 10 Documentos N* 28.385 - enero 4 de 2012 a) Procedente del Departamento, 2% a) Por cada cuerpo exhumado y reducido, para traslado dentro del cementerio $ 268,00 b) Procedente de otros Departamentos, 5% b) Por cada cuerpo exhumado y reducido, para c) Procedente de otros países, 10% traslado a otro cementerio del Departamento $ 422,00 c) Por cada cuerpo exhumado y reducido, para Tasa de Habilitación de Empresas de Pompas traslado a cementerios de otros Departamentos $ 541,00 Eúnebres: d) Por cada cuerpo exhumado y reducido, para Ficto 10.933,00 traslado a cementerios de otros Países $ 1.362,00 10% sobre ficto que se aplicará en la forma establecida anteriormente 1.092,00 Traslado de restos sin reducir: En el mismo ataúd en el que están colocados. Depósito de Restos en Ataúd: A) Vencidos los plazos establecidos en el Art. 59 incluido los Estos depositados en panteones o nichos e incluye derechos de apertura de panteones O nichos para exhumar o depositar. la apertura del sepulcro. a) Procedente de otros cementerios de Canelones $ 1.360,00 a) Realizado dentro de un mismo Cementerio 1.087,00 b) Realizado de un cementerio a otro de Canelones 1.906,00 b) Procedente de otros Departamentos 1.908,00 c) Realizado de un cementerio Canelones a otro c) Procedente de otros países 3.294,00 e Departamento $ 2.458,00 d) Realizado de un cementerio de Canelones a Depósitos de Restos de Urnas: otros Países $ 3.276,00 A) Procedente de otros Cementerios de Canelones B) Antes de vencer los plazos establecidos en el Art, 59 incluidos los derechos de apertura de panteones o nichos para exhumar o a) En nicho o panteón incluidas los derechos de depositar. apertura b) En osario general c) En Urnario Municipal B) Procedente de otros Departamentos. Pr PUMAS a) En nichos o panteones incluidos los derechos r2oo ge 2 de apertura CEN ERE b) En osario general c) En Urnario Municipal Colocación de Diversos Elementos de Ornatos C) Procedente de otros Países. en los Sepulcros: a) En nichos o panteones incluidos los derechos de apertura b) En osario general c) En Urnario Municipal e e) Cambios de inscripción en los elementos Extracción y Reducción de Restos: mencionados $ 212,00 a) Cuerpos depositados en tierra 158,00 || b) Cuerpos depositados en nicho o panteón 268,00 Construcción o Reconstrucción de Sepulcros sin Monumentos: c) Cuerpos depositados en osario general 268,00 a) Permisos para construir nichos o panteones sin Monumentos, se abonará el 10% del costo o valor de la obra a realizarse d) Cuerpos depositados en urnario 268,00 b) Por permisos para erigir monumentos se abonará según el valor de la obra realizada determinado por la Oficina competente, el 10% Apertura de Nichos y Panteones: de dicho valor. c) En el caso del inciso a) para determinar el costo de las Además de las tasas precedentes corresponde en las inhumaciones construcciones o refacciones de nichos o panteones en las necrópolis derechos de apertura de nichos y panteones, según la siguiente del Departamento a los efectos de la aplicación de los gravámenes escala: que correspondan, por permisos para erigir monumentos a) Exhumación de 1 a 5 cuerpos 541,00 a) Panteones revocados con monolítico Lavado b) Exhumación de 6 a 10 cuerpos 541,00 M.LE $ 2.729,00 c) Exhumación de 11 0 más cuerpos 541,00 b) Panteones o nichos revestidos en mármol M.L.E. 3.820,00 c) Nichos o panteones revestidos en granito M.L.F. 5.472,00 Apertura de nicho o panteón para depositar restos procedentes de otro local del cementerio cualquiera sea su número $ 541,00 Carrozas Fúnebres Provenientes otros Departamentos: Carrozas Fúnebres de otros Departamentos 530,00 Traslado de restos Reducidos: