REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY DIRECCION NACIONAL DE IMPRESIONES Y PUBLICACIONES OFICIALES UNIDAD EJECUTORA 002, PROGRAMA 1.02, DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Florida 1178 Año LXXXVIII Tels.: 98.50.42 - 98. 51. 80 - 98.52.76 - 98.49.23 Tomo 354 Dirección — Fax 90.33.71 Avisos Fax 98.54.73 Montevideo, jueves 20 de enero de 1994 - N* 23973 DOCUMENTOS PODER EJECUTIVO MINISTERIO DEL INTERIOR MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS 1 4 Decreto 6/994. Reglaméntase el funcionamiento del Estado Mayor Decreto 598/993. Determínase una forma para que los funciona- Policial, creado por el artículo 157 de la ley 16.170.” rios de la Dirección General Impositiva, puedan acceder a una com- pensación complementaria referida en el inciso 2* del artículo 142 de la ley 16.320. 8) ccccccnn. as 246-A MINISTERIO DE INDUSTRIA, Decreto 7/994. Apruébase la reglamentación del funcionamiento y administración del Centro Auxiliar Médico Departamental de la Jefatu- ENERGIA Y MINERIA ra de Policía de Flores. , 5 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Resolución. Confírmase resolución por la cual se revoca la conce- sión del registro de la marca «Aguilar Turismo». Acta 222.714. E 247-A Decreto 8/994. Adécuase los cometidos y atribuciones de la Resolución. Revócase resolución, que concedió el registro de la Inspección de Misiones y Oficinas en el Exterior. marca «ACTIVE». (65) oro raro narrar raronaroanocanos 246-A (56) nono na nooo roer ara nonno no rnann anno no oran ono cn anna enana nnronns a 247-A AVISOS PUBLICADOS DEL DIA PUBLICADOS DEL DIA Tarifas 499 Pagos de Dividendos Apertura de Sucesiones 499 532 Prescripciones Caducidades de Promesas Propiedad Literaria y Artística 505 de Compra y Ventas Quiebras : Convocatorias Comerciales 500 532 Rectificaciones de Partidas Dirección de Necrópolis 500 - 532 Remates 505 Disoluciones y Liquidaciones . eo gundas Copias de Sociedades Conyugales 500 ecos E ded Disoluciones de Sociedades 501 criado lidad Limitada 534 Divorcios rámites de Marcas 522 535 Empl ient 501 532 Trámites de Patentes de mp'azamientos Invención y Privilegios Expropiaciones 501 Industriales 529 Incapacidades . Venta de Comercios 529 Informaciones de Vida y Varios 530 536 Costumbres Estatutos y Balances Licitaciones Públicas . de Sociedades Anónimas Llamados a Acreedores : Ñ Banco Central del Uruguay Edictos Matrimoniales 502 : “o. 532 (Mesa de Cambio) xa _a — _—Q___ A IMPORTANTE: ESTA A LA VENTA EL REGISTRO NACIONAL DE LEYES Y DECRETOS CORRESPONDIENTE AL 2do. SEMESTRE DEL AÑO 1986 Y LOS AÑOS COMPLETOS DE 1987, 1988, 1989, 1990 Y ter. SEMESTRE DE 1991. REALIZADO EN TALLERES DE IMPRESORA POLO LTDA. - Dep. Leg. 255.733 244-A DIARIO OFICIAL Enero 20 de 1994 DOCUMENTOS MINISTERIO DEL INTERIOR a) - Elaborar planes permanentes de operaciones para la Policía Nacional. 1 b) - Estudiar los distintos aspectos de las funciones asignadas a la Policía Nacional tendientes a mejorar su eficiencia profesional. c) - Realizar, en forma permanente, apreciaciones de situación , respecto a los recursos materiales empleados por la Policía Nacional en el ejercicio de sus cometidos, estableciendo la necesidad de su empleo, adecuación, sustitución o supresión conforme al avance de la tecnología Ministerio del Interior y al tratamiento eficaz de las diferentes conductas delictivas. Montevideo, 11 de enero de 1994 d) - Obtener, procesar, evaluar y registrar información relacionada con todas las áreas de interés profesional. Visto: la creación del Estado Mayor Policial por el artículo 157 de la Ley N* 16.170 del 28.X11.990. e) - Asistir al Inspector Nacional de Policía, de acuerdo a lo estable- cido en el art. 1% inc. g) del Decreto N? 596 de fecha 8.XIL92. Considerando: que es necesario proceder a reglamentar su funciona- miento, así como determinar sus cometidos. f) - Actuar como órgano de conexión con otros Estados Mayores. cióAnt ednet ol:a Ra elpoú bplrieccae ptyu aardtoí cuploor 8e*l daer tílcau Ll.o O.1P6.8 , (nTreaxl.t o4 ?O rddee lnaa dCoo nsptoirm -el HEArRtR. E7R*.A- Pu- bRlíAqUuLes e,I TUcoRmRuInAí.q uese. Fecho, archívese. LACALLE Decreto N* 75/72 de 1.11.72). —Q— El Presidente de la República 2 DECRETA: CAPITULO 1 MISION Y REGIMEN DE FUNCIONAMIENTO Artículo 1*.- El Estado Mayor Policial es el órgano cuya misión será la de colaborar con las autoridades del Ministerio del Interior en la planificación, asesoramiento y coordinación respecto a los temas pro- fesionales que se le encomienden. Ministerio del Interior perAjruti.c io2 2d.-e lFau cnocnisotniatruác ióne n der éEgsitamdeons Mdea yoErsteasd oE spMeaciyaolri stGaesn ecruaaln,d o silna Montevideo, 11 de enero de 1994 qopliuebom ertpd seoeonertncsteaitarliónm mncie ein saeac p. teo orcr Eairevnaesé lspstiep azcoldaineedasd o lal cinaads.esa novd sí ea dlsee lltc Eeotsmretarma eads dopep o rnMoqdafuieyees onirtsoee n sas,telr aitdsnaeot, melgesortisani r daápos,e ersajao dueriesacmtimáuoisd e,ind ote co aoslsn aí taudrmVaii nsdtieos :tP roaellci icpíórano yddeeec ltF olC oerndetesr .o r egAluxaimleinatra cMiéódni croe laDteipvoa rtala mfeunntcailo nadme ielan tJoef a-y Resultando: I) Que ante una inquietud planteada por el Comando de CAPITULO H la Jefatura de Policía de Flores, se articuló un proyecto regulando el DIRECCION funcionamiento y administración del Centro Auxiliar Médico Departa- de Alrat .j e3r*a.r-q uEíla Esdtea dOfoi cMiaaly oSru pseerriáo rc odmeal nsduabdeos caploarf óunn Jeejfeec uyt iuvno ,S ub Jefe mental, ID Que en virtud de observaciones realizadas en los aspectos técnicos CAPITULO HI y jurídicos el referido proyecto fue reelaborado por la Dirección INTEGRACION Nacional de Sanidad Policial. segAruti.d a4m*e.-n tEel Esset amdeon cMiaoynaonr: Policial se integrará con las Secciones que Considerando: Que el articulado actual no merece objeción alguna y contempla cabalmente la finalidad de lograr un máximo de cobertura en a) - Personal, el servicio sanitario que presta el Centro Asistencia] Departamental. b) - Información, c) - Operaciones, El Presidente de la República d) - Logística, €)- Toda otraq ues ea necesaria para el cumplimiento des us cometidos. DECRETA: egrAerst.a d5o*s. .d Teold oCsu rsloos dOefiE csitalaedso dMeal yEosrt aqduoe dMiacytoar l aP Eol.iPc.iEa.lS .d eberán ser adAmritníicusltor a1c*i.-ó dne lAp Creunétbarsoe Aulxai rleigalr aMméednitcaoc ióDne padretla mfeunntcailo nadmei lenatJ oe fay tura de Policía deF lores conforme als iguiente texto; CAPITULOT V . Art.6 .- AlE stMaayord Poolici al : se ldee podrán encomendar los ePnoflAeirrctmí.ea 1rdoe*s F,El oldrC eeesnl ,t aerDs oit raAreuácx iciniltóienag rr NaSadaconi ipotonararl:i od Dee Spaanritddaeampedon ltiaclí Poalidcsi ,e lo daoJ netfópaltrouergsaot sed,n e servicios en la Jefatura de Policía deF lores, eln ómero médicos DIARIO OFICIAL 245 -A Enero 20 de 1994 supernumerarios que justifique las necesidades del área departamental b) dependerá directamente del médico jefe; y el administrador. c) coordinará los servicios con el médico jefe y el encargado del Art. 2%: El Médico de Policía -que desempeñe la Jefatura del C.A.S. servicio odontológico; (médico jefe)- residirá en la localidad del departamento donde tenga sede la Jefatura de Policía, no pudiendo ausentarse del departamento d) organizará la faz administrativa de las dependencias del C.A.S.; sin la autorización del Señor Jefe de Policía. Dependerá técnicamente de la Dirección Nacional de Sanidad Policial, y administrativamente de e) tendrá bajo su dependencia el personal administrativo, técnico y de la Jefatura de Polícia. servicio, en el área de su competencia; Art. 3%: El Médico Jefe del C.A.S., tendrá -entre otros- los siguientes f) planificará las actividades del fondo de suministro de medicamen- cometidos: . tos de farmacia, elevándola para su estudio y resolución; a) será el responsable de la disciplina y rendimiento del personal g) concurrirá a las reuniones de la Comisión Administradora del técnico y administrativo a su mando, como asimismo del adecuado Fondo de Suministro de Medicamentos. empleo de los medios materiales a su cargo; Art. 6%): Los médicos supernumerarios dependerán directamente del b) certificará las enfermedades del personal policial, conjuntamente médico jefe, serán honorarios, tendrán las obligaciones del titular y con los otros médicos a sus Órdenes, regulándose las licencias médicas subrogarán a éste en caso de ausencia o licencia, si correspondiera. de acuerdo a las disposiciones vigentes; Art. 79): El Centro Auxiliar Sanitario contará con policlínicas que c) efectuará los exámenes de aptitud para ingreso y curso de pasaje serán por un médico y un enfermo conforme a la disponibilidad de de grado; personal. d) controlará técnicamente la aplicación de los convenios con el Art. 8%): La policlínica de medicina general tendrá por funciones Ministerio de Salud Pública y Mutualista (s) local (es), vigilando resolver los problemas y afecciones relacionadas con la medicina que la atención de los usuarios sea correcta y adecuada, debiendo interna. Asistirá a todos los beneficiarios mayores de 12 años, excepto poner en conocimiento de la Jefatura de Policía y de la Dirección los policías en actividad y retiro. Nacional de Sanidad Policial cualquier irregularidad que consta- tara; Art. 99): La policlínica ginecotocológica asistirá a quienes consulten por afecciones genitales femeninas, excepto policías en actividad y e) enviará regularmente a la Dirección Nacional de Sanidad Policial retiro. la estadística del movimiento sanitario del departamento y otras comu- nicaciones que se requieran; Art. 105): La policlínica obstétrica asistirá y controlará a las pacientes durante el embarazo, excepto policías en actividad y retiro. f) supervisará y controlará el funcionamiento de las policlínicas médicas y odontológicas del departamento. Art. 119): La policlínica pediátrica prestará asistencia ambulatoria a los hijos de funcionarios menores de 12 años, dentro de las posibilida- 8) presidirá las juntas médicas; des económicas de la Dirección Nacional de Sanidad Policial. h) mantendrá con la Dirección Nacional de Sanidad Policial las Art. 129): El servicio de emergencia y asistencia domiciliaria estará conexiones necesarias para el eficaz cumplimiento de la misión; integrado por el siguiente personal: médico de guardia y personal auxiliar y tendrá los siguientes cometidos: i) verificará que se lleven al día los libros, libretas, ficheros, etc, que sea necesarios para el buen desenvolvimiento administrativo de las a) atenderá las urgencias que se presenten en el local del centro dependencias a Su Cargo; auxiliar; j) actuará como delegado ante la Comisión Departamental de Lucha b) concurrirá a domicilio en caso de urgencia; Contra la Hidatidosis. c) realizará los llamados no urgentes a domicilio en los días y horario k) intervendrá en todos los casos en que resulten lesionados policías, establecido por el médico jefe; determinando si las lesiones experimentadas dejarán o no secuelas y dará intervención -cuando competa- a los servicios especializados de la d) practicará los reconocimientos de los estados de ebriedad, elevan- Dirección Nacional de Sanidad Policial; do el informe correspondiente, anotará todas las novedades que acon- tezcan en su guardia en el libro respectivo; D) integrará la Comisión Asesora para la adquisición de medicamen- tos y de material sanitario, a solicitud de la Comisión Administradora €e) el médico de guardia asumirá la responsabilidad del servicio en del Fondo de Medicamentos de la policlínica policial del departamento, ausencia del médico jefe. si existiera, f) el odontólogo de guardia permanecerá a la orden en su domicilio. Art. 4%): Será competencia del médico jefe del Centro Auxiliar En los casos de ser necesaria la locomoción esta será suministrada por Sanitario Departamental proponer al Señor Jefe de Policía el o los la Jefatura de Policía de Flores. médicos supernumerarios para el departamento. Prestada su conformi- dad por aquel, elevará la nómina a la Dirección Nacional de Sanidad Art 13%): La policlínica odontológica estará integrada por los Policial para la designación por el Poder Ejecutivo. odontólogos y los auxiliares de odontólogos, dependerán en la faz administrativa directamente del Jefe de Policía y en la faz técnica de la Todas las atribuciones y obligaciones del médico jefe del C.A.S. las Dirección del Servicio Odontológico de la Dirección Nacional de tendrá quien lo subrogue en caso de ausencia, licencia, o cualquier otro Sanidad Policial. motivo que lo tenga alejado de su función. Sus funciones serán las de velar por la preservación, cuidado y Art. 5%): El Centro Auxiliar Sanitario Departamental contará con un mantenimiento de la salud bucal de los usuarios. administrador cuyo cargo tendrá las siguientes características y compe- tencias. Art. 14%): A los enfermeros les compete: a) Pertenecerá a la Jefatura de Policía de Flores; a) cumplir las indicaciones médicas (inyectables, curaciones, etc.); 246 -A DIARIO OFICIAL AA_ AÓ __E-_ F__A_ QÁA —A Ao ÉA_ ÁÉÓKCZÁAÁ í[iÁúI AoX ÁE_22 2=240=4040z<4_0_4AóA AAAqAA_ZHZS—_ AAAAAEnero:A 20 de 1994 b) concurrir a los llamados que sus superiores le formulen y producir ción al nivel general de salarios. los informes que estos le requieran; Art. 3*.- Sin perjuicio de los cometidos señalados en el artículo <) colaborar con el médico en la policlínica a que ha sido asignado anterior, la Superioridad podrá asignar otros específicos para cada caso actuando en todos los casos de acuerdo a sus indicaciones; concreto. d) cumplir con las indicaciones médicas a domicilio, cuando así se le Art. 4%.- La inspección de Misiones y Oficinas en el Exterior ordene o proceder al traslado del paciente cuando sea necesario; dependerá directamente de la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Relaciones Exteriores. e) acompañar al médico en los llamados a domicilio cuando este lo requiera. Art. 5”.- Las inspecciones serán de carácter reservado. Queda prohi- bido anunciar con anticipación la realización de una visita de inspec- Art. 29.- Comuníquese, publíquese, etc. LACALLE HERRERA - ción. La violación de esta prohibición será considerada falta grave, de RAUL ITURRIA. acuerdo a lo dispuesto por el art. 174 del Decreto N* 500/991 de fecha 29 de setiembre de 1991. MINISTERIO DE RELACIONES Art. 6*.- Los Jefes de las Misiones u Oficinas inspeccionadas deberán prestar su más absoluta colaboración a la Inspección. EXTERIORES Art. 7%.- Las diligencias solicitadas durante la inspección revestirán 3 carácter urgente y tendrán preferencia especial en el trámite, Art. 8?.- La inspección tendrá acceso a toda la documentación de la Misión, incluyendo archivos confidenciales, Art. 9*.- Asimismo podrá mantener entrevistas privadas o realizar interrogatorios individuales con todo el personal de la Misión, inclu- Ministerio de Relaciones Exteriores yendo al personal de servicio de la residencia del Jefe de Misión. Montevideo, 11 de enero de 1994 Art. 109.- A efectos de un rápido diligenciamiento de la inspección, se podrán habilitar horas extraordinarias, días feriados, y disponer el Visto: que el Decreto N* 142/990 de 20 de marzo de 1990 creó, como ciere de la oficina inspeccionada cuando ello fuere necesario. unidad permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Inspec- ción de Misiones y Oficinas en el Exterior; Art. 11?.- La inspección podrá recogerlos datos necesarios alos fines de la misma por cualquier medio de prueba autorizado por la ley. Resultando: que el objetivo de las inspecciones debe ser el rápido y certero diagnóstico de dificultades administrativas, funcionales o de Art. 122.- La inspección podrá formular recomendaciones y sugeren- otro orden existentes en las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consu- cias a los Jefes de las Misiones u Oficinas inspeccionadas a efectos de lares de la República en el exterior, y sugerir las posibles medidas a racionalizar, suprimir o mejorar servicios, adoptar por la Administración a efectos de una pronta y eficaz solución; Art. 13%.- Los Jefes de las Misiones u Oficinas. inspeccionadas Considerando: que por tal motivo resulta necesario adecuar los podrán señalar las carencias y necesidades de la Misión, así como cometidos y atribuciones de la Inspección de Misiones y Oficinas en el cualquier otro aspecto útil para el mejoramiento del servicio. exterior, así como las facultades, deberes y prohibiciones de las mismas; Art. 14?..- El informe final de la inspección deberá contener el planteo y análisis de la situación motivo de la misma, así como de aquellas Atento: a lo precedentemente expuesto; dificultades detectadas, y sugerir las medidas a adoptar. El Presidente de la República Art. 15*.. El mencionado informe deberá ser elevado a la Dirección General de Secretaría dentro de un plazo máximo de 10 días contados DECRETA: desde el regreso de lainspección a la República, sin perjuicio de hacerlo en forma inmediata cuando medien razones de urgencia. Artículo. 1*. La Inspección de Misiones y Oficinas en el Exterior tendrá como cometido efectuar visitas inspectivas tendientes a obtener Art. 16”.- Derógase el Decreto N* 319/91, de fecha 18 de junio de el diagnóstico de las dificultades planteadas en las Misiones y Oficinas 1991. Consulares en el exterior, realizando el análisis y estudio pormenoriza- do de las mismas a efectos de sugerir las correspondientes medidas Art. 179.- Comuniquese, etc.- LACALLE HERRERA - SERGIO correctivas a disponer por la Administración. ABREU. Art. 29. Las inspecciones podrán tener como cometido: MINISTERIO DE ECONOMIA Y a) estado de conservación de los bienes propiedad de la Cancillería, sean estos muebles o inmuebles; FINANZAS b) adecuación de los locales de las Misiones y Oficinas Consulares, y de las residencias del personal de las mismas en relación al precio del 4 respectivo arrendamiento, así como a las necesidades del servicio y a la jerarquía del cargo; c) evaluación de las relaciones funcionales y personales entre los integrantes de la Misión u Oficina; d) estudio de la asignación de los recursos humanos con los que cuenta la Misión u Oficina; e) capacitación del personal administrativo contratado por las mis- mas; f) cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social Ministerio de Economía y Finanzas del país receptor; 8) adecuación de las retribuciones del personal contratado en rela- Montevideo, 30 de diciembre de 1993 5) DIARIO OFICIAL 247 -A Enero 20 de 1994 Visto: la facultad conferida al Poder Ejecutivo por el artículo 142% de recurrido y se elevó el recurso jerárquico subsidiariamente interpuesto la Ley N* 16.320 de 1? de noviembre de 1992, a esta Secretaría de Estado; : Resultando: que el Poder Ejecutivo se encuentra habilitado para ID la Fiscalía de Gobierno de 2* Turno considera que se prestan a definir la aplicación y condiciones que establezca la reglamentación. confusión respecto a la procedencia de los servicios, "AGENCIA AGUILAR” prerregistrada y "AGUILAR TURISMO", puesto que Considerando: I) que resulta necesario determinar una nueva forma ambas están en la Clase 39 y la protección marcaría se concede para para que los funcionarios de la Dirección General Impositiva puedan todos los productos o servicios para los que son solicitados; acceder a la compensación complementaria a que se refiere el Inciso 2? del artículo que se reglamenta. Considerando: que el acto recurrido se ajusta a derecho, procedee n consecuecia confirmarlo en la instancia jerárquica; ID que el resultado de la gestión recaudadora en el año ha sido destacado, y que ello es consecuencia de la labor de fiscalización Atento: a lo dictaminado por la Fiscalía de Gobierno de 2* Turno, lo cumplida en forma directa e indirecta, en una complementación armó- establecido en la Ley N* 9956 de 4 de octubre de 1940 y su Decreto nica de todas las Direcciones en el marco de la política económica Reglamentario de 29 de noviembre de 1940 y en el Inciso a) Numeral trazada. 12 de la Resolución del Poder Ejecutivo N* 798/68 del 6 de junio de 1968, reglamentaria del Art. 168 Numeral 24 de la Constitución de la Atento: a lo dispuesto en el artículo 168%, ordinal 4*, de la Constitu- República que permite delegar atribuciones; ción de la República y en el artículo 142? de la Ley N* 16.320 de 1* de noviembre de 1992. El Ministro de Industria, Energía y Minería, en ejercicio de las Atribuciones Delegadas; El Presidente de la República RESUELVE: DECRETA: 12.- Confírmase la Resolución de la Dirección Nacional de la Propie- Artículo 12.- Se considerarán tareas de fiscalización tributaria y dad Industrial de fecha 31 de julio de 1991, por la cual se revoca la supervisión de las mismas, a los efectos, todas aquellas que sean concesión del registro de la marca "AGUILAR TURISMO", ACTA N* realizadas en ejercicio de cometidos y atribuciones dispuestos en los 222.714, a favor de la firma Brazil Way Tours S.R.L., de Montevideo, Decretos Nos. 891/988 de 20 de diciembre de 1988 y concordantes. Uruguay, para distinguir los servicios de la Clase Int. 39 que fuera otorgado el 3 de octubre de 1989. Art. 2?.- Se considerarán dentro del régimen establecido en el artículo 142? de la Ley N* 16.320 de 1* de noviembre de 1992 a todos 2*.- Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de la los funcionarios que hubieran manifestado su voluntad de acogerse al Propiedad Industrial para su notificación a las partes interesadas. mismo a la fecha de vigencia de este Decreto exceptuando alos que no EDUARDO ACHE. fueran aceptados por la Dirección General Impositiva. a Art. 32.- Se otorga a dichos funcionarios una compensación comple- mentaria por una sola vez equivalente al 100% (cien por ciento) de las 6 retribuciones que perciban por todo concepto, con las excepciones de los beneficios sociales, horas extras, quebranto de caja y prima por antigijedad, a partir del 19 de diciembre de 1993. Dichos funcionarios estarán exceptuados de lo dispuesto en el artícu- lo 105* del Decreto-Ley Especial N* 7 de 23 de diciembre de 1983.- Art. 4?.- Derógase el Decreto N? 89/993 de 24 de febrero de 1993. Ministerio de Industria, Energía y Minería Art. 5*.- Comuníquese, publíquese, etc.- LACALLE HERRERA - IGNACIO de POSADAS MONTERO. Montevideo, 11 de enero de 1994 Visto: el recurso jerárquico interpuesto por la firma Consolidated MINISTERIO DE INDUSTRIA, Foods Corporation contra la Resolución de la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial del 26 de febrero de 1991 por la cual se tuvieron ENERGIA Y MINERIA por deducidos fuera de términio hábil los recursos interpuestos por dicha firma contra la Resolución del 13 de marzo de 1989 que concedió el registro de la marca "ACTIVE"; 5 Resultando: D) por Resolución de la Dirección Nacional de la Propie- dad Industrial de fecha 14 de setiembre de 1993, se mantuvo el acto recurrido y se elevó el recurso jerárquico subsidiariamente interpuesto a esta Secretaría de Estado; ID la Asesoría Jurídica considera que le asiste la razón a larecurrente dado que no fue notificada personalmente estando vigente, en ese Ministerio de Industria, Energía y Minería tiempo, el Art. 48 del Decreto N* 640/973 de 8 de agosto de 1973; Considerando: que la Resolución recurrida no ha tenido en cuenta Montevideo, 11 de enero de 1994 que el Decreto N*640/973 estuvo en vigencia hasta el 30 de noviembre de 1991, al igual que la Orden de Servicio N? 10/86, por lo cual procede Visto: el recurso jerárquico interpuesto por la firma Brazil Way revocarla; Tours S.R.L. contra la Resolución de la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial del 31 de julio de 1991, por la cual se revocó la Atento: a la dictaminado por la Asesoría Jurídica, lo establecido en concesión de su marca "AGUILAR TURISMO”, proponiendo una la ley N* 9956 de 4 de octubre de 1940 y su Decreto Reglamentario de limitación al alcance de tal registro; 29 de noviembre de 1940 y en el Inciso a) Nuemeral 1* de la Resolución del Poder Ejecutivo N*798/68 del 6 de junio de 1968, reglamentaria del Resultando: D por Resolución de la Dirección Nacional de la Propie- Art. 168 Numeral 24 de la Constitución de la República que permite dad Industrial de fecha 24 de agosto de 1993 se mantuvo el acto delegar atribuciones; DIARIO OFICIAL 248-A Enero 20 de 1994 El Ministro de Industria, Energía y Minería, en Ejercicio de las Denegada 21/12/1993 233,947: Taurus Atribuciones Delegadas; Denegada 28/12/1993 213.957: Rayma Denegada 29/12/1993 258.927: Blue King RESUELVE: 1?.- Revócase la Resolución de la Dirección Nacional dela Propiedad Industrial de fecha 26 de febrero de 1991, por la cual se tuvieron por deducidos fuera de término hábil los recursos de revocación y jerárqui- co, en subsidio, interpuestos por Consolidated Foods Corporation, contra la Resolución de esa Dirección de 13 de marzo de 1989, que concedió el registro de la marca "ACTIVE" a favor de la firma Goldflus Ltda., de Montevideo, Uruguay, para distinguir los artículos de la Clase Int. 25. 2?.- Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial.- EDUARDO ACHE. SECRETARIAS DE ESTADO Enero 5 de 1993 MINISTERIO DE INDUSTRIA, RENOVACIONES ENERGIA Y MINERIA Resolución Fecha Res. Nro. Acta Denominación Concedida 05/01/1994 263.568 Poast; 263.570 Power; 263.571 7 Furtulin; 263.572 Diet 7 Up; 263.573 Power; 263.593 Mercelux; 263.604 Favorita; 263.605 Lu-Lu; 263.615 Polyset; 263.623 Suldur; 263.624 Dexacillin; 263.625 Engran; 263.626 Orahesive; 263.627 Veracef; 263.628 Surgikos; 263.631 Niagara; 263.632 Ideales; 263.633 Unión; 263.634 Norton; 263.635 Fresh. Enero 3 de 1994 PRIMARIAS Resolución Fecha Res. Nro. Acta Denominación Denegada 27/12/1993: 219.055 Burberry's; Denegada 29/12/1993: 234.139 Tumor Latinoamericano; 235.996 Urunet Red Uruguaya de Computa.; 236.595 La Clínica del Parabrisas; 239.043 Baby Point; 241.372 Valery; 241.475 Pronto Servicio; 241.607 Copa Mundial de Paddle; 242.448 La Bailanta; 242.662 Hypercolor; 242.789 Daily Defense Complex; 242.825 Certamen Uruguayo de la Public.; 243.239 Vip's; 243.283 Enero, 11 de 1994 Rosado; 243.285 Rinde; 243.452 Centro Adventista de Vida Sana; 243.686 Dietaplan; 244.809 Company; 245.661 Fun Tours; 245.819 Microcar; 246.151 Trading Cargo Limitada; 246.173 RENOVACIONES Noir; 246.243 Expoauto "91"; 247.206 Telepremios; 247.209 Tele-regalos; 247.211 Telerregalos; 247.305 Tele Shopping; Resolución Fecha Res. Nro. Acta Denominación 247.384 Antigua; 247.402 Coselotodo; 247.432; 247.559 Concedida: 11/1/1994: 219.824 Synkavit, 263.644 Taco Bel, Surmerco; 247.643; 263.659 Stihl, 263.662 Cebronal Szabo, 263.663 Reumasan, Abandonada 28/12/1993 221.915 LF Lucián Films SA Video 263.664 Angiolat, 263.665 Cebridin, 263.673, 263.674 ILDU, S.R.E.; 231,313 U.S.A. Tu Inglés; 263.677 LL.D.U., 263.678 Uno, 263.692 Isla del Trópico, 263.716 Abandonada 29/12/1993 251.465 Tech-America Dermo AD-ICU, 263.717 Macrofuran, 263.718 Astringal ICU, Desistida 29/12/1993 248.673 Tendo. 263.719 Minister, 263.721 Trifaclox, 263.722 Vitabago, 263.723 Kegel, 263.751 SG. --O--- FE DE ERRATA En el Diario Oficial de fecha 14 de enero de 1994, la Acordada 7.211, por la cual se reestructura las Seccionales Judiciales del departamento de Soriano, deslizándose el siguiente error imputable al Diario Oficial. Enero, 4 de 1994 En el título donde dice: Acordada 2.211/993. Debe decir: Acordada 7.211/993. PRIMARIAS Queda hecha la salvedad. Resolución Fecha Res. Nro. Acta Denominación Enero 20 de 1994 DIARIO OFICIAL 499 -C AVISOS Canelones, 27 de diciembre de 1993.- Esc. Anabel Melgar Grajales, Actuaria. 01)$ 272.00 10ipub 10E3ne 143- v7 Ene 26 NELSON o NELSON JOSE o NELSHON JOSE o NELSON JOSE ¿ENRIQUE SALDOMBIDE BRAUSE (Ficha V 262/ 1993). Habilitándose la Feria Judicial Mayor. Canelones, 27 de diciembre de 1993.- Esc. Anabel Melgar Grajales, Actuaria. ciones. 01)$ 272,00 1Olpub 10E3ne 143- y8E ne 26 Montevideo, 20 de diciembre de 1993. Esc. Sara Garrone, Actuaria. PAYSANDU 01)$ 272,00 IOlpub 10E1ne 027- v4 Ene 20 JUZGADO LETRADO DE (Ley 16.044 Arts. 30. y 40.) Los señores Jueces Letrados de Primera PRIMERA INSTANCIA Instancia del Interior, dentro de sus res- pectivas jurisdicciones, han dispuesto la PRIMER TURNO apertura de las sucesiones que se enuncian ALVAREZ ECHEVEST, AGUSTIN RO- seguidamente y citan y emplazan a los BERTO y MINETTO PESCE IDA ELSA, herederos, acreedores y demas interesa- (Ficha B/529/93). dos en ellas para que, dentro del término Habilítase la Feria Judicial Mayor a los efec- de treintas días, comparezcan a deducir tos de la publicación y emplazamiento. en forma sus derechos ante la sede corres- Paysandú, 23 de diciembre de 1993. MONTEVIDEO pondiente. Esc. Carolina Vercellino, Actuaria. 01)$ 272,00 10ipub 10E3ne 123- v7E ne 26 CANELONES (Ley 16.044 Arts. 30. y 40.) RIO NEGRO Los señores Jueces Letrados de Familia JUZGADO LETRADO DE han dispuesto la apertura de las sucesio- nes que se enuncian seguidamente y citan PRIMERA INSTANCIA JUZGADO LETRADO DE y emplazan a los herederos, acreedores y PRIMERA INSTANCIA DE YOUNG demas interesados en ellas para que, den- SEGUNDO TURNO tro del término de treintas días, compa- VICTORINO o VICTORINO MANRIQUE ERCILIA FERMINA PEREYRA rezcan a deducir en forma sus derechos o VICTORIANO MANRIQUE FERRUA PEDROSO, (Ficha B/42/1993). ante la sede correspondiente. FOGO (Ficha V 263/1993). Habilitándose la Feria Judicial Mayor. JUZGADO LETRADO DE FAMILIA Habilitándose la Feria Judicial Mayor. Young, 20 de diciembre de 1993. Canelones, 27 de diciembre de 1993.- Esc. Griselda Culela Masdeu, Actuaria. Anabel Melgar Grajales, Actuaria. 01)3 272.00 lOtpub 10E0ne 047- v7 Ene 20 VIGESIMOQUINTO TURNO 01)$ 272,00 1Oipub 10346 Ene 13- v Ene 26 SALTO AGUSTIN, BALBIANI FUENTES (Ficha V JULIO NELSON FONSECA RIVERO, (Fi- 266/1993). cha S/577/93). Habilitándose la feria Judicial Mayor para JUZGADO LETRADO DE Se hace constar que se habilita la Feria Judi- cial Mayor a los solos efectos de las publica- su publicación. PRIMERA INSTANCIA PRIMER TURNO NERI GONCALVES MARTINICORENA, (Ficha B/469/93). Habilítese feriado Mayor. Salto, 22 de diciembrede 1993. Luis A. Avellanal, Actuario Adjunto. 01)3 272.00 lOípub 10E3ne 123- v2E ne 26 TERCER TURNO BLANCA DOS SANTOS o DO SANTOS y NELSON MENDEZ, (Ficha B/432/93). Habilítese feriado judicial mayor a los efec- tos de publicaciones. Salto, 20 de diciembre de 1993. Esc. Luis Alberto Avellanal, Actuario Ad- junto. 01)$ 272,00 IOlpub 10323 Ene 13- v Ene 26 SAN JOSE JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA SEGUNDO TURNO OSCAR MARIA NAVAS RODRIGUEZ, (Ficha B/842/93). Habilitándose la Feria Judicial Mayor a efec- tos de las publicaciones. San José, 27 de diciembre de 1993. Dra. María Noel Odriozola, Actuaria Adjunta. 01)$ 272.00 IOlpub 10E4ne 157- v6 Ene 28 500- C DIARIO OFICIAL Enero 20 de 1994 1%) Designación del Secretario de la Asam- dirección señalada con los títulos correspon- blea así como de dos accienistas para cons- dientes, en cuyo caso la Sociedad se hará tituir la Comisión Escrutadora y firmar el cargo de la tarea de especificar los requisitos Acta de la Asamblea, conjuntamente con el establecidos en el art. 350 de la ley 16.060. Presidente y Secretario. Montevideo, 4 de enero de 1994. EL DIREC- CONVOCATORIAS 2%) Consideración de la Memoria, Balance, TORIO. COMERCIALES - Cuenta de Ganancias y Pérdidas, e Informe 03) 63180 3/pub 10624 Ene 19- v Ene 21 del Síndico y de la gestión de los miembros del Directorio y del Síndico. 3%) Informaciones atinentes al literal i del art. 13 de los Estatutos. 4%) Informe del Directorio acerca de las per- EDIFICIO BIARRITZ spectivas futuras (numeral 4 del art, 92 de la LLAMADO A ASAMBLEA ley 16.060 de 4 de setiembre de 1989) y EXTRAORDINARIA pronunciamiento respecto de medidas relati- vas ala gestión de la sociedad (numeral 1 del Se cita a Asamblea Extraordinaria para el día art. 342 de la Ley de Sociedades Comercia- 21 de enero de 1994. Primer llamado 19 les). . horas, segundo llamado 19 y 30 en los salo- 5%) Designación de dos Directores titulares, nes del Edificio Biarritz calle 20 y 27. de Di rectores Suplentes así como del Orden del día. Síndico Titular, determinación de su retribu- A) Autorización venta de salones. ción y designación de Síndicos Suplentes. MONTEVIDEO B) Designación de dos asámbleíestas para Horario de inscripción: lunes a viernes de firmar el acta. 14:30 a 17. Oscar Roggero, Presidente. Julia Briano, Ad- Nota: De acuerdo con lo establecido en el - INTENDENCIA MUNICIPAL DE ministrador. artículo 322, de la ley 16.060, cada accionis- MONTEVIDEO 03)$ 14580 3/pub 105E1ne9 1 8- v Ene 20 ta tendrá en la Asamblea: 1 voto cada 10 acciones ($ 1.00). VASAUR S.A. Importante: Para formar parte de la Asam- SERVICIO DE NECROPOLIS ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA blea, deben registrarse las acciones o certifi- DE ACCIONISTAS cados supletorios en la Cámara de Indus- Habiéndose presentado ante éste Servicio trias, Avenida del Libertador Brig. Gral. J. LUISA FORTUNATA BENITEZ, MARIA Se pone en conocimiento de los señores ac- A. Lavalleja 1672 (1er. piso), desde el 26 de DEL LUJAN LIZUAIN BENITEZ, JULIO cionistas que el día 21 de enero de 1994, a las enero de 1994, hasta el 3 de febrero de 1994 CESAR LIZUAIN BENITEZ: en su calidad 14.30 horas, se realizará la Asamblea Gene- inclusive, de titulares del NICHO ataúdes N* 3275 del ral Ordinaria de Accionistas en el local de la Se sugiere a los Accionistas y alos deposita- Cementerio del BUCEO, solicitando el tras- calle Río Negro 1131, de Montevideo, para rios de sus acciones la concurrencia a la lado al Osario General Procedentes del men- tratar el siguiente Orden del Día: dirección señalada con los títulos correspon- cionado local los restos de: ADELA SOSA. 1) Consideración de la Memoria Anual y de dientes, en cuyo caso la Sociedad se hará Se hace pública ésta peticiión por el término los Estados de Situación y de Resultados del cargo de la tarea de especificar los requisitos de diez días emplazando por treinta días a Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de establecidos en el art. 350 de la ley 16.060. quienes se creyeren con derecho a estos res- 1993. Montevideo, 4 de enero de 1994. EL DIREC- tos para interponer sus reclamos con derecho 2) Proyecto de Distribución de Utilidades. TORIO. a estos restos para interponer sus reclamos. 3) Elección del Directorio. 03)$ 87480 3ipub 106E2ne3 1 9- v Ene 21 Vencido el término del emplazamiento se 4) Designación de dos asambleístas para fir- procederá como se solicita. Montevideo, 7 mar el acta de la Asamblea. ENE. 1994, CARLOS SANTANA, DIREC- El Registro de Accionistas se abrirá con tres FUNSA TOR (1). días de anticipación y se cerrará en el acto de ASAMBLEA GENERAL 04)$ 810,00 lOipub 10635 Ene 19- v Feb 01 iniciación de la Asamblea. EXTRAORDINARIA 03)$ 340,20 3ipub 105E2ne4 1 8- v Ene 20 Se cita a los Accionistas para la Asamblea . CASA DE ASTURIAS General Ordinaria a celebrarse el 9 de febre- ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA ro de 1994 a las 15,30 y 16,30 horas, en Jueves 27 de Enero 1994 primera y segunda convocatoria, en el Salón Hora 20 de Actos de la Cámara de Industrias, en ORDEN DEL DIA Avenida del Libertador Brig. Gral. J. A. Lavalleja 1672 (1er. piso), para considerar el 1) Lectura del Acta anterior. siguiente Orden del Día: 2) Memoria y Balance General Año 1993. 1%) Designación del Secretario de la Asam-* 3) Integración de la Comisión Electoral. blea así como de dos Accionistas para cons- 4) Palabras del Sr. Presidente. tituir la Comisión Escrutadora y firmar el 5) Ruegos y Preguntas. Acta de la Asamblea, conjuntamente con el 6) Designación de tres Asambleístas para Presidente y Secretario. firmar el Acta. 2”) Aplicación del art. 293 de la ley 16.060 y . 03)$ 9720 2Ipub 10616 Ene 19vE -ne 20 modalidades de ajustes al Capital Social. Horario de inscripción: lunes a viernes de ' FUNSA 14:30 a 17. ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Nota: De acuerdo con lo establecido en el (Ley 16.044 Arts. 30, y 50.) Correspondiente al Quincuagésimo Octavo artículo 322, de la ley 16.060, cada Accio- Por disposición de los señores Jueces Le- Ejercicio nista tendrá en la Asamblea: 1 voto cada 10 trados de Primera Instancia del Interior, (Julio 1* de 1992 a Junio 30 de 1993) acciones ($ 1.00). dentro de sus respectivas jurisdicciones, Importante: Para formar parte de la Asam- se hace saber que se ha decretado la diso- Se cita a los Accionistas para la Asamblea blea, deben registrarse las acciones o certifi- lución y liquidación de las sociedades le- General Ordinaria a celebrarse el 9 de febre- cados supletorios, en la Cámara de Indus- gales de bienes existentes entre los cónyu- ro de 1994 a las 15 y 16 horas, en primera y trias, Avenida del Libertador Brig. Gral. J. ges que se indican a continuación; y que se segunda convocatoria, en el Salón de Actos A. Lavalleja 1672 (1er. piso), desde el 26 de cita y emplaza a todos los interesados para (dLdleeie nbr el.ra d tepCalid ásomDorí)a a r:pBa ar riagd .e cIGornnadslui.sd terJri.aa rsA ,. eleL na sviaAglvuleienejinatd ea 1 6Od7re2-l rSeiinneoce slrs uous gdiiedve eer .se 1u s9a 9 4la,oc s chAiacoscntieaos n eils lt3a a dsce o nyfc eaublrroreser nod ceidpaeo s1ia9t 9al4-a ddqríueraeres es,c pchoobonmasdpj aoa rdeepanozprtce rarodnc ei rbdeaiec lmhd ioee.tdn éutrcomi irn doee n dlfoe o rqsmueaes ensctuoas- Enero 20 de 1994 DIARIO OFICIAL 501 -C SALTO en Centro Comercial de ANTEL por trámite expropiada y declarado de urgente ocupa- de traspaso iniciado por actual usuario. Pla- ción las parcelas de terreno que se detallan a JUZGADO LETRADO DE zo 30 días calendario. continuación: PRIMERA INSTANCIA 08)$ 9720 3/pub 10527 Ene 18v E-ne 20 RUTA: 1 TERCER TURNO TRAMO: Libertad - Rincón del Pino. JOSE ANTONIO MARTINEZ y FLORIANA ANTEL UBICACION: 6ta. SECCION JUDICIAL RUBISNEY DA CUNDA (Ficha: A/156/ Administración Nacional de Telecomunicaciones DEL DEPARTAMENTO DE: San José. EXPEDIENTE: 204-6/93. 93). Habilítese la feria judicial mayor. Emplazamiento al titular del servicio telefó- PADRON: 27 su. nico número 40.18.36 habilitado en 18 de AREA: 175 m.c. Salto, 28 de diciembre de 1993. Esc. Luis Alberto Avellanal, Actuario Ad- Julio 1712 Ap. 803. Deberá presentarse en el PROPIETARIO: Rita Catalina Ricca y otros. Centro Comercial de A.N.T.E.L. por trámite RUTA: 1 junto. 05)$ 680,00 20/pub 10325 Ene 13- y Feb 09 de traspaso iniciado por actual usuario. Pla- TRAMO: Libertad - Rincón del Pino. zo 30 días calendario. UBICACION: 6ta. SECCION JUDICIAL TREINTA Y TRES 08)$ 9720 3/pub 10534 Ene 18- vE ne 20 DEL DEPARTAMENTO DE: San José. EXPEDIENTE: 208-6/93. JUZGADO LETRADO DE ANTEL PADRON: 23 su. PRIMERA INSTANCIA Administración Nacional de Telecomunicaciones AREA: 175 m.c. SEGUNDO TURNO PROPIETARIO: Juan José Zuccolini Bastía. JORGE CATICHA DAER y MARIA INES EMPLAZAMIENTO - Al titular del servicio OBRA: Carretera de conexión al Paso de MACHADO SAIZ (Ficha: B 848/1993). telefónico nro. 58 79 01, habilitado en Felipe Frontera y la instalación de un Puerto Seco Se hace saber que a los efectos de las publi- Ferreiro 2528, Montevideo, deberá presen- en la Ciudad de Rivera. caciones se habilitó la Feria Judicial Mayor. tarse en Centro Comercial de ANTEL por UBICACION: 9na. SECCION JUDICIAL Treinta y Tres, 16 de diciembre de 1993. trámite de traspaso iniciado por actual usua- DEL DEPARTAMENTO DE: Rivera. Esc. Ricardo Crizul Fernández, Actuario. rio. Plazo: 30 días calendario. EXPEDIENTE: 1041-6/89. 05)£ 680,00 20lpub 459D7ic8 3 0- v Ene 27 08)$ 9720 3lpub 10561 Ene 18- v Ene 20 PADRON: 6150 (p). AREA: 9286 m.c. 14 dm.c. ANTEL PROPIETARIO: Hilaria Caballero de Albur- Administración Nacional de Telecomunicaciones querque. : RUTA: 1. EMPLAZAMIENTO al titular del servicio TRAMO: Rincón del Pino - Empalme Ruta telefónico N* 91 15 69, habilitado en Con- No. 11. vención 1424. Deberá presentarse en Centro UBICACION: 5ta. SECC:I JUODICNIA L Comercial de ANTEL por trámite de traspa- DEL DEPARTAMENTO DE: San José. so iniciado por actual usuario. Plazo 30 días EXPEDIENTE: 295-6/93. calendario. PADRON: 14802 (p). 08)$ 9720 3ipub 10562 Ene 18- v Ene 20 AREA: 4866 m.c. PROPIETARIO: Gustavo Bentancourt. ANTEL RUTA: 1 . Administración Nacional de Telecomunicaciones TRAMO: Rincón del Pino - Empalme Ruta No. 11. MONTEVIDEO Emplazamiento al titular del servicio telefó- UBICACION: 5ta. SECCION JUDICIAL Centro del Saber S.A. (En liquidación) por nico número 9053 habilitado en Toledo. De- DEL DEPARTAMENTO DE: San José. Asamblea Extraordinaria de accionistas del berá presentarse en Centro Comercial de EXPEDIENTE: 314-6/93. 15 de julio de 1993, se resolvió la disolución ANTEL por trámite de traspaso iniciado por PADRON: 8590 (p). anticipada de la misma, nombrando actual usuario. Plazo 30 días calendario. AREA: 7421 m.c. liquidador al Cr. Jorge Benquet dirección 08)$ 9720 3ipub 10584 Ene 18- v Ene2 0 PROPIETARIO: Fanny Schaffner Iduarte. Luis de la Torre 625 Ap. 902. RUTA: 1. : 06)3 1.580,00 1Oípub 10608 Ene 19y- Fe b 01 ANTEL TRAMO: Rincón del Pino - Empalme Ruta Administración Nacional de Telecomunicaciones No. 11. UBICACION: 5ta. SECCION JUDICIAL Emplazamiento al titular del servicio telefó- DEL DEPARTAMENTO DE: San José. nico ¿número 404589 habilitado en Gral. EXPEDIENTE: 317-6/93. Pagola 2214, Deberá presentarse en Centro PADRON: 16230 (p). Comercial de ANTEL por trámite de traspa- AREA: 5248 m.c. so iniciado por actual usuario. Plazo 30 días PROPIETARIO: Lylian Ventura Iduarte. calendario. RUTA: 1. 08)$ 97,20 3lpub 10634 Ene 19- v Ene 21 TRAMO: Rincón del Pino- Empalme Ruta No. 11. UBICACION: 5ta. SECCION JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO DE: San José. EXPEDIENTE: 318-6/93. PADRON: 2447 (p). MONTEVIDEO AREA: 5531 m.c. ANTEL. PROPIETARIO: Suc. Manuel Zito Iduarte. Administración Nacional de Telecomunicaciones RUTA: 1. Emplazamiento al titular del servicio telefó- TRAMO: Rincón del Pino - Empalme Ruta nico número: 39-82-89. Habilitado en Cami- No. 11. UBICACION: 5ta. SECCION JUDICIAL no Castro 237 Apartamento 11. Deberá pre- sentarse en Centro Comercial de ANTEL por DEL DEPARTAMENTO DE: San José. MONTEVIDEO trámite de traspaso iniciado por actual usua- EXPEDIENTE: 277-6/93. rio. Plazo 30 días calendario. PADRON: 6820 (p). 08)$ 9720 3ipub 10526 Ene 18- v Ene 20 MINISTERIO DE TRANSPORTE Y AREA: 1269 m.c. PROPIETARIO: Edilberto Milano Ráber y OBRAS PUBLICAS ANTEL Blanca Begle. Administración Nacional de Telecomunicaciones DIRECCION NACIONAL DE RUTA: 1. Emplazamiento al titular del servicio telefó- TOPOGRAFIA TRAMO: Rincón del Pino - Empalme Ruta nico número: 40-22-08, Habilitado en Se hace saber a quienes interese que el PO- o. 11. Cebollatí 1744 Ap. 903. Deberá presentarse - DER EJECUTIVO ha designado para ser UBICACION: 5ta. SECCION JUDICIAL 502 -C DIARIO OFICIAL Enero 20 de 1994 axÁ_ É__—_——__=_ Q_ CC_ __ ___ —__——__n_—_—o_n_——_e ———A———————JAJ———— ÓÓK< <q €(Á __—__ IA A Á DEL DEPARTAMENTO DE: San José. RUTA: 1. del Palacio Municipal Piso 10* Sector Ejido EXPEDIENTE: 313-6/93, TRAMO: Rincón del Pino - Empalme Ruta en la que la documentación respectiva, expe- PADRON: 8589 (p). No. 11. diente N* UCP- 93-317-54 se encuentra de AREA: 7572 m.c. UBICACION: 5ta. SECCION JUDICIAL manifiesto por el término legal. PROPIETARIO: María Bravo Peña y otros. DEL DEPARTAMENTO DE: San José. Montevideo, enero 5 de 1994. Ing. Agrim. RUTA: 1. EXPEDIENTE: 330-6/93. Juan J. Gambini, Director. TRAMO: Rincón del Pino - Empalme Ruta PADRON: 5901 (p). 09)(Cta.Cte.) 8ipub 5005En3e 1 4- v Ene 25 No. 11. AREA: 3778 m.c. UBICACION: 5ta. UBICACION JUDICIAL PROPIETARIO: ASUR S.A. Servicio de Estudios y Regulación Territo- DEL DEPARTAMENTO DE: San José. RUTA: 1. rial.- EXPEDIENTE: 283-6/93. TRAMO: Rincón del Pino - Empalme Ruta Sector Expropiación.- PADRON: 6783 (p). No. 11. CITACION, AVISO Y EMPLAZAMIENTO.- AREA: 1729 m.c. UBICACION: $ta. SECCION JUDICIAL EDICTO N? 71.- Por Decreto N* 26.139 de la PROPIETARIO: Suc. Rubber Rapetti. DEL DEPARTAMENTO DE: San José. Junta Departamental de Montevideo y Reso- RUTA: 1. EXPEDIENTE: 335-6/93. lución N* 1135 de la Intendencia Municipal TRAMO: Rincón del Pino - Empalme Ruta PADRON: 8241 (p). de fechas 7 de octubre de 1993 y 19 de No. 11. AREA: 9509 m.c. noviembre de 1993 respectivamente ha sido UBICACION: Sta. SECCION JUDICIAL PROPIETARIO: Ernesto Abreu Pérez. designado para ser expropiado con destino a DEL DEPARTAMENTO DE: San José. RUTA: 1. la modificación de alineaciones en las calles EXPEDIENTE: 297-6/93. TRAMO: Libertad - Rincón del Pino. Rufino T. Dominguez, Gral. Andrés Gómez PADRON: 7739 (p). ” UBICACION: 6ta. SECCION JUDICIAL y Valencia el siguiente inmueble: AREA: 3873 m.c. DEL DEPARTAMENTO DE: San José. Padrón N* 134.260, PROPIETARIO: Gustavo Bentancourt y EXPEDIENTE: 199-6/93. Area Total: 840 m.c. 95. otros. PADRON: 7673 (p). Area a expropiar: 476 m.c. 65 declarándose RUTA: 1. - AREA: 2767 m.c. de urgencia su ocupación. TRAMO: Rincón del Pino - Empalme Ruta PROPIETARIO: Oscar Fabio Latourette. Con arreglo a las estipulaciones indicadas en N* 11. RUTA: 11. el inciso 3* del Artículo 15% de la Ley N* UBICACION: 5ta. SECCION JUDICIAL TRAMO: By Pass de la Ciudad de San José. 3958 “de expropiaciones” del 28 de marzo DEL DEPARTAMENTO DE: San José. UBICACION: l1ra. SECCION JUDICIAL de 1912 y al artículo 1* del Decreto Ley N* EXPEDIENTE: 334-6/93. DEL DEPARTAMENTO DE: San José, 10.247 del 15 de octubre de 1942, se hace PADRON: 8240 (p). EXPEDIENTE: 228-6/93. saber, se cita y emplaza a todas las personas AREA: 1 Há. 1618 m.c. PADRON: 15531 (p). que se consideren con derechos sobre el bien PROPIETARIO: Ernesto Abreu Pérez. AREA: 619 m.c. y en particular a los propietarios conocidos RUTA: 1. PROPIETARIO: Kilda Marra de Arrondo y para que formulen las observaciones que TRAMO: Rincón del Pino - Empalme Ruta Otros. estimen del caso respecto a la causal y pro- No. 11. RUTA: 1. cedencia respecto de la designación para UBICACION: 5ta. SECCION JUDICIAL TRAMO: Libertad - Rincón del Pino. expropiar dictada por la autoridad compe- DEL DEPARTAMENTO DE: San José. UBICACION: 6ta. SECCION JUDICIAL tente. EXPEDIENTE: 328-6/93. DEL DEPARTAMENTO DE: San José. A tal efecto deberán concurrir al Servicio de- PADRON: 8093 (p). EXPEDIENTE: 207-6/93. Estudios y Regulación Territorial en su sede AREA: 1 Há. 0797 m.c. PADRON: 24 su. * del Palacio Municipal Piso 10? Sector Ejido PROPIETARIO: Ceferino Cipriano Revetria. AREA: 175 m.c. en la que la documentación respectiva, expe- RUTA: 1. PROPIETARIO: Olga Noelia Comba Bastía. diente N* UCP- 93-317-41 se encuentra de TRAMO: Rincón del Pino - Empalme Ruta 09)( C ta.Cte.) 8lpub 50042 Ene 13- v Ene 24 manifiesto por el término legal. o. 11. Montevideo, enero 4 de 1994, Ing. Agrim. UBICACION: $ta. SECCION JUDICI Juan José Gambini, Director. EALX PDEEDLI ENDTEEP:A R3T2A6-M6E/9N3T. O DE: San José. Servicio de Estudios y Regulación Territo- 09)(Cta.Cte.) 8lpub 50055 Ene 14- v Ene2 5 PADRON: 675 (p). rial. AREA: 1 Há. 8960 m.c. Sector Expropiación. PROPIETARIO: Denis Malan. CITACION, AVISO Y EMPLAZAMIENTO. RUTA: 1. : EDICTO N?* 72.- Por DECRETO N? 26.158 TNoR.A M11O.: Rincón del Pino - Empalme Ruta dRee sloal uJcuinótan DNe*p a1r1t4a9 medne tlaal Indtee nMdoenntceiav idMeunoi -y _ EDICTO UBICACION: Sta. SECCION JUDICIAL cipal de fechas 21 de Octubre de 1993 y 29 DEL DEPARTAMENTO DE: San José. de noviembre de 1993 respectivamente ha _MATRIMONIALES EXPEDIENTE: 329-6/93. sido designado para ser expropiado con des- PADRON: 5900 (p). tino al Plan de Urbanización y Ejecución del AREA: 9236 m.c. Programa de Viviendas en la Zona de PROPIETARIO: Paula González González. Casavalle Norte el siguiente inmueble: RUTA: 1. Padrón N? 90.235. TRAMO: Rincón del Pino - Empalme Ruta Area Total: 7 Há. 3488. o. 11. Area a Expropiar: 7 Há. 3488 declarándose Montevideo, enero 19 de 1994 UBICACION: Sta. SECCION JUDICIAL de urgencia su ocupación, Cumplimiento de la disposición del artí- DEL DEPARTAMENTO DE: San José. Con arreglo a las estipulaciones indicadas en culo 3o. de la ley 9.906 del 30 de diciembre EXPEDIENTE: 319-6/93, el inciso 3* del Artículo 15* de la Ley N* de 1939 de acuerdo con lo que se expresa PADRON: 756 (p). 3958 “de Expropiaciones” del 28 de marzo en dicho artículo debe tenerse muy en cuen- AREA: 1 Há. 4406 m.c. de 1912 y al artículo 1* del Decreto Ley N* ta la advertencia que se transcribe que PRURTOAP:I ET1.A RIO: Carlos Salles Echeverry. s1a0b.e2r4,7 sed ecli ta1 5y deem polcatzuab rea tdoeda s1 9l4a2s, pesre sohnaacse ffiigrumraan elno sl orse scpoercrteisvpoosn dOifeinctiaelse s eddieclt oRse gqiuse- IUBAIACM1A.O C:I ORNi:n cónS ta.d el SPEiCnCo IO- NE mpJalUmDeI CIRAutLa pyqa ureean sepq aucreot incsufilodarermr uelan e lnco so nl pardsoe prioeebctshaeorrsiv oassc oibcoronene osec li bdqiouesen at"rlEogn ú Cnfi ev iidl.em pleod ciumaeln tion timpoa raa loesl qmuea tsruipmioenrieon DAEPREAXELDPA RE:ODD NIE:E8P4 NA8T88RE 2T:4mA2 . cM.3( E3p6)N-. T6/O9 3. DE: San José. ecetexsenptdtrieeomn. pecinia ar d erlde isccpatesacodt ao r epsdopere ctlloaa adau etlsoair gicnadauacsdai ló cn oym ppparero-a- erplsior otof ayi OerfOmcifecti iacadpilaon”ra a plhooqa ruc deiee esnsnpuedaano cc ipiouce bo dlneoip ccooearcrd h oeo ls aecsdnr í icatesalo u "scDaaoinsmat o-ey PROPIETARIO: Enrique Rolando Capano A tal efecto deberán concurrir al Servicio de lo manda la Ley." Reyes. Estudios y Regulación Territorial en su sede Espacio limitado a tres días por la Le 9.906. y