DERECHO FINANCIERO MEXICANO LIC. SERGIO FRANCISCO DE LA GARZA PROFESOR EMÉRITUS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY. PROFESORDELAFACULTAD DEDERECHOYCIENelASSOCIALES DELAUNrvERSIDAD DENUEVO LEÓN. PRESIDENTE DELAACADEMIA DEDERECHO FISCAL DENUEVO LEÓN, A. C.AFlUADAALAACADEMIA MEXICANA DEDERECHO FISCAL, A. C.,VICEPRESIDENTE DEL COLEGIO NACIONAL DEPROFESORES E INVESTIGADORES DEDERECHO FISCAL. A.C.,MIEMBRO DELAINTERNATIONAL FISCAL ASSOCIATION. MIEMBRO DE LA BARRA MEXICANA, COLEGIO DE ABOGADOS, EX PRESIDENTE DEL COLEGIO DE ABOGADOS DENUEVO LEÓN, A. C. DERECHO FINANCIERO MEXICANO 28"edición 11 EDITORIAL PORRÚA AV. REPÚBLICA ARGENTINA 15 MÉXICO, 2008 Primera edición, 1964 Copyright© 2008 por: SERGIO FRANCISCO DELA GARZA Condominio AceroMonterrey Zaragoza1000 Sur-Desp. 606 Te!. (83) 42-71-37 64000, Monterrey,N.L. Estaedición y sus característicasson propiedadde EDITORIALPORRÚA, SAde CV 6 Av. RepúblicaArgentina 15 altos, col. Centro,06020, México, DF www.porrua.com Queda hecho el depósito que marcala ley Derechos reservados ISBN 970-07-6676-4 IMPRESO ENMÉXlCO PRINTED IN MEXICO A mi querida esposa, MARGARITA, que etuusias tamenie ha sabido sacrificar muchas horas de justo esparcimiento alentándome para de dicar mi esfuerzo a este libro. A la memoria de mi padre, el abogado don I...I1ARo GARZA. cuyo ejemplo de probidad DE lA 4e intelectual y moral nunca acabaré agra decer. A la memoria de mi inolvidable amigo, el Lic. EMILIO GuZMÁN loZANO. cuya temprana desapa ricion frustr6 su talento dedicado al Derecho Financiero. A todos los maestros, amigos y compañeros que me han estimulado en esta tarea. Entoncessepusieron a acecharlo y le mandaron espías, que fingieron buena fe para aprovecharse de suspalabras, y así entregarlo a la policía y a la justicia del gobernador.Poresohicieron estapregunta: "Maestro, nosotrossabemosque hablas yenseñascon entera rectitud. No te fijas en la condición de las personas, sino que enseñasconabsoluta franqueza el camino de Dios. ¿Está permitido pagar impues tos al César, o no?" Jesús vio su astucia y les dijo: "Muéstrenme' una moneda, ¿de quién es la cara y el nombre que tiene escrito?" Le contestaron: "Del César." Entonces Él lesdijo: "Pues bien, den al César lo que lecorresponde al César, y a Dios loque lecorresponde a Dios." San Lucas, Evangelio, 20:20-25. Es necesario obedecer: no por miedo, sino en concien cia. Por esa misma razón ustedes pagan los impuestos, y los que han de cobrarlos son en esto los funcionarios de Dios mismo. Paguen a cada uno lo que corresponde: al que contribuciones, contribuciones; al.que impuestos, im puestos; al que respeto, respeto; al que honor, honor. San Pablo, Carta a los Romanos, 13:5-7. ABREVIATURAS AD Amparo Directo AFR Administración Fiscal Regional NRoA Amparo en Revisión Apéndice Apéndices al SJF publicados en 1955. 1965. 1975Y1985 que contienen laa tesis jurisprudenciaIes yrelacionadas sustentadas por la SCJN y por los tribunales colegiados de circuito desde 1917 a esas fechas Art. Articulo BIJ Boletín de Informaciónjudicial BIJurldica Boletínde Informaciónjurídica, órgano del lMSS BSJF Bolelln del SemanarioJudicial de la Federación Cap. CapItulo Circ.o C. Circuito CCDF Código civil parael Distrito Federal CFF 1938 Código Fiscal de la Federación publieado en el DOF de 31-XII-1938 CFF 1967 Código FISCa! de la Federación publicado en el DOF de 19-1-1967 CFF 1981 Código Fiscal de la Federación publicado en el DOF de 31-XII-1981 CFNL Código Fiscal de Nuevo León CFPC Código Federal de Procedimientos Civiles CFPP Código Federal de Procedimientos Penales Compilación Apéndices al SJF publicados en 1955, 1965. 1975Y1085que contienen las tesis jurisprudenciaIes y relacionadas dietadas por la SCJN des de 1917 a esas fechas CMH Contaduría Mayor de Hacienda C.NBS Comisión Nacional Bancaria yde Seguros Const. Fed. Constitución Políticadelos Estados Unidos Mexicanos CP o CPDF Código Penal parael Distrito Federal CP Contador P't1blico crxt, Código Tributario parala América Latina OEAlBID (Modelo) DAP o DPE Decreto de aprobación de Presupuesto de Egresos DF o DDF Distrito Federal o Departamento del Distrito Federal DGNMOP DirecciónGeneral de Normas sobreAdquisiciones, Almacenes yObras Públicas D.O. o DO o DOF Diario Ofrrialde la Federación DPE Decretodel Presupuesto de Egresos IFIM o IS1M Impuesto Federalsobre Ingresos Mercantiles INDETEC Institutopara el Desarrollo Técnico de lasHaciendasPüblicas ISR Impuestosobrela Renta IMSS Instituto Mexicano del Seguro Social lSSSTE Instituto de Seguridad YServiciosSedales de losTrabajadores delEstado ISAI Impuestosobreadquisiciónde inmuebles IVA Impuesto al Valor Agregado LA LeyAduanera publicada en el DOF de 30-XII-1981 IX x ABREVIATURAS [AA Ley sobre Adquisiciones. Arrendamientos yAlmacenes de la Admírus- traci6n Pública Federal lAPF Leyde Administración Pública Federal lAPN Leyde Aguas de Propiedad Nacional LISAI Ley del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles LCOOEPE Leyde Control de Organismos Descentralizados y Empresas de Partici- pación estatal LISIM o LFIM LeyFederal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles LFO Ley Federal de Derechos publicada en OOF, 31-XII-1981 yreformas LIT LeyFederal del Trabajo LGBN Ley General deBienes Nacionales LGICOA Ley Ceneral de Instituciones de Crédito yOrganizaciones Auxiliares LHOF 1941 Leyde Hacienda del Distrito Federalpublicada en el OOF, 31-XII-I941 LHOF 1982 Leyde Hacienda del Distrito Federal publicada en el OOF, 31-XII-1982 yreformas LISR Leydel Impuesto sobre la Renta LIVA Leydel Impuesto al Valor Agregado LOCMH LeyOrgánicade la ContaduríaMayor de Hacienda LSTF Ley del Servicio de la Tesorería de la Federación 1985 LTBNOE Ley de Terrenos Baldíos, Nacionales, Demasías yExcedentes LSS Leydel Seguro Social LIA Leyde Inspección de Adquisiciones LOP Ley de Obras Públicas LPCGP Leydel Presupuesto, Contabilidad yGasto Público M.A. o Mat. Adro. Materia Administrativa n. Número OFH Oficina Federal de Hacienda op. ci/. Obra citada p. Página pp. Páginas Regl. Reglamento Regl. CFF Reglamento del Código FISCa! de la Federación, OOF, 29-1I-1984 R. Int. SHCP, Reglamento Interior de la SHPC, OOF 24-1I-1992 RDF Revista Difuoi6n FISCa!, putfulda porla Dirección de DifusiónIisca1, SHCP ROFHP Revista de Derecho Financiero yde Hacienda Pública, Madrid, España RIF Revista Investigación Fiscal, SHCP. México RF Revista Fiscal ' RTFF Revista del Tribunal Fiscalde la Federación RTFEdoM Revista del TribunalFiscal.del Estado de México SCJ o SCJN Suprema Corte de Justicia de la Nación SCGF Secretaría de la Contraloría Generalde la Federación SHCP Secretaría de HaciendayCrédito Público SJF SemanarioJudicial de la Federación, órgano de la SCJN SNCF Sistema Nacional de Coordinación Fiscal SPP Sistemade Programación yPresupuesto SdeC o SECOM Secretariade Comercio SS Sala Superior del TFF TC Tribunal Colegiado TCMA Tribunal Colegiado en MateriaAdministrativa TFF Tribunal FISCa! de la Federación Vol. Voh1men ADVERTENCIA A LA DECD-IASEGUNDA EDICIÓN Después de la última edición, el Congreso de la Unión expidió el Código Fiscal de la Federación que apareció publicado en el Diario Oiíciaí de la Fe deración del 31 de diciembre de 1981 p~ra entrar en vigor el día jQ de octubre de 1982. El nuevo Código Fiscal de la Federación ha suscitado muchos comentarios y sugerencias para que se modifiquen algunas de sus disposiciones} de parte de colegios de profesores, de profesionales, academias, cámaras empresariales, etc. Inclusive se ha comentado que se puede posponer su fecha de entrada en vigor. Con motivo de la expedición del nuevo Código hemos revisado cuidadosa mente la edición anterior, a fin de adaptarla a las disposiciones del nuevo ordenamiento, sin poder esperar a que se le hagan reformas, si es que se hacen, en el próximo periodo ordinario de sesiones del Congreso. Debido a la urgencia del caso, enviamos este original al editor, con la adver tencia de que en parte resulte inadaptada esta nueva edición para cuando se ponga a la.disposición de los lectores, por los motivos explicados. Sin embargo, de haber tiempo, procuraremos agregar un apéndice en que se comenten I.1s modificaciones que puedan llegar a efectuarse. Agradecemos a los profesores, estudiantes y profesionales de! Derecho, de la Contaduría Pública, de la Administración y a los demás interesados la benevo lente acogida que han dado a las ediciones anteriores, y esperamos que ésta la reciban con el mismo espíritu. Atentamente, LIC. SERCIO FRANCISCO DE LA GARZA. Agosto 23 de 1982. Xl J ADVERTENCIA A LA QUINTA EDICIÓN La benevolencia con que ha sido recibida esta obra por parte de maestros, estudiantes y profesionales del Derecho, de la Contaduría Pública y de la Admi nistración, ha urgido la aparición de esta quinta edición. Correspondiendo a este favor, he hecho una completa revisión de la obra,para ponerla al día y ampliar aquellos temas que he considerado conveniente. Algunos se han reestructurado totalmente. Valgan como ejemplos el Poder Tributario y la detcrminaci6n de la obligaci6n tributaria. Ello sin perder el método utilizado en las anteriores ediciones en que se pro· cura que el estudiante se familiarice con las instituciones del Derecho Financiero como medio de adquirir un conocimiento que perdure a través de las frecuentes mutaciones del Derecho Positivo. Tengo una absoluta coincidencia de criterio con el profesor uruguayo Dr. Ramón Valdés Costa, quien en el prefacio de su Curso de Derecho Tributario escribe: ICEl conocimiento de los principios e institutos es lo más importante y lo único perdurable. Dominándolos, el análisis de los tributos en particular -siempre cambiantes y por regla general defectuo samente legislados-- no.ofrece dificultades; ignorándolos, ese análisis es pura mente formal y letrista. La ley tributaria, como todas las leyes, sólo puede ser cabalmente entendida y, por lo tanto, correctamente interpretada, por quienes conozcan los principios e institutos de la disciplina respectiva, en los cuales se concretan los principios generalesde Derecho." Además, he procurado hacer-una más copiosa referencia a la jurisprudencia y a losprecedentes tanto de la Suprema Corte de Justicia de la Naci6n como del Tribunal Fiscal de la Federaci6n, ya que ellos son guías positivos en la inter pretaci6n y desarrollo del Derecho Financiero, al ir definiendo los problemas que se les van presentando. Como era mi prop6sito desde hace algún tiempo, ahora he completado esta edici6ncon una parte dedicada al Derecho Tributario Administrativo. Con 10 anterior, espero que esta nueva edición sea más útil para los estu diantes, quienes podrán encontrar en el libro una fuente adecuada y actualizada de conocimientos, así como para los profesionales que puedan buscar en él una orientación o guía para el estudio y resoluci6nde susproblemas. Monterrey, N; L., agosto de 1972. SERGIO FRANCISCO DE LA GARZA. XIII ADVERTENCIA A LA TERCERA EDICIÓN La expedición del nuevo Código Fiscal de la Federación, que entró en vigor el 19 de abril del año en curso, nos ha impulsado a revisar y corregir la anterior edición de esta obra. También hemos sido motivados por el estímulo que hemos recibido por parte de numerosos amigos, profesionales del Derecho y catedráticos de diversas insti tuciones de cultura superior, así como por la benevolente acogida dispensada por los estudiantes, que son a quienes fundamentalmente está dirigido este libro, para que lessirva de ayuda en susestudios. Podemos repetir lo que decíamos en la advertencia a la anterior edición. Al través de varios años de cátedra hemos ido reuniendo material que hemos proporcionado a nuestros alumnos del Curso de Derecho Financiero, con el propósito de ayudarlos en la preparación del programa de dicho Curso. Estando dirigida la obra fundamentalmente a los estudiantes, sabemos que no aporta mayor novedad para los muchos estudiosos de esta interesante disciplina, que hayan abrevado en la doctrina financiero-jurídica mexicana y extranjera. En algunas ocasiones, ponemos al estudiante, en forma directa, con explica ciones insuperables de grandes maestros que se citan en el libro con amplitud. Podríamos repetir, a este respecto, la acertada frase de C. M. Giuliani Fonrouge: Por lo demás, aunque el autor ofrezca sus conceptos personales, en ocasiones IC••• expuestos con énfasis, no es lo bastante vanidoso para creer que sus ideas puedan interesar más que las ajenas." Para los que abran con interés las páginas de este libro y como estudiantes deseen aprender algunas nociones del Derecho Financiero, deseamos repetir la advertencia que hace el ilustre jurista italiano, que pasó de su patria natal a la Argentina, Dino Jarach, cuando escribió en su Curso Superior de Derecho Tributario lo siguiente: "Muchas veces me ha tocado decir -y lo repito una vez más al comenzar este curso- que es raro observar cómo los juristas no se han preocupado de la importancia y del grado de complejidad y de interés que tiene para ellos el Derecho Tributario. No se trata de ser especialistas de una materia de poca importancia o colateral, que sirve para prestar asesoramiento en las tareas forenses, en la judicatura, en la magistratura, etc. Es una materia muy noble y muy difícil, en que el Derecho Público y el privado y todas las ramas del primero y del segundo tienen aplicación y un entrelazamiento tan grande que sólo estando muy bien preparados en todos los aspectos del Derecho en general, es posible adquirir una especialización en el Derecho Tributario... II xv