ebook img

derecho ambiental general PDF

715 Pages·2014·4.08 MB·Spanish
Save to my drive
Quick download
Download
Most books are stored in the elastic cloud where traffic is expensive. For this reason, we have a limit on daily download.

Preview derecho ambiental general

DERECHO AMBIENTAL URUGUAYO1 Emilio Biasco2 — PARTE GENERAL — Acrónimos INTRODUCCIÓN Capítulo I.- GENERALIDADES 1. Cuestiones terminológicas. a) El medio. b) El ambiente. c) El medio ambiente d) El ambiente en sentido ecológico. e) Conclusión. 2. Concepto de ambiente en el ámbito internacional a) El ambiente como conjunto de circunstancias físicas. b) El ambiente como complejo de factores. c) Conferencia de Estocolmo. d) La Comunidad Europea. e) La Organización Mundial de la Salud (OMS) 3. La protección del ambiente en el derecho constitucional comparado 4.- Derecho del ambiente y derecho al ambiente 5. Elementos básicos del ambiente a) El ambiente artificial. b) El ambiente cultural. c) El ambiente natural o físico. 6. Denominación normativa de la flamante rama jurídica 7. Concepto y definiciones del Derecho Ambiental a) Concepto de Bacigalupo. b) Concepto de Martín Mateo. c) Concepto de Gomes de Carvalho. d) Concepto de Michel Prieur.- 8. Origen y evolución del ordenamiento jurídico ambiental 1 Versión ampliada de los apuntes preparados para la clase dictada en el Curso para Graduados, organizado por el Instituto de Derecho Administrativo, correspondiente al año lectivo 1997.- 2 Doctor en Derecho y ciencias Sociales, Escribano Público, Doctor en Diplomacia.- Profesor Titular de Derecho Público en la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración y Profesor Adjunto de Derechos Humanos en la Facultad de Derecho de la Universidad de la República.- 1 A) Ambito internacional. B) Ambito comunitario. Unión Europea. Mercosur. C) Ambito interno.- 9. Contenidos del Derecho Ambiental A) Concepciones pluralistas originales. a) Posición de Giannini. b) Posición de Capacciolo-Dal Piaz y Praderi. c) Jurisprudencia italiana. B) Concepciones unitarias contemporáneas. a) La Corte Constitucional italiana. b) Posición de Perlingieri. c) Posición de Bigliazzi-Geri. d) Posición de Jose Afonso Da Silva. e) Posición de Giorgio Conti. f) Posición de Postiglioni. g) Posición de Giampietro. h) Consejo de la CEE. i) Posición de Depax. j) El Derecho norteamericano. k) Las corrientes ecologistas. l) Posición de Rodgers. ll) Posición de Findley y Faber. m) La Declaración de Nairobi. C) Presupuestos de hecho de la superestructura jurídica. D) El ambiente como concepto jurídico indeterminado. E) El ambiente como concepto evolutivo y dinámico: in fieri. F) El ambiente como concepto valorativo. Capítulo II.- BIEN JURIDICO Y OBJETO DEL DERECHO - DEBER AMBIENTAL A. El ambiente como bien jurídico. 1. El ambiente como bien jurídico constitucionalizado. 2. Se trata de un derecho subjetivo debilitado. 3. De goce individual y colectivo, y de titularidad universal. 4. Es un bien jurídico de carácter complejo. B. El ambiente como objeto de derechos y deberes. Capítulo III.- EL DERECHO AMBIENTAL 1. Componentes del derecho ambiental. Las perspectivas teleológica y jurídico-constitucional. 2. Autonomía del Derecho Ambiental. a) Ciencia informativa, disciplina académica y rama autónoma del ordenamiento. b) El Derecho ambiental como rama autónoma de un ordenamiento jurídico in fieri y en permanente expansión. 3. Caracteres del Derecho Ambiental. a) Sustractum ecológico. 2 b) Internacionalidad y globalidad. c) Enfasis preventivo. d) Componente técnico-reglado. e) Vocación redistributiva. f) Preeminencia del Derecho público: constitucional y administrativo. g) Primacía de los intereses colectivos. h) Horizontalidad de sus normas. i) Diáspora normativa. j) Funcionalidad. k) Multidimensionalidad. l) Preservación del medio ambiente como función social. 4. Principios del Derecho Ambiental. A) Los denominados megaprincipios ambientales. a) Principio de ubicuidad. b) Principio de sostenibilidad: el desarrollo sostenible. c) Principio de globalidad. d) Principio de subsidiariedad. e) Principio de solidaridad. B) Otros principios ambientales. a) El principio de precaución (vorsorgeprinzip) b) El principio de prevención (versorgeprinzip). c) El principio del contaminador-pagador o principio de responsabilidad (verursacherprinzip). d) El principio de la cooperación o de la participación (kooperatiomprinzip). C) Los principios de la Conferencia de las NNUU sobre el Medio Humano. D) Principios incluidos en la Carta Mundial de la Naturaleza (1982) E) Los Principios incluidos en la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo F) Principales instrumentos internacionales sobre protección del ambiente Capítulo IV. POSICIONES JURIDICAS SUBJETIVAS EN EL DERECHO AMBIENTAL 1. Generalidades sobre las posiciones jurídicas. 2. Los intereses colectivos. 3. Los intereses difusos. 4. El derecho-deber a un ambiente sano.- 5. El poder-deber de los organismos del Estado.- Capítulo V.- REGIMENES CONSTITUCIONALES DEL MERCOSUR 1. Argentina (C. art. 41). a) Derecho a un ambiente sano. b) Deber de preservación. c) Obligación de recomponer el daño ambiental. d) Obligaciones de las autoridades estatales. e) Distribución de competencias nacionales y provinciales. f) Prohibición del ingreso de residuos tóxicos. 2. Brasil. a) Contenidos de la protección ambiental. 1. Reconocimiento del derecho al medio ambiente. 2. Naturaleza jurídica del medio ambiente. 3. Deberes estatales y colectivos. 4. Medidas tendientes a la efectivización del derecho. b) Deberes del poder público para asegurar la efectividad del derecho al ambiente. 1. Preservación y restauración de los procesos ecológicos y tratamiento ecológico de las especies y ecosistemas. 2. Preservación de la diversidad e integridad del patrimonio genético. 3. Definición de las áreas protegibles. 4. Estudios previos y públicos sobre el impacto ambiental de obras y actividades. 5. Controles sobre la utilización de técnicas, métodos y sustancias riesgosas. 6. Promoción de la educación y la conciencia ambiental. 7. Protección de la fauna y la flora. e) Obligaciones de los industriales. d) Régimen sancionador. e) Regímenes especiales. f) Tierras necesarias para la protección de los ecosistemas naturales. g) Manejo de la energía nuclear. 3. Chile. a) Protección del derecho a vivir en un ambiente no contaminado. b) Deberes del Estado. e) Restricciones a las libertades. 4. Paraguay. a) Derecho a habitar en m ambiente saludable y ecológicamente equilibrado. b) Objetivos prioritarios de interés social. e) Regulación y restricciones legales a la libertad. d) Prohibiciones sobre el uso de ciertos productos. e) Regulación del tráfico y de la tecnología. f) Delito ecológico. g) Obligación de reparar el daño. h) Protección del patrimonio cultural. i) Conservación, 3 rescate y restauración. j) Definición, registra y recuperación. k) Rescate de las expresiones culturales. l) Prohibiciones. 5. Uruguay. a) Protección por razones de interés general. b) Obligación de abstenerse de realizar actos desfavorables. e) Reglamentación legal y facultad de sancionar. d) Riqueza artística o histórica del país. F) Convención Americana de Derechos Humanos. Capítulo VII.- EL DERECHO AL AMBIENTE EN EL ORDENAMIENTO URUGUAYO A) Normativa básica. 1. El ordenamiento jurídico ambiental. 2. Protección constitucional del ambiente. 3. Potestades legislativas referentes al ambiente. 4. Inexistencia de una organización estatal que monopolice la protección del ambiente. 5. El derecho a un ambiente sano. B) Derechos relacionados con el ambiente. 1) Protección en el goce de la vida.- 2) Protección de la libertad, la dignidad humana y el ambiente.- 3) Protección del ambiente propiamente dicho.- 4) Derecho al agua potable y al saneamiento.- 5) Protección de la diversidad biológica.- 6) Las áreas protegidas.- 7) Los bosques.- 8) Desechos y residuos peligrosos.- 9) La contaminación ambiental.- 10) La protección de la familia.- 11) Los derechos del trabajador.- 12) La protección a través del goce de una vivienda decorosa.- 13) El asilo a los indigentes o carentes de recursos suficientes.- 14) El derecho de acceso a la información.- 15) El derecho a la participación.- 16) El derecho de acceso a la justicia.- 17) Los asuntos transfronterizos, regionales e internacionales.- C) Conclusiones. Capítulo VIII.- ACTIVIDAD ESTATAL DESTINADA A LA PROTECCION DEL AMBIENTE - A) Protección constitucional B) Función legislativa. C) Función administrativa. D) Función jurisdiccional. E) Las políticas ambientales Capítulo IX.- SISTEMA ORGANICO AMBIENTAL Organos competentes.- 1. Estado-legislador. 2. Estado-administrador. 3. Gobiernos Departamentales. 4. Entes Autónomos y Servicios Descentralizados. Capítulo X.- PRINCIPIOS E INSTRUMENTOS DE GESTION AMBIENTAL A) Principios de política ambiental.- B) Instrumentos de gestión ambiental a) Instrumentos internacionales. b) Normas internas sobre el ambiente. c) Código de Aguas: Prohibición de contaminación de aguas. d) Utilización de los cursos de agua potable. e) Vigilancia de las playas y contaminación de las aguas. f) Defensa, mejoramiento y creación de recursos forestales. g) Régimen de los parques declarados nacionales. h) Protección de los bosques. i) Medidas de fomento a la forestación. j) Excepciones al régimen general. k) Normas sobre protección penal del ambiente. l) Normativa aeronáutica. C) Aspectos institucionales: órganos y competencias Capítulo XI.- MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE (MVOTMA) 4 A) Origen y evolución. a) Creación del Instituto Nacional para la preservación del medio ambiente. b) Creación de la Dirección Nacional de Aguas y Saneamiento Ambiental. c) Creación del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. B) Cometidos asignados a la Dirección Nacional del Medio Ambiente. 1. Cometidos sustantivos. 2. Cometidos con actividad prestacional fuera del ámbito de la Administración Central. 3. Cometidos de apoyo a los cometidos sustantivos que permanecen en la Unidad Ejecutara. 4. Estructura organizativa. 5. Descripción de las funciones asignadas a la Dirección y a las unidades directamente dependientes. a) Actividades de Dirección. b) Asesoría de Planificación y Gestión Ambiental. e) Asesoria para los Asuntos Ambientales Internacionales. d) División Evaluación de Impacto Ambiental. e) División Evaluación de Calidad Ambiental. f) División Control Ambiental. 6. Poderes jurídicos el Ministerio. Capítulo XII.- EVALUACIONES DEL IMPACTO AMBIENTAL 1. Ley Nº 16466 de 19.I.1994 y DR. Nº 349/005, de 3.X.2005.- 2. Declaratoria de interés general y nacional. 3. Concepto de impacto ambiental negativo o nocivo. 4. Deber de abstención de todo acto que cause impacto ambiental negativo. 5. Sanciones administrativas y penales. 6. Responsabilidad civil por daño ambiental: quien contamina paga y repara. 7. Registros de estudios de evaluación de impacto ambiental. 8. Estudios previos sobre impacto ambiental. 9. Autorizaciones previas para las actividades, construcciones u obras. 10. Contenido de la solicitud de Autorización Ambiental Previa (AAP) 11. Documentos e información que deben acompañar la solicitud de Autorización Ambiental Previa. 12. Información que debe acompañar a la solicitud de autorización. 13. Control de admisibilidad y asesoramiento. 14. Categorización de los proyectos ambientales. 15. Plazo para evaluar la información presentada por el interesado. 16. Interrupción del plazo y vista al interesado. 17. Expedición del certificado de clasificación ambiental. 18. Suspensión de las autorizaciones. 19. Legitimación para solicitar autorizaciones. 20. Actividades, construcciones y obras públicas o privadas que requieren autorización. 21. Requisitos mínimos de las solicitudes de autorización para realizar determinadas actividades. 22. Etapas del procedimiento para la autorización ambiental previa. 23. Contenido del Estudio sobre Impacto Ambiental. Parte I. Características del ambiente receptor. Parte II. Identificación y evaluación de impactos. Parte III. Determinación de las medidas de mitigación. Parte IV. Plan de seguimiento, vigilancia y auditoría. 24. Informe Ambiental Resumen. 25. Responsables de los perjuicios ocasionados por actividades no autorizadas o por el apartamiento de las normas. 26. Intervención profesional en la suscripción de los estudios de evaluación de impacto ambiental. 27. Prohibiciones funcionales y orgánicas. 28. Publicación y manifiesto del resumen del proyecto. 29. Audiencia pública eventual. 30. Reserva del secreto industrial y comercial. 31. Resolución ministerial evaluatoria. 32. Hipótesis de negativa de autorización. 33. Declaración de objeto de estudio de impacto ambiental. 34. Contenido mínimo del decreto reglamentario. 35. Otras normas sobre estudios de evaluación del impacto ambiental. Capítulo XIII.- El derecho ambiental especial. Contenido abierto. XIV.- Conclusiones XV.- Glosario XVI.- Bibliografia XVII.- Apéndice normativo — ACRÓNIMOS ACCOBAMS Acuerdo de Mónaco sobre la Conservación de los Cetáceos del Mar Negro, el Mar Mediterráneo y la Zona Atlántica Contigua. AELC Asociación Europea de Libre Comercio. AC Mecanismo de Aplicación Conjunta. 5 AEC Actividades Ejecutadas Conjuntamente. AEN Agencia para la Energía Nuclear. AES Agencia Europea de Seguridad Marítima. ADPIC Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio. AG Asamblea General de las Naciones Unidas. AGCS Acuerdo General sobre Comercio de Servicios. AIF Asociación Internacional de Fomento. AMSF Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias. AMUMA Acuerdos Multilaterales de Medio Ambiente. AOD Ayuda Oficial al Desarrollo. AOTC Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio. APEC Foro de Cooperación Económica de Asia Pacífico. ASMC Acuerdo de Subvenciones y Medidas Compensatorias. BAT Mejor Técnica Disponible. BATEF Mejor Tecnología Disponible y Económicamente Posible. BIRF Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento. BOE Boletín Oficial del Estado. BySA Bienes y Servicios Ambientales. CAD Comité de Ayuda al Desarrollo. CBI Comisión Ballenera Internacional. CC Código Civil. CA Código de Aguas CCAA Comunidades Autónomas. CCMA Comité de Comercio y Medio Ambiente. CCT Comité de Ciencia y Tecnología. CDB Convenio sobre Diversidad Biológica. CEsp Constitución Española. CE Comunidad Europea. CEE Comunidad Económica Europea. CEAC Comité de Examen de la Aplicación de la Convención. CEDRE Centro de Documentación, de Investigación y de Experimentación sobre la Contaminación Accidental de las Aguas. CEDH Convenio Europeo de Derechos Humanos. CEPE Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas. CDESC Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. CDS Comisión de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas. CFC Clorofluorocarbonos. CFP Consentimiento Fundamentado Previo. CH4 Metano. CIDH Convención Interamericana de Derechos Humanos. CIN Comité Intergubernamental de Negociación. CIOMG Consejo Interministerial de Organismos Modificados Genéticamente. CIPR Comisión Internacional para la Protección del Rin. CITES Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre. CMMAD Comisión Mundial sobre Medio Ambiente y Desarrollo. CMC Conferencia Mundial sobre el Clima. CMS Comité de Seguridad Marítima. CMDS Comisión Mediterránea de Desarrollo Sostenible. CMNUCC Convención Marco de Naciones Unidas para el Cambio Climático. CNB Comisión Nacional de Bioseguridad. CNUMAD Cumbre de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo. CNUMH Conferencia de Naciones Unidas sobre Medio Humano. Código IDS Código Internacional de Dispositivos de Salvamento. Código PBIP Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias. COFI Comité de Pesca de la FAO. CONVEMAR Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. COSS Comité de Seguridad Marítima y Prevención de la Contaminación por los Buques. CO2 Dióxido de Carbono. COP Conferencia de las Partes. COP/MOP Conferencia de las Partes en Calidad de Reunión de las Partes en el Protocolo de Kyoto. Convenio OPRC: Convenio Internacional sobre Cooperación, Preparación y Lucha Contra la Contaminación por Hidrocarburos COV Compuestos Orgánicos Volátiles. CPMM Comité de Protección del Medio Marino. CRC Convención sobre los Derechos del Niño. CSN Consejo de Seguridad Nuclear. CTBT Tratado para la Prohibición Completa de Pruebas Nucleares. DADH Declaración Americana de Derechos Humanos. 6 DESC Derechos Económicos, Sociales y Culturales. DMA Directiva Marco del Agua. DOCE Diario Oficial de la Comunidad Europea. DOUE Diario Oficial de la Unión Europea. DOV Derechos de Obtención Vegetal. DPH Dominio Público Hidráulico. DUDH Declaración Universal de Derechos Humanos. EAE Evaluación Ambiental Estratégica. ECA Estándares de Calidad Ambiental. ECOSOC Comité Económico y Social de las Naciones Unidas. EGTT Grupo de Expertos sobre Transferencia de Tecnología. EIA Evaluación de Impacto Ambiental. EM Estados Miembros. EMEP Programa Común de Medidas y Evaluación del Transporte a Larga Distancia de los Contaminantes Atmosféricos en Europa. ENPAN Estados No Poseedores de Armas Nucleares. ENRESA Empresa Nacional de Residuos Radiactivos S.A. EURATOM Comunidad Europea de la Energía Atómica. FAO Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación. FIB Foro Intergubernamental de Bosques. FMAM Fondo Mundial para el Medio Ambiente. FNUB Foro de las Naciones Unidas sobre Bosques. FOE Friends of the Earth. GATT Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio. GEI Gases de Efecto Invernadero. GECT Grupo de Examen Científico y Técnico. GFCM Comisión General de Pesca para el Mediterráneo. GIB Grupo Intergubernamental de Bosques. GM Mecanismo Mundial (Global Mechanism). HFC Hidrofluorocarbonos. IBSFC Comisión Internacional de Pesca del Mar Báltico. ICC Cámara Internacional de Comercio. ICEL Consejo Internacional de Derecho Ambiental. ICES Consejo Internacional para la Exploración del Mar (International Council for the Exploration of the Sea). ICSU Consejo Internacional para la Ciencia. IFIs Instituciones financieras internacionales. INDNR Pesca ilegal, no declarada y no reglamentada. ILM International Legal Materials (Materiales de Derecho Internacional). IPCC Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático. IPPC Prevención y Control Integrados de la Contaminación. IYDD Año Internacional de los Desiertos y la Desertificación. LIC Lugar de Interés Comunitario. LRJPAC Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. MA Millenium Assessment (Evaluación del Milenio). MACI Medidas Ambientales y Comercio Internacional. MARPOL Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques. MDL Mecanismo de Desarrollo Limpio. MMG Microorganismo Modificado Genéticamente. MOP Reunión de las Partes (Meeting of the Parties). N2O Óxido Nitroso. NH3 Amoníaco. NOx Óxidos de nitrógeno. NA No Aplicable. NMF Principio de Nación más Favorecida. NOEI Nuevo Orden Económico Internacional. OA Órgano de Apelación de la OMC. OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. ODM Objetivos del Milenio. OEA Organización Estados Americanos. OECC Oficina Española de Cambio Climático. OIEA Organismo Internacional de la Energía Atómica. OILPOL Convención Internacional para la Prevención de la Contaminación Marítima Producida por Vertido de Crudo. OIMT Organización Internacional de las Maderas Tropicales. OIT Organización Internacional del Trabajo. OLP Organización para la Liberación de Palestina. OMC Organización Mundial de Comercio. 7 OMGs Organismos Modificados Genéticamente. OMI Organización Marítima Internacional. OMM Organización Meteorológica Mundial. ONU Organización de las Naciones Unidas. OMS Organización Mundial de la Salud. ONGD Organización no Gubernamental de Desarrollo. ONS Observatorio Nacional de la Sequía. ONU Organización de Naciones Unidas. OSACT Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico. OSACTT Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico. OSCE Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa. OSD Órgano de Solución de Diferencias de la OMC. OSE Órgano Subsidiario de Ejecución. OSPAR Convenio para la Protección del Medio Marino del Nordeste Atlántico. OTPCEN La Organización del Tratado para la Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares. PAC Política Agrícola Común. PAM Plan de Acción Mundial de los Mares. Pam Plan de Acción para el Mediterráneo. PAND Programa de Acción Nacional contra la Desertificación. PAO Potencial de Agotamiento del Ozono. PCA Potencial de Calentamiento Atmosférico. PECC Programa Europeo sobre el Cambio Climático. PED Países en Desarrollo. PIDCP Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. PIDESC Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. PM Protocolo de Montreal. PMA Países Menos Adelantados. PMP Medidas de Procesos y Métodos de Producción. PNA Plan Nacional de Asignación. PNUD Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo. PNUMA Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. POPs Contaminantes Orgánicos Persistentes (Persistent Organic Pollutants). Protocolo HNS Protocolo sobre Cooperación, Preparación y Lucha Contra la Contaminación por Sustancias Nocivas y Potencialmente Peligrosas. RCE Reducción Certificada de Emisiones. RCEl Reducción Certificada de Emisiones a Largo Plazo. RCEt Reducción Certificada de Emisiones Temporal. RECDE Régimen Europeo para el Comercio de Derechos de Emisió. RDL Real Decreto Ley. RENADE Registro Nacional de Derechos de Emisión. RIAA Reports of International Arbitral Awards SAO Sustancias que Agotan el Ozono. SASEMAR Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima. SMSSM Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos SO2 Dióxido de Azufre. SOLAS Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana. TAC Totales Admisibles de Captura. TEDH Tribunal Europeo de Derechos Humanos. TCE Tratado de la Comunidad Europea. TJCE Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. TNP Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares. TRLA Texto Refundido de la Ley de Aguas. TUE Tratado de la Unión Europea. UA Unión Africana. UE Unión Europea. UCA Unidades de Cantidad Atribuida. UDA Unidad de Absorción. UICN Unión Mundial para la Naturaleza. UNCTAD Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo. UNESCO Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. URE Unidad de Reducción de Emisiones. USO Universal Service Obligation. UTCUTS Uso de la Tierra, Cambio de Uso de la Tierra y Silvicultura. VLE Valores Límites de Emisión. WBCSD Consejo Mundial Empresarial para el Desarrollo Sostenible. WWF Fondo Mundial para la Naturaleza. 8 ZEC Zonas Especial de Conservación. ZEE Zona Económica Exclusiva. ZEP Zonas Especialmente Protegidas. ZEPAS Zonas de Especial Protección para las Aves. ZEPIM Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo. ZLAN Zonas Libres de Armas Nucleares. — Capítulo I.- GENERALIDADES Introducción. 1. Cuestiones terminológicas. a) Medio. b) Ambiente. c) El medio ambiente c) El ambiente en sentido ecológico. e) Conclusión.- 2. Concepto de ambiente en el ámbito internacional. a) El ambiente como conjunto de circunstancias físicas. b) El ambiente como complejo de factores. c) Conferencia de Estocolmo. d) La Comunidad Europea. 3. Derecho del ambiente y derecho al ambiente. 4. Elementos básicos del ambiente. a) El ambiente artificial. b) El ambiente cultural. c) El ambiente natural o físico. 5. Denominación de la flamante rama jurídica. 6. Concepto y definiciones del Derecho Ambiental. l) Concepto de Bacigalupo. 2) Concepto de Martín Mateo. 3) Concepto de Gomes de Carvalho. 4) Concepto de Michel Prieur. 7. Ordenamiento jurídico ambiental. A) Ambito internacional. B) Ambito comunitario. Unión Europea. Mercosur. C) Ambito interno. 8. Contenidos del Derecho Ambiental. A) Concepciones pluralistas originales. a) Posición de Giannini. b) Posición de Capacciolo-Dal Piaz y Praderi. e) Jurisprudencia italiana. B) Concepciones unitarias contemporáneas. 1. La Corte Constitucional italiana. 2. Posición de Perlingieri. 3. Posición de Bigliazzi-Geri. 4. Posición de Jose Afonso Da Silva. 5. Posición de Giorgio Conti. 6. Posición de Postiglioni. 7. Posición de Giampietro. 8. Comunidad Económica Europea. 9. Posición de Depax. 10. El Derecho norteamericano. 11. Las corrientes ecologistas. 12. Posición de Rodgers. 13. Posición de Findley y Faber. 14. Declaración de Nairobi. C) Presupuestos de hecho- D) El ambiente como concepto jurídico indeterminado. E) El ambiente como concepto evolutivo y dinámico in fieri. F) El ambiente como concepto valorativo. INTRODUCCIÓN 1. Cuestiones terminológicas El medio, el ambiente y el medio ambiente a) El medio Una de las acepciones del vocablo medio lo señala como elemento o ambiente en el que vive y se desarrolla una persona, animal o planta.3 b) El ambiente El vocablo ambiente proviene del latin ambiens4, que significa lo que está en torno, lo circundante; es decir que indica la esfera, el círculo o el ámbito que nos rodea, el ámbito en el que vivimos; constituye el entorno, propicio o no, pero necesario a la 3 El vocablo medio, está ligado normalmente a ambiente , lugar, espacio, o espera.- 4 Ambiente, viene de dos palabras del latín: ambiens: condición o circunstancia; y entis: que rodea o cerca; significando: circunstancias o condiciones que rodean a las personas, animales o cosas.- 9 existencia de todo ser vivo.5 Al respecto cabe recordar que Hipócrates (460-375 AC), en su obra "Aires, aguas y lugares", resaltaba la importancia del medio ambiente como causa de enfermedad; y que, mucho tiempo después —en el año 1612—, Galileo Galilei, utilizaba el vocablo ambiente, para designar el espacio en el cual se encuentran una persona y un objeto. c) El medio ambiente Medio Ambiente proviene del latin Ambire, que significa "rodear"; y su participio presente es ambiens, ambientis, es decir lo "que rodea". Asimismo proviene del francés antiguo viron, que significa "derredor"; y del verbo environnner, que significa "rodear". Medio ambiente es el conjunto de condiciones que influyen en el desarrollo y actividad de los organidsmos.-6 d) El ambiente en sentido ecológico En ecología se entiende por ambiente, el conjunto de condiciones físico-químicas y biológicas que necesitan los organismos —incluido el ser humano—, para vivir. Entre estas condiciones hay que tener en cuenta la temperatura, la cantidad de oxígeno de la atmósfera, la existencia o ausencia de agua, la disponibilidad de alimentos, la presencia de especies competidoras, etc. En consecuencia, la regulación de la conservación del ambiente es el conjunto de normas que tienden a evitar su contaminación, a alargar al máximo la existencia de los recursos naturales y a mantener el equilibrio de los ecosistemas, evitando la extinción de las especies animales y vegetales que los forman. Precisamente, siguiendo esta línea de pensamiento, en la doctrina brasilera y en la alemana (Albin Eser) se propugna la utilización de la expresión Derecho ecológico; y en el Derecho chileno, se le denominó Derecho del entorno.-7 5 El diccionario de la Real Academia Española define al medio ambiente como el conjunto de circunstancias físicas que rodean a los seres vivos; excluyendo a estos últimos.- 6 Vé. María Moliner, Diccionario de uso del español; T. II, 1998, p. 310.- 7 Según consigna Leme Machado, Sérgio Ferraz (1972) denominó Derecho ecológico al conjunto de técnicas, reglas e instrumentos jurídicos orgánicamente estructurados, para asegurar un comportamiento que no atente contra la sanidad mínima del medio ambiente; y Diogo de Figueiredo (1975) concibió al Derecho ecológico como conjunto de técnicas, reglas e instrumentos jurídicos sistematizados e informados por principios apropiados, que tengan por fin la disciplina del comportamiento relacionado con el medio ambiente.- En Chile, Rafael Valenzuela Fuenzalida, lo denominó Derecho del entorno, conceptuándolo como el conjunto de normas jurídicas, cuya vigencia práctica se traduce o es susceptible de traducirse en efectos ambientales estimables, benéficos o perjudiciales, sea o no que la motivación de dichas normas jurídicas, haya reconocido una inspiración fundada en consideraciones de índole ecológica.- Vé. Paulo 10

Description:
d) Concepto de Michel Prieur.-. 8. Origen y evolución del ordenamiento jurídico ambiental. 1 Versión ampliada de los apuntes preparados para la
See more

The list of books you might like

Most books are stored in the elastic cloud where traffic is expensive. For this reason, we have a limit on daily download.