EL CONVENTO DE SAN AGUSTÍN DE MARCHENA TRAS LA EXCLAUSTRACIÓN (SIGLOS XIX-XX). UNA APROXIMACIÓN A LOS USOS NO RELIGIOSOS DE DICHO CONVENTO José María Díaz Luque I NTRODUCCIÓN El convento e iglesia de San Agustín de Marchena constituyen una obra emblemática dentro de la arquitectura religiosa de Marchena. Sobre este convento e iglesia existe una amplia bibliografía con datos desde su fundación, traslado y evolución, hasta la salida de los agustinos que se produjo en 1836, con la desamortización de Mendizábal1. (Ver fotografía nº 1) 1 J. F. ALCAIDE AGUILAR, Guía Básica Histórico–Artística de Marchena, Marchena, 1985, pp. 36 y siguientes. Nos puede servir para hacernos una idea sobre el estilo y características de esta obra de arte única en su género. La obra arquitectónica es de estilo barroco, transición al neoclásico, y con influencias de Juan de Herrera. Data del siglo XVII. Es de planta de cruz latina, con tres naves longitudinales y una transversal. Las naves se apoyan en arcos de medio punto que, a su vez se sostienen con pilastras que tienen adosadas columnas toscanas. La bóveda central es de cañón y las laterales son vaídas. Los elementos ornamentales son los que dan características únicas en el barroco español: «profusamente decorados con altorrelieves realizados en estucos siguiendo la impronta mudejárica original pero, en este caso, la temática es poscolombina» del mundo azteca e inca. En la otra zona del recinto religioso, el convento, sobresale el claustro: de «dos cuerpos: el bajo de galerías y el alto, cerrado por ventanales, apoyado sobre columnas que soportan las presiones de los arcos de medio punto». E. VALDIVIESO ET AL., Guía Artística de Sevilla y su provincia, 1981, pp. 446-471. A la iglesia de San Agustín le dedica 159 Jose María Díaz Luque Nuestra ponencia, como su nombre indica, versará sobre la evolución del edificio que ocupaba el convento de los agustinos tras la exclaustración de los mismos. En concreto sobre el uso no religioso y no conventual que ha tenido estas dependencias a partir de 18362 y hasta las décadas finales del siglo XX. A lo largo de esta ponencia recordaremos el uso muy dilatado, y fructífero en el tiempo, que ha tenido una parte del convento tras la desamortización en relación con la educación. Los marcheneros deben saber que en el actual convento de San Agustín, mucho antes de la llegada de los Padres Mercedarios, estuvo funcionando de manera ininterrumpida durante algo más de noventa años (entre 1862-63 hasta 1953), la que fue Escuela Primaria Superior de Marchena. Este hecho es muy poco conocido, en general, por las personas nacidas después de la década de los cuarenta del siglo XX. Nuestra intención es resaltar este hecho, sacarlo a la luz con documentación escrita y gráfica, al objeto de que sea conocido por las personas interesadas en estos temas3. Algunas personas nacidas en torno al año 1920, que aún viven nos han manifestado testimonios orales que enriquecen y completan la escasa información escrita que se tiene del acontecer diario de la escuela pública. relativamente muy poco comentario (página 455). F. CANO MANRIQUE, Historia de la Orden de la Merced descalza. Volumen II La Restauración de la Orden (1986-1915). El capítulo XII le dedica un comentario más amplio en las páginas 323 y siguientes. Son también interesantes los manuscritos inéditos de J. MORALESY SASTRE, y los cuadernillos de J. MORALES CORRALES, Marchena, 1893, imprenta del autor. 2 El estudio del edificio del primer convento agustino de Marchena, luego Hospital de la Misericordia, está pendiente de completar, al menos desde aspectos poco tratados como los asistenciales y los docentes que tanta importancia han tenido desde la segunda mitad del siglo XIX y hasta la década de los setenta del siglo XX. La importante documentación existente en la parroquia de San Sebastián constituyen una fuente de información imprescindible de consultar si se quiere realizar dicho estudio. Es bien sabido que el actual emplazamiento de la iglesia y convento de San Agustín lo es, de manera efectiva, desde la segunda mitad del siglo XVIII, aunque los agustinos estuvieran presentes en Marchena desde el siglo XVI, convertido en Hospital de la Misericordia y más tarde ocupados por la Hermanas de la Caridad (de San Vicente de Paul). 3 Nosotros por nuestra parte ya hemos hecho varias aproximaciones a este estudio. El primero fue en las IV Jornadas sobre Historia de Marchena; el segundo, con ocasión de la celebración de IV Centenario de la Merced Descalza (2003); el tercero, cuando en las VIII Jornadas sobre Historia de Marchena realizamos un estudio sobre enseñanza pública y enseñanza privada arrancando desde el último tramo del siglo XIX. Seguimos pensando que faltan aspectos por investigar sobre la importancia de este convento como institución y como edificio de la época anterior a 1836 e incluso sobre cuestiones concretas relacionadas con la primera época tras la llegada de los Padres Mercedarios, época sobre la que hemos podido consultar una documentación muy escasa pero que, estamos seguro, que no es toda la que existe. 160 El convento de San Agustín de Marchena tras la exclaustración... Sin embargo, está en la memoria colectiva de centenares y centenares de nuestros vecinos acontecimientos y hechos más cercanos, por su cercanía en el tiempo. Nos referimos a todo lo que se refiere a la enseñanza y docencia tras la llegada de los Mercedarios a Marchena a mediados de la segunda década del siglo XX. También trataremos, de manera más somera, el uso que se dio a una gran parte del convento tras la desaparición del Colegio y del Centro Libre Adoptado de San Agustín de los Padres Mercedarios. En sus dependencias funcionó, durante algunos años, una sección del Colegio Juan XXIII, en concreto siete aulas a mediados de los años setenta. Unos años más tarde, a partir de finales de los años ochenta también hubo de habilitarse las dependencias de San Agustín para una parte del alumnado del Instituto «López de Arenas», funcionando como una extensión del ese Instituto4. ELCONVENTODESANAGUSTÍNTRASLAEXCLAUSTRACIÓNDELOSAGUSTINOS Con la exclaustración de los agustinos y la subsiguiente desamortización de Mendizábal iniciada en los años 1836-37 las dependencias del convento de San Agustín quedan vacías al quedar sin los frailes que la ocupaban5. Durante algunos años, al quedar desocupado el convento, la mayor parte de las dependencias debieron resentirse. Decimos esto porque, pocos años más tarde nos encontramos con documentación que vienen a corroborar lo que estamos diciendo. Por otra parte, en los años que siguen a la exclaustración la situación económica del país no es nada envidiable. Recordemos que se vive una situación de casi bancarrota y de guerra civil (las guerras carlistas). Por otra parte, los bienes del clero y de los municipios se ponen a la venta tras su nacionalización. Por ello no nos debe extrañar la situación deplorable en que se encontrarán muchos edificios civiles y eclesiásticos. Así fue y así lo podemos comprobar por la documentación que hemos manejado. Es sabido que la utilidad que se debía dar a los edificios que habían quedado vacíos era competencia de la Comisión de Bienes Nacionales. El edificio que estamos tratando, basándose en la normativa vigente en esos momentos, podía dedicarse a cualquier objeto que fuese de utilidad pública. Así se hace saber en escrito firmado por Ramón Fernández Vázquez, con fecha 11 de junio de 1840 y que cita la orden de 22 de marzo de 1839 que declaró que «…los edificios de conventos suprimidos se 4 En la biblioteca conventual hemos tenido acceso al contrato de arrendamiento entre el titular del convento y el ayuntamiento de Marchena 5 Debe recordarse que el recinto, incluía la iglesia, el convento con su claustro y dependencias y una zona aneja dedicada a almacenes. Esta última parte, con la desamortización, pasa a manos privadas. El resto queda a disposición de las autoridades eclesiásticas y civiles para darle el mejor uso posible. 161 Jose María Díaz Luque concedan gratuitamente sin costo de gravamen alguno para objetos de utilidad pública......». En la documentación examinada en el Archivo Municipal6 se indica que «el edificio convento de San Agustín está declarado es estado de ruina y decretada su domolisión (sic) por acuerdo de esa Junta de 2 de abril que se comunicó en 7 a este Ayuntamiento. Y por lo mismo y en conformidad a lo prebenido (sic) en real orden de 22 de marzo de 1839 y declaración de esa Junta de 20 de julio». Por tanto debe resaltarse que el edificio del convento peligró en el sentido físico del término, es decir, que estuvo a punto de derribarse, como así ocurrió con otras dependencias conventuales como las de los franciscanos, dominicos y capuchinos7. Teniendo en cuenta lo anterior, se va a confirmar un mes más tarde, el 11 de julio de 1840, que se podía proceder a la cesión de «habitaciones para curas, sacristanes y acólitos», en escrito de la Oficina del Comisionado de Amortización de este Partido8. (Ver fotografías nº 2 y 3) En ese conTexto, en 18429,y ante la situación de ruina en que se encontraba la parroquia de San Miguel, en aquel entonces filial de San Juan Bautista, se solicita y se concede por las autoridades pertinentes dar un uso a ciertas dependencias. La iglesia de San Agustín será por un tiempo sede de la de San Miguel en tanto ésta se encuentre en ruina. Asimismo se da uso a ciertas dependencias para habitaciones del cura y sacristán. El traslado se produce de manera oficial el 7 de julio de 1842. Si el traslado de San Miguel a San Agustín se realiza por estar en ruinas. Es conveniente decir que, en esos momentos, los informes de los técnicos confirman que también San Agustín estaba en ruinas. Comoquiera que las gestiones oficiales continuaron, al año siguiente, el 30 de abril de 1843, en un escrito de la Administración subalterna de Bienes Nacionales del 6 ARCHIVO MUNICIPALDE MARCHENA (en adelante AMM), Legajo 1531. El párrafo que sigue pertenece a un documento en doble folio en el que se han copiado varios documentos. Éste, concretamente, lleva fecha de 11 de junio de 1840 y en él se dirige el alcalde como presidente del ayuntamiento constitucional, a Ramón Fernández Vázquez = Sres. Presidente y vocales de la Junta de enajenación de conventos suprimidos. 7 AMM, Legajo 1531. 8 AMM. Legajo 1531, Instrucción Pública. 9 Diferente documentación nos lo confirma. En la misma iglesia de San Agustín, cuando se realiza un inventario en 1886, todavía sigue residiendo San Miguel en San Agustín. La fecha de traslado, que allí figura, es la del diecisiete de julio de mil ochocientos cuarenta y dos. De todas maneras, según los libros de administración de sacramentos de la parroquia de San Miguel, la iglesia de San Miguel se seguiría utilizando para algunos ritos y ceremonias como los bautizos. 162 El convento de San Agustín de Marchena tras la exclaustración... Partido de Osuna se comunica que en una fecha anterior se acordó: «Conceder gratuitamente al Ayuntamiento Constitucional de Marchena, el suprimido convento de San Agustín de la misma población para destinarlo a Parroquia de San Miguel y establecer escuela de enseñanza pública». Efectivamente se estaba utilizando ya como parroquia de San Miguel pero, sin embargo no se había hecho nada respecto al otro uso para el que se destinaba la concesión del convento al Ayuntamiento, es decir, la Escuela. PARTEDELCONVENTODE SAN AGUSTÍNCOMOESCUELAPÚBLICA Como hemos dicho, desde los primeros momentos en que se produjo la exclaustración de los agustinos, el convento de San Agustín pasó a formar parte de Bienes Nacionales. Está claro, por la documentación consultada, que el convento de San Agustín, situado en un lugar privilegiado de la población, podía ser, como de hecho lo fue, de utilidad pública y utilizarlo para diferentes fines. La concesión al ayuntamiento del convento para los usos a que se destinaron demuestra sensibilidad y coherencia por parte de las autoridades, tanto nacionales como locales. Utilizar una parte del convento como parroquia bien fuese de manera provisional y definitiva no presentó excesivos problemas, pues se realizaron las obras necesarias para que cumpliera sus fines. Pero, por otra parte, desde otro ámbito, estaba la necesidad de espacios y locales públicos donde ubicar una Escuela. Esta Escuela no era otra que la Escuela Primaria S.uperior10 (que debía acoger a niños de entre ^nueve y doce años) y que desde la ley de 1838 estaba obligado a poner en marcha el ayuntamiento de Marchena11 por su número de vecinos y habitantes. Nosotros ya expusimos en su momento (IV Jornadas sobre Historia de Marchena) todas las vicisitudes por la que tuvo que pasar nuestro pueblo para ver funcionando esta Escuela. Se tardó más de veinte años en que fuese una realidad. Es cierto que la ley obligaba a los ayuntamientos a buscar locales y a financiar todos los gastos que el funcionamiento de unan Escuela conlleva, incluido el sueldo de 10 Recordemos que la Educación Primaria abarcaba desde los seis a los doce años y que se dividía en dos etapas atendidas en dos Escuelas diferentes. La Escuela Primaria Elemental atendía a niños de entre seis y nueve años; la Escuela Primaria Superior debía atender a los niños de entre nueve y doce años. 11 La necesidad de su existencia viene recogida por la Ley de Instrucción Primaria de 21 de julio de 1838 y el Reglamento que la desarrolla, del 26 de noviembre. Esta Ley diferencia entre Instrucción Primaria Pública y Privada; dentro de la Primaria diferencia la Primaria Elemental de la Primaria Superior. A Marchena, por Ley, le correspondía una Escuela Primaria Superior ya que se especificaba que funcionaría en aquellas poblaciones con 1200 vecinos y Marchena superaba los 2700 vecinos según el diccionario de Madoz de 1843, alcanzando 11.620 almas. 163 Jose María Díaz Luque sus maestros. Es cierto también que las dificultades económicas supondrían un freno, pero lo que tiene menos justificación, aun en el caso de dificultades económicas comprensibles, es la dilación en cumplir la legalidad y los numerosos informes y cartas que se emitieron con el objetivo único de que no funcionase tal Escuela. Recordemos que debía acoger a niños (sólo niños) de entre nueve y doce años. Documentos de 1842 y 1844 nos hablan de «que la dotación del Maestro de la Escuela gratuita de Instrucción Primaria Superior vacante en esta Villa sea de tres mil reales y mil doscientos su Ayudante, con casa–habitación el primero. Y que se hagan los oportunos anuncios convocando a los aspirantes por el término de treinta días» (Díaz Luque, 1998:184). Dos años más tarde se pretende justificar la no necesidad de crear y de que funcione una Escuela con las características que la ley obligaba a las poblaciones de más de diez mil habitantes ya que «la solución es que se dé una asignación a los maestros particulares, pues el pueblo tiene multitud de obligaciones sobre el - caudal público que exceden en mucho a sus productos y el pueblo no puede sufrir más gravámenes cuando no solo se le aumenta el de las dotaciones, sino que también hay que buscar el local de que se carece» (Actas Capitulares, 16 de mayo de 1846). Es bueno recordar en este punto que el convento de San Agustín se había cedido al ayuntamiento para parroquia y para Escuela. Como parroquia y casa del cura y sacristanes ya funcionaba, como Escuela faltará unos años y no pocos impedimentos. Como muestra bien vale un botón ya comentado por nosotros en las IV Jornadas sobre Historia de Marchena. Allí recogíamos (un escrito particular que Miguel Ruiz12 remite al Alcalde José Mª de la Concha el día 18 de julio de 1850 en el que, entre otras cosas se dice que «aunque no encuentre medios en la actualidad para poder evadirse de esta carga tan pesada y tan inútil por las justas razones que Vd. expone en su citada carta ¿Qué quiere Vd.? Estamos en el siglo de la ilustración y se han empeñado que a costa de nuestros bolsillos sean literatos hasta nuestros gañanes y cogedores de aceituna, cuya manía allá serán los resultados»13. Efectivamente la cuestión era imparable, las autoridades instaban una y otra vez al ayuntamiento a que sacase la plaza, que dotase de presupuesto la Escuela Primaria Superior y que se nombrase maestro. Ya decíamos en la ponencia ya citada (1998:185) que «el inspector informaría a la superioridad de la poca prisa y 12 Este Miguel Ruiz puede que fuese un miembro de las familias más influyentes de Marchena durante la segunda mitad del siglo XIX, quizás padre o tío de los Ruiz Martínez que nos encontramos como diputados a Cortes por el término de Marchena (ver Álvarez Rey y Fernández Albéndiz, 1998:369). 13 A.M.M., Legajo 1531, recogido en Díaz Luque, 1998:213-214. 164 El convento de San Agustín de Marchena tras la exclaustración... escasa diligencia en lo referente a tal nombramiento, porque pasan los meses y el asunto no se soluciona y Sevilla sigue insistiendo. A finales de año y en tres escritos sucesivos (fechas del 9, 17 y 24 de diciembre de 1851) se proponen al Ayuntamiento terna para el nombramiento».Es decir, al ayuntamiento se le propone terna, se decide a favor de un determinado maestro, D. Francisco Cabello, pero no se realiza el nombramiento sino que el propio alcalde en nombre del ayuntamiento pide a la Junta de Instrucción Primaria la suspensión de la creación de la Escuela Primaria Superior en tanto que el ayuntamiento «cuenta con escasos recursos», al ser un «pueblo de trabajadores del campo» en el que los niños «van al campo al tener uso de razón». Es más, justifica su petición en que los niños que teóricamente no están desde pequeños en el campo, es decir, los niños de familias que tienen medios, dice que «los llevan a Sevilla». El alcalde, considera que como en el pueblo hay cuatro Escuelas Elementales (recordemos que estas escuelas eran para niños de seis a nueve años), la Escuela Primaria Superior (para niños de nueve a doce años) «es enteramente inútil»14. La respuesta desde la Comisión Provincial de Enseñanza, por medio de un informe del inspector (12 de febrero de 1852), no se hizo esperar. Pero, aún así, se siguió dilatando el proceso. Lo que está ocurriendo en Marchena no es un caso único. El propio alcalde se excusa en que hay otras poblaciones como Carmona y Cazalla que todavía no han elegido maestros de este tipo de Escuela cuya obligación venía marcad por ley. Cuando se resuelve el nombramiento (a finales de junio de 1853 a favor de D. Francisco Ponce, o Pose) se intenta dilatar el funcionamiento de la Escuela Primaria Superior con otra excusa, y aquí ya interviene el convento de San Agustín. Se solicita por parte del ayuntamiento el «no-establecimiento de la Escuela Superior de Instrucción Primaria como inútil en esta Villa y que en su lugar se restablezca la Cátedra de Latinidad, más propia para la carrera de los niños». Se dice que «es forzoso no perder de vista que los hijos de los pobres apenas saben leer y escribir, sus padres por necesidad los dedican a las faenas campestres para ayudar a sus familiares». Se argumenta que es innecesaria pues existe una Elemental y cuatro particulares, y que son suficientes, con demasía, para los niños de este vecindario. Al objeto de dilatar y de desviar la atención del asunto principal se propone que se restablezca la cátedra de latinidad «más propia para la carrera de los niños». Tras varios años con tiras y aflojas, a partir de 1857, y ya con la nueva ley de Educación aprobada (la ley Moyano), parece que se acepta por parte del municipio la 14 A.M.M., Legajo 1531 y Díaz Luque, 1998:185. No era cierto lo de las cuatro Escuelas, pues según el informe del inspector hay una pública y tres que deberían cerrarse por no reunir condiciones. 165 Jose María Díaz Luque ineludible necesidad de crear y dotar presupuestariamente esta Escuela Primaria Superior. La Diputación obliga a incluir en los presupuestos la dotación para dicha Escuela, pero los presupuestos y los acuerdos no se cumplen. Ahora se toma como excusa la no-existencia de locales apropiados y el que San Agustín está en obras. Obras que necesitan abundante inversión y se utiliza el presupuesto de dicha Escuela para las mismas. Las obras de acondicionamiento de San Agustín duraron muchos años. A ellas se destinaron muchas partidas de las que estaban presupuestadas para los Maestros de la Escuela Superior. También se habilitaron presupuestos extraordinarios. La dirección de las obras según quien aportase el dinero correspondía a arquitectos de Sevilla o a funcionarios municipales (el Alarife municipal). Mientras que las obras se realizaban, sabemos que se buscaron locales provisionales donde ubicarla. En uno en los que se pensó fue en los locales de la Hermandad de la Caridad en plaza de San Sebastián, donde luego funcionó durante 7 años el Instituto Laboral15. La Hermandad de la Caridad recibe la petición de que se le facilitase la «sacristía del templo de la casa Hospital de la Caridad» el 21 de octubre de 1859. El 25 del mismo mes contesta «que la sacristía forma parte del templo, que en ella se conservan ornamentos y vasos sagrados…sirviendo al mismo tiempo para las reuniones». Termina diciendo que «la penetración de Vd. conocerá los inconvenientes que se oponen al establecimiento de una Escuela pública por la estrechez del edificio y por la circunstancia de ser una Iglesia…(y que) del acuerdo de la hermandad tengo el honor de decirlo a Vd. sintiendo no poder corresponder a sus deseos»16. Otro de los locales en lo que se pensó instalar provisionalmente era la zona del ex convento de San Francisco, que luego sí se compró y destinó a Escuela pública (hasta que se construyeron los juzgados a mediados de la década de los cuarenta del siglo XX). En 1859 nos consta que hubo dos nombramientos de maestros para esta Escuela17 de la que no sabemos si funcionó ya en San Agustín, pues en 1861 todavía no habían concluido las obras. (Ver fotografías nº 4 y 5) 15 Está por hacer un estudio completo y profundo de la gestación del Instituto Laboral de Marchena, germen de toda la Enseñanza Media (hoy día Secundaria) de nuestra localidad. Algo ya hemos publicado en las IX Jornadas sobre Historia de Marchena, pero requiere un estudio más completo que incluya las numerosas vicisitudes de, al menos, el primer decenio cuando competía con la Enseñanza Libre de San Agustín (luego colegio Libre Adoptado), los diferentes lugares en los que se ubicó este Instituto, hasta la construcción del edificio (hoy destruido de la Avenida). 16 Puede leerse la carta completa en Díaz Luque, 1998:214. 17 Uno en marzo, el de D. José Mª Benítez que ejerció hasta septiembre. El otro 17 de septiembre, el de D. Francisco Romero y Romero,maestro este último que luego nos lo encontraremos como inspector. 166 El convento de San Agustín de Marchena tras la exclaustración... La parte del ex convento de los agustinos destinado a Escuela Primaria Superior con toda la parte baja de la fachada que da a la calle San Agustín, con entrada desde dicha calle. Desde muy pronto funcionó esta Escuela bastante bien18, pues necesitó y concedió desde muy pronto, 1861, un Ayudante en tanto que el alumnado que a ella asistía superaba los cien, cifra a partir de la cual el maestro contaba con ese ayudante. El maestro titular se marchó. Queda a cargo de la misma, como maestro interino D. Eligio Mª Gavidia hasta que el día 6 octubre de 1863, se produce el nombramiento de D. Eduardo Rodríguez Villanueva como maestro de la Escuela Primaria Superior. Sería su Maestro Titular hasta su jubilación que se produjo en noviembre de 1912. Fue sin lugar a dudas la Escuela Pública más importante de Marchena y de la comarca a la vista de la matrícula que tuvo, a la vista del nombramiento de un auxiliar muy pronto, a la vista de la pronta iniciación en la misma de Escuela de Adultos; y también, por qué no decirlo, a la justa fama de que gozó con el maestro que la regentó durante casi cincuenta años, D. Eduardo Rodríguez Villanueva19. En las VIII Jornadas sobre Historia de Marchena (Díaz Luque, 2002: 555) recogimos algunos datos sobre este Escuela. Entre esos datos aparecen los diferentes ayudantes o auxiliares con los que contó, así como los maestros que la regentaron tras la jubilación de D. Eduardo Rodríguez Villanueva. Asimismo reseñamos allí que esta Escuela desde muy pronto fue también Escuela de Adultos regentada por el mismo Eduardo Rodríguez Villanueva, ayudado por Eligio Mª Gavidia. Así citábamos a quien ocuparon interinamente la plaza, D. Manuel Torrelló Andrada, al que siguió su hermano D. José Torrelló Andrada. En propiedad ocupa la plaza en 1915 D. Francisco Gordillo Ruiz. En 1922 nos encontramos esta Escuela dirigida por D. José Posadas Ramírez, auxiliado por D. Antonio Reja Colombo. Más tarde serán maestros de esta Escuela D. Manuel Fernández Redondo, D. Rafael Morales Rodríguez y, ya en sus últimos años D. Vicente M. Cordero Moreno y D. Arturo V. Santos del Otero. Estos maestros nos lo encontraremos en la Calle Mesones, 2, en la misma casa donde ya existía una Escuela de niñas. (Ver fotografías nº 6 y 7) El desalojo de estas Escuelas Públicas, de un edificio que venían ocupando desde hacía más de noventa años, se explica por el interés que tenían tanto el 18 Al maestro D. Francisco Romero y Romero se le concede un premio consistente en un diccionario, un libro sobre métodos de enseñanza (de D. Mariano Corderera) y un mapa de España de D. Francisco Coello. 19 Eduardo Rodríguez Villanueva había nacido en Fuenteovejuna (Córdoba). Uno de sus últimos domicilios fue el de calle San Juan, 41. Cuando se jubila se va de Marchena y nos encontramos documentos de su hija, Rosario Rodríguez Buendía, reclamándole al ayuntamiento dinero referente a su situación como huérfana (Legajo 97 de Comisión Permanente, 30 de mayo de 1924). 167 Jose María Díaz Luque Ayuntamiento como los Padres Mercedarios de disponer de todo el edificio para adaptarlo a Colegio de Segunda Enseñanza, como así fue. Así, con fecha 1 de diciembre de 1953, el entonces Secretario de la Junta Municipal de 1ª enseñanza de Marchena, D. Rafael Morales, escribe al alcalde D. Luis Camacho Carrasco, entre otras cosas, lo siguiente20: «…he cumplido sus deseos poniendo en conocimiento de la Inspección su plan de traslado de las escuelas de San Agustín a la calle Mesones…». Obran, asimismo planos, redactados por el Perito Municipal D. Joaquín Rodríguez, con las reformas que se tuvieron que hacer con cargo al Ayuntamiento para acondicionar la parte superior de la calle Mesones nº 2, al objeto de realizar a la mayor brevedad el traslado. En el escrito del perito Municipal21 de fecha 5 de diciembre de 1953 se argumenta el traslado de las dos escuelas municipales del convento de San Agustín, «por motivos de ruina en los locales donde se encuentran, cuyo muro de fachada se halla bombeado hacia el exterior a causa de la presión que sobre él ejerce la bóveda que sirve de cubierta a dichas escuelas y la transformación que está sufriendo este edifico-convento para adaptarlo a Colegio de segunda enseñanza,…». En esta casa se construyó, para el poder ubicar a este alumnado lo siguiente: una escalera por donde estaba el servicio de niñas de la planta baja, un aseo para las niñas, tres W.C. en la planta alta (dos para los niños y uno para los maestros, un pequeño despacho para los maestros y el acondicionamiento de los sobrados para las aulas. Y todo ello con la obra del Grupo Escolar Padre Marchena en marcha (inaugurado en 1955), a cuya terminación todo lo que se estaba invirtiendo no tendría rentabilidad ninguna puesto que esas escuelas se cerrarían22. El 10 de mayo de 1952 se recoge (p.57 v) visita Ministro de Educación Ruiz Jiménez que promete Grupo Escolar. Con el funcionamiento de las unidades nuevas de este centro se sigue contando en 1955 con: las escuelas unitarias de niños de San Jerónimo, Harinas y Rojas Lobo; las escuelas unitarias de niñas de Las Torres, San Jerónimo, Hornilla, Orgaz (parte alta) y Quemada; la escuela parroquial de calle Antonia Díaz, la Escuela Hogar de la calle San Pedro, y las dos de párvulos de la calle Obispo Salvador Barrera (planta baja). En las IX Jornadas sobre Historia de Marchena ya recogíamos los trámites para la construcción del Grupo Escolar. 20A.M.M. Carpeta 1069. 21A.M.M. Carpeta 1069. Consta de dos folios mecanografiados que se complementa con varios planos. 22A.M.M. Legajo 107. 168
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