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Anales de Jurisprudencia PDF

429 Pages·2017·3.22 MB·Spanish
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Tomo 346 1933 - 2017 X Época A nales de J a urisprudencia i c n e d u r Marzo-Abril 2017 p s ri Contenido u J Materia Civil Estudios Jurídicos e Juicio ordinario civil/ Saneamiento por evicción Sistema acusatorio, su incompatibilidad d Juicio ordinario civil/ Acto nulo por fallecimiento con el plazo constitucional del mandante Sadot Javier Andrade Martínez Juicio ordinario civil/ Valor de la prueba documental s Reforma constitucional al artículo 19, respecto del auto e de vinculación a proceso l Materia Familiar Rafael Guerra Álvarez a n Juicio oral familiar/ Controversia sobre filiación/ Gobierno electrónico, justicia abierta y ciberjusticia Derecho a la identidad de niños y niñas en materia electoral (juicio en línea) A Moisés Vergara Trejo Materia Justicia Publicación Especial para Adolescentes Conducta tipificada como delito contra la salud Caso Artavia Murillo y otros en su modalidad de narcomenudeo/ (“fecundación in vitro”) vs. Costa Rica Asistencia de defensor especializado Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones Materia Penal Homicidio calificado en grado de tentativa/ Inculpado persona indígena/ Debido proceso y adecuado acceso a la justicia Dirección de Anales de Jurisprudencia y Publicaciones Dirección General de Anales de Jurisprudencia y Boletín Judicial Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México PUBLICACIÓN CREADA COMO “DIARIO DE JURISPRUDENCIA” EN 1903, Y CON LA PRESENTE DENOMINACIÓN A PARTIR DE 1932 TOMO 346 DÉCIMA ÉPOCA MARZO-ABRIL 2017 Informes y ventas de: Anales de Jurisprudencia, Leyes y Códigos Tematizados, Colecciones Doctrina y Clásicos del Derecho, y demás obra editorial en la: DIRECCIÓN GENERAL DE ANALES DE JURISPRUDENCIA Y BOLETÍN JUDICIAL Dr. Claudio Bernard No. 60, 1er. Piso, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, C. P. 06720, Ciudad de México. Teléfonos: 51-34-14-41 y 51-34-13-23 AJ ANALES DE JURISPRUDENCIA, año 82, tomo 346, marzo-abril, 2017, es una publicación bimestral editada por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. Niños Héroes No. 132, Col. Doctores, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06720, Ciudad de México, Tel. 5134-1441, www.poderjudicialdf.gob.mx, [email protected]. Editor responsable: Raciel Garrido Maldonado. Reservas de Derechos al Uso Exclusivo No. 04-2010- 073014561200-102; ISSN: 2007-1701; Licitud de Título y Contenido No. 14982, otorgado por la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Colaboradores: • Erika Beatriz Ruiz Carballo • Sergio Casillas Macedo • Gustavo Frías Esquivel • Joel Oswaldo Vega Viazcán Diseño y formato de interiores: • Ricardo Montañez Pérez Portada: • Sandra Juárez Galeote Queda estrictamente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos e imágenes de la publicación sin previa autorización del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. Dr. Álvaro augusto Pérez JuÁrez Magistrado Presidente del tribunal suPerior de Justicia y del conseJo de la Judicatura de la ciudad de México lic. raciel garriDo MalDonaDo director general de anales de JurisPrudencia y boletín Judicial director de anales de JurisPrudencia y Publicaciones lic. José castillo larrañaga Fundador Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México Comité Editorial Mgdo. Dr. Álvaro Augusto Pérez Juárez Vocales Dr. Jorge Martínez Arreguín Consejero de la Judicatura Dr. Juan Luis González A. Carrancá Magistrado de la Cuarta Sala Familiar Lic. Judith Cova Castillo Juez Décimo de lo Civil C.P. Israel Soberanis Nogueda Oficial Mayor Lic. Raciel Garrido Maldonado Director General de Anales de Jurisprudencia y Boletín Judicial Dr. René González de la Vega Director General del Instituto de Estudios Judiciales M C ateria ivil Sexta Sala Civil Magistrados Lics. DeLia Rosey PuebLa, FRancisco José HubeR oLea contRó y eDmunDo Vásquez maRtínez, PoR ministeRio De Ley. Ponente mgDa. DeLia Rosey PuebLa. Recurso de apelación interpuesto por las partes actora y demandada, en contra de la sentencia definitiva dictada en el juicio ordinario civil, saneamiento por evicción. SUMARIO: SANEAMIENTO POR EVICCIÓN. ACCIÓN PARA SU PRO- CEDENCIA. El artículo 2119 del Código Civil para el Distrito Federal, es- tablece que la acción para que proceda el saneamiento para el caso de evic- ción, se da cuando el adquiriente es privado total o parcial por sentencia ejecutoria en razón de algún derecho anterior a la adquisición; lo que en la especie aconteció que el quejoso, quien persona diversa al actor en el pre- sente juicio obtuvo la protección y el amparo de la justicia federal para efec- to de que se dejara insubsistente primero, el emplazamiento practicado a dicha persona y como consecuencia de ello, también la adjudicación que se hizo a la Institución de crédito respecto del inmueble materia del pre- sente juicio; en virtud de la cual la parte actora acreditó haber sido priva- Tribunal Superior de JuSTicia del diSTriTo Federal do de manera total de su bien inmueble materia de compraventa, en razón de la existencia de un mejor derecho que el suyo y por tanto resulta funda- da su acción de saneamiento por evicción, criterio que se robustece con la tesis de jurisprudencia cuya voz es del tenor siguiente: ”eVicción. PaRa La conDena aL saneamiento PoR DicHa HiPótesis, bastaRá DemostRaR que meDian- te ResoLución eL aDquiRiente De un bien o DeRecHo Lo PeRDió totaL o PaRciaL- mente PoR La DecLaRatoRia De existencia De un meJoR DeRecHo que eL suyo.” Ciudad de México, veintiocho de febrero de dos mil diecisiete. Vistos, los autos del toca número ***/2017, para resolver el recurso de apelación interpuesto por las partes actora y demandada, en contra de la sentencia definitiva de fecha veintiocho de octubre de dos mil die- ciséis, dictada por la C. Juez Vigésimo Quinto de lo Civil de esta ciudad, en los autos del juicio ordinario civil, seguido por PEDRO en contra de BANCO... a través de su liquidador SERVICIO DE ADMINISTRA- CIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES (SAE); y RESULTANDO: 1. La sentencia definitiva concluyó con los siguientes puntos resolu- tivos: PRimeRo. Ha sido procedente la vía elegida para este asunto, en donde el actor PEDRO acreditó parcialmente su acción y el demandado BANCO... a través de su liquidador, SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES (SAE) demostró parcialmente sus excepciones y defensas, en consecuencia: segunDo. Se condena a la parte demandada a través de su liquidador, a devolver a la actora o a quien legalmente represente sus derechos en el término de cinco días siguientes a aquel en que sea legalmente ejecutable el presente fallo, el precio íntegro que se dio con motivo de la compraventa materia de la controversia, y que actualmente asciende a $57,000.00 (cincuenta y siete mil pesos 00/100M.N. (sic)), Materia Civil 8 Dirección De AnAles De JurispruDenciA y publicAciones más las cantidades que el accionante hubiere erogó (sic) con motivo de la escritura- ción del contrato de compraventa base de la acción, importes que se cuantificaran y acreditaran en ejecución de sentencia mediante el incidente respectivo; asimismo, la enjuiciada por conducto de su liquidador, tendrá que responder de los “daños y perjuicios” que se generaron al actor con motivo de la celebración del contrato de mutuo con interés y garantía hipotecaria de fecha quince de octubre de mil novecientos noventa y dos, para la adquisición del inmueble materia de la litis, “daños y perjuicios” que se traducen únicamente en el importe de los intereses que hubiere liquidado el actor por la cantidad dada en mutuo, dados los razonamien- tos expresados en este fallo. teRceRo. Se absuelve a la enjuiciada de la actualización de los conceptos a que fue condenada y detallados en el párrafo que antecede. cuaRto. Se absuelve a la parte demandada de las prestaciones marcadas con los incisos c) y e) consistentes en el pago de las mejoras realizadas al inmueble y el pago de gastos y costas generados por los juicios que se intentaron con el objeto de mantener la posesión y propiedad del inmueble controvertido. quinto. No se hace condena en gastos y costas del juicio. sexto. Notifíquese. 2. Inconformes las partes actora y demandada, con la sentencia defi- nitiva antes transcrita, interpusieron recurso de apelación, mismo que les fue admitido en ambos efectos y tramitado que fue conforme a de- recho, se citó a las partes para oír sentencia definitiva en base a los si- guientes CONSIDERANDOS: I. Las partes inconformes, expresaron como agravios los que constan en sus escritos de fechas dieciocho y veintinueve noviembre de dos mil dieciséis, mismos que se tienen aquí por reproducidos a la letra en ob- vio de repeticiones innecesarias. 9 Materia Civil

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Con el propósito de evitar excesos, fraudes a la ley e inseguridad ju- 16 Información pública, rescatada del portal oficial del Tribunal Electoral de la vida”, y vi) “tan violatorio es el eliminar concebidos[,] o sea niños[,] ti-.
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