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Boletín Oficial de la República Argentina. 2006 1ra sección PDF

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Buenos Aires, BOLETIN OFICIAL miØrcoles 18 de enero de 2006 Aæo CXIV Nœmero 30.826 DE LA REPUBLICA ARGENTINA Precio $ 0,70 Primera Secci(cid:243)n Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y Legislaci(cid:243)n y Avisos Oficiales obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (Decreto Nº 659/1947) Art. 2º — Por las HONORABLES CAMARAS DE SENADORES Y DE DIPUTADOS DE LA NA- Sumario DECRETOS CION, invítase a los señores Senadores Naciona- les, D. Miguel Angel PICHETTO y D. José Juan Bautista PAMPURO y al señor Presidente de la HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PÆg. NACION, Doctor D. Alberto Edgardo BALESTRI- #I2205028I# NI y al señor Diputado Nacional, D. Agustín Oscar VIAJE OFICIAL ROSSI para integrar la aludida Comitiva. DECRETOS Decreto 50/2006 Art. 3º — Por el MINISTERIO DEL INTERIOR, invítase al señor Gobernador de la Provincia de Desígnase a los funcionarios y al personal Misiones, Ingeniero D. Carlos Eduardo ROVIRA, DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES que acompañarán al Primer Magistrado con para que integre la mencionada Comitiva. 1755/2005 motivo del viaje oficial a la ciudad de Brasi- SuspØndese la aplicaci(cid:243)n de las disposiciones del Decreto N”(cid:160)1025/2005, mediante el cual se lia, República Federativa del Brasil, entre los Art. 4º — La misión a que se refiere la presente fijaron, entre otros, los nuevos valores para las tasas por servicios migratorios que deben abonar días 17 y 19 de enero de 2006. medida se iniciará el día 17 y culminará el día 19 las personas, pasajeros y tripulaciones que egresen del territorio nacional por v(cid:237)a terrestre, fluvial de enero de 2006. o mar(cid:237)tima................................................................................................................................. 2 Bs. As., 16/1/2006 Art. 5º — Por el MINISTERIO DE RELACIO- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS NES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIO- VISTO que el Primer Magistrado concurrirá en vi- NAL Y CULTO se adoptarán las medidas necesa- 1723/2005 sita oficial a la ciudad de BRASILIA (REPU- rias para la organización del viaje a que se refiere CrØase el cargo de Director Nacional Alterno del Proyecto de Modernizaci(cid:243)n del Estado y des(cid:237)gna- BLICA FEDERATIVA DEL BRASIL), entre los el presente decreto. La COORDINACION GENE- se a su titular. ........................................................................................................................... 2 días 17 y 19 de enero de 2006, y RAL DE ASUNTOS TECNICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE, la SECRETARIA GENERAL, la PRESIDENCIA DE LA NACION CONSIDERANDO: SECRETARIA LEGAL Y TECNICA, la CASA MILI- 1726/2005 TAR, todas ellas de la PRESIDENCIA DE LA NA- Designaciones transitorias......................................................................................................... 2 Que, por tal motivo, procede determinar quié- CION, la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS- nes integrarán la Comitiva Oficial que acom- TROS, el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRO- VIAJE OFICIAL pañará al Primer Mandatario. DUCCION Y EL MINISTERIO DE PLANIFICA- CION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SER- 50/2006 Que se estima oportuno invitar a miembros VICIOS prestarán su apoyo administrativo y lo- Des(cid:237)gnase a los funcionarios y al personal que acompaæarÆn al Primer Magistrado con motivo del de las HONORABLES CAMARAS DE SENA- gístico, según sus respectivas competencias. viaje oficial a la ciudad de Brasilia, Repœblica Federativa del Brasil, entre los d(cid:237)as 17 y 19 de enero DORES y de DIPUTADOS DE LA NACION, de 2006. ................................................................................................................................... 1 para que formen parte de dicha Comitiva. Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve- Que, asimismo, resulta procedente invitar al se. — KIRCHNER. — Jorge E. Taiana. RESOLUCIONES señor Gobernador de la Provincia de Misio- nes, Ingeniero D. Carlos Eduardo ROVIRA ANEXO I para que integre la aludida Comitiva. NOMINA DE LOS FUNCIONARIOS Y PERSO- ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES Que para el desplazamiento de referencia se NAL QUE INTEGRARAN LA COMITIVA OFICIAL 350/2006-APE utilizará la aeronave BOEING 757-200 matrí- QUE ACOMPAÑARA Y SECUNDARA AL PRIMER ApruØbanse las normas para la cobertura de medicaci(cid:243)n para el tratamiento de la Hepatitis Cr(cid:243)ni- cula T-01 de dotación de la Presidencia de la MAGISTRADO CON MOTIVO DEL VIAJE OFI- ca. ............................................................................................................................................ 5 Nación. CIAL A LA CIUDAD DE BRASILIA (REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL) COMERCIO EXTERIOR Que el presente acto se dicta en uso de las 11/2006-SICPME atribuciones emergentes del artículo 99, inci- DIAS 17 AL 19 DE ENERO DE 2006 DeclÆrase procedente la apertura de investigaci(cid:243)n relativa a la existencia de dumping en opera- so 1, de la Constitución de la Nación Argenti- ciones con transformadores trifÆsicos de dielØctrico l(cid:237)quido de determinada potencia, originarios na. PRESIDENCIA DE LA NACION de la Repœblica Federativa del Brasil.......................................................................................... 4 Por ello, COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE FACTURACION Y REGISTRACION EL PRESIDENTE General 1993-AFIP DE LA NACION ARGENTINA - Señor Vocero Presidencial, D. Miguel Angel Procedimiento. RØgimen especial de emisi(cid:243)n y almacenamiento de duplicados electr(cid:243)nicos de DECRETA: NUÑEZ comprobantes y de registraci(cid:243)n de operaciones. Resoluci(cid:243)n General N”(cid:160)1361, sus modificatorias y complementarias. Resoluci(cid:243)n General N”(cid:160)1702 y sus complementarias. RØgimen especial de emi- Artículo 1º — Desígnase para acompañar al - Señor Secretario Privado del señor Presiden- si(cid:243)n y almacenamiento electr(cid:243)nico de comprobantes originales. Resoluci(cid:243)n General N”(cid:160)1956. Su Primer Magistrado con motivo del viaje oficial a la te de la Nación, D. Héctor Daniel MUÑOZ modificaci(cid:243)n.............................................................................................................................. 3 ciudad de BRASILIA (REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL), a los funcionarios y personal cuya - Señor Secretario Adscripto para Asuntos Es- nómina se detalla en el ANEXO I de la presente peciales del señor Presidente de la Nación, D. Julio medida. Daniel ALVAREZ DISPOSICIONES PRESIDENCIA DE www.boletinoficial.gov.ar ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS 19/2006-AFIP............................................................................................................................ 10 LA NACION e-mail: [email protected] IMPORTACIONES SECRETARIA LEGAL Y TECNICA Conjunta 2/2006-DNSA y 6/2006-DNFA Registro Nacional de la Propiedad Intelectual DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI Autor(cid:237)zase la importaci(cid:243)n de carnes porcinas frescas sin hueso, de los estados de Santa Catarina N”(cid:160)451.095 y R(cid:237)o Grande do Sul, de la Repœblica Federativa del Brasil.......................................................... 10 Secretario DOMICILIO LEGAL DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL Suipacha 767-C1008AAO JORGE EDUARDO FEIJO(cid:211) Ciudad Aut(cid:243)noma de Buenos Aires Continœa en pÆgina 2 Director Nacional Tel. y Fax 4322(cid:150)4055 y l(cid:237)neas rotativas 2 MiØrcoles 18 de enero de 2006 Primera Secci(cid:243)n BOLETIN OFICIAL N” 30.826 PÆg. Por ello, generaría graves perjuicios a las operaciones turísticas en el país. EL PRESIDENTE CONCURSOS OFICIALES DE LA NACION ARGENTINA Que, asimismo, y atento que es un objetivo DECRETA: primordial del Gobierno Nacional, el afianzar las condiciones de previsibilidad, confiabilidad Artículo 1º — Modifícase la distribución del y seguridad jurídica, imprescindibles para el Nuevos...................................................................................................................................... 11 PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NA- desarrollo de las actividades turísticas, resul- CIONAL —Recursos Humanos— en la parte co- ta pertinente suspender la aplicación del De- rrespondiente a la Jurisdicción 25, JEFATURA DE creto Nº 1025/05. AVISOS OFICIALES GABINETE DE MINISTROS, para el Ejercicio 2005, de acuerdo al detalle obrante en Planillas Que mientras dure la suspensión propiciada, Anexas al presente artículo, que forma parte inte- es menester que los sectores involucrados Nuevos...................................................................................................................................... 11 grante del mismo. evalúen las modificaciones a introducir a la norma precitada teniendo en cuenta la situa- Anteriores.................................................................................................................................. 15 Art. 2º — Créase, en el ámbito de la JEFATU- ción actual del contexto económico general. RA DE GABINETE DE MINISTROS, el cargo de - Señor Funcionario de la Oficina del señor Vo- el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, DIRECTOR NACIONAL ALTERNO DEL PROYEC- Que han tomado intervención los servicios cero Presidencial, D. Diego Luis BURANELLO el Decreto Nº 624 del 21 de agosto de 2003 y TO DE MODERNIZACION DEL ESTADO, quedan- jurídicos competentes en la materia. SECRETARIA GENERAL modificatorios y el Decreto Nº 565 del 1º de do facultado para representar al Gobierno Nacio- junio de 2005, y nal ante las autoridades del BANCO INTERNA- Que la presente medida se dicta en uso de - Señor Subdirector General de Ceremonial, D. CIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO las atribuciones emergentes del artículo 99, Rubén Andrés ZACARIAS CONSIDERANDO: (BIRF), las autoridades del PROGRAMA DE NA- inciso 1 de la Constitución Nacional. CIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO - Señor Director de Sanidad, Doctor D. Luis Que el Decreto Nº 1490/01 en su artículo 1º (PNUD), en su carácter de Agencia de Gestión Por ello, Antonio BUONOMO CASA MILITAR aprobó el Modelo de Segunda Enmienda de del Proyecto, Organismos Oficiales Nacionales Préstamo BIRF Nº 4423-AR a suscribirse intervinientes y Entidades Financieras, en todas EL PRESIDENTE - Señor Edecán Presidencial, Teniente Coronel entre la Nación Argentina y el Banco Interna- las acciones necesarias para la ejecución del Pro- DE LA NACION ARGENTINA D. Alejandro Guillermo GRAHAM. cional de Reconstrucción y Fomento. yecto de Modernización del Estado financiado por DECRETA: el organismo multilateral de crédito mencionado SECRETARIA LEGAL Y TECNICA Que por el Decreto Nº 624/03 y modificato- en primer término. Artículo 1º — Suspéndese, entre la fecha del rios se procedió a aprobar la estructura orga- presente decreto y el 31 de mayo de 2006 la apli- - Señor Secretario Legal y Técnico, Doctor D. nizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE Art. 3º — El cargo creado por el artículo 2º ten- cación de las disposiciones del Decreto Nº 1025/ Carlos Alberto ZANNINI MINISTROS, hasta el primer nivel operativo. drá carácter extraescalafonario, con rango y je- 05. rarquía de Director Nacional y una remuneración JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Que por la dinámica adquirida por la Admi- equivalente al Nivel A Grado 0 del SISTEMA NA- Art. 2º — Mientras dure la suspensión dispues- nistración Pública Nacional con motivo de la CIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, ta por el artículo precedente, la DIRECCION NA- - Señor Director de Fotografía, D. Víctor Hugo transformación y modernización de sus or- con Nivel de Función Ejecutiva I (Decreto Nº 993/ CIONAL DE MIGRACIONES dependiente del MI- BUGGE ganizaciones acaecida en estos últimos 91 t.o. 1995). NISTERIO DEL INTERIOR y la SECRETARIA DE años, resulta pertinente determinar los linea- TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION mientos estratégicos de las políticas de mo- Art. 4º — Desígnase DIRECTOR NACIONAL evaluarán y propondrán las modificaciones perti- dernización de la gestión pública y reforma ALTERNO DEL PROYECTO DE MODERNIZA- nentes en la materia. - Señora Ministra de Economía y Producción, del Estado, así como monitorear la ejecu- CION DEL ESTADO dependiente del JEFE DE Licenciada Da. Felisa Josefina MICELI. ción del PLAN NACIONAL DE MODERNI- GABINETE DE MINISTROS al Señor Christian Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la ZACION. Gonzalo ASINELLI (DNI Nº 24.962.663), con ca- Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve- - Señorita Secretaria Privada de la Ministra de rácter de excepción a lo dispuesto por el artículo se. — KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. Economía y Producción, Da. Mariela Pía SANTA- Que resulta necesario profundizar las ac- 7º de la Ley Nº 25.967. #F2205029F# RELLI GOÑI tividades desarrolladas por la jurisdicción en su relación con las distintas áreas de la Art. 5º — El gasto que demande el cumplimien- - Señor Secretario de Industria, Comercio y de ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, to de la presente medida, será atendido con las la Pequeña y Mediana Empresa, Licenciado D. tendiendo a la optimización de la gestión partidas específicas del presupuesto vigente de #I2205033I# Miguel Gustavo PEIRANO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS- la jurisdicción. PRESIDENCIA DE LA NACION TROS. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES. Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Decreto 1726/2005 COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO Que con el fin de dar cumplimiento a los ob- DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI- jetivos del Proyecto de Modernización del CIAL y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Designaciones transitorias. - Señor Ministro de Relaciones Exteriores, Co- Estado se hace menester la creación del car- Fernández. — Felisa Miceli. mercio Internacional y Culto, Licenciado D. Jorge go de Director Nacional Alterno del Proyecto Enrique TAIANA. de Modernización del Estado en el ámbito de NOTA: Este Decreto se publica sin las Planillas Bs. As., 29/12/2005 la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS- Anexas. La documentación no publicada puede - Señor Secretario de Comercio y Relaciones TROS. ser consultada en la Sede Central de esta Direc- VISTO la Ley Nº 25.967, el Decreto Nº 491 del 12 Económicas Internacionales, Embajador D. Alfre- ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de marzo de 2002, y lo solicitado por la SE- do Vicente CHIARADIA Que por la Ley Nº 25.967 se dispuso el con- de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar CRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESI- gelamiento de los cargos vacantes financia- #F2205035F# DENCIA DE LA NACION, el Decreto Nº 565 MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, dos existentes a la fecha de sanción de la del 1 de junio de 2005, y INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que que- CONSIDERANDO: #I2205029I# - Señor Ministro de Planificación Federal, Inver- den vacantes con posterioridad, salvo deci- DIRECCION NACIONAL sión Pública y Servicios, Arquitecto D. Julio Mi- sión fundada del Jefe de Gabinete de Minis- Que por la Ley Nº 25.967 se aprobó el Pre- guel DE VIDO tros. DE MIGRACIONES supuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005. - Señor Jefe de Ceremonial del Ministro de Pla- Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER EJE- Decreto 1755/2005 nificación Federal, Inversión Pública y Servicios, CUTIVO NACIONAL reasumió el control di- Que el artículo 7º de la citada Ley establece D. José María OLAZAGASTI recto de todas las designaciones de perso- Suspéndese la aplicación de las disposicio- que las Jurisdicciones y Entidades de la Ad- nal, en el ámbito de la Administración Pública nes del Decreto Nº 1025/2005, mediante el ministración Nacional no podrán cubrir los - Señor Secretario de Energía, Ingeniero D. Nacional. cual se fijaron, entre otros, los nuevos valo- cargos vacantes financiados existentes a la Daniel Omar CAMERON res para las tasas por servicios migratorios fecha de su sanción ni los que se produzcan Que, con el objeto de asegurar el normal des- que deben abonar las personas, pasajeros y con posterioridad a dicha fecha, salvo deci- - Señor Secretario de Obras Públicas, Ingenie- envolvimiento de las acciones asignadas al tripulaciones que egresen del territorio na- sión fundada del Jefe de Gabinete de Minis- ro D. José Francisco LOPEZ PROYECTO DE MODERNIZACION DEL cional por vía terrestre, fluvial o marítima. tros. ESTADO, resulta indispensable cubrir el car- - Señor Secretario de Comunicaciones, Licen- go que se crea por el presente. Que por el artículo 2º del Decreto Nº 565 del ciado D. Mario Guillermo MORENO Bs. As., 29/12/2005 1 de junio de 2005, se dispuso que las facul- Que el Señor Christian Gonzalo ASINELLI tades otorgadas por la Ley Nº 25.967 al Jefe - Señor Director Ejecutivo del Organo de Con- (DNI Nº 24.962.663) reúne las exigencias VISTO el Decreto Nº 1025 del 29 de agosto de de Gabinete de Ministros podrán ser asumi- trol de Concesiones Viales, D. Claudio UBERTI. de idoneidad y experiencia necesarias para 2005, y das por el Poder Ejecutivo Nacional, en su #F2205028F# cubrir el cargo de Director Nacional Alter- carácter de responsable político de la admi- no del Proyecto de Modernización del Es- CONSIDERANDO: nistración general del país y en función de lo tado. dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la #I2205035I# Que por el citado decreto se fijaron, entre Constitución Nacional. JEFATURA DE GABINETE Que han tomado la intervención de su com- otros, los nuevos valores para las tasas por DE MINISTROS petencia la SUBSECRETARIA DE LA GES- servicios migratorios que deben abonar las Que mediante el Decreto Nº 491/02 se esta- TION PUBLICA de la JEFATURA DE GABI- personas, pasajeros y tripulación de cualquier bleció, entre otros aspectos, que toda desig- Decreto 1723/2005 NETE DE MINISTROS y la DIRECCION GE- embarcación que egresen del territorio nacio- nación de personal, en el ámbito de la Admi- NERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la nal, respectivamente, por vía terrestre, fluvial nistración Pública, centralizada y descentra- Créase el cargo de Director Nacional Alter- SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRE- o marítima, incluidos aquellos que lo hagan lizada, en cargos de planta permanente y no no del Proyecto de Modernización del Esta- SIDENCIA DE LA NACION. en cruceros u otros medios marítimos afines. permanente será efectuada por el Poder Eje- do y desígnase a su titular. cutivo Nacional a propuesta de la Jurisdicción Que la presente medida se dicta con arreglo Que diversos operadores de la actividad tu- correspondiente. a las atribuciones previstas en el artículo 99, rística, han formulado distintas peticiones ante Bs. As., 29/12/2005 incisos 1º y 7º de la CONSTITUCION NACIO- la SECRETARIA DE TURISMO DE LA PRE- Que, en el ámbito de la SECRETARIA LE- NAL, en el artículo 1º del Decreto Nº 491/02, SIDENCIA DE LA NACION, solicitando se GAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA VISTO la Ley de Presupuesto Nº 25.967, el De- en el artículo 7º de la Ley Nº 25.967 y en el postergue la implementación de la norma pre- NACION se encuentran vacantes diversos creto Nº 1490 del 20 de noviembre de 2001, artículo 2º del Decreto Nº 565/05. citada, toda vez que su aplicación inmediata cargos de la planta permanente, resultando 3 MiØrcoles 18 de enero de 2006 Primera Secci(cid:243)n BOLETIN OFICIAL N” 30.826 necesario proceder a su inmediata cobertu- General Nº 1702 y sus complementarias, y la sos de la seguridad social, o las que correspon- la solicitud de adhesión efectuada y se dará lugar ra, en razón de la particular naturaleza de las Resolución General Nº 1956, y dan presentar desde el inicio de la actividad o des- sin más trámite al archivo de las respectivas ac- tareas asignadas a la mencionada Jurisdic- de el cambio de carácter frente al impuesto al va- tuaciones. ción. CONSIDERANDO: lor agregado, vencidas al penúltimo mes anterior a la fecha de recepción de la respectiva solicitud, A los fines de este artículo se considerarán in- Que los agentes propuestos reúnen los co- Que mediante la primera de las normas cita- con arreglo a lo normado en el artículo 11.”. consistencias, entre otras, las siguientes: nocimientos, experiencia e idoneidad nece- das en el visto se estableció, en su Título I, sarios para el desempeño de los respectivos un régimen especial y opcional de emisión y d) Sustitúyese el artículo 9º, por el que se esta- a) La incorporación de datos inexactos o incom- cargos a cubrir, cumpliendo con los requisi- almacenamiento de duplicados electrónicos blece a continuación: pletos en la solicitud de adhesión. tos previstos por el artículo 11 del Anexo I al de comprobantes, y en su Título II, un régi- Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995), para el acce- men obligatorio de registración electrónica de “ARTICULO 9º — Los sujetos que no cumplan b) La falta de actualización del domicilio fiscal so a los niveles escalafonarios en cuestión. comprobantes emitidos y recibidos. con el requisito establecido en el inciso d) del artí- declarado, en los términos del artículo 4º de la culo anterior, podrán también solicitar la autoriza- Resolución General Nº 301, sus modificatorias y Que las precitadas designaciones se efectúan Que a través de la Resolución General ción para la emisión y el almacenamiento de los complementarias, o la que la reemplace y/o com- con carácter de excepción a lo establecido Nº 1702 y sus complementarias, se dispuso duplicados electrónicos de los comprobantes, plemente. por el Título III, Capítulos I y II del Anexo l al la obligatoriedad de consignar en determina- cuando su modalidad operativa lo justifique.”. Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995). dos comprobantes ciertos datos, mediante el c) No haberse cumplido con la obligación de sistema de identificación de datos denomina- e) Sustitúyese el artículo 11, por el siguiente: presentación de la última declaración jurada del Que la cobertura de los referidos cargos no do “código de barras”. impuesto a las ganancias y de las DOCE (12) últi- constituye asignación de recurso extraordina- “ARTICULO 11.— Los sujetos interesados so- mas declaraciones juradas del impuesto al valor rio alguno. Que dicha norma contempla asimismo, un licitarán la autorización para la emisión y el al- agregado y de los recursos de la seguridad so- mecanismo de consulta por parte de esta macenamiento de los duplicados electrónicos de cial, o las que correspondan presentar desde el Que la presente medida se dicta en virtud de Administración Federal, mediante transferen- los comprobantes mediante la transferencia inicio de la actividad o desde el cambio de carác- las atribuciones emergentes del artículo 99, cia electrónica de datos. electrónica de datos a través de la página “web” ter frente al impuesto al valor agregado, vencidas inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL, de este organismo (http://www.afip.gov.ar), con- al penúltimo mes anterior a la fecha de recepción de los artículos 7º de la Ley Nº 25.967, 2º del Que la Resolución General Nº 1956 dispuso forme al procedimiento dispuesto por la Reso- de dichos datos.”. Decreto Nº 565/04 y lo dispuesto por el artí- un régimen opcional para la emisión y alma- lución General Nº 1345, sus modificatorias y culo 1º del Decreto Nº 491/02. cenamiento electrónico de comprobantes ori- complementarias. A tal efecto se seleccionará f) Sustitúyese el artículo 12, por el siguiente: ginales respaldatorios de determinadas ope- la opción “Regímenes de Emisión, Almacena- Por ello, raciones, con relación a los responsables ins- miento y/o Registración Electrónicos de Com- “ARTICULO 12.— La aceptación o rechazo de criptos en el impuesto al valor agregado e probantes”. la solicitud de adhesión será resuelta dentro de EL PRESIDENTE incorporados al procedimiento normado en el los VEINTE (20) días hábiles administrativos, con- DE LA NACION ARGENTINA citado Título I de la Resolución General Como constancia de la presentación realizada tados a partir del día de su recepción, por los fun- DECRETA: Nº 1361, sus modificatorias y complementa- y admitida para su tramitación, el sistema emitirá cionarios que se indican a continuación: rias. un comprobante que tendrá el carácter de acuse Artículo 1º — Desígnanse, con carácter transi- de recibo de esta Administración Federal, el cual a) Jefe del Departamento Gestión de Cobro o torio, en la Planta Permanente de la SECRETA- Que atento el estado de desarrollo de los sis- implicará la aceptación de las disposiciones esta- el Jefe de la División Grandes Contribuyentes In- RIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE temas vinculados a dichas normas, resulta blecidas en el Anexo III de la presente. dividuales —según corresponda—, de la Dirección LA NACION, a las personas consignadas en el oportuno adecuar las mismas a los efectos de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacio- Anexo I que forma parte integrante de la medida, de compatibilizar sus procedimientos informá- Cuando en la solicitud efectuada se detectaren nales dependiente de la Subdirección General de en los cargos allí indicados, con carácter de ex- ticos. inconsistencias, el sistema comunicará automáti- Operaciones Impositivas de Grandes Contribu- cepción, a lo establecido en el Título III, Capítulos camente las mismas al responsable. En dicho yentes Nacionales: respecto de los contribuyen- I y II del Anexo I al Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995) Que han tomado la intervención que les com- caso, se suspenderá el trámite y el contribuyente tes y/o responsables correspondientes a cada una y a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley pete la Dirección de Legislación y las Subdi- dispondrá de un plazo de DIEZ (10) días hábiles de tales jurisdicciones. Nº 25.967. recciones Generales de Fiscalización y de administrativos para subsanarlas y concurrir a la Asuntos Jurídicos. dependencia de este organismo en la que se en- b) Jefe de Agencia o Distrito: respecto de los Art. 2º — Los cargos involucrados deberán ser cuentre inscripto a efectos de comunicar —me- contribuyentes y/o responsables de su respectiva cubiertos conforme los sistemas de selección pre- Que la presente se dicta en ejercicio de las diante la presentación de una nota en los térmi- jurisdicción. vistos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PRO- facultades conferidas por el artículo 7º del nos de la Resolución General Nº 1128— el cum- FESION ADMINISTRATIVA —Decreto Nº 993/91 Decreto Nº 618, del 10 de julio de 1997, su plimiento de tal deber o bien, aportar la informa- Durante el referido lapso, los citados funciona- (T.O. 1995)— en el término de CIENTO OCHEN- modificatorio y sus complementarios. ción o documentación pertinente tendiente a sub- rios podrán requerir información o documentación TA (180) días contados a partir de la notificación sanar tales inconsistencias y gestionar la reacti- complementaria a los fines de la tramitación de la de las respectivas designaciones transitorias. Por ello, vación del trámite suspendido. solicitud. Art. 3º — Los gastos que demande el cumpli- EL ADMINISTRADOR FEDERAL Transcurrido el plazo establecido en el párrafo La falta de cumplimiento del requerimiento for- miento de la presente medida serán atendidos con DE LA ADMINISTRACION FEDERAL anterior sin que se hubiere cumplido lo allí indica- mulado será considerado como desistimiento tá- cargo a las partidas específicas correspondientes DE INGRESOS PUBLICOS do, será considerado como desistimiento tácito de cito de la solicitud de adhesión efectuada y dará al Programa 20 —Asistencia Legal y Técnica— RESUELVE: de la Jurisdicción 20-01. Artículo 1º — Modifícase la Resolución Gene- Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la ral Nº 1361, sus modificatorias y complementarias, BOLETIN OFICIAL Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve- en la forma que se indica a continuación: se. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández. a) Sustitúyese el artículo 4º por el siguiente: DE LA REPUBLICA ARGENTINA “ARTICULO 4º — Esta Administración Federal NOTA: Este Decreto se pública sin el Anexo I. dispondrá la exclusión del presente régimen de Presidencia de la Naci(cid:243)n La documentación no publicada puede ser con- aquellos sujetos que, con posterioridad a su in- Secretar(cid:237)a Legal y TØcnica sultada en la Sede Central de esta Dirección Na- corporación, se encuentren comprendidos en al- Direcci(cid:243)n Nacional del Registro Oficial cional. (Suipacha 767. – Ciudad Autónoma de guna de las causales dispuestas en el artículo Buenos Aires) y en wwwboletinoficial.gov.ar anterior. Dicha exclusión se hará efectiva a partir #F2205033F# del primer día del segundo mes inmediato siguien- te al de notificación de la correspondiente resolu- Se informa al pœblico que durante el mes de enero, ción administrativa y se mantendrá mientras sub- sistan dichas causales. la Delegaci(cid:243)n Tribunales, permanecerÆ cerrada. RESOLUCIONES Sin perjuicio de ello, la exclusión de los sujetos Continuamos atendiendo en: comprendidos en la causal prevista en el inciso a) del artículo precedente no procederá cuando, a juicio del juez administrativo competente, se pro- #I2204947I# duzca un perjuicio considerable al patrimonio en Sede Central Administración Federal liquidación.”. Suipacha 767 de Ingresos Públicos desde 11.30 hasta 16.00 hs. b) Sustitúyese el primer párrafo del artículo 7º FACTURACION Y REGISTRACION por el siguiente: Delegaci(cid:243)n Colegio Pœblico de Abogados Resolución General 1993 “ARTICULO 7º — Los sujetos adheridos al pre- Avda. Corrientes 1441 sente régimen podrán emitir el original del com- desde 9.00 hasta 13.30 hs. Procedimiento. Régimen especial de emisión probante utilizado con arreglo a lo normado en la y almacenamiento de duplicados electróni- Resolución General Nº 1956 y en los casos allí cos de comprobantes y de registración de establecidos. En su defecto, emitirán como míni- Delegaci(cid:243)n Inspecci(cid:243)n General de Justicia operaciones. Resolución General Nº 1361, mo —en soporte papel— el original respectivo, a Moreno 251 sus modificatorias y complementarias. Re- fin de entregarlo al comprador, prestatario o lo- desde 11.00 hasta 14.00 hs. solución General Nº 1702 y sus complemen- catario o, al vendedor, en caso de tratarse de los tarias. Régimen especial de emisión y alma- comprobantes indicados en el artículo 5º, inciso cenamiento electrónico de comprobantes c).”. originales. Resolución General Nº 1956. Su modificación. c) Sustitúyese el inciso c) del artículo 8º, por el Ciudad Aut(cid:243)noma de Buenos Aires que se establece seguidamente: Bs. As., 17/1/2006 “c) Hayan presentado, de corresponder, la últi- ma declaración jurada del impuesto a las ganan- www.boletinoficial.gov.ar VISTO la Resolución General Nº 1361, sus modi- cias y las DOCE (12) últimas declaraciones jura- ficatorias y complementarias, la Resolución das del impuesto al valor agregado y de los recur- 4 MiØrcoles 18 de enero de 2006 Primera Secci(cid:243)n BOLETIN OFICIAL N” 30.826 lugar sin más trámite al archivo de las respectivas La mencionada comunicación se efectuará con documentación complementaria a los fines de la de Apertura de Investigación, expresando que actuaciones.”. una antelación mínima de CINCO (5) días hábiles tramitación de la solicitud. “...de acuerdo al análisis técnico efectuado por administrativos contados desde la fecha indicada esta Dirección, habría elementos de prueba g) Sustitúyese el artículo 13, por el siguiente: precedentemente. El incumplimiento del requerimiento formulado que permiten suponer la existencia de pre- será considerado como desistimiento tácito de la suntas prácticas de dumping para la exporta- “ARTICULO 13.— De tratarse de la solicitud a Los sujetos obligados que dejen de cumplir las solicitud de adhesión efectuada y dará lugar sin ción de Transformadores trifásicos de dieléc- que hace referencia el artículo 9º, los funcionarios condiciones del artículo 24 por las cuales fueron más trámite al archivo de las respectivas actua- trico líquido de potencia igual o superior a 25 citados en el artículo anterior, una vez evaluados incorporados al régimen, podrán solicitar la exclu- ciones.”. KVA originarias de la REPUBLICA FEDERA- los distintos aspectos de la presentación podrán sión del mismo mediante la presentación de una TIVA DE BRASIL”. rechazar la misma o, de estimar su procedencia, nota, conforme a las previsiones de la Resolución Art. 4º — Déjase sin efecto el formulario de elevarla a la Subdirección General de Operacio- General Nº 1128, que exponga las causales de la declaración jurada Nº 482. Que el Informe Relativo a la Viabilidad de nes Grandes Contribuyentes Nacionales, Opera- solicitud y precise el o los incisos del citado artí- Apertura de Investigación mencionado en el ciones Impositivas del Interior y Operaciones Im- culo 24 por los cuales resultó obligado. La exclu- Art. 5º — La presente resolución general entra- considerando inmediato anterior, fue confor- positivas Metropolitanas —previa consideración sión operará a partir del primer día del segundo rá en vigencia a partir del día 16 de enero de 2006, mado por la SUBSECRETARIA DE POLITI- del Director Regional o del Director de la Direc- mes inmediato siguiente al de notificación de la inclusive. CA Y GESTION COMERCIAL. ción de Operaciones Grandes Contribuyentes correspondiente resolución administrativa que dis- Nacionales—, según corresponda, la que resol- ponga dicha exclusión.”. Art. 6º — Regístrese, publíquese, dése a la Di- Que por su parte la COMISION NACIONAL verá sobre su aceptación o rechazo.”. rección Nacional del Registro Oficial y archíve- DE COMERCIO EXTERIOR se expidió res- m) Déjase sin efecto el artículo 34. se. — Alberto R. Abad. pecto al daño a través del Acta de Directorio h) Sustitúyese el artículo 14, por el siguiente: #F2204947F# Nº 1102 de fecha 26 de septiembre de 2005 n) Sustitúyese en el Anexo III, Apartado A), punto concluyendo que “Del examen efectuado de “ARTICULO 14.— La aceptación o rechazo de 2., el inciso b), por el siguiente: la solicitud y de las pruebas presentadas, la la solicitud de adhesión presentada se comunica- #I2204870I# Comisión concluye que existen suficientes rá en la forma que seguidamente se detalla: “b) Reemplazar los soportes electrónicos de Secretaría de Industria, Comercio y de la alegaciones de daño, respaldadas por prue- única grabación y múltiples lecturas utilizados, por Pequeña y Mediana Empresa bas que justifican, en el ámbito de su compe- a) Aceptación: será publicada en la página “web” otro de los aludidos en el artículo 17, informando tencia, la continuidad del procedimiento ten- de este organismo (http://www.afip.gov.ar) donde tal situación a esta Administración Federal con una COMERCIO EXTERIOR diente al inicio de una investigación”. se indicará la fecha a partir de la cual surtirá efec- antelación de DIEZ (10) días hábiles administrati- tos el presente régimen. vos a dicho reemplazo, mediante la transferencia Resolución 11/2006 Que por el Acta de Directorio Nº 1110 de fe- electrónica de datos en la forma prevista en el ar- cha 26 de octubre de 2005, la COMISION b) Rechazo: mediante notificación del acto ad- tículo 11 de la presente, o” Declárase procedente la apertura de investi- NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR se ministrativo respectivo, según lo dispuesto en la gación relativa a la existencia de dumping expidió respecto a la relación causal conclu- Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus mo- Art. 2º — Modifícase la Resolución General en operaciones con transformadores trifási- yendo que “... están dadas en el expediente dificaciones.”. Nº 1702 y sus complementarias en la forma que cos de dieléctrico líquido de determinada las condiciones relativas a la relación de cau- se dispone seguidamente: potencia, originarios de la República Fede- salidad entre las importaciones originarias de i) Sustitúyese el segundo párrafo del artículo 16, rativa del Brasil. Brasil de ‘Transformadores trifásicos de die- por el siguiente: - Sustitúyese en el Apartado C del Anexo II, el léctrico líquido, de potencia igual o superior a punto 2 por el que se establece a continuación: 25 KVA’ en presuntas condiciones de dum- “La solicitud deberá efectuarse mediante la Bs. As., 17/1/2006 ping y el daño a la rama de producción nacio- transferencia electrónica de datos en la forma pre- “2. El plazo máximo para la generación de las nal del producto similar”. vista en el artículo 11 de la presente y la exclusión respuestas será de hasta TRES (3) días hábiles VISTO el Expediente Nº S01:0157719/2005 del surtirá efectos desde el primer día del segundo administrativos y será calculado tomando en cuen- Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y Que la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y mes inmediato siguiente al de interposición del ta la fecha y hora consignadas dentro de la comu- PRODUCCION, y GESTION COMERCIAL, sobre la base del pedido.” nicación obrante en la “Bandeja de Salida para informe de Relación de Causalidad, elevó su Contribuyentes” del servicio “Ventanilla Electróni- CONSIDERANDO: recomendación respecto a la apertura a la j) Sustitúyese el segundo párrafo del artículo 17, ca”, en el campo denominado “Archivo para Des- SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO por el siguiente: carga”.”. Que mediante el expediente citado en el Vis- Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA. to la CAMARA DE INDUSTRIALES DE PRO- “El contribuyente podrá cambiar el tipo de so- Art. 3º — Modifícase la Resolución General YECTOS E INGENIERIA DE BIENES DE Que respecto a lo estipulado por el Artículo porte a utilizar siempre que se trate de cualquiera Nº 1956 en la forma que se dispone seguidamen- CAPITAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA — 17 del Decreto Nº 1326/98, con relación a la de los detallados en el Anexo IV. Tal situación será te: CIPIBIC— solicitó el inicio de una investiga- Dirección de Competencia Desleal, los datos informada a este organismo, previo a su realiza- ción por presunto dumping en operaciones de a utilizarse para la determinación de dumping, ción, mediante la transferencia electrónica de da- a) Incorpórase a continuación del segundo pá- exportación hacia la REPUBLICA ARGENTI- serán los recopilados, por lo menos, durante tos en la forma prevista en el artículo 11 de la pre- rrafo del artículo 5º, los siguientes párrafos: NA de transformadores trifásicos de dieléctri- los DOCE (12) meses anteriores al mes de sente.”. co líquido de potencia igual o superior a VEIN- apertura de la investigación. “Cuando en la solicitud de adhesión efectuada TICINCO KVA (25 KVA), originarias de la k) Sustitúyese el último párrafo del artículo 18, se detectaren inconsistencias, el sistema comuni- REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL mer- Que respecto al período de recopilación de por el siguiente: cará automáticamente las mismas al responsable. cadería que clasifica en las posiciones aran- datos para la determinación de daño por par- En dicho caso, se suspenderá el trámite y el con- celarias de la Nomenclatura Común del MER- te de la COMISION NACIONAL DE COMER- “Los mencionados domicilios y sus eventuales tribuyente dispondrá de un plazo de DIEZ (10) días COSUR (N.C.M.) 8504.21.00, 8504.22.00 y CIO EXTERIOR comprende los TREINTA Y modificaciones deberán comunicarse a esta Ad- hábiles administrativos para subsanarlas y con- 8504.23.00. SEIS (36) meses anteriores al mes de aper- ministración Federal, mediante la transferencia currir a la dependencia de este organismo en la tura de la investigación. electrónica de datos en la forma prevista en el ar- que se encuentre inscripto a efectos de comuni- Que según lo establecido por el Artículo 5º tículo 11 de la presente.”. car —mediante la presentación de una nota en del Decreto Nº 1326 de fecha 10 de noviem- Que sin perjuicio de ello la COMISION NA- los términos de la Resolución General Nº 1128— bre de 1998, la COMISION NACIONAL DE CIONAL DE COMERCIO EXTERIOR podrá l) Sustitúyese el artículo 25, por el siguiente: el cumplimiento de tal deber o bien, aportar la in- COMERCIO EXTERIOR organismo descon- solicitar información de un período de tiempo formación o documentación pertinente tendiente centrado en el ámbito de la SECRETARIA DE mayor. “ARTICULO 25.- Los sujetos indicados en el a subsanar tales inconsistencias y gestionar la INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUE- artículo 2º que no se encuentren obligados a al- reactivación del trámite suspendido. ÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO Que las Resoluciones Nros. 763 de fecha 7 macenar electrónicamente las registraciones de DE ECONOMIA Y PRODUCCION a través del de junio de 1996 y 381 de fecha 1 de noviem- los comprobantes emitidos y recibidos, podrán Transcurrido el plazo establecido en el párrafo Acta de Directorio Nº 1094 de fecha 3 de bre de 1996 ambas del ex- MINISTERIO DE optar por el régimen que se establece en este tí- anterior sin que se hubiere cumplido lo allí indica- agosto de 2005, expresó que “...los ‘transfor- ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLI- tulo. do, será considerado como desistimiento tácito de madores trifásicos de dieléctrico líquido, de COS, instituyen el contenido y los procedi- la solicitud de adhesión efectuada y dará lugar sin potencia igual o superior a 25 KVA’, de pro- mientos referidos a la presentación de un cer- Los sujetos que hubieran optado por adherir al más trámite al archivo de las respectivas actua- ducción nacional, se ajustan a la definición tificado en los términos del denominado con- presente régimen podrán solicitar la exclusión ciones. de producto similar al importado en el marco trol de origen no preferencial, para el trámite cuando haya transcurrido un ejercicio comercial de las normas vigentes. Todo ello sin perjui- de las importaciones sujetas a tal requerimien- regular. Cuando se solicite la exclusión, no podrá A los fines de este artículo se considerarán in- cio de la investigación que, sobre el produc- to, de acuerdo a lo previsto por la Ley efectuarse una nueva opción de adhesión hasta consistencias, entre otras, las siguientes: to, deberá desarrollarse en el supuesto de Nº 24.425. que transcurran TRES (3) ejercicios comerciales producirse la apertura de la investigación”. anuales, consecutivos, regulares y completos in- a) La incorporación de datos inexactos o incom- Que de acuerdo a lo dispuesto por las resolu- mediatos siguientes a aquél en el cual se hubiera pletos en la solicitud de adhesión. Que según lo establecido por el Artículo 6º ciones citadas en el considerando preceden- presentado la citada solicitud de exclusión. del Decreto Nº 1326/98, la SUBSECRETARIA te, esta Secretaría es la Autoridad de Aplica- b) La falta de actualización del domicilio fiscal DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de- ción del referido régimen y en tal carácter dis- La solicitud deberá efectuarse mediante trans- declarado, en los términos del artículo 4º de la Re- pendiente de la SECRETARIA DE INDUS- pone los casos y modalidades en que corres- ferencia electrónica de datos, en la forma prevista solución General Nº 301, sus modificatorias y com- TRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y ponda cumplimentar tal control. en el artículo 11 de la presente y la exclusión sur- plementarias, o la que la que la reemplace y/o com- MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE tirá efectos desde el primer día del segundo mes plemente. ECONOMIA Y PRODUCCION con fecha 22 Que a tal efecto puede decidir la exigencia inmediato siguiente al de interposición del pedi- de agosto de 2005, se expidió favorablemen- de certificados de origen cuando se hubiere do.”. c) No haberse cumplido con la obligación de te acerca de la representatividad de las soli- iniciado la etapa de investigación en caso de presentación de la última declaración jurada del citantes dentro de la rama de la producción presunción de dumping, subsidios o tendien- ll) Sustitúyese el artículo 27, por el siguiente: impuesto a las ganancias y de las DOCE (12) últi- nacional. tes al establecimiento de medidas de salva- mas declaraciones juradas del impuesto al valor guardia, en los términos de lo dispuesto por “ARTICULO 27.— Los sujetos que se encuen- agregado y de los recursos de la seguridad so- Que en base a las pruebas agregadas en el el Artículo 2º, inciso c) de la Resolución tren obligados a aplicar el régimen de este título cial, o las que correspondan presentar desde el expediente mencionado en el Visto, la Direc- Nº 763/96 del ex-MINISTERIO DE ECONO- —excepto los indicados en el inciso d) del artículo inicio de la actividad o desde el cambio de carác- ción de Competencia Desleal dependiente de MIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. 24— o que opten por el mismo, comunicarán a ter frente al impuesto al valor agregado, vencidas la Dirección Nacional de Gestión Comercial este organismo mediante transferencia electróni- al penúltimo mes anterior a la fecha de recepción Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITI- Que en razón de lo expuesto en consideran- ca de datos, en la forma prevista en el artículo 11, de dichos datos.”. CA Y GESTION COMERCIAL de la SECRE- dos anteriores, resulta necesario instruir a la la fecha a partir de la cual comenzarán a utilizar TARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA Dirección General de Aduanas dependiente esta modalidad de registración, no siendo de apli- b) Sustitúyese el artículo 7º por el siguiente: PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MI- de la ADMINISTRACION FEDERAL DE IN- cación las normas relativas a las obligaciones y NISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, GRESOS PUBLICOS entidad autárquica en sanciones dispuestas en el Anexo III de la pre- “ARTICULO 7º — Los funcionarios menciona- elevó con fecha 5 de octubre de 2005 el co- el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y sente. dos en el artículo 6º podrán requerir información o rrespondiente Informe Relativo a la Viabilidad PRODUCCION a fin de que proceda a exigir 5 MiØrcoles 18 de enero de 2006 Primera Secci(cid:243)n BOLETIN OFICIAL N” 30.826 los certificados de origen, luego de cumpli- DUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y EL INTERVENTOR dos SESENTA (60) días hábiles de la entra- MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECO- DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES da en vigencia de la presente resolución. NOMIA Y PRODUCCION, sita en la Avenida Pre- RESUELVE: sidente Julio Argentino Roca Nº 651, piso 6º, sec- Que a tenor de lo manifestado en los consi- tor 21, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. Artículo 1º — Apruébanse las normas para la cobertura de medicación para el tratamiento de la derandos anteriores, se encuentran reunidos Hepatitis Crónica que como Anexos I, II y III forma parte de la presente Resolución. los extremos exigidos por el Acuerdo Relati- Art. 3º — Las partes interesadas podrán ofre- vo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo cer todas las pruebas que hagan a su derecho Art. 2º — Los Agentes del Seguro de Salud que soliciten la cobertura de medicación para el General sobre Aranceles Aduaneros y Comer- dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días há- tratamiento de la patología mencionada en el artículo 1º deberán cumplimentar, además de los requi- cio de 1994, incorporado a nuestro ordena- biles posteriores a la fecha de publicación de la sitos comunes exigidos por la Resolución Nº 500/04 - APE, los términos y condiciones establecidos en miento jurídico mediante la Ley Nº 24.425, presente resolución en el Boletín Oficial, sin per- los Anexos de la presente Resolución. para proceder a la apertura de la investiga- juicio de las facultades instructorias de los orga- ción. nismos intervinientes. Art. 3º — Modifícase el apartado correspondiente a Hepatitis Crónica del punto 7 del Anexo VI de la Resolución Nº 500/04 - APE el que quedará redactado de la siguiente manera: “ - Hepatitis Crónica Que ha tomado la intervención que le com- Art. 4º — Instrúyase a la Dirección General de por virus B o C: Se reconocerá Interferón alfa 2a - 2b - 2a pegilado conforme los términos y condiciones pete la SECRETARIA DE POLITICA ECONO- Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION establecidos en los Anexos I, II y III de la Resolución Nº 350/06 - APE”. MICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad PRODUCCION. autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECO- Art. 4º — Modifícase el punto 9 del Anexo VI de la Resolución Nº 500/04 - APE el que quedará NOMIA Y PRODUCCION para que proceda a exi- redactado de la siguiente manera: “9. Ribavirina para tratamiento de Hepatitis C, en los términos y Que en concordancia con el Artículo 76 del gir los certificados de origen de todas las opera- condiciones establecidos en la Resolución Nº 350/06 - APE”. Decreto Nº 1326/98, la publicación de la pre- ciones de importación que se despachen a plaza, sente resolución en el Boletín Oficial se ten- del producto descripto en el Artículo 1º de la pre- Art. 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial drá a todos los fines como notificación sufi- sente resolución, cualquiera sea su origen, luego y oportunamente archívese. — Eugenio D. Zanarini. ciente. de cumplidos SESENTA (60) días hábiles de la fecha de entrada en vigor de la presente resolu- ANEXO I Que la Dirección de Legales del Area de In- ción. Asimismo, se requiere que el control de las dustria, Comercio y de la Pequeña y Media- destinaciones de importación para consumo de las Módulo 1: HEPATITIS B na Empresa, dependiente de la Dirección mercaderías alcanzadas por la presente resolu- General de Asuntos Jurídicos del MINISTE- ción, cualquiera sea el origen declarado, se reali- A) Portador de Infección Crónica Inactiva RIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha to- ce según el procedimiento previsto para los casos mado la intervención que le compete. que tramitan por Canal Naranja de Selectividad. Estudios de laboratorio Que la presente medida se dicta en uso de Art. 5º — El requerimiento a que se hace refe- 1) Diagnóstico: HBs Ag, HBe Ag, anti HBe y HBV DNA viral cuantitativo por PCR por método las facultades conferidas por los Decretos rencia en el artículo anterior se ajustará a las con- estandarizado, Nros 1326/98 y 1283 de fecha 24 de mayo de diciones y modalidades dispuestas por las Reso- 2003. luciones Nros. 763 de fecha 7 de junio de 1996 y 2) Seguimiento: HBe Ag, anti HBe, HBV DNA viral cuantitativo por PCR por método estandarizado 381 de fecha 1 de noviembre de 1996 ambas del y Alfa feto proteína, cada 6 a 12 meses según condición clínica. Por ello, ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, sus normas complemen- Estudios por imágenes EL SECRETARIO tarias y disposiciones aduaneras que las reglamen- DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE tan. 1) Ecografía abdominal, cada 6 a 12 meses, según condición clínica. Si fuese necesario se com- LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA plementa con Tomografía helicoidal o Resonancia magnética con contraste RESUELVE: Art. 6º — La exigencia de certificación de ori- gen que se dispone, no será aplicable a las mer- Biopsia hepática Artículo 1º — Declárase procedente la apertu- caderías que a la fecha de entrada en vigencia de ra de investigación relativa a la existencia de dum- la presente resolución se encontraban en zona 1) Indicada si en el seguimiento se observa aumento de las aminotransferasas y/o aumento del ping en las operaciones de exportación hacia la primaria aduanera o en zonas francas localizadas HBV DNA mayor a 10000 copias/ml REPUBLICA ARGENTINA de transformadores tri- en el Territorio Nacional. fásicos de dieléctrico líquido de potencia igual o Tratamiento superior a VEINTICINCO KVA (25 KVA) origina- Art. 7º — La presente resolución comenzará a rias de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRA- regir a partir del día siguiente al de su publicación 1) No requiere tratamiento SIL mercadería que clasifica en las posiciones en el Boletín Oficial. arancelarias de la Nomenclatura Común del MER- B) Hepatitis crónica HBe Ag positivo COSUR (N.C.M.) 8504.21.00, 8504.22.00 y Art. 8º — La publicación de la presente resolu- 8504.23.00. ción en el Boletín Oficial se tendrá a todos los fi- Estudios de laboratorio nes como notificación suficiente. Art. 2º — Las partes interesadas que acrediten 1) Diagnóstico: HBs Ag, HBe Ag, anti HBe y HBV DNA viral cuantitativo por PCR por método su condición de tal, podrán retirar los cuestiona- Art. 9º — Comuníquese, publíquese, dése a la estandarizado, rios para participar en la investigación y tomar vis- Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve- ta de las actuaciones en la SECRETARIA DE IN- se. — Miguel G. Peirano. 2) Seguimiento: HBe Ag, anti HBe, HBV DNA viral cuantitativo por PCR por método estandarizado #F2204870F# y Alfa feto proteína, cada 6 a 12 meses según condición clínica. #I2204956I# BOLETIN OFICIAL ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA Resolución 350/2006 Apruébanse las normas para la cobertura de medicación para el tratamiento de la Hepatitis Presidencia de la Naci(cid:243)n Crónica. Secretaria Legal y TØcnica Direcci(cid:243)n Nacional del Registro Oficial Bs. As., 11/1/2006 Nueva delegaci(cid:243)n en la (cid:224) VISTO la Resolución Nº 500/04 — APE; y Inspecci(cid:243)n General de Justicia CONSIDERANDO: Que los puntos 7 y 9 del Anexo VI de la Resolución citada en el VISTO establecen las condi- Moreno 251 ciones que deberán respetar los Agentes del Seguro de Salud en las solicitudes de medica- ción para el tratamiento de las Hepatitis Crónicas B y C. Tel. 4343-0732/2419/0947 (int. 6074) Que las Hepatitis Crónicas B y C son un problema sanitario prioritario a nivel mundial, espe- cialmente cuando atacan a pacientes que viven con el VIH-SIDA. Horario de atenci(cid:243)n al pœblico de: Que en la actualidad se han desarrollado nuevas estrategias terapéuticas efectivas, siendo menester hacerse eco de aquellas transformaciones, incorporando normas médico asisten- ciales con el objetivo de priorizar los tratamientos más efectivos. 11:00 a 14:00 hs. Que la Gerencia de Prestaciones en conjunto con la Sociedad Argentina de SIDA, la Socie- Servicio recepci(cid:243)n de avisos dad Argentina de Infectología, la Sociedad Argentina de Transplante y la Asociación Argentina para el Estudio de las Enfermedades Hepáticas han desarrollado un nuevas políticas proce- dimentales que permitirán un mejor seguimiento de los pacientes que redundará en el perfec- TrÆmite Urgente y TrÆmite cionamiento de resultados en el tratamiento. Que las normas propuestas significan un gran avance científico y técnico sin modificar de Semi Urgente ningún modo la cobertura existente. Ciudad Aut(cid:243)noma de Buenos Aires Que en atención a lo expuesto, resulta conveniente dictar el acto administrativo que convalide las nuevas condiciones y requisitos que deberán cumplimentar los Agentes del Seguro de Salud en sus solicitudes de cobertura financiera de la medicación para el tratamiento de la Hepatitis Crónica. www.boletinoficial.gov.ar Por ello y de acuerdo con lo dispuesto a través de los Decretos Nº 53/98 y Nº 167/02 6 MiØrcoles 18 de enero de 2006 Primera Secci(cid:243)n BOLETIN OFICIAL N” 30.826 Estudios por imágenes b) Sin indicación de HAART 1) Ecografía abdominal, cada 6 a 12 meses, según condición clínica. Si fuese necesario se com- i) No emplear drogas con actividad anti HBV y anti HIV. Utilizar Adefovir dipivoxil. plementa con Tomografía helicoidal o Resonancia magnética con contraste ii) Contraindicado el uso de Interferón pegilado alfa 2a o 2b. Biopsia hepática 4) Recomendaciones: 1) Debe ser realizada para estadificar la enfermedad hepática a menos que exista una contraindi- cación para realizarla. a) No emplear drogas con actividad anti HBV y anti HIV. Utilizar Adefovir dipivoxil. Tratamiento b) Contraindicado el uso de Interferón pegilado alfa 2a o 2b. 1) en pacientes con hepatitis crónica HIV negativo c) Considerar la indicación de trasplante hepático cuando presente: Carga viral HIV No detecta- ble, CD4 > 100 cel/µl, abstinencia de drogas y alcohol en los últimos 6 meses. a) Interferón pegilado alfa 2a, Lamivudina y Adefovir dipivoxil. d) Para evaluar respuesta se debe considerar el comportamiento de HBV DNA, HBe Ag, anti HBe b) Tiempo de tratamiento y aminotransferasas. i) Interferón pegilado alfa 2a: entre 6 y 12 meses E) Respuesta Intratratamiento ii) Lamivudina o Adefovir dipivoxil: hasta la positivización del anti HBe, que debe persistir durante 1) Criterios bioquímicos 6 meses. En caso de aparición de resistencia, se debe suspender el tratamiento con estos antivirales y rotar al otro antiviral. a) Respuesta: normalización de las aminotransferasas. 2) en pacientes con cirrosis descompensada HIV negativo b) No respuesta: persistencia de la hipertransaminasemia. a) Adefovir dipivoxil o Lamivudina. 2) Criterios virológicos b) Contraindicado el uso de Interferón pegilado alfa 2a. c) Respuesta: Descenso de la carga viral >1 logaritmo al 3º mes. c) Se debe contactar a un centro de trasplante hepático. d) No respuesta: Descenso <1 logaritmo del HBV DNA al 3º mes. d) Tiempo de tratamiento e) Resistencia: Elevación > 1 log en relación al descenso inicial. i) Hasta la positivización del anti HBe, que debe persistir durante 6 meses. 3) Criterios serológicos ii) En caso de aparición de resistencia, se debe suspender el tratamiento con estos antivirales y f) Seroconversión completa: HBe Ag negativo con anti HBe positivo. rotar al otro antiviral. g) Seroconversión incompleta: HBe Ag negativo con anti HBe negativo. C) Hepatitis crónica con HBe Ag negativo y actividad persistente de aminotransferasas h) Respuesta completa: HBs Ag negativo y anti HBs positivo. Estudios de laboratorio i) Respuesta incompleta: HBs Ag negativo y anti HBs negativo. 1) Diagnóstico: HBs Ag, HBe Ag, anti HBe y HBV DNA viral cuantitativo por PCR por método estandarizado, j) No respuesta: HBe Ag positivo. 2) Seguimiento: HBe Ag, anti HBe, HBV DNA viral cuantitativo por PCR por método estandarizado F) Respuesta postratamiento inmediato y Alfa feto proteína, cada 6 a 12 meses según condición clínica. 1) Criterios bioquímicos Estudios por imágenes a) Respuesta: normalización de las aminotransferasas. 1) Ecografía abdominal, cada 6 a 12 meses, según condición clínica. Si fuese necesario se com- plementa con tomografía helicoidal o resonancia magnética nuclear con contraste. b) No respuesta: persistencia de la hipertransaminasemia. Biopsia hepática 2) Criterios virológicos 2) Debe ser realizada para estadificar la enfermedad hepática a menos que exista una contraindi- c) Respuesta: Carga viral < 100.000 copias/ml. cación para realizarla. d) No respuesta: Carga viral >100.000 copias/ml. Tratamiento 3) Criterios serológicos 1) Interferón pegilado alfa 2a, Lamivudina y Adefovir dipivoxil. e) Seroconversión completa: HBe Ag negativo con anti HBe positivo. 2) Tiempo de tratamiento f) Seroconversión incompleta: HBe Ag negativo con anti HBe negativo. a) Interferón pegilado alfa 2a: 12 meses. g) Respuesta completa: HBs Ag negativo y anti HBs positivo. b) Lamivudina o Adefovir dipivoxil: mínimo, 2 años. h) Respuesta incompleta: HBs Ag negativo y anti HBs negativo. 3) en pacientes con cirrosis descompensada HIV negativo i) No respuesta: HBe Ag positivo. a) Adefovir dipivoxil o Lamivudina. G) Respuesta postratamiento tardío (a los 6 meses) b) Contraindicado el uso Interferón pegilado alfa 2a. 1) Criterios bioquímicos c) Se debe contactar a un centro de trasplante hepático. a) Respuesta sostenida: aminotransferasas normales. 4) Tiempo de tratamiento b) Recaída: hipertransaminasemia luego de haber estado normales al finalizar el tratamiento. a) Adefovir dipivoxil o Lamivudina, 2 años. D) Hepatitis crónica B + HIV positivo FINANCIACION APE DEL MODULO 1 1) Con indicación de HAART 1) Drogas: a) Pacientes sin tratamiento previo: asociar Lamivudina y Tenofovir como parte del esquema anti- a) Interferón pegilado alfa 2a1: Según valor de referencia APE rretroviral. b) Lamivudina 100 mg: Según valor de referencia APE b) Pacientes con tratamiento previo con Lamivudina, con o sin resistencia, agregar Tenofovir. c) Adefovir dipivoxil 100 mg: Según valor de referencia APE 2) Sin indicación de HAART 2) Diagnóstico y Seguimiento: a) No emplear drogas con actividad anti HBV y anti HIV. a) Determinación de Carga viral para HBV: $ 250 (hasta dos por año). b) De acuerdo a la condición clínica usar Interferón pegilado alfa 2a o Adefovir dipivoxil. Módulo 2: HEPATITIS C 3) Pacientes con cirrosis HIV positivo A) Hepatitis aguda C a) Con indicación de HAART Estudios de laboratorio. i) Pacientes sin tratamiento previo: asociar Lamivudina y Tenofovir como parte del esquema anti- rretroviral. 1) Diagnóstico: Anti HCV y HCV RNA por técnica de PCR cualitativa. ii) Pacientes con tratamiento previo con Lamivudina, con o sin resistencia agregar Tenofovir. 1 El Interferón alfa 2b no tiene indicación aprobada por ANMAT para tratamiento de la hepatitis B. 7 MiØrcoles 18 de enero de 2006 Primera Secci(cid:243)n BOLETIN OFICIAL N” 30.826 2) Para decidir conducta terapéutica: genotipo y HCV RNA cualitativo. Tratamiento de la hepatitis aguda C. 3) Seguimiento: HCV RNA cualitativo al 4º mes. 1) Los enfermos con hepatitis aguda C que no erradican espontáneamente el HCV RNA sérico a las 12 semanas de iniciada las manifestaciones clínicas o los hallazgos de laboratorio, deben recibir 4) Curación: HCV RNA no detectable en dos oportunidades con intervalo de tres meses. tratamiento. Estudios por imágenes 2) Se recomienda tratar con PEG IFN sólo o con la asociación PEG IFN + RBV, durante un período de 24 a 48 semanas. La evaluación de la respuesta debe realizarse con HCV RNA (método cualitativo) 1) Ecografía abdominal realizada al momento del diagnóstico presuntivo de hepatitis. al final del tratamiento y a los seis meses de finalizado. 2) Ecografía abdominal durante el seguimiento, cuando cambie la condición clínica o cuando se Evaluación de la respuesta al finalizar el tratamiento y/o a los 6 meses sospecha evolución a la cronicidad. 1) Respondedor: HCV RNA no detectable Biopsia hepática 2) No respondedor: HCV RNA detectable 1) Debe realizarse sólo en caso de sospecha clínica de hepatitis crónica. Tratamiento en pacientes con cirrosis descompensada HIV negativo Tratamiento 1) Drogas contraindicadas. 1) Iniciar tratamiento si hay HCV RNA detectable al 4º mes del diagnóstico, con 2) Se debe contactar a un centro de trasplante hepático. 2) PEG IFN alfa 2a o 2b durante 6 meses. Debe comenzarse inmediatamente después de cono- cerse el resultado de HCV RNA. Coinfección HIV-HCV B) Hepatitis crónica C 1) Todos los pacientes coinfectados, agudos o crónicos, son candidatos potenciales a recibir trata- miento con la asociación Interferón Pegilado +Ribavirina, esquema considerado el estándar terapéuti- Estudios de laboratorio co actual. 1) Diagnóstico: Anti HCV y HCV RNA. Genotipo de HCV. 2) Seguimiento: Alfa feto Proteína y ecografía abdominal: en caso de cirrosis o fibrosis avanzada, 1) Sólo se determina en pacientes con HCV RNA Positivo y que van a recibir terapia antiviral. Es cada 6 meses. imprescindible realizar esta determinación antes de iniciar la terapia. Estudios por imágenes Tratamiento en pacientes con hepatitis crónica con o sin cirrosis, HIV positivo 1) Diagnóstico: Ecografía abdominal. 1) Pacientes sin indicación de HAART. 2) Seguimiento: Si fuese necesario se complementa con Tomografía helicoidal o Resonancia a) PEG IFN alfa 2a 180 µg subcutáneo por semana, asociado a Ribavirina 1 a 1,2 g por vía oral por magnética con contraste día durante 12 meses en todos los genotipos HCV. Biopsia hepática 1) Debe ser realizada para estadificar la enfermedad hepática a menos que exista una contraindi- cación para realizarla. BOLETIN OFICIAL Tratamiento DE LA REPUBLICA ARGENTINA 1) Se debe efectuar evaluación virológica pretramiento con Genotipo HCV y Carga viral HCV por técnica estandarizada Presidencia de la Naci(cid:243)n 2) Genotipos 1 y 4: Secretar(cid:237)a Legal y TØcnica Direcci(cid:243)n Nacional del Registro Oficial a) PEG IFN alfa 2a 180 µg subcutáneo por semana asociado a Ribavirina 1 a 1,2 g por vía oral por día durante 12 meses. b) PEG IFN alfa 2b 1,5 µg subcutáneo, por Kg de peso corporal, por semana asociado a Ribavirina Colecci(cid:243)n de Separatas 1 a 1,2 g por vía oral por día durante 12 meses. 3) Pacientes con contraindicación al uso de Ribavirina (cid:224) Textos actualizados de consulta a) PEG IFN alfa 2a 180 µg subcutáneo por semana durante 12 meses, o b) PEG IFN alfa 2b 1 µg subcutáneo por Kg de peso corporal por semana durante 12 meses. 4) Genotipo 2 y 3 a) PEG IFN alfa 2a 180 µg subcutáneo por semana, asociado a Ribavirina 800 mg por vía oral por Procedimientos Fiscales - día durante 6 meses. Ley 11683 (T.O. 1998) Procedimientos Administrativos - b) PEG IFN alfa 2b 1.5 µg subcutáneo por Kg de peso corporal por semana, asociado a Ribavirina 800 mg por vía oral por día durante 6 meses. Ley 19549 - RØgimen Penal Tributario- Ley 24769 - Normas modificatorias y c) En pacientes con contraindicación al uso de Ribavirina: complemtentarias i) PEG IFN alfa 2a 180 µg subcutáneo por semana durante 12 meses o ii) PEG IFN alfa 2b 1 µg por Kg de peso corporal subcutáneo por semana durante 12 meses. Evaluación de la respuesta lntratratamiento 1) Carga viral al 3º mes. $ 7 a) Respuesta virológica rápida: HCV RNA no detectable b) Respuesta virológica lenta: HCV RNA detectable con descenso =2 log. (En estos casos realizar HCV RNA cualitativo al 6 mes) (cid:224)La informaci(cid:243)n oficial, autØntica c) No respuesta: caída <2 log al 3º mes o detección de HCV RNA al 6º mes: suspender el tratamiento. y obligatoria en todo el pa(cid:237)s. Evaluación de la respuesta al finalizar el tratamiento y/o a los 6 meses Ventas: 1) Respondedor: HCV RNA no detectable Sede Central: 2) No respondedor: HCV RNA detectable Suipacha 767 (11:30 a 16:00 hs.), Tel.: (011) 4322-4055 NOTA: En pacientes con monoterapia con PEG IFN, el primer control de HCV RNA debe realizar- Delegaci(cid:243)n Tribunales: se al 6to. mes de tratamiento. Durante el mes de Enero permanecerÆ cerrada. Tratamiento de la hepatitis crónica C con cirrosis compensada. Delegaci(cid:243)n Colegio Pœblico de Abogados: Av. Corrientes 1441 (09:00 a 13:30 hs.), Tel.: (011) 4379-8700 (int. 236) 1) El período de tratamiento es de 48 semanas, independientemente del genotipo del HCV. Sin embargo, falta definir si la prolongación del tiempo de la terapia en los portadores de genotipos 1 y 4 www.boletinoficial.gov.ar aumenta el porcentaje de respuestas virales sostenidas. La terapia con PEG IFN + RBV no tiene un impacto negativo en la evolución de la enfermedad por HIV. 8 MiØrcoles 18 de enero de 2006 Primera Secci(cid:243)n BOLETIN OFICIAL N” 30.826 b) PEG IFN alfa 2b 1,5 µg subcutáneo por Kg de peso corporal por semana asociado, a Ribavirina 2) Se recomienda tratar la hepatitis que muestre virus con actividad replicativa dominante, mante- 1 a 1,2 g por vía oral por día durante 12 meses, en todos los genotipos HCV. niendo una estrecha vigilancia sobre el otro virus involucrado. 2) Pacientes con contraindicación al uso de Ribavirina Interacciones farmacológicas en coinfectados. a) PEG IFN alfa 2a 180 µg subcutáneo por semana durante 12 meses, en todos los genotipos 1) Debido al mayor riesgo de hiperlactacidemia sintomática en pacientes que reciben D4T, DDI o HCV o AZT asociados a PEG IFN + RBV, se aconseja evitar su uso concomitante. b) PEG IFN alfa 2b 1 µg por Kg de peso corporal subcutáneo por semana durante 12 meses, en 2) La combinación AZT con PEG IFN + RBV puede incrementar la presencia de anemia. todos los genotipos HCV. 3) En pacientes con antecedentes de depresión debe tenerse precaución con el uso concomitante D) Evaluación de la respuesta intratratamiento de EFV y PEG IFN. 1) Carga viral al 3º mes. Manejo de los efectos adversos del tratamiento de la hepatitis C. a) Respuesta virológica rápida: HCV RNA no detectable 1) El perfil de seguridad de la combinación PEG IFN + RBV en el coinfectado es similar al obser- vado en el monoinfectado y las pautas recomendadas para su manejo son similares en ambas pobla- b) Respuesta virológica lenta: HCV RNA detectable con descenso =2 log. En estos casos realizar ciones. HCV RNA cualitativo al 6º mes. 2) No se ha observado que PEG IFN comprometa la respuesta inmunológica del paciente coinfec- c) No respuesta: caída <2 log al 3º mes o detección de HCV RNA al 6º mes: suspender el trata- tado. miento. 3) Paracetamol, eritropoyetina recombinante humana, factores estimulantes de colonias, e inhibi- E) Evaluación de la respuesta al finalizar el tratamiento y/o a los 6 meses dores de la recaptación de serotonina, son herramientas útiles para el manejo de los efectos secunda- rios del tratamiento en el coinfectado, para asegurar el mantenimiento de dosis terapéuticas óptimas. 1) Respondedor: HCV RNA no detectable 4) La adherencia al tratamiento es un pilar fundamental de la efectividad terapéutica en el paciente 2) No respondedor: HCV RNA detectable coinfectado. Para lograrla, el diagnóstico precoz y el manejo adecuado de los efectos adversos del HAART y del tratamiento para la hepatitis C son esenciales. Estos objetivos se alcanzan a través del Notas: trabajo asistencial interdisciplinario y de la educación de los pacientes, que incluye conocer la impor- tancia de la adherencia, los efectos adversos y de su manejo, las pautas de alarma y la necesidad de 1) Todo paciente coinfectado HIV-HCV es candidato potencial a recibir tratamiento de la hepatitis C. controles periódicos. 2) En pacientes con monoterapia con PEG IFN el primer control de HCV RNA debe realizarse al 5) Tratamiento del Hepatocarcinoma (HCC). 6to. mes de tratamiento. 6) La historia natural del HCC en los pacientes coinfectados HCV-HIV no es bien conocida. Sin 3) En pacientes con indicación de HAART: embargo, existen reportes que señalan la posibilidad de mayor incidencia de HCC en estadios más precoces de la enfermedad hepática así como también de una evolución más agresiva. Esto podría a) Priorizar el tratamiento antirretroviral. tener implicancias en la estrategia de detección temprana de esta complicación sugiriéndose que la pesquisa con ecografía y a FP podría comenzar en estadios no cirróticos de la enfermedad hepática e b) Una vez controlada la infección HIV, iniciar tratamiento de la hepatitis C con el mismo esquema incluso que podría realizarse en intervalos inferiores a los aplicables para la población con hepatitis C del apartado anterior sin infección por HIV (<6 meses). Tratamiento en pacientes con cirrosis descompensada HIV positivo 7) Se considera que los pacientes con coinfección HIV-HCV y HIV-HBV-HCV, sin o con HAART deben ser candidatos a recibir los mismos tratamientos para el HCC que la población con monoinfección HCV. 1) Todas las drogas están contraindicadas. 8) Sobre la base de la experiencia en la población con monoinfección HCV, el tratamiento del HCC 2) Se debe contactar a un centro de trasplante hepático. incluye tratamientos potencialmente curativos (radiofrecuencia, inyección percutánea de alcohol, ter- moablación, resección quirúrgica o transplante hepático) y terapias que, aún sin potencial curativo, Hepatotoxicidad en pacientes coinfectados. puedan incrementar la sobrevida de los pacientes como la quimioembolización arterial. 1) La hepatitis C es un factor de riesgo independiente para el desarrollo de hepatotoxicidad por 9) La experiencia con estos tratamientos en coinfectados es escasa, pero los resultados obtenidos antirretrovirales. Para definir hepatotoxicidad se recomienda respetar los criterios ya establecidos que hasta la actualidad sugieren que los que acceden a terapias para el HCC podrían beneficiarse con un la gradúan de 1 a 4. aumento en la sobrevida. 2) Debe tenerse en cuenta que los pacientes coinfectados pueden tener múltiples causas de La elección del tratamiento a indicar es individual y se debe sustentar en las características del enfermedad hepática o alteraciones bioquímicas aisladas antes y durante el tratamiento, por lo que tumor, de la enfermedad hepática y del estado del paciente en relación a su enfermedad por HIV. para adoptar conductas terapéuticas se sugiere considerar la presencia de manifestaciones clínicas, relación entre dosis y tiempo de exposición y alternativas terapéuticas. Respuesta intratratamiento 3) La biopsia hepática puede ser útil para definir diagnósticos diferenciales de toxicidad hepática. 1) Evaluar viremia intratratamiento (semana 12 y/o semana 24) El hallazgo histológico compatible con microesteatosis o daño por hipersensibilidad puede avalar el diagnóstico de toxicidad hepática. a) Respuesta Virológica Precoz (RVP): HCV RNA no detectable y/o descenso =2 Iog10 del valor inicial (método cuantitativo). 4) Se recomienda la suspensión del tratamiento ante la presencia de manifestaciones clínicas de injuria hepática aguda o hiperlactacidemia sintomática o ambas. b) No respuesta: persistencia de HCV RNA en la semana 24 por método cualitativo. 5) Los inhibidores no nucleósidos de la transcriptasa reversa (INNTR), en particular la Nevirapina, Respuesta postratamiento inmediato tienen mayor potencial hepatotóxico en coinfectados. 1) Evaluar viremia al finalizar la terapia. Evaluaciones previas al tratamiento. a) Respuesta: negativización del HCV RNA (método cualitativo). 1) Todo paciente seleccionado para tratamiento debe ser evaluado previamente con: Respuesta postratamiento tardío a) Hemograma completo con recuento de plaquetas, función tiroidea, lipidograma y autoanticuer- pos. 1) Evaluar viremia al finalizar la terapia. b) Carga viral y genotipo del HCV. a) Respuesta Virológica Sostenida (RVS): HCV RNA (método cualitativo) no detectable a los 6 meses de finalizada la terapia. c) Conductas adictivas. NOTAS: d) Estado nutricional. 1) La RVP tiene valor predictivo sobre la RVS. En aquellos casos en los que no se observa RVP se e) Estado de salud mental (cuando fuese necesario). debería suspender el tratamiento. Sin embargo, cuando el enfermo es portador de una fibrosis avanza- da o cirrosis, se puede continuar la terapia hasta completar las 48 semanas con el objetivo de enlente- f) Examen oftalmológico. cer o prevenir la progresión de la hepatopatía. g) Evaluación cardiopulmonar. 2) En los pacientes que presentan RVS, el seguimiento a largo plazo debe hacerse con una determinación de HCV RNA (método cualitativo) anual o ante cualquier evento clínico que lo justifique. h) Biopsia hepática: se recomienda su realización, debido a que puede brindar información adicio- En los pacientes con cirrosis también deben realizarse los controles periódicos para la detección de las nal de utilidad en la conducta terapéutica. complicaciones de ésta. Decisiones Terapéuticas. 3) Aquellos pacientes no respondedores o con recaída que no hubiesen recibido el tratamiento combinado en dosis y tiempo adecuados, son pasibles de retratamiento. 1) Los coinfectados con recuento de CD4+ =200 células/mm3 (o con valores persistentes y estables de CD4+ -entre 100 y 200 células/mm3- con CV no detectable e infección HIV clínicamente estable) Dentro de los módulos de tratamiento y seguimiento para HEPATITIS C crónica se reconocerán deben ser tratados con PEG IFN + RBV, a menos que exista una contraindicación para el uso de RBV. las siguientes prestaciones 2) En aquellos con recuento de CD4+ <200 células/mm3, debe priorizarse el tratamiento HAART Drogas para Tratamiento: hasta mejorar y estabilizar los niveles de CD4+. • Interferón pegilado alfa 2a y alfa2b2 Según valor de referencia APE Tratamiento de coinfectados HIV-HBV-HCV. ² Interferón alfa 2b no tiene indicación aprobada por ANMAT para el tratamiento de la coinfección 1) No hay información disponible, por lo que es imprescindible realizar estudios prospectivos. HIV/HCV. 9 MiØrcoles 18 de enero de 2006 Primera Secci(cid:243)n BOLETIN OFICIAL N” 30.826 • Ribavirina: Valor de referencia APE 4) Criterios de selección del donante: iguales para enfermedad hepática y para coinfectados con HIV Diagnóstico y Seguimiento: a. Donante cadavérico • Determinación de Genotipo para HCV 1 (única vez) $ 300 b. Donante vivo relacionado • Determinación de Carga viral para HCV 2 (dos) al iniciar tratamiento y a la semana 12 del mismo c. Debido a la progresión acelerada de la enfermedad hepática en los coinfectados HIV-HCV, es Valor APE: $ 250. recomendable su derivación temprana a un centro de transplante para su evaluación. Criterios: No existen evidencias que en los pacientes coinfectados se presente una mayor frecuencia de complicaciones en el post trasplante inmediato, ni en lo que respecta a la incidencia de rechazo celular 1) APE no subsidiará ni reintegrará aquellos tratamientos considerados subóptimos, interrumpi- agudo ni de complicaciones infecciosas. Los principales problemas del período postrasplante son las dos o discontinuados sin causa justificada. interacciones farmacocinéticas y farmacodinámicas entre los ARV y los inmunosupresores, lo que dificulta el manejo de dosis adecuadas estas últimas, por lo que se requiere un monitoreo más frecuen- 2) Dentro de este módulo, que se rendirá en forma semestral, en expediente separado y por te. Con respecto al tratamiento del rechazo, el mismo debe ajustarse a los lineamientos empleados en paciente, se adjuntará la Historia Clínica APE obrante en el ANEXO III, debidamente confeccionada el manejo en pacientes monoinfectados por HCV. Las estrategias dirigidas a controlar la recurrencia de por el profesional tratante, correspondiente al período solicitado. la hepatitis C deben ser prioritarias, debido a que la recidiva de ésta es el principal condicionante de una evolución desfavorable en el postrasplante alejado. La experiencia en estos pacientes con PEG 3) En los casos en donde la prestación sea por menos de seis meses o cuando dentro de un IFN + RBV es escasa hasta el momento actual. semestre se solicite subsidio o reintegro por tratamiento por menor tiempo, la auditoría médica deberá presentar un informe detallando el porqué de la menor prestación. No existen evidencias en relación a la posibilidad de una mayor susceptibilidad a infecciones oportunistas o tumores en pacientes con infección HIV que reciben un trasplante hepático. 4) Se actuará del mismo modo en los casos en que el beneficiario haya abandonado su tratamien- to y seguimiento, adjuntándose en este particular un informe detallado sobre lo ejecutado por la peti- Criterios de exclusión: cionante a fin de reintroducir al beneficiario al tratamiento instituido por el profesional actuante. 1) Cáncer, salvo hepatocarcinoma FINANCIACION APE DEL MODULO 2 2) Sepsis antes de las 48 de tratamiento con antibióticos o con hemocultivo positivo 1) Drogas: 3) Infección con Aspergilius d) Interferón pegilado, alfa 2a y alfa 2b3: Según valor de referencia APE 4) Falla multiorgánica e) Ribavirina: Se entrega sin cargo junto con el PEG IFN. 5) Contraindicaciones cardiovasculares 2) Diagnóstico y Seguimiento: 6) Hipertensión pulmonar b) Determinación de Carga viral para HCV: $ 250 (hasta una al inicio y otra en la semana 12 de tratamiento). Causas de retrasplante inmediato: c) Determinación de Genotipo HCV: $ 300 (una por paciente). 1) Trombosis de arteria hepática CRITERIOS DE LA APE PARA INTERPRETACION DE LOS MODULOS 1 Y 2: 2) Trombosis de vena porta (más común en niños) 1) No se financiarán aquellos tratamientos considerados subóptimos, interrumpidos o disconti- 3) Rechazo hiperagudo nuados sin causa justificada. 4) Recidiva inmediata del virus c 2) Este módulo se rendirá en forma semestral, en expediente separado y por paciente, adjuntando copia de la Historia Clínica (según modelo APE obrante en el ANEXO III), debidamente confeccionada Las presentaciones por transplante se deberán guiar por las normas de la Resolución 500/04- por el profesional tratante y correspondiente al período solicitado. APE. 3) Cuando existan razones para que la solicitud sea por menos de seis meses, la auditoría médica ANEXO III de la Obra Social deberá presentar un informe detallando el porqué del menor período de prestación. Resumen de Historia Clínica 4) Se actuará del mismo modo en los casos en que el beneficiario haya abandonado su tratamien- to, adjuntándose en este particular un informe detallado sobre lo ejecutado por la peticionante a fin de Resolución ........./06 - APE reintroducir al beneficiario al tratamiento instituido por el profesional actuante. Obra Social: ANEXO II Paciente: Transplante Hepático en pacientes HIV+ o Código:¹ 1) El transplante hepático constituye la única alternativa terapéutica definitiva en ciertos pacientes infectados por HIV, que presentan enfermedad hepática terminal por coinfección por HCV. Diagnóstico: 2) La experiencia acumulada hasta la actualidad indica que la supervivencia a los 3 años del Lugar de atención: transplante hepático es similar a la de los pacientes con monoinfección por HCV. Médico tratante: Criterios de trasplantabilidad: Criterios diagnósticos: 1) Criterios relacionados con la enfermedad hepática. Aminotransferasas Fecha Resultado a. Cirrosis hepática con score de Child-Pugh =7 o cirrosis descompensada con alguna de las siguientes Pretratamiento (Agregar VN de referencia complicaciones: ascitis, ictericia, encefalopatía hepática, hemorragia digestiva secundaria a hipertensión portal, GOT (AST) b. HCC que cumple con los criterios de trasplantabilidad de Milán (un nódulo =5 cm o hasta 3 GPT (ALT) nódulos =3 cm, sin enfermedad extrahepática o invasión vascular) c. Valoración psiquiátrica y social favorable. MARCADOR Fecha Positivo Negativo (valor R/P o Título) 2) Criterios relacionados con la coinfección HIV. Anti HCV HBs Ag a. Linfocitos CD4+ >100 células/mm3, Anti HBc b. HIV RNA no detectable o suprimible con HAART, HBe Ag Anti HBe c. Ausencia de antecedentes de infecciones oportunistas a excepción de tuberculosis, candidiasis esofágica o neumonía por Pneumocystis jiroveci. En estos casos se requiere recuento de CD4+ >200 Anti HBs células/mm3 y 6 meses sin evidencias de complicaciones. HCV RNA d. En la actualidad no existe experiencia suficiente con el resto de las infecciones oportunistas y Evaluación Pretratamiento: los tumores relacionados con la infección por el HIV como para realizar recomendaciones. Biopsia Fecha Hepatitis crónica Cirrosis 3) Criterios psiquiátricos hepática (informar estadio de Child-Pugh) a. Abstinencia a la heroína y cocaína de 2 años de duración, entendiéndose que estos pacientes SI NO ya estarían, en cuanto a la dependencia, en recuperación sostenida. Ocasionalmente se puede consi- derar la inclusión de estos pacientes en lista de espera para transplante antes de tal plazo, en función Genotipo HCV Fecha de la evaluación psiquiátrica individualizada. b. En el caso del alcohol, se requiere un período de abstinencia de 6 meses debido a la alta tasa de recaídas en el post trasplante. ³ EI Interferón alfa 2b no tiene indicación aprobada por ANMAT para tratamiento de la HBV ni coinfección HIV/HCW. ¹ De ser paciente con HIV/SIDA 10 MiØrcoles 18 de enero de 2006 Primera Secci(cid:243)n BOLETIN OFICIAL N” 30.826 Animal del SERVICIO NACIONAL DE SA- REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, prove- Carga viral Valor Absoluto Valor Absoluto NIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, nientes de animales que nacieron y permane- HCV Fecha Basal Semana 12 a través de sus áreas técnicas ha conside- cieron en forma ininterrumpida en los estados rado que se pueden autorizar las importa- arriba mencionados, hasta su faena en estable- ciones de carnes bovinas frescas madura- cimientos autorizados para exportar a la REPU- das y deshuesadas desde ese origen y pro- BLICA ARGENTINA. cedencia. Art. 2º — El producto mencionado en el artí- HCV RNA 6º mes Fin de tratamiento 6º mes Que en virtud a lo mencionado en el párra- culo anterior, deberá tener su origen en plantas de tratamiento postratamiento fo anterior, se promulga la Disposición Con- que faenen, procesen y almacenen, únicamen- junta Nº 166 del 28 de noviembre de 2005, te cerdos y carnes porcinas provenientes de de la Dirección Nacional de Fiscalización Santa Catarina y Río Grande do Sul, y se ase- Agroalimentaria y la Dirección Nacional de gure que el tratamiento y transporte de las car- Sanidad Animal, que autoriza las importa- nes, posterior a la faena, se realice de forma tal Carga viral Fecha método basal Seguimiento ciones de carnes bovinas frescas madura- que no sean expuestas a ninguna fuente poten- HBV intratratamiento das y deshuesadas procedentes de los Es- cial de contaminación, con el virus de la fiebre tados de Santa Catarina y Río Grande do aftosa. Sul, bajo un modelo de certificado ad hoc, elaborado por la Dirección de Tráfico Inter- Art. 3º — El transporte se hará en forma di- nacional y consensuado con las Autorida- HIV (de fecha método valor absoluto porcentaje recta desde el establecimiento de faena, des- des Sanitarias de la REPUBLICA FEDERA- corresponder) piece y depósito brasileño, ubicado en los esta- TIVA DEL BRASIL. dos de Santa Catarina o Río Grande do Sul, Carga Viral hasta la planta de procesamiento argentina, con CD4 Que los informes técnicos obrantes, gene- vehículos o containers precintados por el Servi- rados a partir de la información adicional y cio de Inspección Federal brasileño. Si no se realizó Biopsia (indicar motivo): complementaria remitida por las Autorida- des Sanitarias de la REPUBLICA FEDERA- Art. 4º — El producto mencionado en el artí- TIVA DEL BRASIL, en especial referida a la culo 1º, una vez ingresado al país, tendrá como especie porcina, en aspectos relacionados único destino, plantas supervisadas por SENA- con su rol epidemiológico, vigilancia, distri- SA. bución, sistemas de producción, registros, requisitos para movimientos y mitigación de Art. 5º — Encomiéndese a las áreas pertinen- riesgo en esta especie, emanados de las Tratamiento Tiempo Suspensión Respuesta al áreas técnicas de la Dirección Nacional de tes de la Dirección de Tráfico Internacional a (Drogas) Fecha Dosis estimado4 (Causa ) 3 tratamiento4 Sanidad Animal, dan curso a la presente cumplir con lo normado en materia de importa- ciones, para diligenciar los trámites pertinentes norma. para el producto en cuestión, con la aplicación de los procedimientos previstos. Que no se han detectado desde el inicio de la epidemia, porcinos con sintomatología clí- Art. 6º — Comuníquese, publíquese dése a nica compatible con fiebre aftosa. Retratamiento Tiempo Suspensión Respuesta al la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar- (Drogas) Fecha Dosis estimado (causa) tratamiento chívese. — Jorge H. Dillon. — Andrés Schno- Que los Estados de Mato Grosso do Sul y ller. Paraná, cumplieron con la segunda campa- #F2204868F# ña de vacunación antiaftosa del año 2005, en los meses de noviembre y parte de di- ciembre, constituyendo esto una barrera in- Firma munitaria que evita la difusión de la enfer- del médico: medad a otras áreas. #I2204952I# ADMINISTRACION FEDERAL DE Que habiendo transcurrido más de sesenta INGRESOS PUBLICOS días desde la primera intervención oficial en el Estado de Paraná, no se han registrado otras novedades sanitarias, quedando la en- Disposición 19/2006 2 Tiempo estimado de tratamiento. fermedad limitada a la zona norte del mis- mo, disminuyendo por lo tanto el riesgo de Lic. Javier ZABALJAUREGUI (Legajo 3 Indicar el motivo de la suspensión: Efectos adversos- falta de respuesta al tratamiento- falta de su difusión al Estado de Santa Catarina y Nº 21.913-4) - S/designación de Director de adherencia- Fin de tratamiento. Río Grande do Sul. la Dirección de Cooperación. 4 Colocar qué tipo de respuesta está teniendo al tratamiento: RVS - RR - NR. #F2204956F# Que las Autoridades Sanitarias de la RE- PUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, han Bs. As., 9/1/2006 impuesto el cumplimiento de normativas le- gales donde se establecen requisitos sani- VISTO que se encuentra vacante el cargo de Di- tarios de máxima prevención y extrema ri- rector de la Dirección de Cooperación, y gurosidad, tendientes a evitar posibles ries- SIL, ha comunicado la ocurrencia de focos gos de introducción de la enfermedad en CONSIDERANDO: de Fiebre Aftosa en los estados de Mato Estados que mantienen el reconocimiento DISPOSICIONES Grosso do Sul y Paraná. por la OIE de “Libres de fiebre aftosa con vacunación”, como lo son Santa Catarina y Que a los efectos de su cobertura, la Subdi- Que producto de lo expuesto en el párrafo Río Grande do Sul. rección General de Coordinación Técnico Ins- anterior oportunamente el SERVICIO NA- titucional propone designar al Licenciado Ja- CIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROA- vier ZABALJAUREGUI. Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha #I2204868I# LIMENTARIA, adoptó las medidas preven- tomado la intervención que le compete me- Dirección Nacional de Sanidad Animal tivas promulgando las Disposiciones de la diante el Dictamen Nº 21.748 de fecha 11 Que sobre el particular, destácase que a la y Dirección Nacional de Fiscalización Agroa- de enero de 2006. luz del Decreto Nº 491/02 y su aclaratorio, Dirección Nacional de Fiscalización limentaria Nº 120 del 11 de octubre de 2005; Decreto Nº 601/02 (artículo 2º), se ha efec- Agroalimentaria y Nº 146 del 24 de octubre de 2005, y la tuado una evaluación de la presente gestión, Resolución SENASA Nº 672 del 25 de oc- Que los suscriptos son competentes para de la cual surge que no genera una mayor IMPORTACIONES tubre de 2005. dictar la presente medida en virtud de las erogación presupuestaria en virtud a las mo- atribuciones conferidas en el artículo 2º, dificaciones que la misma implica. Disposición Conjunta 2/2006 y 6/2006 Que atento a la situación zoosanitaria de incisos a) y d) de la Ley Nº 24.305 de Fie- la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, bre Aftosa, y por el artículo 8º, incisos h) y Autorízase la importación de carnes por- la ORGANIZACION MUNDIAL DE SANI- k) del Decreto Nº 1585 del 19 de diciem- Que por lo expuesto, en ejercicio de las atri- cinas frescas sin hueso, de los estados de DAD ANIMAL (OIE), ha decidido suspen- bre de 1996, sustituido por su similar buciones conferidas por los artículos 4º y 6º Santa Catarina y Río Grande do Sul, de la der el status sanitario de “zona libre de fie- Nº 680 del 1º de septiembre de 2003, Re- del Decreto Nº 618/97, procede disponer en República Federativa del Brasil. bre aftosa con vacunación” a la zona de solución SENASA Nº 218 del 14 de noviem- consecuencia. dicho país que comprende los Estados de bre de 2003 y el artículo 2º de la Resolu- Mato Grosso do Sul, Tocantins, Mina Ge- ción SENASA Nº 672 del 25 de octubre de Por ello, Bs. As., 13/1/2006 rais, Río de Janeiro, Espíritu Santo, Bahía 2005. y Sergipe con efecto desde el 30 de se- EL ADMINISTRADOR FEDERAL VISTO el expediente S01:0015357/2006 del Re- tiembre de 2005 y suspender el status sa- Por ello, DE LA ADMINISTRACION FEDERAL gistro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y nitario de “zona libre de fiebre aftosa con DE INGRESOS PUBLICOS PRODUCCION y lo establecido en el Anexo vacunación” a la zona de la REPUBLICA DISPONE: II del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre FEDERATIVA DEL BRASIL que compren- EL DIRECTOR NACIONAL de 1996, apartado g) objetivos y sus modi- de los Estado de Paraná, San Pablo, DE SANIDAD ANIMAL ficaciones, y Goias, Mato Grosso y el Distrito Federal Y Artículo 1º — Designar al Licenciado Javier de Brasil, con efecto desde el 21 de octu- EL DIRECTOR NACIONAL ZABALJAUREGUI (Legajo Nº 21.913-4) en el ca- CONSIDERANDO: bre de 2005. DE FISCALIZACION AGROALIMENTARIA rácter de Director de la Dirección de Cooperación. DISPONEN: Que el DEPARTAMENTO DE DEFENSA Que de mantener los Estados de Santa Ca- Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíque- ANIMAL DEL MINISTERIO DE AGRICUL- tarina y Río Grande do Sul, el status sani- Artículo 1º — Autorizar la importación de car- se, dése a la Dirección Nacional del Registro Ofi- TURA, GANADERIA Y ABASTECIMIENTO tario de “zona libre de fiebre aftosa con va- nes porcinas frescas sin hueso, de los estados cial y archívese. — Alberto R. Abad. de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRA- cunación” la Dirección Nacional de Sanidad de Santa Catarina y Río Grande do Sul, de la Nº 503.303 #F2204952F#

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