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Anteproyecto de Código Penal de Argentina 2013 PDF

638 Pages·2014·4.37 MB·Spanish
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ANTEPROYECTO DE CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA ANTEPROYECTO DE CÓDIGO PENAL Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización e Integración del Código Penal de la Nación (Decreto P.E.N. 678/12) Presidente: E. Raúl Zaffaroni. Miembros: León Carlos Arslanián, María Elena Barbagelata, Ricardo Gil Lavedra, Federico Pinedo. Secretario: Julián Álvarez Coordinador: Roberto Manuel Carlés 1 Prolusión al Poder Ejecutivo Señora Presidenta de la República Dra. Da. Cristina Fernández de Kirchner Su Despacho. Señora Presidenta: La Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización e Integración del Código Penal de la Nación, que tuviera a bien designar por Decreto 678 de 2012, tiene el honor de dirigirse a Ud. con el objeto de elevarle el resultado de sus trabajos, concretados en los dos documentos presentes: el Anteproyecto de Código Penal y su respectiva Exposición de Motivos. En la medida en que nuestra propia formación profesional no nos haya traicionado, hemos procurado redactar este último documento evitando citas y tecnicismos innecesarios para su comprensión por quienes no son académicos especializados. Hemos consignado nuestras razones, en lo posible, en lenguaje accesible a todos los representantes de nuestro Pueblo, a quienes corresponde en definitiva decidir su sanción. Si bien es de nuestra incumbencia dotar al texto propuesto del más alto nivel que nuestro saber nos permita, también somos responsables de explicar claramente las razones, tanto técnicas como político-criminales, de cada una de las opciones, para que los Poderes del Gobierno en cuyas manos queda la decisión legislativa en ejercicio de la soberanía popular, estén en condiciones de evaluarlas, sin que esto implique una simple delegación de atribuciones propias en un grupo técnico. Dejamos constancia de que cada uno de nosotros – e incluso cada penalista – muchas veces habrá imaginado o podrá proponer un texto diferente. Estas diferencias han existido en la Comisión, pero hemos cedido a esta tentación hasta lograr el máximo de acuerdo posible. Quizá llegamos con cinco proyectos diferentes en nuestras cabezas, pero ha predominado en todos nosotros el sentido común y la voluntad unánime de contribuir a dotar a la República de un Código Penal que ponga orden en una legislación que se ha descodificado y desarticulado, de modo que ahora presentamos un texto que es fruto del diálogo, la reflexión y el afán de armonización de todos. En lo fundamental hemos tenido coincidencia o hemos llegado a ella a fuerza de evaluar las razones de los otros. Las escasas diferencias puntuales las dejamos a criterio de los representantes del pueblo, observando que no alteran la estructura ni el sentido general del texto que proponemos. Un Código Penal es el apéndice indispensable de la Constitución Nacional, en cuanto es el instrumento que establece los límites al poder punitivo del Estado y, por ende, al ámbito de libertad de sus habitantes. En consecuencia, su sanción 2 debe ser un acto de plena consciencia y responsabilidad política por parte de todos los intervinientes. El texto que elevamos no es totalmente nuevo ni por completo original, pues se ha procurado respetar al máximo lo que queda del Código de 1921 y, en la incorporación de los dispositivos legales descodificados, se ha intentado limitar nuestra labor a mejorar sólo su técnica legislativa. Estas precauciones se adoptaron tanto para respetar la tradición positiva legislativa, doctrinaria y jurisprudencial argentina, como también para evitar eventuales escándalos de impunidad en función de la aplicación retroactiva de la ley penal más benigna. No se ha optado por ninguna regla general de mayor o menor punibilidad, sino que se propone disminuir o aumentar las escalas penales en la medida necesaria para evitar contradicciones axiológicas graves. Dado que toda escala penal proyecta negativamente el valor jurídico positivo lesionado, es ineludible tomar como parámetro general y orientador para el resto, el de la vida humana. La desarmonía que implica desconocer que este valor se halla en la cúspide del orden jurídico argentino, repudia a la Constitución Nacional, pues importa la adhesión a un orden jurídico extraño al nuestro, que reemplazaría – en el punto más alto de su objetivo – a la persona por otro ente extra o ultrapersonal, lo que resultaría claramente incompatible con la axiología constitucional, histórica y culturalmente consagrada. Sin perjuicio de lo expuesto en cuanto a información más puntual, quedamos a disposición del Poder Ejecutivo y de las Cámaras del H. Congreso de la Nación para ulteriores precisiones técnicas que, por otra parte, presumimos que serán aportadas y enriquecidas en la discusión académica que todo proyecto de reforma integral genera. Agradecemos la colaboración brindada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en la persona del Ministro Dr. Julio Alak y del Secretario de Justicia, Dr. Alejandro Julián Álvarez. Nuestra gratitud también para con los especialistas, organizaciones no gubernamentales y entidades de gobierno, que han respondido a nuestra convocatoria y nos han aportado sus opiniones y propuestas. Un elemental deber de justicia nos obliga a consignar nuestro agradecimiento a la labor de todos los colaboradores que nos han acompañado, muy especialmente al Coordinador de la Comisión, Dr. Roberto Manuel Carlés, cuyo compromiso con la tarea de organizar los trabajos, así como sus relevantes aportes técnicos y jurídicos, fueron fundamentales para la elaboración del presente Anteproyecto. Dios guarde a la Señora Presidenta. ARSLANIÁN – BARBAGELATA – GIL LAVEDRA – PINEDO – ZAFFARONI ÁLVAREZ – CARLÉS Buenos Aires, 10 de diciembre de 2013 3 4 Informe técnico I. Acerca del funcionamiento de la Comisión. La Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización e Integración del Código Penal de la Nación, creada por Decreto 678/2012 del 7 de mayo de 2012, comenzó a desarrollar sus trabajos a partir de mediados de ese mes, y concluyó su labor con la firma del Anteproyecto el día 10 de diciembre de 2013. En el transcurso de dieciocho meses la Comisión sesionó en forma semanal, y durante un importante período lo hizo en dos días de la semana. De las sesiones participaron todos los miembros de la Comisión, su Presidente, el Coordinador, los asesores de todos ellos y representantes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. En varias reuniones intervinieron especialistas invitados y representantes de organizaciones no gubernamentales y entidades de gobierno. Se realizaron reuniones semanales con todos los asesores, que permitieron anticipar y abordar las cuestiones que luego se presentarían en las reuniones de la Comisión. A ellos, nuestro reconocimiento por la labor desarrollada. II. Agradecimientos. La realización de las tareas de coordinación y organización del trabajo de la Comisión, de recopilación de información, de análisis del derecho comparado, de estudio de los antecedentes de codificación penal nacional, de la doctrina y la jurisprudencia nacional, supranacional y extranjera, de relevamiento de la totalidad de las leyes penales especiales y de la miríada de normas penales dispersas en legislación de toda índole, de aplicación de una correcta técnica legislativa, entre tantas otras, fue posible gracias a la colaboración brindada durante todo el proceso de elaboración del Anteproyecto, por la Secretaría de Justicia de la Nación. Nuestro especial agradecimiento, entonces, al Sr. Secretario Dr. Alejandro Julián Álvarez, y a los Dres. Martín Gerardo Degoumois y Antonela Carla Ghezzi, que trabajaron junto a la Comisión desde que iniciamos nuestra labor y realizaron importantísimos aportes. A la Subsecretaría de Política Criminal, en particular al Sr. Subsecretario Dr. Juan Martín Mena y al Dr. Ignacio Lombardi, por idénticas razones. A la Dirección General de Asistencia Técnica y Legislativa, al Director, Dr. Gustavo Alejandro Szarangowicz, y a los Dres. Leonel Raúl Toledo y Néstor Fabio Mandile; a María Victoria Dokmetjian, María Marta Ferretti, Gabriel Macaggi, Mariángeles Misuraca, Germán Luis Ugarte, Alejandro Szczyrek y a Cristian Aranda Perkovic. A todos ellos nuestro agradecimiento por haber revisado periódicamente el 5 texto, en la medida en que íbamos avanzando en su redacción, y por las relevantes propuestas que nos formularon. Al Sr. Subsecretario de Relaciones con el Poder Judicial, Dr. Franco Eduardo Picardi, y al Sr. Subsecretario de Coordinación y Control de Gestión Registral, Dr. Ernesto Kreplak. A la Dirección Nacional de Relaciones con el Poder Legislativo, en la persona del Director Fernando Miguel Basanta, y de la asesora Agustina Puñal; a la Dirección Nacional de Relaciones con el Poder Judicial, a la Dirección Nacional de Política Criminal, y a las asesoras Marcela Hilda Chindemi y María de Belén Portillo. Un especial reconocimiento a los asesores de los miembros de la Comisión, Dres. Rosa Cristina Acosta, María Laura T. Blacich, Carlos Bustillo, Alicia Laura Cano, Ignacio Javier Costa, Liuba Lencova, Fernando Manzanares, Juan Sebastián Marín, Adolfo Naldini, María Fernanda Prack, Marcelo A. Sgro, Adolfo Tamini, Adrián Tilve, Santiago Tizón y Federico Wagner. Agradecemos también la colaboración de Gonzalo Nogueira, Bianca Elizabet Salazar Arteaga y Lisandro Mariano Teszkiewicz. Nuestro agradecimiento a la Dirección General de Ceremonial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en particular a la Lic. Rosana Actis, y al Secretario Letrado de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. Matías Bailone. Y a Monica Monterotti. III. Participación y colaboración de especialistas, organizaciones no gubernamentales y organismos de gobierno convocados por la Comisión. Con la colaboración de la Dirección General de Asistencia Técnica y Legislativa y de la Subsecretaría de Política Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, la Comisión convocó a los siguientes especialistas, organizaciones no gubernamentales y organismos de gobierno, a brindar contribuciones y opiniones para la elaboración del Anteproyecto de Código Penal: Organizaciones No Gubernamentales Asamblea Permanente por los Derechos Humanos Asociación Abuelas de Plaza de Mayo Asociación Civil Unidos por la Justicia Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) Asociación de Abogados/as de Derecho Indígena (AADI) Asociación de Mujeres Meretrices de Argentina Asociación Madres de Plaza de Mayo 6 Asociación Madres de Plaza de Mayo - Línea Fundadora Asociación por los Derechos Civiles (ADC) Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (CEPOC) Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC) Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM) Familiares de Víctimas de Accidentes de Tránsito Fundación Poder Ciudadano Grupo de Apoyo Jurídico por el Acceso a la Tierra (GAJAT) Instituto Social y Político de la Mujer Liga Argentina por los Derechos del Hombre (LADH) Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas (ODHPI) Organización No Gubernamental "Madres del Dolor" Unidos por la Justicia. Familiares de Víctimas de Delitos Academias Nacionales, asociaciones académicas, de profesionales y magistrados Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires Asociación Argentina de Profesores de Derecho Penal Asociación de Abogados de Buenos Aires Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público Fiscal Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN) Asociación de Mujeres Jueces de la República Argentina Asociación de Profesores de Derecho Procesal Penal Asociación Latinoamericana de Derecho Penal y Criminología (ALPEC) Centro Virtual de Investigación en Derecho Penal (CRIMINT) Colegio Público de Abogados de la Capital Federal Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) Federación Argentina de la Magistratura (FAM) Fundación de Estudios para la Justicia (FUNDEJUS) Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y de Ciudad Autónoma de Buenos Aires (JUFEJUS). Instituto de Derecho Penal. Colegio de Abogados de La Plata. 7 Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Universidades e institutos universitarios Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho. Universidad Nacional de Catamarca. Facultad de Derecho. Universidad Nacional del Centro. Escuela Superior de Derecho. Universidad Nacional del Comahue. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Universidad Nacional de Cuyo. Facultad de Derecho. Universidad Nacional de La Matanza. Departamento de Derecho. Universidad Nacional de La Pampa. Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco. Escuela Superior de Derecho. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales Universidad Nacional de La Rioja. Facultad de Ciencias Sociales, Jurídicas y Económicas. Universidad Nacional del Litoral. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Universidad Nacional de Lomas de Zamora. Facultad de Derecho. Universidad Nacional de Mar del Plata. Facultad de Derecho. Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales. Universidad Nacional de Río Cuarto. Facultad de Ciencias Humanas. Universidad Nacional de Rosario. Facultad de Derecho. Universidad Nacional de San Juan. Facultad de Ciencias Sociales. Universidad Nacional del Sur. Departamento de Derecho. Universidad Nacional de Tucumán. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Universidad Austral Universidad Católica Argentina Universidad Popular de las Madres de Plaza de Mayo Centro de Estudios de Ejecución Penal (CEP). Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires. Centro de Estudios sobre Genocidio. Universidad Nacional de Tres de Febrero. 8 Departamento de Derecho Penal y Criminología. Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires Grupo de Estudios sobre Sistema Penal y Derechos Humanos, Instituto de Investigaciones Gino Germani (Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de Buenos Aires). Instituto de Derecho Penal de la Universidad Nacional de Córdoba. Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales “Ambrosio L. Gioja” (Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires). Programa de Estudios de Control Social, Instituto de Investigaciones Gino Germani (Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de Buenos Aires). Organismos públicos, judiciales y de gobierno Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) Agencia Nacional de Seguridad Vial (Ministerio del Interior y Transporte. Presidencia de la Nación). Banco Central de la República Argentina Cámara en lo Penal Económico Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba Centro de Estudios para la Defensa Pública (CEDeP) Centro de Asistencia a Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos "Dr. Fernando Ulloa" (Secretaría de Derechos Humanos, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Presidencia de la Nación). Comisión Provincial por la Memoria Consejo Nacional de las Mujeres (Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales, Ministerio de Desarrollo Social. Presidencia de la Nación). Defensoría General de la Nación Dirección General de Aduanas (AFIP) Dirección Nacional de Atención a Grupos en Situación de Vulnerabilidad (Secretaría de Derechos Humanos, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Presidencia de la Nación). Dirección Nacional de Desarrollo Normativo de los Derechos Humanos (Secretaría de Derechos Humanos, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Presidencia de la Nación). Dirección Nacional de Migraciones (Ministerio del Interior y Transporte. Presidencia de la Nación). Dirección Nacional Electoral (Ministerio del Interior y Transporte. Presidencia de la Nación). 9

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