UNIVERSIDAD DE CHILE FACULTAD DE DERECHO DEPARTAMENTO DE DERECHO ECONÓMICO COMPORTAMIENTO COOPERATIVO Y CONTRATOS DE ADHESIÓN MEMORIA PARA OPTAR AL GRADO DE LICENCIADO EN CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES ALUMNO: GABRIEL ANTONIO LIZAMA FUENTES PROFESOR GUÍA: DON JAIME LORENZINI BARRÍA SANTIAGO CHILE 2016 A mis padres y hermana por su paciencia y cariño. A don Jaime Lorenzini por darle orden y sustancia a estas ideas. ÍNDICE Índice Resumen Introducción Capítulo I. Contratos de Adhesión 1 1.1. La contratación en masa. Presentación 1 1.2. Origen 2 1.3. Fundamentos de la contratación 4 1.3.1. Teoría voluntarista 4 1.3.2. Teoría de la justicia contractual 8 1.4. Contratos de Adhesión 15 1.4.1. Concepto 15 1.4.2. Ventajas 20 1.5. Cláusulas abusivas 22 1.5.1. Concepto 22 1.5.2. Razones de la presencia de las 25 cláusulas abusivas 1.5.3. Fundamento del control de contenido 30 y la noción de desequilibrio importante 1.6. Conclusiones 37 Capítulo II. Algunas nociones del Análisis 46 Económico del Derecho en la contratación 2.1. Contrato Perfecto 46 2.2. Costos de Transacción 50 2.3. La asignación de derechos 52 2.4. Eficiencia 54 2.5. Racionalidad de los agentes económicos 62 2.6. El problema de las asimetrías de información 65 2.6.1. La información 65 2.6.2. Asimetrías de información 67 2.6.3. Desarrollo de los deberes de 69 información 2.6.4. Informaciones redistributivas y 70 productivas 2.6.5. La información respecto de los precios 73 y la calidad de los productos a. Los precios como indicadores de 74 información b. Información y calidad de los 76 productos c. Calidad de los contratos 77 2.7. Selección adversa 82 2.8. Conclusiones 91 Capítulo III. Comportamiento Cooperativo 102 3.1. Presentación 102 3.2. Reputación y credibilidad 103 3.3. Excedente del consumidor 107 3.4. Comportamiento oportunista 110 3.5. El ambiente institucional 114 3.6. Comportamiento cooperativo 118 3.7. Conclusiones 127 Capítulo IV. Buena fe, Deber de Cooperación y 134 Expectativas 4.1. El Principio de la Buena Fe 134 4.2. Deber de Cooperación 138 4.3. Las expectativas razonables 146 4.4. Análisis Jurisprudencial 149 4.5. Análisis de cláusulas abusivas 162 4.6. Conclusiones 175 Bibliografía Anexo RESUMEN. El sistema de control de contenido de las cláusulas abusivas dispuesto en nuestra legislación, siguiendo la experiencia comparada, ha establecido un catálogo de cláusulas nulas por estimarse que atentan contra la buena fe alterando el necesario equilibrio o conmutatividad de las prestaciones debidas entre las partes. Asimismo, a modo de norma de clausura ha dispuesto una cláusula abierta de abusividad presente en el artículo 16 letra g) de la Ley 19.496, la cual erige como parámetros a la buena fe y el desequilibrio importante de las prestaciones para que el juez, atendiendo la finalidad del contrato y las normas que lo regulan, pueda controlar la abusividad de un término contractual determinado. Tales conceptos han resultado de difícil acceso por la doctrina nacional y extranjera, Con el fin de dar contenido a la noción de cláusula abusiva en los contratos de consumo, este trabajo pretende incorporar consideraciones propias del análisis económico del derecho, ligándolos con el concepto de cooperación, permitiéndole al intérprete determinar la abusividad de un término contractual en base a criterios económicos y teleológicos. INTRODUCCIÓN. Los contratos de adhesión constituyen la expresión jurídica del desarrollo del comercio y en especial del consumo, presente en nuestros días. Estos constituyen un instrumento racionalizador de los recursos, permitiendo alcanzar mejores niveles de satisfacción de los intereses que se conjugan en la relación de consumo. Sin embargo, dado los abusos advertidos en la disposición del contenido contractual por parte de los proveedores, el legislador ha estimado digno de tutela el interés de los consumidores en dicha relación jurídica. Es así como ha dispuesto de un catálogo de cláusulas estimadas atentatorias contra la buena fe, reservando en último término una norma de clausura en la cual pretende abarcar todas aquellas disposiciones contractuales no señaladas en los acápites anteriores, mediante la configuración de una definición abstracta de lo que estima lesivo de los intereses del consumidor, siendo central en este concepto el carácter contrario a los preceptos que la buena fe demanda en el intercambio económico. Estimamos que la contratación bajo condiciones generales es una herramienta racionalizadora de los costes internos que debe afrontar el proveedor, adquiriendo el carácter de elemento insustituible en el tráfico comercial. Sin embargo, han constituido a la vez un instrumento cristalizador del propio interés en el ámbito de una relación jurídica, impidiendo la satisfacción de las necesidades que los consumidores han previsto mediante el intercambio económico. Se ha intentado dar contenido a la cláusula abusiva recurriendo al concepto de la conmutatividad de las prestaciones en relación con el desequilibrio importante en las obligaciones y los derechos que para las partes se deriven del contrato. Aun cuando el principio de la buena fe se encuentra ampliamente desarrollado por la doctrina privatista, notamos una escasa profundidad en su aplicación como parámetro de la abusividad de los términos contractuales predispuestos en los contratos de consumo. Mediante este trabajo intentamos entregar una mayor identidad, aportando desde el punto de vista del análisis económico, respecto del contenido de este imperativo ético – jurídico y de su manifestación en los contratos de adhesión la que se encuentra dada por la exigencia de un equilibrio relativo entre las prestaciones. En virtud de ello, es que afirmamos la necesidad de complementar tales estructuras con una comprensión del comportamiento de los agentes económicos, identificando aquellos factores que inducen una determinada conducta, estableciéndose los mecanismos que promuevan comportamientos
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