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Derecho Penal y El Estado de Derecho PDF

371 Pages·2005·14.349 MB·Spanish
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DERECHO PENAL Y EL ESTADO DE DERECHO Ninguna parte de esta publicación, incluido el diseño de la cubierta, puede ser reproducida, almacenada o transmitida en manera alguna ni por ningún medio, ya sea eléctrico, químico, mecánico, óptico, de grabación o de fotocopia, sin permiso previo del editor. O ENRIQUE BACIGALUPO o EDITORIAL JURÍDICAD E CHILE Carmen 8, 4" piso, Santiago Registro de Propiedad Intelectual Inscripción NV45.767, año 2005 Santiago - Chile Se terminó de imprimir esta primera edición de 500 ejemplares en el mes de marzo de 2005 IMPRESORES: Imprenta Salesianos S. A. IMPRESO EN CHILE / PRINTED IN CHILE ISBN 95610 -1 597-8 ENRIQUE BACIGALUPO Catedrático Derecho Penal Magistrado Tribunal Supremo de España DERECHO PENAL Y EL ESTADO DE DERECHO Enrique Bacigalupo es un jurista tan reconocido, así engues- tro país como en el extranjero, que apenas requiere présenta- ción. Unas pocas líneas bastarán, por consiguiente, para trazar un perfil destinado, sobre todo, a los lectores más jóvenes. Nacido en Buenos Aires, en 1938, hizo sus estudios en la Universidad de esa ciudad, en la Facultad de Derecho, en la cual funcionaba el Instituto de Derecho Penal y Criminología, dirigido por Luis Jiménez de Asúa, de quien Bacigalupo fue discípulo -y amigo- desde 1959 hasta la muerte del profesor español, ocurrida a fines de 1970. Más tarde, a partir de 1968, Bacigalupo trabajó en Alemania bajo la dirección de Hans Wel- zel, en Bonn, y, asimismo, se relacionó con Armin Kaufmann. Estas influencias contrastantes lo dotarían de una formación filosófica y jurídica tan sólida como original y flexible, que le permitió abrirse a perspectivas nuevas y enriquecedoras en el cultivo de las disciplinas penales. En 1974, las circunstancias políticas de Argentina provoca- ron el exilio de Enrique, quien, luego de permanecer cuatro años en Alemania, acogido por la Universidad de Bonn, a partir de 1978 se radicó en España, en donde ha desarrollado una exitosa y fecunda carrera académica y judicial. Así, en 1978 se incorporó a la universidad Cornplutense de Madrid; en 1984 fue nombrado Letrado del Tribunal Constitucional español; en 1986 obtuvo, por unanimidad, la cátedra de Derecho Penal, y en 1987 se lo designó Magistrado de la Sala Segunda (Penal) del Tribunal Supremo. Finalmente, entre 1989 y 2000, formó parte, conjuntamente con Klaus Tiedemann, Mirelle Delmas-Marty y Giovanni Grasso, del grupo de juristas llamados en carácter per- sonal por la Comisión de la Unión Europea, para efectuar estu- dios jurídico-comparativos que culminaron en el primer proyecto de Código Penal europeo (Corpus Iuris para la Protección de los intereses financieros de la Unión Europea). Bacigalupo ha enriquecido la literatura especializada con una veintena de libros que aquí resultaría fatigoso enumerar, de los cuales sólo mencionaré, de entre las generales, los "Li- neamientos de la teoría del delito", que ha conocido ya tres ediciones, el Manual de Derecho Penal (Bogotá, 1984) y los Prin- cipios del Derecho Penal, cuya quinta edición data de 1998. En cuanto a las obras de carácter monográfico, cabe recordar Tipo y Error, de la cual existen dos ediciones (1973 y 1998), Derecho y Punibilidad, cuya segunda edición es de 1999, y Principios consti- tucionales del Derecho Penal, publicada en Buenos Aires ese mis- mo año. Pero, además, el autor ha contribuido al desarrollo de las disciplinas penales con una infinidad de artículos, dispersos en revistas y obras colectivas españolas, argentinas, alemanas, italianas, norteamericanas e iberoamericanas. Todo ello confi- gura un cuerpo doctrinario valiosísimo, que con razón le ha conquistado un sitial de preeminencia entre los juristas con- temporáneos, en reconocimiento de lo cual sus colegas de Ibe- roamérica lo honraron publicando un Libro Homenaje con- ocasión de su sexagésimo quinto aniversario, editado en Lima, Perú, en 2003, con el auspicio del Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y Trata- miento del Delincuente. La obra, cuya presentación se me ha confiado, es una nueva edición de la que se publicó en 2002, por Marcial Pons, en España, y está constituida, precisamente, por un conjunto de trabajos relativos a las relaciones entre "Derecho Penal y Esta- do de Derecho", algunos de ellos inéditos y otros puplicados en distintos medios y fechas también diversas. Sin embargo, como el mismo autor lo destaca en el prólogo a la edición española, denominada Justicia Penal y Derechos Fundamentales, todos ellos están unidos por la naturaleza del tema, lo que les proporciona una notable organicidad. Así, a lo largo de los distintos capítulos, Bacigalupo se va haciendo cargo de un cú- mulo de problemas tan variados como complejos, poniendo al servicio de su solución no sólo la extraordinaria formación jurídica y el talento que lo caracterizan, sino, además, la expe- riencia adquirida en el ejercicio de la magistratura en un país que pertenece a la Comunidad Europea y que, por consiguien- te, se realiza en estrecho contacto con las distintas institucio- nes creadas por ese conglomerado de países para velar por el respeto de los derechos fundamentales de sus ciudadanos. Por esta razón, uno podría pensar que tales asuntos son ajenos a nuestro medio y, sin embargo, tan pronto se adentra en la lectura de los distintos capítulos, advierte que, por el contra- rio, todos tienen en este país una presencia y actualidad sor- prendentes. Sólo con el propósito de ilustrar lo expuesto, permítaseme destacar un par de ejemplos. Así, el capítulo IV,q ue trata de la "Jurisdicción penal nacional y violaciones masivas de derechos humanos cometidas en el extranjero", tiene, ya desde su título, resonancias que a los juristas nacionales no pueden sino serles familiares y, por lo demás, basta un recorrido preliminar de sus páginas para reconocer cuán próximo está el problema a nues- tra realidad cotidiana. De la misma forma, en el capitulo VIII, sobre "La significación de los derechos humanos en el moderno proceso penal", el apartado IV se dedica a discutir "el frecuente choque entre el derecho a un tribunal imparcial y el derecho a informar verazmente y ser informado", observando, acto conti- nuo, que "la prensa y la justicia penal con frecuencia no tienen buenas relaciones". Que cuestiones como éstas pertenecen a nuestra actualidad es algo que apenas requiere ser enfatizado, pues se las encuentra destacadas en las columnas de cualquier periódico. Y, en esa misma línea, tampoco dejará de percibirse como algo que' nos es inmediato el capítulo XI, relativo a "La regulación del uso de medios técnicos para la interpretación de comunicaciones privadas", una materia en la cual la legislación nacional no siempre adhiere a las opiniones más prudentes. Pero, en realidad, si se pasa la vista por sobre el índice del libro, la sensación de que éste versa sobre problemas pertenecientes incluso a nuestra cotidianeidad resulta inevitable. Como es obvio, ni las instituciones, ni los planteamientos, ni las soluciones a que se refiere el autor pueden extrapolarse in- discriminadamente a nuestra realidad. Pero como Enrique Baci- galupo aparte de ser un gran jurista es un originario de América, también descubriremos pronto que su capacidad de aproximar- nos los objetos del estudio para que podamos apreciarlos a la luz cambiante de nuestras peculiaridades continentales y nacionales es asombrosa. Y esto no ha de entenderse aplicable sólo a una que otra reflexión dispersa aquí y allá a lo largo ¿ie la obra. Por el contrario, es todo el hilo conductor que unifica los artículos reunidos en este volumen el que tiene resonancias dignas de ser atendidas desde nuestra realidad en general, y desde la de nues- tro ordenamiento jurídico en particular. Éstas son razones de sobra para recibir con entusiasmo la publicación que Bacigalupo ofrece a nuestra lectura. Aparte de su elevado valor jurídico, en ella también encuentra expresión el cariño que Enrique ha dispensado siempre a nuestro país y, en particular, a los que trabajan en él por el perfeccionamien- to de nuestras leyes e instituciones a fin de asegurar un respeto creciente por los derechos humanos fundamentales. ENRIQUE CURY URZÚA Profesor Titular de Derecho Penal de la Pontificia Uniuersidad Católica de Chile Ministro de la Corte Suprema ,de Chile

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